CONVENIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA CON: “ASOCIACIÓN DE TERCERA EDAD GÁNDARA DE BREÑA BAJA” AÑO 2025 CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ha EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y Pres LA “ASOCIACIÓN DE TERCERA EDAD GÁNDARA” BRERA BAIS En Breña Baja, a 18 de septiembre de 2025 REUNIDOS ..... De fina parte: Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número .....4099., en su condición de Alcalde arte: D* ANDREA YANES FRANCISCO, con DNI n° ....2636., en nombre y ntación y en calidad de presidente de la ASOCIACIÓN DE TERCERA EDAD ARA, con C.I.F. G38341020 y domicilio en CL MONTANA (LA) 120, ANTIGUA SUELA UNITARIA, 38712 BRENA BAJA (SANTA CRUZ DE TENERIFE) con datos de Y, Doña Evelia Cabrera Millán, en calidad de Secretaria accidental del Ayuntamiento de Breña Baja que da fe del acto. Las partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en la representación que ostentan y, a tal efecto, EXPONEN SEGUNDO. - Que la Asociación actúa dentro del ámbito territorial del municipio de Breña Baja y colabora habitualmente con instituciones públicas y privadas que persiguen fines análogos, con el fin de reforzar la acción social y la inclusión de las personas mayores. TERCERO. - Que el Ayuntamiento de Breña Baja, en el marco de sus competencias en materia de servicios sociales y participación ciudadana, considera de interés general fomentar la colaboración con asociaciones como Gándara, que contribuyen a mejorar la calidad de vida de Alas personas mayores. n razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el esente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes, CLAUSULAS PRIMERA: OBJETO El presente convenio tiene por objeto establecer una colaboración entre el Ayuntamiento de Breña Baja y la Asociación de Tercera Edad Gándara para el desarrollo de actividades que promuevan el envejecimiento activo, la integración, el acompañamiento, la formación y el asesoramiento de las personas mayores del municipio. e) Colaborar con el Ayuntamiento en el diseño e implementación de actividades y campañas que fomenten la participación activa de las personas mayores. d) Presentar, cuando así se solicite, informes o memorias de las actividades realizadas en el marco del presente convenio. e, Efpompromiso del Ayuntamiento es de dotar de medios a la asociación para desarrollar dicha bor: Para ello se ha previsto en la partida presupuestaria 231/48001 crédito para otorgar una uRyención nominativa a favor de Asociación de Tercera Edad Gandara por un importe máximo ZINCO MIL EUROS (5.000,00 €). Dichos gastos serán justificados, en los términos establecidos en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones mediante cuenta justificativa simplificada en la que se incluirá una memoria justificativa en la que se detallaran los siguientes gastos a justificar: Excursiones, actividades socioculturales, físicas y deportivas, formativas, de apoyo social y comunitario. El Ayuntamiento abonará dicha cantidad a la firma del Convenio, mediante transferencia y de forma anticipada de conformidad con lo previsto en el artículo 34.4. - parrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Sa condicionado a la posterior justificación en los términos establecidos en la cláusula A egunda. a égimen Jurídico del Sector Público, se establece como plazo de vigencia del presente convenio el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 El incumplimiento por parte de la Asociación o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos en el presente Convenio, serán causa de la resolución del mismo”. QUINTA.- RÉGIMEN JURÍDICO. El prfeme convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en A mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de ubvenciones, el beneficiario queda obligado a dar difusión y publicidad de forma activa a la aportación de fondos al proyecto por parte del Ayuntamiento de Breña Baja, debiendo acreditar los medios empleados para dicha publicidad en el momento de la justificación de la subvención. SÉPTIMA -. JUSTIFICACIÓN. A efectos de justificación, deberán presentar-una memoria de las actividades realizadas Ba on desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación “qué, sé considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión, q pi y a pi y gi pforme estable al art. 30.3 de la Ley 38/2003, en el plazo de tres meses desde la finalización explazo para la realización de la actividad. o ib Las Facturas o documentos acreditativos del 'gasto efectuado deberán reunir los NE Ie regulados en el R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el /Sse@mento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir 2 acompañadas del correspondiente justificante de pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en el lugar y fecha indicados. El Alcalde La Presidenta La Secretaria D. Borja Pérez Sicilia D* Andrea D* M.* Evelia Cabrera Millán | Yanes Francisco