Ml ES Ma - - r- Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja A Cruz Del ASOCIACIÓN DE VECINOS — CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS “CRUZ DEL MILENIO” 2024 — > 3 y A 4 í Cuz ASOCIACIÓN DE VECINOS e Breña % VES e Y E 4 sl aa DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Ze 3 Ey y 'LA ASOCIACIÓN DE VECINOS “CRUZ DEL MILENIO” 2024 e) Á £ $ SS PE l AS a En Breña Baja a 25 de abril de 2024 =>) De una parte, Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número ..-4099., en su condición de Ycalde Presidente del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con C.LF. P3800900G y con fomicilio en Plaza de Las Madres, San José, 38712 Breña Baja. De otra, Don Nicolás González Castro , con DNI n* ***+*1)]6* , mayor de edad, vecino de Breña Baja, con domicilio en Las Las Ledas n.* 58, en calidad de representante de la ASOCIACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO, en virtud de las facultades conferidas Asociaciones G 1/S1/1442-07/P por el artículo 19 de los Estatutos de la misma, con CIF: G 38704169, número de registro de Y, Doña Evelia Cabrera Millán, en calidad Breña Baja que da fe del acto. de Secretaria accidental del Ayuntamiento de pAJaA AWO partes se reconocen mutuamente c. DIRSEni WN apacidad legal para obligarse en la que ostentan y, a tal efecto, e a) A EXPONEN ERO-.Que la Ley Orgánica 1/201 8, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de < mé CÓ € Canarias, establece en su artículo 110, apartado 3 la competencia exclusiva de la térritorio. dad Autónoma de Canarias en materia de asociaci - Ones y fundaciones que radiquen en su - SEGUNDO-. Que según el mencionado Es tatuto de Autonomía, a las Islas les corresponde, entre otras cosas, el ejercicio de 1 las que les transfieran o deleguen por la Com unidad Autónoma. as funciones que les son reconocidas como propias y —=— TERCERO-. Que el artículo 25.2.i), m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, estab instalaciones deporti lece que el municipio ejercerá competencias en “Promoción del deporte e vas”, “Promoción de la cultura y equipamientos culturales” , estableciendo el artículo 11 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios Canarios, entre of ras, y sin prejuicio de lo previsto en la legislación básica, las competencias en materia de cultura y deportes. CUARTO.- Siempre ha sido una máxima del Ayuntamiento de Breña Baja el reconocer la labor re alizada por los movimientos sociales, culturales, deportivos, etc. en el desarrollo del interés. Es por dicha razón, municipio, trasladando y liderando todas aquellas iniciativas y sugerencias en los temas de su por la que siempre ha contribuido con cuantas iniciati. vas y propuestas de dichos colectivos sean necesarias en beneficio de la ciudadanía y la población insular en general. El Ayuntamiento de Breña B formativa en todo el Municipio. aja encuentra necesario diversificar la oferta cultural y Er. a: sE na VWienio SS 010»: ENA BAJA > Cue ASOCIACIÓN DE VECINOS QUINTO Que la ASOCIACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO, y de conformidad con el artículo 7 de sus estatutos, tiene como fin la promoción, fomento y divulgación de la festividad de laser y en especial en los barrios de Las Ledas y La Montaña del municipio de Breña Baja. o rela 4 Sa 0, A ASS o razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden la nl in el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes ju A 5 ES 1 No, Es CLÁUSULAS uSya 4 AS PR IMERA.- OBJETO DEL CONVENIO. Será objeto del presente convenio la gestión y dinamización de la festividad de las cruces por parte de la ASOCIACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO en sus barrios; que viene siendo la Cruz del Monte, la Cruz del Barranco de Amargavinos y la Cruz de las Breveritas. SEGUNDA.-- La Asociación de vecinos Cruz del Milenio se compromete a: a) Apoyo financiero de las cruces de los barrios de Las Ledas y de la Montaña. Dinamización de las cruces. b) c) Promocionar y potenciar la festividad de las cruces en el municipio. d) Contribuir al mantenimiento de la festividad. Mantener un permanente contacto de intercambio entre los colectivos de los e) Cruceros. “e Justificar los gastos que son objeto de subvención conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativo de S EOS desarrollo, incluyendo las facturas originales o documento equivalente en el A » tráfico mercantil y una memoria con las actividades realizadas. El plazo para su justificación será hasta el 3 de agosto de 2024, e >] y AS É ASOCIACIÓN DE VECINOS CUARTO.-/DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. Régimen / onformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de ídico del Sector Público, se establece como plazo de vigencia del presente convenio de omenzando en la fecha de su firma e Breña y á > /l cumplimiento Daga por parte de la Asociación de Vecinos “Cruz del Milenio” de la Y Las Ledas o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos w/ esente onvenio, serán causa de la resolución del mismo. y 16 Y $4 FO, Pd pa ros RÉGIMEN JURÍDICO. Y El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no 14 evistas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante le gislación básica en materia de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad con todo lo expu esto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indic ados. SEXTO -. JUSTIFICACIÓN. sun. =go d A efectos de justificación, deberán presentar una memoria económica con el desglose de SS MN los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. e E Las ON 2 PES A ; turas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos IN ¡Y Pula dos e R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el 9] CÓ 1 qufe justificante de pago. la las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del 4 concesión de subvención queda condicionada a la cóncesión de subvención, en su casó en ejerciciós anteriores. justificación total del proyecto y de A == = La justificación tendrá que realizarse dentro de los 3 meses siguientes, una vez finalizado este Convenio. Serán gastos justificativos los siguientes conceptos: - Gastos en materiales necesarios para la confección de la cruz, (no incluyendo los gastos alimentarios). SÉPTIMO.- REINTEGRO AS ASOC PA JA reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del Ye len to 004 $ A BAJA > Í Cruz Dele Milemio ASOCIACIÓN DE VECINOS interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de reintegro previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la Intervención General del Ayuntamiento de Breña Baja OCTAVA.- VIGENCIA El presente convenio tendrá efectos económicos desde la firma de éste, hasta la finalización del mismo. (1 MES) NOVENA.- PUBLICIDAD El presente convenio se publicará como toda subvención directa, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones así como en el portal de Transparencia del Ayuntamiento Municipal DÉCIMA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto ma _. - ——-—Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio en duplicado ejemplár, en el lugar y fecha arriba indicados ASOC. JE VECIN 0 t MN A Cruz “Y E 3871 f” ER BAJA E a le al ¡Don Boña qe 77 ez Sicilia Don Nicolás González Castro Presidente Alcalde — Mresiderito Í DESS 22 SA 1.» Pa, Doña LP ls ecorotay NA CG Y A