SÍ a TN A ESZWS Dz, Ayuntamiento de la Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja Centrof ,. e rez Aj LA PALMA “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Y EL CENTRO INSULAR DE AJEDREZ” 2021-2022 “o € se AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA a Provincia de Santa Cruz de Tenerife Área de Deportes Plaza de Las Madres, s/n — 38712 Breña Baja - C.1.F. P3800900G — Tfno.: 922 43 59 55 - Fax 922 43 40 55 Ajedr rez Página Web: http: / /www.bbaja.es E-mail: deportesMbbaja.es AJ LA PALMA “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Y EL CENTRO INSULAR DE AJEDREZ” En Breña Baja, a 27 de mayo de 2021 REUNIDOS D/. Borja Pérez Sicilia, en calidad de Alcalde. del AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA BRENA BAJA, con C.I.F. P3800900G. y domicilio en la C/ Plaza de Las Madres, s/n en Breña Baja, actuando en nombre y representación de esa Corporación, autorizado para este acto por Acuerdo plenario de treintay uno de julio de dos mil diecinueve De otra parte, D. José Carlos Martín Rodríguez con DNI n 6964- en idad de Presidente del Centro Insular de Ajedrez, con CIF V38645230 con domicilio No en; A El Puente, n? 62, Portal C-7* piso P 26 facultado para este acto en virtud de YES (sActa de JA Asamblea de fecha de fecha 28 de febrero 2001, en relación con el art. 20 == 3 us Es tutos. 2 al Sil ambas partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes E eee or el presente documento y puestos previamente de acuerdo EXPONEN 3 y CUA ch) Y”. Que el artículo 25.2.1) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Sec; stablece que el municipio ejercerá competencias en “Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre”, estableciendo el art. 12 de la Ley 1/2019 como competencia de los ayuntamientos canarios “la promoción de la actividad deportiva en su ámbito territorial, fomentando especialmente las actividades de iniciación y de carácter formativo y recreativo entre los colectivos de especial -1- AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA sete E Provincia de Santa Cruz de Tenerife Área de Deportes Plaza de Las Madres, s/n — 38712 Breña Baja - C.I.F. P3800900G - Tfno.: 922 43 59 55 - Fax 922 43 40 55 Página Web: http: / /www.bbaja.es E-mail: deportesbbaja.es Aj LA Jrez atención señalados en el art. 3”, así como “la cooperación con otros entes públicos o privados para el cumplimiento de las finalidades previstas por la presente Ley En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes CLAUSULAS PRIMERA.-OBJETO 1.1-. Es objeto del presente convenio determinar el régimen de colaboración entre las partes intervinientes 1.2-. En virtud del presente convenio, el Ayuntamiento de Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja, se compromete al abono de una contraprestación económica al Centro Insular de Ajedrez, por el desarrollo de un programa conjunto de actividades destinado a fomentar, formar y tecnificar la práctica del Ajedrez, en el Municipio de Breña Baja 1.3-. La aportación recibida por el Centro Insular de Ajedrez se destinará únicamente a la realización de las actividades especificadas en la cláusula segunda del presente convenio 17 Sa EGUND -DEFINICIÓN Y DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR al mi A ds Se concretan en las siguientes $ romoción de la modalidad de Ajedrez incluida y complementando el PLAN INSULAR DE PORTES, dentro de la línea de actuación denominada “ DEPORTE Y JUEGO”, en el ES Municipio de la Muy Noble y Honorable Villa de BREÑA BAJA: N A de forma periódica a lo largo de todo el año. Se pueden dar diferentes como: actividades,tales gimnasia, Pilates, estiramientos, acondicionamiento físico, actividades acuáticas, yoga, taichi, ry actividades combinadas (como motricidad y memoria) etc. programa, objeto de este documento, se denomina PROGRAMA SOCIO- - ¿50 D MO, DE ATENCIÓN ESPECIAL, el que se desarrollará a través de y on a, y entre el Cabildo Insular de La Palma y los Ayuntamientos de la ro del marco legal en vigor. Y, mopi n de atención especial drá na duración de 10 meses comprendida desde el 1 de septiembre Y a el 30 de junio Ny ES -- Por cada punto de Atención Especial se establece la obligación SEcREA impartir 3 horas semanales de sesiones dirigidas, que se distribuirán según las peculiaridades de cada municipio, en los días de la semana que se consideren oportunos (de lunes a viernes ) 3-. Fomentar y proporcionar un sano esparcimiento, mejorar la calidad de vida de estos colectivos especiales, estimularlos a ejercitar su mente y, de esta manera, contribuir a su integración en la sociedad. -3- te AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA a Provincia de Santa Cruz de Tenerife Área de Deportes Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja — C.I.F. P38009006G - Tfno.: 922 43 59 55 - Fax 922 43 40 55 Página Web: http: //www.bbaja.es E-mail: deportesbbaja.es Je PALMA 3-. Coorganización de los Juegos Deportivos en la modalidad de Ajedrez, así como colaborar en la organización de torneos complementarios a realizar en el Municipio de Breña Baja 4-. Tecnificación de la modalidad de Ajedrez dirigida a personal técnico y deportistas, vinculados al Ajedrez en el Municipio de Breña Baja 5-. Participación y colaboración en las competiciones insulares, y en su caso Campeonatos de Canarias y de España 6-. Colaborar con las actividades que favorezcan o fomenten la inclusión social o con finalidad social TERCERA.-DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES Por parte del Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja: Abonar al Centro Insular de Ajedrez la cantidad resultante en función del importe de financiación establecido en la cláusula cuarta de este convenio Controlar la correcta ejecución de las actividades especificadas en la cláusula segunda del mismo Por parte del Centro Insular de Ajedrez: Destinar la contraprestación recibida a realizar las actividades mencionadas en la pe láusula segunda del mismo Y Ib Jj de 7 ALleyar a cabo las actividades mencionadas con la periodicidad que se establezca, 5 sálvo, causas de fuerza mayor. Ses a ar ñ cuanta información o documentación sea requerida por el Ayuntamiento LA AS 2, de Breña Baja. e tar certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus UE LA Sp a ciones tributarias y frente a la Seguridad Social del Centro Insular de Ale CANA ez, o en su defecto declaración responsable de estar exento de las mismas Ñ R Po “Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano e y concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de pp comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control EIA competentes, tanto nacionales como comunitarios aportando cuanta información eq le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores no LN Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos a Y incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las EN eva e actuaciones de comprobación y control <= Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la Ue) concesión de la subvención /ayuda, antes de que finalice el plazo de realización de la actividad o conducta par la cual se solicitó la misma, así como las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos percibidas de otras instituciones públicas O DESS O DE y privadas, que financien las actividades objeto de este convenio. MA fectos de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades y o =D a izadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, ye ta yul ás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del 1T4p NE brte total de gastos de inversión Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los e: to AN TEQUIS s regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba eglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago - La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores -4- se AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA ed Provincia de Santa Cruz de Tenerife Área de Deportes . Plaza de Las Madres, s/n — 38712 Breña Baja — C.I.F. P3800900G - Tfno.: 922 43 59 55 — Fax 922 43 40 55 r Página Web: http: / /www.bbaja.es E-mail: deportesabbaja.es j LA PALMA La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero de 2023 - Presentar justificación mediante aportación de facturas - Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención en los términos reglamentariamente establecidos. La difusión de la colaboración del Ayuntamiento de Breña Baja mediante la inserción de la imagen corporativa de éste en la cartelería publicitaria del Club, revistas, pósters publicitarios, papeleria, entradas, si las hubiera, así como el cualquier otro soporte físico y/o digital, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Insertar logotipo o imagen de marca indicado por La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Breña Baja (pudiéndose descargar de la página web: www.bbaja.es) en los equipajes durante las competiciones oficiales ocupando una superficie mínima de 100 cm2 previa comprobación de la normativa federativa y V”B” de la Concejalía de Deportes. Si por normativa federativa o de la propia competición, debidamente acreditado, no se puede cumplimentar lo establecido en el apartado anterior se realizará en la dumentaria de calentamiento y/o entrenamiento. En todo caso, la Concejalía e Deportes se reservará la posibilidad de determinar según sea el deporte a realizar las condiciones en materia de publicidad. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de esta obligación en la justificación de la misma pudiendo ser rechazada, cuando en la documentación gráfica aportada no se aprecie con claridad la identificación del logotipo o imagen de marca del Ayuntamiento de Breña Baja. oO E CUARTA A € dla a <= a FINANCIACIÓN Ayuntamiento de Breña Baja aportará con cargo a la partida presupuestaria 341 / 148 O5, la cantidad que resulta del detalle siguiente: de A DETALLE ECONÓMICO CONVENIO AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA-CENTRO INSULAR DE AJEDREZ - PROMOCIÓN DEPORTIVA 2021-22 E VALORACIÓN PUNTO DE PROMOCIÓN coo 38 6. Lo esamase | 43€ 8. Lo aeisoel € ¡een nl A y Gestión 2,5 oa Puntos Y DEAN PUN: Er 14,00 € 49,00€ 126,00 € Lo some 00 € A 0 NOVECIENTOS NOVENTA EUROS CON NOVENTA CENTIMOS (8.990,90€ 5 que "dé abonarán al Centro Insular de Ajedrez, condicionados al valor de un 1 2: importe de las horas efectivas/mes, trabajadas del monitor (que nunca E 47 erar las 25,6 de un Grupo A) por 11,02 € la hora, más 1 hora a 14,00 € de Srdina ión, y la cantidad que resulte de los siguiente forma: sl AS AN ys Primer pago, 1/4 a la firma del convenio Segundo pago, 1/4 entre los días 1 a 15 de febrero de 2022 Tercer pago, 1/4 entre los días 1 a 10 de mayo de 2022 Cuarto pago, 1/4 entre los días 1 a 10 de septiembre 2022 -5- AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA +22 > Provincia de Santa Cruz de Tenerife Área de Deportes Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja - C.I.F. P3800900G - Tfno.: 922 43 59 55 — Fax 922 43 40 55 r Página Web: http: / /www.bbaja.es E-mail: deportesQbbaja.es y LA PALMA DETALLE ECONOMICO CONVENIO AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA-CENTRO INSULAR DE AJEDREZ - SOCIO- MOTRIZ 2021-22 Y 528,96€ 1.322,4 € 1.851,36 € Pm Total un Punto por mes 160,00€ 40,00 € 400,00 € uN DOS MIL CUATROCIENTOS ONCE EUROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (2.411,36 €), que se abonarán al Centro Insular de Ajedrez, condicionados al valor de Pagos mensuales de 1 punto por importe de las horas de las horas efectivas/mes, trabajadas del.monitor (que nunca puede superar las 12 horas mensuales por 11.02€ la hora) Ae más 40, 00€ en concepto de material y desplazamientos. , ylas cantidad que resulte de los siguiente forma: ns ES ES 1. Primer pago, 1/4 a la firma del convenio =: 2. Segundo pago, 1/4 entre los días 1 a 15 de febrero 2022 3. Tercer pago, 1/4 entre los días 1 a 10 de mayo de 2022 SL Alcaldía 4. Cuarto pago,1/4 entre los días 1 a 10 de septiembre 2022 Dichos pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta CENTRO INSULAR DE AJEDREZ LA PALMA: ES29 2100 7112 9322 0008 4607 ÉS QUINTA.- VÍNCULO ENTRE EL CENTRO INSULAR DE AJEDREZ Y EL PERSONAL ano QUE DESARROLLE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONVENIO. e La 0 3 El tipo de vínculo que relacione al Centro Insular de Ajedrez con el personal del que disponga (directa o indirectamente) para el desarrollo de las acciones derivadas del presente Convenio, habrá de estar debidamente dado de alta en la Seguridad Social 1) En ningún caso, la firma del presente Convenio implica la existencia de nexo jurídico alguno entre el mencionado personal al servicio del Centro Insular de Ajedrez ¿el Ilustre Ayuntamiento de Breña Baja, por lo que no se producirá al finalizar la TO a del mismo una subrogación empresarial del Ilustre Ayuntamiento de Breña OS Baja: os término previstos en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 33 deb ubre, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores y legislación / taria. nplem , 15 Q TA ¡JUSTIFICACIÓN N e -6- AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Provincia de Santa Cruz de Tenerife Area de Deportes Plaza de Las Madres, s/n — 38712 Breña Baja - C.LF. P3800900G - Tfno.: 922 43 59 55 - Fax 922 43 40 55 Aiedr rez Página Web: http: / /www.bbaja.es E-mail: deportesGbbaja.es AJ LA PALMA A efectos de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero de 2023 SEPTIMA.- REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del e és de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos te ÁN y lados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de eintegro: previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre ral Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se Intervención General del Estado, se entiende referida a la Intervención (S Siren neral del Cabildo Insular. —-OCTAVA.-VIGENCIA El presente convenio mantendrá su vigencia hasta el 30 de diciembre de 2022 NOVENA.-MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. É Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento por e mutuo acuerdo ER e DECIMA.-RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. «A Als ”8 El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas ray Por mutuo acuerdo de las partes Por expiración del plazo de duración del mismo Por resolución unilateral a instancias de una de las partes, cuando otra haya 1 sí, ncumplido sus obligaciones contractuales A ye or cualquiera de las causas previstas legalmente 5) OS > ?.» EN poco - INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO. HH +18 2 by: incumplimiento del presente convenio por alguna de las partes es causa de reso ción sin perjuicio de la facultad de la otra parte para optar entre dicha "resol ión o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de la reclamación de daños y de “perjuicios. DUODÉCIMO.- RÉGIMEN JURÍDICO. -7- AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Ele Provincia de Santa Cruz de Tenerife « Área de Deportes Centro Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja - C.I.F. P3800900G - Tfno.: 922 43 59 55 - Fax 922 43 40 55 Sdtez Página Web: http: / /www.bbaja.es E-mail: deportesGbbaja.es A] LA PALMA El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados”. EL ALCAL;! ESA EL PRESIDENTE O 7% Ins ¡= js A a Palma + =: v336452 od Pedro Poggió 6 - 38700 SS G “y SENTO Dg ..4 o (7 ME ¡D.. LA e -8-