puma puma, e CION Sy CONVENIO ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y ASOCIACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL. E Aé, AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BRENA BAJA Provincia de Santa Cruz de Tenerife eE Area de Secretaría Ef Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja - C.LF. P3800900G - Tlfno.: 922 43 59 57 - Fax 922 43 40 55 ÉS E a Página Web: http://www.bbaja.es E-mail: bbaja(A/bbaja.e: A CONVENIO ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BRENA BAJA Y ASOCIACIÓN PARA LA PREVENCION Y ACTUACION EN EMERGENCIA $ DE PROTECCION CIVIL Q S En Breña Baja a 1 de junio de 2022 S ZO D/. Borja Pérez Sicilia, en calidad de Alcalde del AYUNTAMIENTO DE BRENA BAJA, WN on C.LF. P3800900G y domicilio en la C/ Plaza de Las Madres, s/n en la Villa de Breña Baja cfuando en nombre y representación de esa Corporación y asistido por Doña María Evelia Cabrera Millán, Secretaria Accidental de la Corporación municipal y facultado para este acto en virtud de acuerdo plenario de fecha De otra parte, D. Marcos Alcabú Soria, con DNI n* ..8.551. en calidad de Presidente de la Gestora de la Asociación para la Prevención y Actuación en Emergencias de protección ll ¡viÉ cop: Número de Identificación Fiscal G-76572601, con domicilio en la calle Constitución ot $0, /SañiPedro, Breña Alta, C.P. 38710. ¿a abós reptesi ntantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el fte O y, al efecto, Ñ 1-2, E Alcala y EXPONEN L- La Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, configura ésta como un servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las Administraciones Públicas en el marco de sus respectivas competencias _AL ae :gón lo que dispone el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de ES Régi em: Local, el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pu el promover toda clase de actividades y prestar todos aquellos servicios públicos que CO quyena, satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. En virtud de lo 0 ido” en el artículo 5 del Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre Medidas > onales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, Ñ Wa, ofe o/calamidad pública, y en el artículo 124 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora RA 4 ÁS” Bases del Régimen Local, la dirección y coordinación de las actuaciones relacionadas 00 hi “la protección civil corresponden al Sr. Alcalde de Breña Baja, siempre que la emergencia ny rebase el término municipal. Asimismo el citado Real Decreto establece que para la actuación en situaciones de emergencias, en casos de grave riesgo, catástrofes o calamidad pública, como competencia municipal estas actuaciones mediante los servicios municipales relacionados con la materia, con la posible colaboración de otras administraciones públicas o particulares de interés para los fines de Protección Civil existentes en el territorio respectivo TI.- Que a la satisfacción de los intereses generales en los campos a que anteriormente se ha hecho referencia, contribuye de una manera fundamental la iniciativa privada, en particular, la de aquellas entidades particulares cuyas actividades son de utilidad y/o interés público o social y que complementan los servicios prestados por esta Administración. Dentro de las formas de actividad de las Administraciones Públicas, la de fomento de las actividades de los ciudadanos que son de interés S público y/o social y complementarias de los servicios municipales, es de fundamental importancia puesto que en lugar de sustituir la acción libre de estos, coadyuva a que el mencionado campo de la actividad permanecerá en el sector privado, con la ayuda y colaboración de la Administración en su consecución, de acuerdo con la filosofía orientadora de nuestro sistema constitucional. Que para hacer efectivo el citado fomento, la legislación pública local vigente en la actualidad arbitra mecanismos, entre los que resulta de fundamental importancia la subvención, instrumentada a través de los oportunos documentos de convenio, que supone la participación de este Ayuntamiento en la N Y financiación de actividades cuya iniciativa y organización son a cargo de los particulares y/o entidades, siempre que estas actividades sepuedan considerar deinterés público IV.- La Asociación para la Prevención y actuación en Emergencia de Protección Civil, fundada en 2012, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro, se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones y Registro Provincial de Asociaciones: Grupo 1% Sección: 1? Número Nacional: 600478 y entre cuyos fines, entre otros, se encuentran la formación de los ciudadanos en Protección Civil; la información de los Bajá e Si, , bién el Sr. Alcalde podrá autorizar su actuación fuera de esos límites cuando una sitúa: ión:de emergencia, calamidad pública o grave riesgos en otro término municipal así lo y pre previa solicitud de la autoridad competente en el territorio en el que se BOO zca tál ¡Situación extraordinaria. Asimismo y cuando se celebren Fiestas locales de gran Z ¡arraigo de Jaradas de interés turístico, o eventos culturales y pruebas deportivas que por sus .. Car acterí e cas conlleven una masiva afluencia de público y/o que sobrepasen la capacidad que en materia de Protección Civil disponga la Administración solicitante, se podrá actuar en otro Término Municipal siempre que, igualmente, exista solicitud de la autoridad competente en el territorio en el que se produzca la celebración de los actos y que el Sr. Alcalde o Concejal delegado así lo autorice; la colaboración que se presté se hará con los requisitos que se establezca en la autorización SEGUNDA.- FUNCIONES Y ACTUACIONES DE COLABORACION.- La Asociación colaborará e para la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección Civil, plementará aquellas actuaciones en dispositivos operativos de carácter preventivo en Hu Py hacio es excepcionales de las que pudiera derivarse grave riesgo colectivo, consistentes en FA yo a Jos grupos operativos de emergencia rutinaria; policía local de Breña Baja, de 14 ormi ( lad con el objeto de este Convenio. Nor alí Un dos, a llos La Asociación para la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección prticipará exclusivamente con los medios materiales adecuados y con el personal lificado de acuerdo con la normativa exigible vigente en cada momento y coordinados a SS E vés del CECOES 1-1-2, Cecopin y/o Cecopal establecidos al efecto En concreto, realizarán las siguientes funciones 1. Cumplirla legislación vigente en materia de protección civil ylas normas y/o reglamentos del Ayuntamiento de Breña Baja que estuvieran vigentes en materia de protección civil. 2. Garantizar la protección física de las personas, los bienes y el medio ambiente en situación de alto riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria. 3. Minimizar los efectos derivados de los riesgos naturales, antrópicos y tecnológicos que puedan afectar el conjunto de la población, los servicios básicos y el funcionamiento normal de su entorno urbanístico. 3. Potenciar y poner en funcionamiento tareas de prevención y control de los riesgos que uedan producirse a lapoblación. 4. Divulgar y facilitar medidas de autoprotección entre la población y en las actividades económicas y sociales, con el fin de disminuir los riesgos. 0 5. Garantizar la prevención, protección y seguridad de las actividades de carácter lúdico, Pr o Itural, deportivo, fiestas patronales, tradicionales y/o populares que se desarrollen en Breña Baja, Ú NIH on los recursos humanos y materiales de los que dispongan y colaborando en todo momento con los 07 SY e yuz Pe 7, pos actuantes que se establezcan. Y q PS o y Ñ E 0 par 1 6. Coordinación de la aportación desinteresada del voluntariado en tareas de protección cry, dentro del municipio. SA “ NW aldía 3 7. Impulso de la participación ciudadana en temas de protección o actuaciones de protección civil. 8. Apoyo en la elaboración, implantación o mantenimiento de planes de protección civil llevados a cabo por la Administración. TERCERA.- DEPENDENCIA JERÁRQUICA. La Asociación para la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección Civil dependerá jerárquicamente del Alcalde como máximo responsable local de Protección Civil y, por delegación de éste, de la Concejalía Delegada en materia de Seguridad Ciudadana. AS CUARTA f . SUBVENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA MISMA.- El Ayuntamiento de 14 ¿ID ña Baja destinará al presente convenio la aportación económica por un importe anual de PR f, Ñ f/ ed “NEn anto a la concesión de la subvención se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de OVIOr 4 e [7 bre, General de Subvenciones, en sus artículos de carácter básico y, en todo lo que no 9/ponga a ésta, será de aplicación la Ley 11/2006, de 12 de diciembre, de la Hacienda E Públ ca de la Comunidad Autónoma de Canarias y normativa afectada al efecto en vigor. stificación de la subvención concedida se hará de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 de la Ley 28/2003, donde se establece que “los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente. La acreditación AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y H ONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA YA d Provincia de Santa Cruz de Tenerife XA xy dE 15% Ni] Área de Secretaría A] ld Sl Sl SS Se Y Plaza de Las Madres, s/' n - 38712 Breña Baja - C.1.F. P38009006 - Tifno.: 922 43 59 57 - Fax 922 43 40 55 Y Página Web: http://www.bbaja.es E-mail: bbaja(Wbbaja.es =Í as, siempre que cumplan los de los gas tos también podrá efectuarse mediante facturas electrónic ”. A tales efectos por la requisitos exigidos para su aceptación € n el ámbito tributario na memoria en la que se explicitará la valoración conserjería competente y se acompañará u económica de los servicios pres tados por la enti dad, acompañando la documentación ablece el art. 30.3 de la Ley 38/2003. justificativa de dichos gastos conforme est Dicha certificación incluirá los gastos ocasionados por La Asociación para la Prevención y Civil derivados exclusivamente de las actuaciones Actuación en Emergencias de Protección tivas, de alerta y de emergencia que realizadas como consecuencia de las Op eraciones preven ntre los que se encuentran los siguientes: forman parte del objeto del presente Convenio, y € seguro, manutención de los asociados que Organización, materiales, traslados, actúen en los operativos y los cost es de servicios preventivos de vigilancia y ] Ayuntamiento, se determinen en cada caso seguridad que, de conformidad con e en la Comisión de Seguimiento convocad a al efecto. es necesarios y adecuados para la Gastos de adquisición de recursos material realización de las actividades de protección civil. Inversiones r ealizadas para garantizar la calidad de sus actuaciones. los asociados. Gastos de formación y perfeccionamiento de Otros gastos que se generen en el desarrollo de las funciones establecidas en este convenio y que sean aprobad os por el órgano competente del Ayuntamiento. CIACIÓN_ PARA LA PREVENCIÓN Y QUINTA.- OBLIGACIONES DE_LA ASOCIA A A Asociación para la INTA.- OBLIGACIONES _DE_LA ASO «ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS DE PR OTECCIÓN CIVIL.- La Asociación para la £ de Protección Civil se obliga, en los té rminos del A r y Actuación en Emergencias . Al ente o y bajo las directrices de la Comisión d e Seguimiento, a lo siguiente: pl se ' 04] o a 1 dl A co y ar con un sistema centralizado qu e le permita conocer en todo momento iS de los que se puede disponer. los ex uipos humanos y recursos materiales si l isponer de una organización jerarquiz ada para la activación, respuesta y CA calar Ad do ello a través de un coordinador local, jefe de A _coordinación de sus efectivos, to === agrupación y tres voluntarios. o A utilizar los recursos materia les de que disponen y que sean necesarios y actividades de Protección Civil. adecuados para la realización de las e A ejecutar las operacione s preve ntivas, de alerta y de emergencia que se de Seguridad del Ayuntamiento de Breña Baja. indiquen por el responsable + A participar en aquel las situaciones produ: cidas por fallos en los servicios . las cuales se active el operatl vo del Plan de ¿públicos esenciales y en Emergencias Municipal. . zativos e inversores para garantizar la calidad de sus A efectuar esfuerzos organi q /S ctuaciones en el objeto del presente Convenio. pa) formar y especializar a sus asociados. > | ha : simtismo, La Asociación para 1 a Prevención y Actuación en Emergencias de N las obligaciones que para los perceptores de PY otección Civil queda sujeta a subvenciones de fondos públicos establece la le gislación vigente, en concreto a ares las siguientes: Cumplir el objetivo, ejecutar el Proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y S condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. concedente. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano SN Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos O recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta ÍD > comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se haya al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y e frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente. Así como el resto de requisitos que, para obtener la condición de beneficiario prevé el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. nr A Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, y a ON incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las NY A ctuaciones de comprobación y control. suz de 7, % ás . ¿Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 de la mencionada 38/2003 ms] ceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en PES ¿NT E) artículos 37 de la Ley 38/2003. omunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las a a A red circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención. SEXTA. OBLIGACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA.- El Ayuntamiento de Breña Baja se obliga a financiar el presente Convenio, a ceder el uso de los medios de comunicación para descentralizar y dar atención desde la misma a los diferentes servicios en que colabora dicha entidad. O e o a A o) SÉPTIMA.- CRITERIOS OPERATIVOS.- Los criterios para la realización de los servicios preventivos que debe seguir La Asociación par a la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección Civil en la ejecución de las labores que deben realizar en materia de se guridad y AA autoprotección ciudadanas en el término Municipal de Breña Baja son los siguientes Y 4 > ., Las activaciones y el seguimiento de las actuaciones se ejecutarán bajo el control A operativo de su responsable. os E E, La dirección de todas las Operaciones corresponderá al Sr. Alcalde, o a quien le EN p sustituya. WE AN ia: Yo, o » > empre que se efectúe la prestación de un servicio, La Asociación para la D revención y Actuación en Emergencias de Protección Civil deberá efectuar un informe de actuación, que remitirá, en caso necesario, al Sr. Alcalde o Sr. Concejal delegado en Protección Civil. Le 0d, AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BRENA BAJA 104 Provincia de Santa Cruz de Tenerife Ni Area de Secretaría E 5 Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja - C.I.F. P3800900G - Tlfno.: 922 43 59 57 - Fax 922 43 40 55 a Página Web: http://www.bbaja.es E-mail: bbaja(Mbbaja.es ba OCTAVA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.- Se establece una Comisión Mixta de Seguimiento constituida por dos representantes del Ayuntamiento de Breña Baja, a uno de los cuales corresponderán las funciones de presidencia, y dos representantes de La Asociación para la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección Civil. A las reuniones de la Comisión podrán asistir personas invitadas cuando asuntos específicos así lo requieran Las funciones de la Comisión de Seguimiento son las siguientes a) Supervisar la buena ejecución del presente Convenio b) Proponer políticas que permitan mejorar la coordinación entre el Ayuntamiento de Breña Baja y La Asociación para la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección Civil en materia de atención de emergencias c) Conocer e informar la Memoria Anual de actividades de La Asociación para la Prevención y Actuación en Emergencias de Protección Civil La Comisión se reunirá, como mínimo, dos veces al año, y además siempre que lo solicite alguna de las partes integrantes de dicha Comisión NOVENA. PROTECCION DE DATOS DE CARACTER PERSONAL.- Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Of Y lid PON GEN ada e We ON 9 AN / 4 as, 5) ==] La cerÉé aria Accidental a S E RA MILLAN Alca D334? EVELIA CABRE oran! A AS FPS VS pS) f > EE, Ae EY] Ue Y 5