Ml
ES
Ma
- -
r-
Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable
Villa de Breña Baja
A
Cruz Del
ASOCIACIÓN DE VECINOS
—
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA
Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS “CRUZ DEL MILENIO” 2024
—
>
3
y
A
4
í
Cuz
ASOCIACIÓN DE VECINOS
e Breña
%
VES e
Y
E
4
sl
aa
DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA
Ze
3
Ey
y
'LA ASOCIACIÓN DE VECINOS
“CRUZ DEL MILENIO” 2024
e)
Á
£
$
SS
PE
l
AS
a
En Breña Baja a 25 de abril de 2024
=>) De una parte, Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número
..-4099., en su condición de
Ycalde Presidente del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA,
con C.LF. P3800900G y con
fomicilio en Plaza de Las Madres, San José, 38712 Breña Baja.
De otra, Don Nicolás González Castro , con DNI n* ***+*1)]6*
, mayor de edad, vecino
de Breña Baja, con domicilio en Las Las Ledas n.* 58,
en calidad de representante de la
ASOCIACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO, en
virtud de las facultades conferidas
Asociaciones G 1/S1/1442-07/P
por el artículo 19 de los Estatutos de la misma, con CIF: G
38704169, número de registro de
Y, Doña Evelia Cabrera Millán, en calidad
Breña Baja que da fe del acto.
de Secretaria accidental del Ayuntamiento de
pAJaA
AWO
partes se reconocen mutuamente c.
DIRSEni
WN
apacidad legal para obligarse en la
que ostentan y, a tal efecto,
e
a)
A
EXPONEN
ERO-.Que la Ley Orgánica 1/201 8, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de
<
mé
CÓ
€ Canarias, establece en su artículo 110, apartado 3 la competencia exclusiva de la
térritorio.
dad Autónoma de Canarias en materia de asociaci
-
Ones y fundaciones que radiquen en su
-
SEGUNDO-. Que según el mencionado Es
tatuto de Autonomía, a las Islas les
corresponde, entre otras cosas, el ejercicio de 1
las que les transfieran o deleguen por la Com
unidad Autónoma.
as funciones que les son reconocidas como propias y
—=—
TERCERO-.
Que el artículo 25.2.i), m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de
Régimen Local, estab
instalaciones deporti
lece que el municipio ejercerá competencias en “Promoción del deporte e
vas”, “Promoción de la cultura y equipamientos culturales”
, estableciendo el
artículo 11 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios Canarios, entre of
ras, y sin prejuicio
de lo previsto en la legislación básica, las competencias en materia de cultura
y deportes.
CUARTO.- Siempre ha sido una máxima del Ayuntamiento de Breña Baja el reconocer la
labor re
alizada por los movimientos sociales, culturales, deportivos, etc. en el desarrollo del
interés. Es por dicha razón,
municipio, trasladando y liderando todas aquellas iniciativas y sugerencias en los temas de su
por la que siempre ha contribuido con cuantas iniciati.
vas y propuestas
de dichos colectivos sean
necesarias en beneficio
de la ciudadanía y la población insular en
general. El Ayuntamiento de Breña B
formativa en todo el Municipio.
aja encuentra necesario diversificar la oferta cultural y
Er.
a:
sE
na
VWienio
SS
010»:
ENA BAJA
>
Cue
ASOCIACIÓN DE VECINOS
QUINTO Que la ASOCIACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO, y de conformidad con el
artículo 7 de sus estatutos, tiene como fin la promoción, fomento y divulgación de la festividad de
laser
y en especial en los barrios de Las Ledas y La Montaña del municipio de Breña Baja.
o rela 4
Sa
0,
A
ASS
o
razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden
la
nl
in el
presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes
ju
A
5 ES
1
No, Es
CLÁUSULAS
uSya
4
AS
PR IMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.
Será objeto del presente convenio la gestión y dinamización de la festividad de las cruces
por parte de la ASOCIACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO en sus barrios; que viene
siendo la Cruz del Monte, la Cruz del Barranco de Amargavinos y la Cruz de las Breveritas.
SEGUNDA.-- La Asociación de vecinos Cruz del Milenio se compromete a:
a)
Apoyo financiero de las cruces de los barrios de Las Ledas y de la Montaña.
Dinamización de las cruces.
b)
c)
Promocionar y potenciar la festividad de las cruces en el municipio.
d)
Contribuir al mantenimiento de la festividad.
Mantener un permanente contacto de intercambio entre los colectivos de los
e)
Cruceros.
“e
Justificar los gastos que son objeto de subvención conforme a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativo de
S
EOS
desarrollo, incluyendo las facturas originales o documento equivalente en el
A »
tráfico mercantil y una memoria con las actividades realizadas. El plazo para su
justificación será hasta el 3 de agosto de 2024,
e
>]
y
AS
É
ASOCIACIÓN DE VECINOS
CUARTO.-/DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO.
Régimen /
onformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de
ídico del Sector Público, se establece como plazo de vigencia del presente convenio de
omenzando en la fecha de su firma
e Breña y
á
>
/l
cumplimiento
Daga
por parte de la Asociación de Vecinos “Cruz del Milenio” de la
Y Las Ledas
o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos
w/
esente
onvenio, serán causa de la resolución del mismo.
y
16
Y
$4
FO,
Pd
pa
ros RÉGIMEN JURÍDICO.
Y
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no
14
evistas en el mismo por los
preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de
Subvenciones, a la restante le
gislación básica en materia
de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de régimen jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad con todo lo expu
esto, las partes firman el presente Convenio,
en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indic
ados.
SEXTO -. JUSTIFICACIÓN.
sun.
=go d
A efectos de justificación, deberán presentar una memoria económica con el desglose de
SS
MN
los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere
de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión.
e
E
Las
ON
2
PES
A
;
turas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos
IN
¡Y
Pula dos e
R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el
9]
CÓ
1
qufe justificante de pago.
la
las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del
4
concesión de subvención queda condicionada a la
cóncesión de subvención, en su casó en ejerciciós anteriores.
justificación total del proyecto y de
A
==
=
La justificación tendrá que realizarse dentro de los 3 meses siguientes, una vez finalizado
este Convenio.
Serán gastos justificativos los siguientes conceptos:
- Gastos en materiales necesarios
para la confección de la cruz, (no incluyendo los gastos
alimentarios).
SÉPTIMO.- REINTEGRO
AS
ASOC
PA JA
reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del
Ye
len
to
004
$
A BAJA
>
Í
Cruz Dele Milemio
ASOCIACIÓN DE VECINOS
interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos
contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de reintegro
previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la
Intervención General del Ayuntamiento de Breña Baja
OCTAVA.- VIGENCIA
El presente convenio tendrá efectos económicos desde la firma de éste, hasta la
finalización del mismo. (1 MES)
NOVENA.- PUBLICIDAD
El presente convenio se publicará como toda subvención directa, en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones así como en el portal de Transparencia del Ayuntamiento Municipal
DÉCIMA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los
Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL
CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y
que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este
proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo
referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las
partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los
datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el
proyecto
ma
_.
- ——-—Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio
en duplicado ejemplár, en el lugar y fecha arriba indicados
ASOC.
JE VECIN
0
t MN
A
Cruz
“Y
E
3871
f”
ER
BAJA
E a
le
al
¡Don Boña
qe 77
ez Sicilia
Don Nicolás González Castro
Presidente
Alcalde — Mresiderito
Í DESS
22
SA
1.»
Pa,
Doña
LP
ls
ecorotay
NA CG
Y
A