ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DE CUANTÍA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN DE ENFERMOS DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DE LA PALMA (AFA), POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA LORENZO GARCIA, RUBEN MARCOS (1 de 3) Tercero Fecha Firma: 28/02/2024 HASH: 7597fc46978969882da7824f2fc744c8 En Breña Baja, a 28 de febrero de 2024 REUNIDOS DE UNA PARTE, , D. Borja Pérez Sicilia, con DNI 42194099R en calidad de Alcalde Presidente/a del Ayuntamiento de Breña Baja, con NIF P3800900-G, facultado para suscribir el presente Convenio por acuerdo plenario de fecha 30 de noviembre de 2023. Y DE OTRA, Sr. Rubén Marcos Lorenzo García como Presidente de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras Demencias de La Palma, AFA LA PALMA, con domicilio en Avenida Eusebio Barreto, 59, Urbanización 29 de Octubre, Portal 4, Local 4, 38.760, Los Llanos de Aridane, con C.I.F: G-38559134. Alcalde Presidente Fecha Firma: 28/02/2024 HASH: a641f3a0ae25f5c1aa91c2893ba75ab3 Asistido en este acto por la Secretaria Accidental de la Corporación, Dª María Evelia Cabrera Millán, para dar fe del acto. Borja Pérez Sicilia (2 de 3) Las partes se reconocen plena capacidad para la firma de la presente adenda primera al Convenio de colaboración, facultado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha y en tal sentido, EXPONEN PRIMERO. Con fecha 04 de diciembre de 2023 se suscribió el CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN DE ENFERMOS DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DE LA PALMA (AFA) POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA con efectos desde el 01 de enero de 2023 y con vigencia hasta 31 de diciembre de 2023. Secretaria Fecha Firma: 28/02/2024 HASH: f6ee518e1a8c16ecfa3189ef3659eb09 María Evelia Cabrera Millán (3 de 3) SEGUNDO. E n el presupuesto vigente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el año 2023 se consigna la aplicación 233/46225, por la que se reconoce una obligación de pago como máximo de hasta DOSCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (208.541,75€), a favor del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA y visto que el mismo se puede efectuar de manera fraccionada en base a la cláusula octava del Convenio Marco relativa a “plazos y modos de pago” en consonancia con lo establecido en el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones. Cód. Validación: 7K79TWNR5G3HCFHAA3Q3TXTZC Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4 TERCERO. La Resolución número 2023/7779, de fecha 18 de agosto de 2023, que reconoce y liquida la obligación por importe de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (156.406,31€), como primer pago, a favor del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, según lo estipulado en la Cláusula octava relativa a “plazos y modos de pago” Del Convenio Marco, y que se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria vigente del Presupuesto de esta Corporación número 233/46225. TERCERA. La modificación presupuestaria, mediante suplemento de crédito, que ya ha entrado en vigor, en el Presupuesto General del Excmo. Cabildo Insular de La Palma 2023, aprobado en sesión plenaria extraordinaria del 2 de noviembre de 2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 135, de 8 de noviembre de 2023, para la financiación del Centro de Día de Mayores del Ayuntamiento de Breña Baja, por importe de CINCO MIL EUROS, por incremento en materia de transporte. CUARTO. La resolución número 2023/13097, de 27 de diciembre de 2023, que reconoce y liquida la obligación por importe total de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (57.135,44 €), al Ayuntamiento de Breña Baja, NIF P3800900G, de los cuales CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (52.135,44 €) corresponden al segundo pago de Gastos de mantenimiento del Centro de Día de Mayores y CINCO MIL EUROS (5.000,00€), por incremento en materia de transporte con cargo a la aplicación presupuestaria vigente del Presupuesto de esta Corporación número 233/46225, según lo estipulado en el apartado 11 de los Antecedentes de la citada resolución: “Vista la cláusula DECIMOQUINTA del referido Convenio Marco suscrito, relativa a “Modificación” establece que: Tras la firma del convenio, se podrá modificar el mismo: A) A iniciativa propia por parte de este Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en consonancia,en su caso, con Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma para la prestación de servicios a personas en situación de Dependencia. B) A solicitud de los Ayuntamientos, siempre que en este último supuesto se cumplan los siguientes requisitos: 1. La solicitud de modificación deberá satisfacer el interés general, lo que deberá ser justificado de forma suficiente en la misma, o en una memoria que la acompañe, indicándose expresamente que no se vulneran intereses de terceros ni se altera esencialmente la naturaleza u objetivos de la subvención, ni afecta al principio de competencia. 2. La modificación es un supuesto excepcional en los procedimientos de concesión de subvenciones u otro tipo de ayudas, no pudiendo estar motivada en razones de oportunidad o conveniencia. Cód. Validación: 7K79TWNR5G3HCFHAA3Q3TXTZC Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4 3. La causa que justifica la petición por los Ayuntamientos no puede obedecer a culpa o negligencia por su parte. 4. Las causas de fuerza mayor o el caso fortuito pueden considerarse como supuestos habilitantes para, en concurrencia con los otros criterios exigidos, acceder a la modificación. 5. En la documentación debe quedar constancia, y así expresarse en solicitud de los Ayuntamientos, sobre la viabilidad de las nuevas condiciones y/o, en su caso, del nuevo cronograma al que se someten las actuaciones subvencionadas, y que a pesar del tiempo transcurrido desde la concesión se mantenga indemne la naturaleza y los objetivos de la subvención. 6. Se debe analizar en la solicitud de modificación la garantía o aseguramiento del cumplimiento futuro.” QUINTO. La cláusula octava del Convenio entre el Ayuntamiento de Breña Baja y la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras Demencias de La Palma, AFA LA PALMA, establece que el convenio estará estará sujeto, en todo caso y momento, a cualquier variación de contenido que se produzca en el marco de la normativa vigente en la materia de dependencia a nivel estatal y territorial, o en su caso a cualquier modificación de índole presupuestaria que afecte al sustento económico del texto. Es por ello que la presente Adenda primera se tramita al amparo de lo recogido en la citada cláusula octava del Convenio de Colaboración, que afectará a la cláusula segunda. En virtud de cuanto antecede, las partes acuerdan suscribir la presente adenda primera de modificación de cuantía del Convenio de Colaboración con las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA: Modificación de la cláusula segunda relativa a la cuantía del Convenio. La modificación tiene por objeto reflejar: El abono a AFA La Palma de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (57.135,44 €), de los cuales CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (52.135,44 €) corresponden al segundo pago y CINCO MIL EUROS (5.000,00€), por incremento en materia de transporte, de la aportación que el Ayuntamiento recibe del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Cód. Validación: 7K79TWNR5G3HCFHAA3Q3TXTZC Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4 Para ello se da una nueva redacción a la Cláusula Segunda del Convenio quedando la misma como sigue: “Segunda.- Cuantía del convenio. El Ayuntamiento de Breña Baja como entidad gestora y para el mantenimiento de 15 plazas contempla en el presupuesto de 2023 una partida presupuestaria 231/480.04 con unos créditos iniciales de 16.000,00 euros. Asimismo, de la aportación que el Ayuntamiento recibe del Excmo. Cabildo Insular de La Palma la cantidad de 156.406,31 euros, en base al coste plaza/día para el año 2023. Dichas cantidades serán transferidas a AFA La Palma para que desarrolle la gestión objeto de este Convenio. El Ayuntamiento abonará la cantidad total de CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (177.406,31 euros) a la firma del Convenio, en concepto de abono a cuenta y abonará de la aportación que el Ayuntamiento recibe del Excmo. Cabildo Insular de La Palma la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (57.135,44 euros) de los cuales CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (52.135,44 euros) corresponden al segundo pago y CINCO MIL EUROS (5.000 euros) al incremento en materia de transporte, a la firma de la adenda primera. Dichos abonos estarán condicionados a la posterior justificación en los términos establecidos en la cláusula segunda. Las cantidades que procedan de la aportación del Excmo. Cabildo Insular de la Palma, quedarán condicionadas a la efectividad del abono por parte del mismo a este Ayuntamiento.” Segunda.- Vigencia y efecto La vigencia de la presente Adenda primera se extenderá desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, si bien se producirá efectos económicos desde el 1 de enero de 2023. Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio seguirán siendo las mismas y en los mismos términos y con las modificaciones introducidas por la presente adenda. Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, las partes firman la presente Adenda primera. Cód. Validación: 7K79TWNR5G3HCFHAA3Q3TXTZC Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4