Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 67, Lunes 3 de junio de 2024 15419 VILLA DE BREÑA BAJA ANUNCIO 2889 109252 ElAyuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2023, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo que dice literalmente: “PUNTO 1. EXPEDIENTE 7627/2023. ADENDA AL CONVENIO LABORAL DE TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO BREÑA BAJA: PLUS SALARIAL DE PENOSIDAD/PELIGROSIDAD/ TOXICIDAD.Visto el Convenio Colectivo vigente, del Ayuntamiento de Breña Baja, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 14 diciembre de 2001. Visto que en el mismo, en el artículo 39 denominado “PLUSES”, no se encuentra recogido la Penosidad, Peligrosidad y Toxicidad. Acordado en el Comité de Empresa de fecha 12 de diciembre de 2023, el reconocimiento del Plus de Penosidad/Peligrosidad/Toxicidad, a aquellos puestos de trabajo que con tareas de señalización de las vías municipales, por la implicación del uso de materiales y sustancias químicas. A las personas trabajadoras que tengan que realizar labores que resulten excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas, deberá abonárseles un incremento del 20 por 100 sobre su salario base. Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales/as presentes de la Comisión Informativa de Régimen Interior y Recursos Humanos, por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO:Aprobar y Ratificar el acuerdo firmado por el Comité de Empresa de fecha 12 de diciembre de 2023, relativo a la Adenda al Convenio laboral de trabajadores del Ayuntamiento de Breña Baja, relativa al reconocimiento del Plus de Penosidad/ Peligrosidad/Toxicidad, para todo aquel personal que realice actividades de señalística con utilización de sustancias químicas. A las personas trabajadoras que tengan que realizar labores que resulten excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas, deberá abonárseles un incremento del 20 por 100 sobre su salario base. SEGUNDO: Dar traslado de este acuerdo al Registro y Depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad. TERCERO: Notificar a los representantes del Comité de empresa. Tras un breve debate y por unanimidad de los/ as Sres./Sras. Concejales/as presentes que, en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, se aprueba el dictamen transcrito en todos sus términos y contenido. Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de Alcalde Presidente, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, FuncionamientoyRégimenJurídicodelasEntidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.” Villa de Breña Baja, a veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. EL ALCALDE PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente.