Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes, 18 de julio de 2022 23208 23208 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 154, Viernes 23 de diciembre de 2022 VILLA DE BREÑA BAJA ANUNCIO 4832 242265 Expediente nº: 5909/2021. En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme disponen los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 169.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el Presupuesto de esta Entidad Local, Bases de Ejecución y la plantilla del personal, para el ejercicio económico 2023, aprobados por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de diciembre de 2022 y cuyo Estado de Ingresos y de Gastos asciende a la cantidad de 7.145.700,00 EUROS. Los interesados a que se refiere el artículo 170.1 del mencionado Real Decreto Legislativo y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites: a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: QUINCE días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. b) Oficina de presentación: Registro General de la Casa Consistorial, en horario de oficina. c) Órgano ante el que se reclama: El Pleno de la Corporación. Breña Baja, a diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. EL ALCALDE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente. VILLA DE CANDELARIA ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA 4833 242173 Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 29 de septiembre de 2022, el expediente 9887/2022 propuesta del Concejal delegado de Hacienda de 20 de septiembre de 2022 al Pleno para la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, finalizado el período de exposición pública de treinta días, según lo previsto en el artículo 17.3 y 4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda definitivamente aprobado al no constar la presentación de reclamaciones al mismo en dicho período, y se publica para general conocimiento el texto de la modificación parcial de la ordenanza, en particular el artículo 2 apartado 1, y la introducción de un nuevo apartado 5 en el artículo 8, quedando la redacción de la siguiente manera: Artículo 2. Hecho Imponible. “1.- El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha