ÁR COMO ECOAORAN ACA AMEN DESREADA A / ÑN A Pa o. vUPA>> yl Y) CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN UNIDAD PROTECTORA DE ANIMALES LA PALMA (UPA LA PALMA) Ñ de Br yO Morte NJ 5 En Breña Baja, a 15 de noviembre de 2019 = yA ==+ A E ¿y E Re Ie o te: Js AN REUNIDOS De una parte D. Borja Pérez Sicilia, en calidad de Alcalde - Presidente del YUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con C.I.F. P38009006G. y domicilio en la C/ Plaza de as Madres ,s/n en la Villa de Breña Baja, actuando en nombre y representación de esa Corporación, autorizado para este acto por Acuerdo del plenario de 30 de octubre de dos mil diecinueve, asistido para este acto de la Secretaria Accidental de la Corporación, D2 M2 Evelia Cabrera Millán. De otra parte, D?. PAULA REY RUIZ, con DNI n2 51464624-P, en calidad de Presidenta AB ASOCIACIÓN UNIDAD PROTECTORA DE ANIMALES LA PALMA (UPA LA PALMA), con F G76687995 y domicilio en Camino El Rincón, n.2 9, en Breña Baja. A ns LE Eo ( >) Ni esa bas partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para Bed el presente documento y puestos previamente de acuerdo UN EXPONEN PRIMERO-. Que la Ley 8/1991, de 30 de abril, de Protección de los Animales, desarrollada por el Decreto 117/1995, de 11 de mayo, vienen a establecer las competencias municipales en materia de animales de compañía para la Comunidad Autónoma Canaria; así como la Ley 50/1999, de 23 de diciembre sobre Régimen jurídico de la Tenencia de Animales potencialmente peligrosos y su desarrollo posterior en el Real Decreto 287/2002. á UPA A Y] Tr SEGUNDO.- Que la Ordenanza municipal reguladora de Protección y Tenencia de nimales en Breña Baja (publicada en el B.O.P. núm. 56, de 27 de abril de 2012) sujeta la protección y bienestar de los animales a este marco normativo TERCERO.- Que la UNIDAD PROTECTORA DE ANIMALES LA PALMA (UPA LA PALMA) iza su labor en la isla de La Palma, defendiendo el derecho y el bienestar de los Mos Ma s, fomentando la protección y defensa de los animales, concienciando a la EU Ñ LoblátiX sobre su protección y adopción, proporcionando a los propietarios de Z y P a cota cursos, información y actividades relacionadas con los animales y evitando IR ndono y el maltrato en la isla de La Palma. Además de intentar mejorar la tidád Ye, de vida de las colonias felinas instauradas en la isla, así como ejecutar el to CES (captura, esterilización y suelta) en el municipio de Breña Baja. Para todo sue Ó cuenta con una estructura asociativa que le proporciona la operatividad para iréalizar dichas funciones | Que tanto el Ayuntamiento de Breña Baja como la Asociación UNIDAD PROTECTORA DE ANIMALES LA PALMA (UPA LA PALMA), entienden que es necesario establecer un programa de colaboración mutua al objeto de que sirva para aunar esfuerzos comunes en esta materia, por lo que ambas partes acuerdan firmar el presente CONVENIO DE PA > S BORACIÓN, con sujeción a las siguientes: CLÁUSULAS ' be, E o Y hy: YE A PR RA.- El presente convenio tiene por objeto la realización de tareas encaminadas És, YNAM concienciación de los propietarios de mascotas, mediante la labor social y ¡ciudadana que abarcará diferentes áreas, tanto educativa, informativa, como de captura, esterilización y suelta para mejorar la calidad de vida de las colonias felinas nstauradas en el municipio SEGUNDA.- Serán obligaciones de la Asociación UNIDAD PROTECTORA DE ANIMALES LA PALMA (UPA LA PALMA) Atender a las llamadas que se realicen al Ayuntamiento de Breña Baja, de aquellas personas que tengan animales, que sean y se encuentren en el municipio y estuviesen en una situación de abandono demostrado Procediendo dicha asociación a la publicación en sus redes Sociales, para su búsqueda de posible propietario o casa de acogida << UPA> pr. y a y 5 | Acudir a la búsqueda del animal extraviado y su transporte al veterinario acordado, así como de intentar mejorar la calidad de vida de las colonias felinas instauradas en la isla, ejecutando el proyecto CES (captura, esterilización y suelta. Buscar un hogar a los animales, evitando el abandono y maltrato, eB SS % procurando la adopción del mayor número de animales de los recogidos en AOS el municipio, atendiendo a que su destino sea el adecuado a sus / Z y / Ei) características, guiando, incluso, visitas al objeto de supervisar el estado en ES Ek 4% que se encuentran. De la misma manera, la Asociación hará entrega de los “e, animales adoptados a sus nuevos propietarios, suministradas las vacunas O suyey obligatorias y con la cartilla veterinaria o sanitaria, siendo estos gastos asumidos integramente por los adoptantes. Así mismo, dado que esta tarea se dificulta al no haber refugio, por lo que en la mayoría de las ocasiones hay que acudir a la acogida temporal, comprobar que ésta se lleva a cabo en buenas condiciones para los animales, hasta que se les encuentre un hogar definitivo. Difundir y fomentar el cumplimiento de lo estipulado en la Ordenanza Municipal sobre animales de compañía, denunciando ante los órganos correspondientes de la Administración aquellos hechos, sucesos oO VA situaciones que infrinjan lo dispuesto en la misma y que pueda ser motivo 0 de infracción, independientemente de las acciones que pudieran resultar Cal e | pertinentes tanto en materia civil como penal. X' ze > SY “Realización de charlas, jornadas, cursos para propietarios de mascotas acciones de concienciación y campañas informativas y divulgativas, así como actividades con los centros educativos del municipio y colectivos de emergencias. TERCERA.- Serán obligaciones del Ayuntamiento de Breña Baja: - Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de tenencia de animales de compañía, atendiendo a las sugerencias propuestas por la Asociación UNIDAD PROTECTORA DE ANIMALES LA PALMA (UPA LA PALMA), que tengan por objeto la disminución del número de abandonos, fomentar la esterilización, identificación mediante microchip y cuidados adecuados, así como la tenencia responsable de animales, seguro obligatorio de responsabilidad civil, ... etc.