ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: Secretaria Accidental Fecha Firma: 16/07/2019 HASH: 4c0111933cbe1bfeaa49b7c15c09e7f3 PLN/2019/7 El Pleno María Evelia Cabrera Millán (1 de 2) DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Extraordinaria Fecha 25 de junio de 2019 Duración Desde las 20:00 hasta las 20:45 horas Lugar SALÓN DE PLENOS Presidida por Borja Pérez Sicilia Secretario María Evelia Cabrera Millán Alcalde Presidente Fecha Firma: 16/07/2019 HASH: cc2282d7ffe05d8efd2e11d81a63fa5c ASISTENCIA A LA SESIÓN DNI Nombre y Apellidos Asiste Borja Pérez Sicilia (2 de 2) 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42196591D Adrián Aguiar Pérez SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42167170M Antonio Domingo González Castro SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia SÍ 42195809D Eva Reyes Rodríguez Sicilia SÍ 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42183532Z Francisco Javier Martín Castañeda SÍ 42185132G Jesús Magdalena Rodríguez Paz SÍ 42185386M Juan Manuel Pérez Álvarez SÍ 42194648K Natalia Martín Luis SÍ 42189533N Tanausú Pérez Concepción SÍ 42186158H Yessica Pérez Pérez SÍ Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 27 ACTA DEL PLENO Abierto el Acto por la Presidencia y declarada pública la sesión, el Sr. Alcalde comienza diciendo que ruega que disculpen el retraso de una hora más tarde de la indicada, siendo el motivo una reunión muy urgente a la que se le convocó a última hora, pasando a tratar el siguiente Orden del Día: A) PARTE RESOLUTIVA MOCIÓN DE LA ALCALDÍA PROPONIENDO AL PLENO EL RÉGIMEN DE SESIONES DEL PLENO Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS PARA SU APROBACIÓN, SI PROCEDE Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción de la alcaldía proponiendo al Pleno el régimen de sesiones del Pleno y Asignaciones Económicas, que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones locales el pasado 26 de Mayo de 2019, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder, de acuerdo con la legislación vigente al establecimiento de la periodicidad de las sesiones del Pleno. Considerando que de conformidad con lo dispuesto por la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Pleno puede celebrar sesiones ordinarias y extraordinarias, teniendo que establecer sesiones ordinarias con la periodicidad mínima establecida en el artículo 46.2 de la precitada Ley 7/85, de 2 Abril, de nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de Abril. En cuanto a las asignaciones económicas por el desempeño de las delegaciones genéricas de los distintos concejales, son las que a continuación se señalan: .- Por cada asistencia a Comisión Informativa……………………24,00 € .- Por cada asistencia a Pleno…………………......………...…….60,00 € Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del reglamento de organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, en concordancia con el artículo 46.2 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, propone al Pleno del ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Establecer que las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación, tendrán lugar el último jueves de cada mes impar, no festivo, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, o lugar habilitado al efecto. SEGUNDO: Establecer .- Por cada asistencia a Comisión Informativa……………………24,00 € .- Por cada asistencia a Pleno…………………......………...…….60,00 € TERCERO: Comunicar este acuerdo a todos los Concejales afectados y a los jefes de los diferentes servicios municipales, para su conocimiento y efectos oportunos.” Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno, con el resultado de los votos a favor del PP (8 votos) y Coalición Canaria (3 votos) y 2 abstenciones del PSOE, aprueba la Moción la transcrita. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL AYUNTAMIENTO PLENO A FAVOR DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 27 ACTA DEL PLENO Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita Secretaria da lectura a la Moción de la alcaldía de delegación de competencias del Ayuntamiento Pleno a favor de la Junta de Gobierno Local, que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones locales el 26 de mayo de 2019, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren el artículo 23.2b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de materias, cuya competencia atribuye al Pleno, a favor de la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con la legislación a que anteriormente hemos hecho referencia, el Pleno del Ayuntamiento puede delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 22.2.b (de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y por el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, en su redacción actual, derivada de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias plenarias que tienen carácter indelegable. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias plenarias que a continuación se relacionan: Las competencias delegables, conforme al art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:  Defensa Jurídica: El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales (art. 22.2 j).  Solicitud y aceptación de cuantas subvenciones sean convocadas por cualquier administración pública.  Cuantas otras competencias no correspondan por Ley al Pleno. SEGUNDO: Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en cualquier otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: "Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de las delegaciones acordadas por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día…" Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán dictados por el Pleno del Ayuntamiento como titular de la competencia originaria, órgano al que se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, mediante la remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno Local a todos los Concejales de la Corporación, y serán inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 27 ACTA DEL PLENO acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Pleno. CUARTO: Comunicar este acuerdo a los Jefes de Area de este Ayuntamiento, Concejales Delegados y Presidentes de Comisiones Informativas, para su conocimiento y efectos, haciéndoles constar que, salvo en supuestos de urgencia, con carácter previo a su inclusión en el orden del día, los asuntos que se hayan de someter a Junta de Gobierno Local como consecuencia de esta delegación, tendrán que ser previamente dictaminados por la Comisión Informativa correspondiente por razón de la materia, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. QUINTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 51.2 del texto legal antes citado. Tanto el concejal del PSOE D. Antonio D. González Castro, como la concejal del Coalición Canaria Dª Yéssica Pérez Pérez manifiestan que no han recibido la documentación, aclarándoles la Señora Secretaria que fue remitida a los correos que disponemos en este momento, y que ellos a día de hoy no nos han comunicado si siguen con los mismos o con otro distinto. Se dan por enterados y la señora secretaria se informa que las competencias delegadas. Pide la palabra la concejal de Coalición Canaria Dª Yéssica Pérez Pérez, diciendo que no habiendo recibido la documentación, se acercaron a secretaría y allí se les ha facilitado la misma, preparando todo de ayer para hoy, que su disponibilidad está a que salga todo bien, pero que en los próximos plenos agradece que todo salga en tiempo y forma. Interviene el Sr. Alcalde diciendo que desde que ellos están gobernando se creó para cada grupo político un correo electrónico que antes no había, donde podrían entrar cada uno si tuvieran las claves y así ver toda la información, y pide disculpas. El concejal de PSOE, D. Antonio A. Castro González dice que en cualquier caso, el también pudo haber llamado para decir que no tenía ninguna información cuando entró en la carpeta ciudadana y no miro en el correo electrónico, y si hubiera querido la información hubiera llamado o venido a secretaría. Sigue la secretaria diciendo que a principios de julio vendrá el informático del procedimiento y se reunirá con ellos para darles una charla, diciéndoles como entrar cada uno en el aplicativo. Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar la Moción que se transcribe. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 27 ACTA DEL PLENO Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción de la alcaldía de delegación de competencias de la alcaldía en la Junta de Gobierno Local, que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones locales el 26 de mayo de 2019, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren el artículo 23.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de materias, cuya competencia atribuye al Alcalde, a favor de la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con la legislación a que anteriormente hemos hecho referencia, el Alcalde puede delegar en la Junta de Gobierno Local, siempre que no se encuentre en los supuestos contemplados en el art. 21.3 de la Ley Reguladora de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 22.2.b de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción actual, derivada de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias plenarias que tienen carácter indelegable. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones de la Alcaldía que a continuación se relacionan: La competencia para el otorgamiento de las licencias y comunicaciones previas. Gestión y tramitación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas y/o privadas. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por ciento de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. SEGUNDO: Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en cualquier otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: "Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de las delegaciones acordadas por la Alcaldía en sesión plenaria celebrada el Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 27 ACTA DEL PLENO día..." Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán dictados por la Alcaldía como titular de la competencia originaria, órgano al que se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, mediante la remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno Local a todos los Concejales de la Corporación, y serán inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Alcalde. CUARTO: Comunicar este acuerdo a los Jefes de Área de este Ayuntamiento, Concejales Delegados y Presidentes de Comisiones Informativas, para su conocimiento y efectos. QUINTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 51.2 del texto legal antes citado.” Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes acuerda aprobar la Moción que se transcribe. DECRETO DE CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al Decreto de constitución de la Junta de Gobierno Local, que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones Locales celebradas el 26 de Mayo de 2019, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular, a la constitución de la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la potestad de autoorganización que el artículo 4.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, Ley 7/2015 de 1 de Abril, reconoce a esta Entidad. Considerando que según lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la citada Ley, en concordancia con las previsiones de la legislación autonómica del régimen local y demás legislación complementaria. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, HE RESUELTO: PRIMERO: Constituir la Junta de Gobierno Local, órgano colegiado municipal de carácter obligatorio, que quedará integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Alcalde, Don Borja Pérez Sicilia Vocales: 1º Teniente de Alcalde: D. Juan Manuel Pérez Alvarez. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 27 ACTA DEL PLENO 2º Teniente de Alcalde: Dª. Ana Mª. Trujillo Hernández 3º Teniente de Alcalde: Dª. Eva Rosa Hernández Paz 4º Teniente de Alcalde: D. Francisco J. Martín Castañeda. SEGUNDO: La Junta de Gobierno Local celebrará sus sesiones ordinarias los martes, cada 15 días, a las 13´00 horas en las dependencias de este Ayuntamiento, pudiendo celebrar cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias previa convocatoria al efecto realizado por esta Alcaldía. TERCERO: Las competencias que se deleguen a la Junta de Gobierno se tendrán que ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en ningún otro órgano. CUARTO: Comunicar esta resolución a los concejales afectados y a los jefes de las distintas áreas afectadas, para su conocimiento y efectos oportunos. QUINTO: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. SEXTO: Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la sesión extraordinaria que se convoque para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.” El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los Asistentes, que en todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, se dan por enterados del Decreto que se transcribe. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE CREACIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 27 ACTA DEL PLENO Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita Secretaria, da lectura a la Moción de la Alcaldía de Creación de las Comisiones Informativas que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones locales el pasado 26 de Mayo, y constituido el nuevo Ayuntamiento, de acuerdo con la legislación vigente, resulta necesario proceder a la constitución y determinación de la composición de las Comisiones Informativas de carácter permanente de este Ayuntamiento, con el objeto de dotar al mismo de órganos complementarios de carácter asesor, para hacer efectivo el derecho que el artículo 20.1 c) de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la ley 11/1999, de 21 de Abril, otorga a todos los Grupos Municipales integrales de la Corporación. Considerando lo dispuesto en el artículo 134 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde al pleno de cada Corporación determinar el número y la denominación de estas Comisiones Informativas de estudio y dictamen, tanto cuando nacen con vocación de permanencia por obedecer a la estructura del ámbito competencial del Ayuntamiento, como cuando nacen con carácter temporal con el objeto de tratar de temas específicos. Considerando que de conformidad con el precepto citado, estas Comisiones han de estar integradas por los miembros que designen los diferentes Grupos Políticos que forman parte de la Corporación, en relación a su representatividad en el Ayuntamiento. Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 123 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Crear las Comisiones Informativas de carácter permanente siguientes: 1. Comisión Informativa Especial de Cuentas, Economía y Hacienda. 2. Comisión Informativa Régimen Interior, Recursos Humanos, Deportes, Turismo y Seguridad. 3. Comisión Informativa Planificación, Urbanismo, Servicios Jurídicos y Transparencia. 4. Comisión Informativa Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, Mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y Nuevas Tecnologías. 5. Comisión Información Desarrollo Local, Comercio y Empleo. 6. Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía. 7. Comisión Informativa de Fiestas y Juventud. 8. Comisión Informativa de Medio Ambiente, Servicios e Infraestructuras. SEGUNDO: Las Comisiones Informativas estarán integradas por los siguientes miembros, siendo que el Alcalde ostentará la presidencia nata de todas ellas: 1. Comisión Informativa Especial de Cuentas y Hacienda Presidente: D. Borja Pérez Sicilia. Vocales: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Dª. Ana María Trujillo Hernández. Dª. Yéssica Pérez Pérez, (CCa-PNC). D. Antonio Domingo González Castro (GRUPO MIXTO PSOE). Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 27 ACTA DEL PLENO Secretario: El Interventor municipal o funcionario en quién delegue. 2. Comisión Informativa Régimen Interior, Recursos Humanos, Deportes, Turismo y Seguridad. Presidente: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Vocales: Dª Ana María Trujillo Hernández. Dª Eva Rosa Hernández Paz. D. Tanausú Pérez Concepción, (CCa-PNC). Dª Natalia Martín Luis, (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. 3. Comisión Informativa Planificación, Urbanismo, Servicios Jurídicos y Transparencia Presidente: D. Borja Pérez Sicilia. Vocales: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Dª Ana María Trujillo Hernández. Dª Yessica Pérez Pérez, (CCa-PNC). D. Antonio Domingo González Castro (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. 4. Comisión Informativa Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, Mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y Nuevas Tecnologías. Presidente: D. Francisco J. Martín Castañeda. Vocales: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Dª Ana Mª Trujillo Hernández. Dª Jesús Magdalena Rodríguez Paz, (CCa-PNC). Dª Natalia Martín Luis, (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. 5. Comisión Información Desarrollo Local, Comercio y Empleo. Presidente: Dª Eva Reyes Rodríguez Sicilia. Vocales: D. Francisco Javier Martín Castañeda. D. Juan Manuel Pérez Álvarez. D. Tanausú Pérez Concepción, (CCa-PNC). D. Antonio Domingo González Castro, (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. 6. Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 27 ACTA DEL PLENO Presidente: Dª Ana maría Trujillo Hernández. Vocales: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Dª Eva Rosa Hernández Paz. Dª Jesús Magdalena Rodríguez Paz, (CCa-PNC). Dª Natalia Martín Luis, (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. 7. Comisión Informativa de Fiestas y Juventud. Presidente: Dª Eva Rosa Hernández Paz. Vocales: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Dª Ana María Trujillo Hernández. D. Tanausú Pérez Concepción, (CCa-PNC). Dª Natalia Martín Luis, (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. 8. Comisión Informativa de Medio Ambiente, Servicios e Infraestructuras. Presidente: D. Adrián Aguiar Pérez. Vocales: D. Juan Manuel Pérez Álvarez. Dª. Ana María Trujillo Hernández. Dª Yessica Pérez Pérez, (CCa-PNC). D. Antonio Domingo González Castro, (GRUPO MIXTO PSOE). Secretario: El Secretario municipal o funcionario en quien delegue. TERCERO: Las funciones de estas comisiones informativas de carácter permanente, serán el estudio y dictamen previo de los asuntos que se someten a la decisión del pleno o de la Junta de Gobierno Local y de la alcaldía, en estos dos últimos supuestos cuando estos órganos actúen por delegación de aquél, pudiendo intervenir también en relación con otros asuntos que no sean de la competencia del pleno de la corporación, cuando el órgano competente les solicite su dictamen. CUARTO: Su funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en el Título Preliminar, capítulo II, sección 3ª en la sección 3ª del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 7/2015, de i de abril, de los municipios de Canarias, y supletoriamente por lo que prevén los artículos 134 a 138 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales QUINTO: Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos, para su conocimiento y efectos oportunos.” Interviene la concejal de Coalición Canaria Dª Yessica Pérez Pérez diciendo que sólo figuran en una Comisión. Le aclara la Sra. Secretaria que este punto se redacta así con el fin de que cada grupo nombre al miembro que formará parte de cada Comisión. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 27 ACTA DEL PLENO Interviene el Concejal del Partido Socialista diciendo que propone para las Comisiones siguientes a los concejales que se relaciona:  Comisión Informativa Especial de Cuentas y Hacienda: D. Antonio Domingo González Castro.  Comisión Informativa Régimen Interior, recursos Humanos, deportes, Turismo y Seguridad: Dª Natalia Martín Luis.  Comisión Informativa Planificación, Urbanismo, Servicios Sociales Jurídicos y Trasparencia: D. Antonio Domingo González Castro.  Comisión Informativa Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y Nuevas Tecnologías: Dª Natalia Martín Luis.  Comisión Informativa Desarrollo Local, Comercio y Empleo: D. Antonio Domingo González Castro.  Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía: Dª Natalia Martín Luis.  Comisión Informativa de Fiestas y Juventud: Dª Natalia Martín Luis.  Comisión Informativa de medio Ambiente, Servicios e Infraestructuras:  D. Antonio Domingo González Castro. Seguidamente, el Sr. Alcalde da la palabra a la Portavoz de Coalición Canaria, Dª Yéssica Pérez, la cual propone para las diferentes Comisiones los siguientes miembros.  Comisión Informativa Especial de Cuentas y Hacienda: Dª Yéssica Pérez Pérez.  Comisión Informativa Régimen Interior, recursos Humanos, deportes, Turismo y Seguridad: D. Tanausú Pérez Concepción.  Comisión Informativa Planificación, Urbanismo, Servicios Sociales Jurídicos y Trasparencia. Dª. Yéssica Pérez Pérez.  Comisión Informativa Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y Nuevas Tecnologías: Dª Jesús Magdalena Rodríguez Paz.  Comisión Informativa Desarrollo Local, Comercio y Empleo: D. Tanausú Pérez Concepción.  Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía: Dª Jesús Magdalena Rodríguez Paz.  Comisión Informativa de Fiestas y Juventud: D. Tanausú Pérez Concepción.  Comisión Informativa de medio Ambiente, Servicios e Infraestructuras: Dª Yéssica Pérez Pérez. Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los Asistentes, que en todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, aprueban la Moción que se transcribe. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA EN LA QUE SE DESIGNAN A LOS REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS EN QUE SE DEBA DE ESTAR REPRESENTADO Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 27 ACTA DEL PLENO Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción de la Alcaldía en la que se designan a los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados en que se deba de estar representado, que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones locales el pasado 26 de Mayo y constituida la nueva Corporación el día 15 de Junio del presente año, se designa a los representantes de la Corporación en órganos colegiados en que deba de estar representado, que a continuación se señalan: CONSEJO ESCOLAR: C.E.I.P. San Antonio: Ana Mª Trujillo Hernández. C.E.I.P. San José: Ana Mª Trujillo Hernández. C.E.I.P. Las Ledas: Ana Mª Trujillo Hernández. I.E.S. Las Breñas: Ana Mª Trujillo Hernández. C.E.R. : Ana Mª Trujillo Hernández. COMUNIDAD DE REGANTES: Borja Pérez Sicilia. Suplente: Adrián Aguiar Pérez CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO: Borja Pérez Sicilia. Suplente: Juan Manuel Pérez Álvarez. CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL: Ana Mª Trujillo Hernández Suplente: Francisco Javier Martín Castañeda. RESERVA MUNDIAL DE LA BIOSFERA: Borja Pérez Sicilia. Suplente: Adrián Aguiar Pérez. CONSEJO INSULAR DE AGUAS: Borja Pérez Sicilia. Suplente: Juan Manuel Pérez Álvarez. ADER: Borja Pérez Sicilia. Suplente: Juan Manuel Pérez Álvarez. CONSORCIO INSULAR DE SERVICIOS: Borja Pérez Sicilia. Suplente: Adrián Aguiar Pérez.” Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno aprueba dicha Moción con los votos a favor del PP (8 votos) y Coalición Canaria (3 votos) y 2 abstenciones del PSOE. DECRETO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA A FAVOR DE LOS CONCEJALES De orden del Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al Decreto de Delegaciones de Competencias de la Alcaldía a favor de los Concejales que literalmente dice: “ Una vez celebradas las elecciones Locales el día 26 de Mayo de 2019, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 27 ACTA DEL PLENO demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de carácter general a favor de los miembros de la Comisión de Gobierno, y otro de carácter especial a favor de diferentes Concejales. Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, en su redacción actual, y por el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en las que se regula las competencias que no pueden ser objeto de delegación y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Por todo ello, esta alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, HE RESUELTO: PRIMERO: Efectuar a los miembros de la Junta de Gobierno Local y otros Concejales que a continuación se relacionan, una delegación general de atribuciones de gestión sin facultad de resolución de los asuntos de sus respectivas áreas de actuación, de acuerdo con la definición funcional de cada Área contemplada y respecto de los campos de actuación que, a título enunciativo, se recogen a continuación en relación con cada una de ellas. ÁREA ESPECIAL DE CUENTAS, ECONOMÍA, HACIENDA. PLANIFICACIÓN, URBANISMO, SERVICIOS JURÍDICOS Y PORTAL DE TRANSPARENCIA (D. BORJA PÉREZ SICILIA) CUENTAS, ECONOMÍA Y HACIENDA Seguimiento de intervención:  Control de presupuestos municipales y hacienda pública.  Control contable de la Hacienda Local.  Seguimiento de la adaptación de los gastos a presupuestos y previsiones de ingresos para la elaboración de los mismos. Seguimiento de Tesorería  Adaptación de los pagos a criterios de intervención y control de la generación de los ingresos previstos Seguimiento de Recaudación Municipal  Seguimiento de la Gestión de tributos, rentas y exacciones a fin de controlar los elementos que moderan los ingresos ordinarios y la elaboración de los padrones por los diferentes conceptos.  Tareas de control y evaluación.  Revisión de ordenanzas y su adaptación, si fuera preciso.  Creación de nuevas ordenanzas adaptadas a las características de la Administración local, si así fuera preciso.  Captación de ingresos en función de la situación de la Administración Local, de carácter ordinario. Cabildo, Estado, U.E., Comunidad Autónoma, etc... Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 27 ACTA DEL PLENO PLANIFICACIÓN, URBANISMO Y SERVICIOS JURÍDICOS Planificación y urbanismo  Tareas de coordinación y supervisión de los trabajos realizados por el Gabinete Técnico Municipal en todo lo referido a planificación territorial y urbanismo.   Adaptación a normativa y directrices de ordenación en materia de urbanismo y planificación territorial.   Velar por el cumplimiento del Plan de Ordenación Municipal.   Revisión y adaptación al conjunto de ordenanzas municipales complementarias al Plan de ordenación territorial (usos del suelo, edificaciones, etc.) Servicios jurídicos  Evaluación y adecuación al marco normativo para la Administración Pública.   Coordinar los servicios jurídicos de la Administración Local.   Impulsar el plan normativo municipal.   Supervisión y coordinación en la elaboración de reglamentos, ordenanzas, bandos e instrucciones municipales. Portal de transparencia.  Coordinación, impulso, divulgación y control de la actuación pública  Impulso y seguimiento del portal de transparencia municipal. Turismo  Conocimiento, control y ordenación del sector.  Estudio en profundidad y desarrollo de las necesidades de infraestructura relacionadas con el sector y su promoción.  Promoción municipal a fin de potenciar la imagen turística del destino y mejorar su posicionamiento dentro y fuera de nuestras propias fronteras.  Estudio y gestión de posibilidades de Hermanamiento y establecimiento de vínculos con otros lugares de origen de los turistas de mayor procedencia.  Coordinación y gestión de la Oficina Municipal de Información Turística a fin de velar por el correcto funcionamiento de la misma y la prestación de servicios bajo criterios de calidad.  Actuaciones que nos singularicen en la Isla de La Palma relacionadas con el sector y la población de Breña Baja.  Estudio de explotaciones apropiadas desde el punto de vista del turismo.  Coordinación de planes de desarrollo turístico en el entorno rural.  Control y supervisión de Planes en materia turística.  Desarrollo del turismo de medianías, control y supervisión de planes de actuación en el sector. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 27 ACTA DEL PLENO  Control en la gestión de infraestructuras de carácter turístico o vinculadas a él.  Fomento y participación en Campañas de promoción turística (Bandera Azul, Ecoplayas, etc.) Seguridad  Coordinación y gestión del cuerpo de la Policía Local en todas sus tareas y cometidos.  Coordinación de los programas de formación con entidades externas (Academia Canaria de Seguridad y otras) para la adecuación de los efectivos de la policía local al desempeño de tareas.  Gestión y coordinación de diferentes subvenciones en materia vinculada a la policía local.  Coordinación y gestión de los servicios de Salvamento (salvamento y socorrismo Playa de Los Cancajos, etc..).  Desarrollo y puesta en práctica del plan de emergencia municipal en situación de accidentes e incidentes.  Coordinación con otras entidades (AEA, ALFA TANGO, etc.) para la puesta en práctica de planes de emergencia y salvamento en eventos de naturaleza pública.  Coordinación de la información en materia de seguridad y emergencias dirigida a la ciudadanía.  Coordinación de la protección civil y control y seguimiento de planes de seguridad.  Coordinación con CECOPIN para actividades de emergencia y seguridad.  Coordinación técnica para el apoyo en campañas de prevención y extinción de incendios, recuperación de entornos degradados y protección civil. ÁREA DE OBRAS (D. BORJA PÉREZ SICILIA)  Coordinación específica del personal del Gabinete Técnico Municipal y personal de vías y obras.  Obras Mayores Coordinación y supervisión en la siguiente materia:  Promociones privadas.  Promociones público-privadas.  Viviendas.  Equipamientos.  Planes Especiales.  Otras Administraciones.  Obras Menores Coordinación y supervisión en la siguiente materia:  De particulares  Plazas, parques y jardines municipales Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 27 ACTA DEL PLENO  Aperturas de establecimientos Coordinación y supervisión en la siguiente materia:  Actividades Inocuas.  Actividades Clasificadas.  Informes urbanísticos Tareas de coordinación y supervisión en la materia  Planificación Estratégica. Control y supervisión de las tareas realizadas en materia de Planeamiento, Gestión Urbanística, Disciplina Urbanística,etc. Territorio  Supervisión de los estudios territoriales del municipio de Breña Baja (Impactos ambientales, cartografía, planimetría, etc...).  Supervisión en las tareas de aprovechamientos forestales y zonas recreativas.  Coordinación con el Área de Política Territorial del Cabildo Insular.  Elaboración de estadísticas e informes municipales referentes al territorio (padrón de habitantes).  Gestión de recursos agrícolas, forestales y ganaderos. ÁREA DE SERVICIOS E INFRAESTRUCTURAS Y ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE (D. ADRIÁN AGUIAR PÉREZ) Servicios e Infraestructuras  Gestión y supervisión de las instalaciones públicas municipales (funcionamiento, gestión, control de dotación y mantenimiento de equipamientos).  Coordinación entre distintos colectivos y agentes sociales para uso de instalaciones públicas municipales (control de horarios, apertura y cierre de instalaciones, organización de eventos, etc.).  Mantenimiento, saneamiento y acondicionamiento de infraestructuras y equipamientos públicos municipales (Campo de fútbol, Cementerio, instalaciones deportivas).  Análisis detallado de la situación de las infraestructuras y equipamientos de uso colectivo para la propuesta de planes de mejora de los mismos.  Mejora de recursos existentes y la dotación de infraestructuras de nueva creación para cubrir necesidades locales.  Tareas de supervisión en la conservación y mantenimiento de instalaciones de uso público: colegios, centros públicos, así como de vías, alumbrado público, vehículos y maquinaria. Energías y Medio Ambiente  Coordinación para la mejora de la imagen y uso de plazas, parques y jardines municipales con actuaciones concretas en cada espacio que Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 27 ACTA DEL PLENO mejoren su calidad ambiental.  Gestión y supervisión de los servicios municipales de Agua (reparación, mantenimiento, depósitos reguladores y calidad de agua, agua de riego, etc.)Red de abastecimiento público de agua potable; gestión, control y vigilancia del consumo humano; autorización de utilización del dominio público hidráulico.  Alcantarillado. Vigilancia, control y mantenimiento de la red de alcantarillado municipal.  Aguas litorales y marinas.- Control y vigilancia de las playas y zonas de baño, incluyendo régimen sancionador; limpieza, higiene y salubridad de las playas.  Residuos urbanos- Coordinación para la recogida, transporte y eliminación de residuos con el Consorcio insular de servicios.  Limpieza viaria y mejora de los accesos a los núcleos de población, favoreciendo la mejora y cuidado ambiental de los mismos.  Mejoras y mantenimiento en el alumbrado público y favorecer el uso de energías de bajo consumo en instalaciones públicas, así como fomento de energías renovables.  Vigilancia de la calidad del aire que reduzcan la contaminación, ruidos y vibraciones en espacios de uso público.  Campañas para el cuidado del entorno natural y riesgos ambientales Protección y tenencia de animales ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD, INFANCIA, MAYORES E INFRAESTRUCTURAS SOCIALES, VIVIENDA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS(D. FRANCISCO J. MARTIN CASTAÑEDA):  Información, valoración y derivación sobre temas diversos de índole social, tales como: tramitación de ayudas económicas que auxilien situaciones de necesidad, ya sean propias del ayuntamiento como de otros organismos supramunicipales.  Coordinación de proyectos dirigidos a diferentes sectores de población, desde el ámbito preventivo y promocional.  Responsabilidad directa y control sobre el personal técnico adscrito al departamento de servicios sociales. Atención al mayor:  Acciones preventivas y paliativas en las personas mayores de la localidad.  Actividades de ocio y tiempo libre de las personas mayores.  Dinamización del colectivo de mayores, en especial de las asociaciones formales existentes.  Fomentar el voluntariado. Menor y Familia:  Mantener y mejorar los canales de derivación existentes hacia otros recursos municipales existentes en materia de menores. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 27 ACTA DEL PLENO  Establecer nuevos canales de coordinación con otros agentes sociales vinculados con el área del menor y la familia.  Supervisión de los proyectos de intervención de educación familiar.  Control y dirección del Equipo de Menores Municipal.  Supervisión y responsabilidad de la Escuela Infantil Municipal del Municipio “Doña Pepita” , así como del personal técnico y auxiliar del mismo, como centro educativo orientado a la atención de las necesidades básicas de la Infancia y la Familia de Breña Baja, contribuyendo al desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral de los menores de 4 meses a 3 años de edad. Discapacidad:  Contribuir a la prevención de las discapacidades y al desarrollo de políticas integrales y de promoción e inserción social de las personas afectadas, estableciendo cauces efectivos de coordinación con otros recursos supramunicipales.  Favorecer una mentalidad social favorable a la plena integración de las personas con discapacidad y a la convivencia ciudadana, favoreciendo la integración social de las personas que se encuentren en desventaja social por deficiencias y/o discapacidades.  Garantizar la calidad de los servicios destinados a las personas con  Apoyar la iniciativa social, impulsando la colaboración económica y técnica de actuaciones conjuntas con las entidades que prestan servicios a las personas con discapacidades.  Favorecer el establecimiento de colectivos que presten este tipo de servicio. Servicio de Ayuda Domicilio:  Coordinar y supervisar el Servicio de Ayuda Municipal destinados a personas y familias que se hallan en situación de dependencia y especial necesidad, destacándose la atención domiciliaria a los mayores; con la finalidad de recibir una serie de atenciones de carácter doméstico-social y función rehabilitadora.  Coordinar el personal técnico y auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Municipal (SAD Municipal). Plan de Vivienda Municipal:  Control y supervisión en la tramitación y formalización a los Planes de Rehabilitación de Viviendas Municipales en el medio rural para aquellos usuarios con escasos recursos económicos.  Control y supervisión en la tramitación y formalización de los expedientes de acceso a planes de Viviendas Sociales. Igualdad:  Fomentar y trabajar a favor de la Igualdad.  Atención, apoyo y orientación a las mujeres del municipio, velando por los Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 27 ACTA DEL PLENO intereses y necesidades de las ciudadanas de Breña Baja.  Promoción del asociacionismo entre las mujeres del municipio. Infancia:  Acciones preventivas y educativas con el colectivo infantil de la localidad.  Coordinación de las actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la infancia.  Dinamización del colectivo infantil con proyectos y actividades vinculadas a este colectivo.  Establecer nuevos canales de coordinación con los agentes sociales vinculados con el área de infancia.  Mantener y mejorar los canales de coordinación con los recursos existentes en materia de infancia con competencias extramunicipales.  Atender las necesidades de la infancia desde la gestión municipal.  Tareas de coordinación con diferentes órganos vinculados a la infancia de carácter municipal. Infraestructuras de carácter social (Escuela Infantil y Centro de Día Municipal)  Coordinación con diferentes equipamientos de carácter social para la atención de la infancia, mayores y familias.  Promoción de actividades en instalaciones de carácter social que repercutan en el bienestar familiar y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Modernización administrativa y nuevas tecnologías:  Administración electrónica municipal.  Portal municipal y dinamización de la web oficial del Ayuntamiento.  Gestión del uso y funcionamiento de nuevas tecnologías en la Administración Local.  Fomento del uso de nuevas tecnologías como fuente de conocimiento e información.  Impulso a la nueva gestión pública desde la administración electrónica. Vivienda  Gestión de trámites de demandantes de vivienda ÁREA DE DESARROLLO ECONÓMICO, COMERCIO, EMPLEO Y FORMACIÓN (Dª. EVA REYES RODRÍGUEZ SICILIA).  Gestión, coordinación y supervisión de la Bolsa local de empleo (orientación laboral, búsqueda activa de empleo, ofertas de empleo, etc.).  Control y supervisión del personal de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local.  Seguimiento y responsabilidad de las tareas desempeñadas desde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, entre las que destacan:  Asesoramiento técnico e información para la tramitación de subvenciones varias tanto a personas físicas como jurídicas.  Asesoramiento para la creación de empresas: trámites, formas jurídicas, etc...  Elaboración de proyectos de desarrollo local. (PRODER, LEADER, DINAMIZACIÓN Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 27 ACTA DEL PLENO TURÍSTICA, ETC...)  Captación de todo tipo de recursos para fomentar el empleo y el desarrollo local (subvenciones, etc...)  Gestión de varias subvenciones (municipales, insulares, regionales, autonómicas, estatales, europeos etc.)  Fomento de proyectos supramunicipales que repercutan en el desarrollo local  Gestión, tramitación y desarrollo de ayudas/subvenciones dirigidas a diferentes colectivos en el ámbito local (ayudas de estudios; material escolar, creación de empresas, etc.)  Tramitación de proyectos de desarrollo local.  Desarrollo del proyecto de Promoción del desarrollo de la actividad económica (PRODAE).  Programas de empleo de colaboración con entidades públicas (SCE, Cabildo Insular, etc.)- Convenios.  Desarrollo de Programas de Formación y Empleo.  Apoyo a las asociaciones vecinales y otras para la búsqueda y solicitud de subvenciones en diferentes instituciones y organismos (Presidencia del Gobierno de Canarias, Cabildo Insular, etc...).  Apoyo a las entidades sin ánimo de lucro en la tramitación y gestión de subvenciones varias (ej. programas de empleo de colaboración entre Instituciones sin ánimo de lucro y SCE).  Elaboración y gestión del proyecto anual Campaña Bandera Azul  Actividades de Promoción local: apoyo a la artesanía, etc...  Programación de cursos de formación propios y de colaboración con otras entidades y organismos.  Dinamización del desarrollo local, el empleo y la promoción municipal en sentido amplio que incluye la prospección de todo tipo de recursos que incidan en el territorio. Comercio  Gestión, coordinación y colaboración con las entidades empresariales del municipio.  Dinamización del tejido comercial con campañas de promoción local.  Coordinación con diferentes instituciones público/privadas y contacto con gerentes de asociación empresariales y sector empresarial en general. ÁREA DE CULTURA, EDUCACIÓN, PATRIMONIO, PARTICIPACION CIUDADANA Y ARTESANÍA (Dª. ANA MARÍA TRUJILLO HERNÁNDEZ) Cultura  Gestión y promoción de la cultura en general.  Dinamización de todos los recursos culturales municipales y valoración para la creación de espacios culturales ex – novo.  Fortalecimiento de los lazos con las diferentes entidades culturales del municipio a fin de favorecer la cultura local.  Captación de recursos para poner en marcha proyectos culturales que redunden positivamente en la localidad.  Promoción de la cultura local a través de exposiciones, ferias culturales, etc... con la implicación de colectivos culturales de la localidad para potenciar nuestras señas de identidad.  Gestión de la Biblioteca Pública y el Archivo Municipal y dinamización de estos recursos culturales. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 27 ACTA DEL PLENO  Control y seguimiento de publicaciones.  Gestión de la Banda de Música Municipal.  Coordinación en proyectos con otras entidades (Cabildo, etc...) Plan de Bibliotecas insulares.  Gestión de los equipamientos culturales en general.  Coordinación con la Comisión de Honores y Distinciones para la concesión de los galardones. Así como realización de propuestas en esta materia.  Supervisión y gestión de ayudas y subvenciones en materia sociocultural y otras, tanto propias como de otras entidades y organismos.  Celebración de exposiciones, certámenes, jornadas, estudios y publicaciones. Educación  Establecimiento y gestión de convenios con educación, RAM, desafectaciones, etc...  Valoración, gestión y desempeño de programas educativos igualitarios y positivos que influyan en los ciudadanos de Breña Baja.  Coordinación con centros escolares para el desarrollo de programas conjuntos. Valoración y seguimiento de los mismos.  Gestión de los Equipamientos de educación en general.  Supervisión y gestión de ayudas y subvenciones en materia educativas, tanto propias como de otras entidades y organismos.  Gestión y supervisión de convenios con entidades educativas de diversa índole y empresas colaboradoras del SCE para la realización de prácticas en la Administración Local. Participación Ciudadana  Coordinación y enlace con los diferentes colectivos de la localidad para desarrollar programas conjuntos donde se fomente la acción ciudadana y la participación social.  Coordinación en la búsqueda y articulación de mecanismos de participación y concertación social que refuercen los lazos con los diferentes colectivos, asociaciones y grupos vecinales de la localidad.  Desarrollo de mesas ciudadanas para escuchar las propuestas de los diferentes colectivos y poder diseñar propuestas que atiendan sus necesidades y demandas.  Desarrollo de actividades que refuercen la acción ciudadana y participación social entre los vecinos de la localidad (encuentros vecinales, encuentro de cruceros, etc...).  Colaboración con diferentes colectivos municipales para la tramitación de subvenciones, canalización de información de interés, etc.  Fomento de la convivencia y participación entre actores y agentes locales y barrios del municipio, así como otras celebraciones de carácter local donde se favorezca la participación social. Patrimonio  Supervisión de bienes patrimoniales.  Identificación y control a través de inventario público de bienes Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 27 ACTA DEL PLENO patrimoniales.  Protección y gestión del patrimonio histórico.  Conservación y rehabilitación de bienes.  Difusión del patrimonio y los recursos etnográficos municipales.  Coordinación con otras administraciones y entidades para la promoción y desarrollo del patrimonio local.  Actuaciones pertinentes para la adquisición, conservación y mantenimiento del patrimonio cultural local. Artesanía  Fomento del asociacionismo de artesanos a nivel municipal.  Coordinación con entidades locales y supramunicipales para la organización y participación en eventos (Ferias de artesanía, mercados, etc.).  Promoción para la obtención del carné de artesanos dentro del repertorio de oficios existentes, en colaboración con el Excmo. Cabildo Insular de La Palma.  Fomento para la elaboración de productos y artículos artesanales de manufactura local.  Canalización de demandas del colectivo de artesanos de la localidad. ÁREA DE JUVENTUD Y FIESTAS (Dª Eva Rosa Hernández Paz) Juventud  Control, seguimiento y gestión del servicio municipal de juventud.  Fortalecimiento de vínculos con distintos colectivos juveniles de la localidad, incentivando la participación de los mismos.  Recepción y canalización de propuestas formuladas por los jóvenes de la localidad a fin de valorar la posible articulación de proyectos que den respuesta a sus demandas.  Gestión, coordinación y control de las actividades de promoción juvenil.  Estudio y valoración de posibles proyectos a desarrollar en el área de juventud, así como articulación y coordinación de los mismos.  Promoción y asesoramiento a jóvenes con el fin de favorecer el asociacionismo juvenil.  Estudio del sector juvenil del municipio de Breña Baja (grupos formales e informales) a fin de plantear posibles actuaciones desde la Administración Local.  Dinamización de la información a fin de que los jóvenes conozcan los recursos municipales existentes en esta materia.  Coordinación, seguimiento y control de las actuaciones que se realizan desde el Local Juvenil de Breña Baja a fin de potenciar y adecuar el uso de este recurso a las necesidades de los usuarios.  Coordinación y trabajo en el desarrollo de un programa formativo dirigido a jóvenes en diferentes materias para mejorar su calidad de vida  Ayuda en la tramitación de ayudas y subvenciones a las que se puedan acoger los jóvenes en general Fiestas  Fomento y puesta en valor de las fiestas de carácter local y actividades recreativas.  Coordinación con entidades y asociaciones para el desarrollo de fiestas. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 27 ACTA DEL PLENO  Participación en la elaboración de programas de fiestas y coordinación con entidades diversas para realización de actos y eventos festivos.  Promoción de la celebración de actos populares singulares y tradicionales (Carnaval, celebración del Día de Canarias, etc.).  Gestión de servicios municipales que estén destinados a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal sobre fiestas y actividades recreativas.  Captación de recursos para el desarrollo de fiestas locales. SEGUNDO: Las atribuciones no delegadas se ejercerán por el Sr. Alcalde, debiendo ejercerse en los términos y dentro de los límites de ésta delegación. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 44 del reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de asociación de esta Alcaldía. En caso de vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de asociación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido. CUARTO: Notificar esta resolución a los Concejales afectados, entendiéndose aceptada esta competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación. SEXTO: Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del texto legal antes citado.” El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los Asistentes, que en todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, se dan por enterados del Decreto que se transcribe. DECRETO DE NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE De orden el Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al Decreto de nombramiento de Tenientes de Alcalde, que literalmente dice: “Vista la celebración de las Elecciones Municipales celebradas el 26 de Mayo de 2019, y constituido el nuevo Ayuntamiento el día 15 de junio de 2019, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, HE RESUELTO: PRIMERO: Designar Tenientes de Alcalde a los Concejales siguientes: 1º Teniente de Alcalde: D. Juan Manuel Pérez Alvarez. 2º Teniente de Alcalde: Dª. Ana Mª. Trujillo Hernández 3º Teniente de Alcalde: Dª. Eva Rosa Hernández Paz Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 27 ACTA DEL PLENO 4º Teniente de Alcalde: D. Francisco J. Martín Castañeda. A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones. SEGUNDO: Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución por el Alcalde. TERCERO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.” El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los Asistentes, que en todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, se dan por enterados del Decreto que se transcribe. DECRETO DE DETERMINACIÓN DE MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y DEDICACIÓN A TIEMPO PARCIAL Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita secretaria, da lectura del Decreto que determina los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva y dedicación a tiempo parcial, que literalmente dice: “Considerando lo previsto en el artículo 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que establece los límites a los que se sujetará la prestación de los servicios en los Ayuntamientos en régimen de dedicación exclusiva por parte de sus miembros. Siendo que, en cuanto al número de dedicaciones parciales, la norma no establece nada, por tanto, se entiende que no hay límite en relación con el número de miembros con dedicación parcial. Considerando asimismo que en el apartado primero del artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. La percepción de tales retribuciones será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Considerando que los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Esta Alcaldía, de conformidad con las atribuciones que me confiere la legislación vigente, HA Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 27 ACTA DEL PLENO RESUELTO: PRIMERO: Determinar que los Concejales que ostentarán dedicación exclusiva y dedicación a tiempo parcial en el Ayuntamiento de Breña Baja, a partir de la fecha, con las retribuciones que se señalan: NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I. CARGO RÉGIMEN DEDICACIÓN BORJA PÉREZ 42194099R ALCALDE- PRESIDENTE EXCLUSIVA 3.958,33 € 47.500,00 € 1.306,25 € 15.675,00 € SICILIA ABEL PÉREZ CONCEPCIÓN 42194547N CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 70% 2.156,36 € 25.876,32 € 740,54 € 8.886,48 € JUAN M. 42185386M CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA 2.666,66 € 32.000,00 € 880,00 € 10.560,00 € PÉREZ ALVAREZ ANA M. TRUJILLO HERNÁNDEZ 42171600L CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA 2.666,66 € 32.000,00 € 880,00 € 10.560,00 € FRANCISCO J. 42183532Z CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 55% 1.375,00 € 16.500,00 € 453,75 € 5.445,00 € MARTÍN CASTAÑEDA EVA ROSA HERNÁNDEZ 42189739B CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 70% 2.156,36 € 25.876,32 € 740,54 € 8.886,48 € PAZ ADRIÁN AGUIAR 42196591D CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 10% 286,81 € 3.441,82 € 84,42 € 1.013,04 € PÉREZ SEGUNDO: Dar traslado de la presente resolución a los interesados y a la Intervención de Fondos para su conocimiento y efectos oportunos” El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los Asistentes, que en todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, se dan por enterados del Decreto que se transcribe. DESIGNACIÓN DE GRUPOS POLÍTICOS. ACUERDOS QUE PROCEDAN Por orden del Sr. Alcalde la infrascrita secretaria da lectura a la designación de Grupos Políticos que literalmente dice: “Visto que con fecha 18 de junio de 2019 se presentó escrito por parte del Partido Político Coalición Canaria – Partido Nacionalista Canario de constitución de su Grupo Político. Visto que con fecha 19 de junio de 2019 se presentó escrito por parte del Partido Político Partido Popular de constitución de su Grupo Político. Visto que con fecha 21 de junio de 2019 se presentó escrito por parte del Partido Político Partido Socialista Obrero Español de constitución de su Grupo Político. Visto que fue emitido informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir. Visto el Informe de Secretaría y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del RETRIBUCIONES SEGURIDAD SOCIAL BRUTAS EMPRESA MES ANUAL MES ANUAL Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 27 ACTA DEL PLENO Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Pleno toma conocimiento de la constitución de los siguientes Grupos Políticos: DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL: Coalición Canaria – Partido Nacionalista Canario. COMPOSICIÓN: — Yéssica Pérez Pérez. — Tanausú Pérez Concepción. — Jesús Magadalena Rodríguez Paz. DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ: Titular: Yéssica Pérez Pérez. Suplente: Tanausú Pérez Concepción. DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL: Partido Popular COMPOSICIÓN: — Borja Pérez Sicilia. — Abel Pérez Concepción. — Ana M.ª Trujillo Hernández. — Juan Manuel Pérez Álvarez. — Eva Rosa Hernández Paz. — Francisco Javier Martín Castañeda. — Adrián Aguiar Pérez. — Eva Reyes Rodríguez Sicilia. DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ: Titular: Juan Manuel Pérez Álvarez. Suplente: Francisco Javier Martín Castañeda. DENOMINACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL: PSOE COMPOSICIÓN: — Antonio Domingo González Castro. Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 27 ACTA DEL PLENO — Natalia Martín Luis. DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ: Titular: Antonio Domingo González Castro. Suplente: Natalia Martín Luis. Lo que se notificará a su portavoz para su conocimiento y efectos procedentes”. El Pleno toma conocimiento de la Constitución de los Grupos Políticos. Y, sin más asuntos que tratar, por la Presidencia se levanta la sesión, de todo lo que como Secretaria Accidental, doy fé. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número: 2019-0010 Fecha: 16/07/2019 Cód. Validación: AD3W6JSW5Y44QZ6XAXMGSMER6 | Verificación: http://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 27 ACTA DEL PLENO