Cd E > y e] ' 2 o ASOCIACIÓN DE VECINOS AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN DE VECINOS “CRUZ DEL MILENIO” 2024 y e A A Cuz ASOCIACIÓN DE VECINOS pa Mi 'VENIO DE COLAB ORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA li XK me ASOCIACIÓN DE VECINOS “CRUZ DEL MILENIO” 2024 ES pe Y ib ¡ 5% Tr 1 ÑE En Breña Baja a 6 de junio de 2024 N E) PE Aa pi S y NAL A noz, De una parte, Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número ....4099., en su condición de Icalde Presidente del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con C.LF. P3800900G y con domicilio en Plaza de Las Madres, San José, 38712 Breña Baja. De otra, Don Nicolás González Castro , con DNI n* ****1016*, mayor de edad, vecino le Breña Baja, con domicilio en Las Las Ledas n.” 58, en calidad de representante de la ASOC TACIÓN DE VECINOS CRUZ DEL MILENIO, en virtud de las facultades conferidas por El artículo 19 de los Estatutos de la misma, con CIF: G 38704169, número de registro de ASpeR ones G 1/S1/1442-07/P y EXPONEN PRIMERO-.Que la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, establece en su artículo 110, apartado 3 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de asociaciones y fundaciones que radiquen en su DO O'= erritorio. co SEGUNDO-. Que según el mencionado Estatuto de Autonomía, a las Islas les 2 3 corresponde, entre otras cosas, el ejercicio de las funciones que les son reconocidas como propias y “ q 0 E gas que les transfieran o deleguen por la Comunidad Autónoma. TERCERO-. Que el artículo 25.2.i), m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Y ¡Régimen Local, establece que el municipio ejercerá competencias en “Promoción del deporte e Es enstalaciones deportivas”, “Promoción de la cultura y equipamientos culturales”, estableciendo el á artículo 11 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios Canarios, entre otras, y sin prejuicio de lo previsto en la legislación básica, las competencias en materia de cultura y deportes. CUARTO.- Siempre ha sido una máxima del Ayuntamiento de Breña Baja el reconocer la labor realizada por los movimientos sociales, culturales, deportivos, etc. en el desarrollo del municipio, trasladando y liderando todas «aquellas iniciativas y sugerencias en los temas de su interés. Es por dicha razón, por la que siempre ha contribuido con cuantas iniciativas y propuestas de dichos colectivos sean necesarias en beneficio de la ciudadanía y la población insular en general. El Ayuntamiento de Breña Baja encuentra necesario diversificar la oferta cultural y formativa en todo el Municipio. í Cruz ASOCIACIÓN DE VECINOS Z DEL MILENIO, y de conformidad con el QUINTO.- Q ue la ASOCIACIÓN DE VECINOS CRU fomento y divulgación de la festividad del artículo 3 de sus estatutos, tiene como fin la promoción, La Montaña del municipio de Breña 4” , Co: los barrios de Las Ledas y e Brel Corpus Christi y en especial en 3 >, Bai as partes a un acuerdo, deciden l o, | y puesto, y habiendo llegado amb j Ñ WN Pr a A pa = En razón a todo lo ex O DE COLABORACION, con s ujeción a las siguientes 34 scribir ON 3 e ; WS Ne AN L É i presente CONVENI AN > YE A ¿$ dE SW Wo On ul py A CLÁUSULAS a PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO. amización de la festividad del Corpus Será objeto del prese nte convenio la gestión y din IACIÓN DE VECINOS CRU 7 DEL MILENIO en sus barrios; que Christi por parte de la ASOC ra/Descanso de la Cruz del Barranco de Amargavinos. viene siendo este año la Alfomb: SE UNDA.- La Asociación de vecinos C ruz del Milenio se compromete a: la Alfombra/Descanso de la Cru z del Barranco de a) Apoyo financiero de > Amargavinos. y » 4 Y Dinamización de esta actividad Promocionar y potenciar la festivi dad del Corpus Christi en el municipio. AE hi ul qr Contribuir al mantenimiento de la festividad. am bio con este colectivo. Mantener un permanente conta: cto de intere E Ñ Justificar los gastos que son O b jeto de subvención co nforme a lo dispuesto en la mbre, General de Subvenciones y su normat ivo de Soy Ley 38/2003, de 17 de novie les o documento equivalente en el desarrollo, incluyendo las fac turas origina tráfico mercantil y una memoria con las actividades realizadas. El plazo para Su em bre de 2024. justificación será hasta el 1 de septi declaración responsable de no incurrir g) La Asociación presentará asimismo una Pu en causa que impida la obt ención de subvenciones públicas en cumplimiento a lo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de no viembre, lo establecido en el artícu 34 General de Subvenciones. oz s obligaciones y derechos: O 3 TERCERO.- El Ayuntamiento de Breña Baja tendrá las siguiente N = SS p; 1 31 e iz $ SR PP. Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. A Ñ formidad con lo dispuesto en € l artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de e De: de vigencia del presente convenio de Rep y men' dico del Sector Público, se establece como plazo Uh UV , comenzando en la fecha de su firma El incumplimiento por parte de 1 a Asociación de Vecinos “Cruz del Milenio” de la Mc taña y Las Ledas o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos en el presente Convenio, serán causa de la resolución del mismo. QUINTO.- RÉGIMEN JURÍDICO. tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no El presente convenio de 3 de noviembre, General de previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, Subvenciones,/a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1 (DD bre, de régimen jurídico del Sector Público. MJ Ss rueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, cio . emplar, en el lugar y fecha arriba indicados. QA pa) SA TIFICACIÓN qu Sr Nn efectos de justi ficación, deberán presentar una memoria económica con el desglose de ES facturas, y demás documentación que se considere cadA uno de los gastos realizados aportando pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o do cumentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del (E