ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: Secretaria Fecha Firma: 23/07/2021 HASH: a52338c3564c1936d1e9726ae2274f83 PLN/2021/7 El Pleno María Evelia Cabrera Millán (1 de 2) DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Ordinaria Fecha 27 de mayo de 2021 Duración Desde las 19:00 hasta las 19:50 horas Lugar SALÓN DE PLENOS Presidida por Juan Manuel Pérez Álvarez Secretario María Evelia Cabrera Millán Alcalde Presidente Fecha Firma: 23/07/2021 HASH: 573dc10aed802b88637cda4897fb6c59 ASISTENCIA A LA SESIÓN DNI Nombre y Apellidos Asiste Borja Pérez Sicilia (2 de 2) 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42196591D Adrian Aguiar Pérez SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42167170M Antonio Domingo González Castro SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia NO 42195809D Eva Reyes Rodríguez Sicilia NO 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42183532Z Francisco Javier Martín Castañeda SÍ 42185132G Jesús Magdalena Rodríguez Paz NO 42185386M Juan Manuel Pérez Álvarez SÍ 42194648K Natalia Martín Luis SÍ 42189533N Tanausú Pérez Concepción SÍ 42186158H Yessica Pérez Pérez SÍ Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 90 ACTA DEL PLENO Excusas de asistencia presentadas: 1. Borja Pérez Sicilia: «SUSTITUCIÓN» 1. Eva Reyes Rodríguez Sicilia: «MOTIVOS DE SALUD» 1. Jesús Magdalena Rodríguez Paz: «MOTIVOS PERSONALES» Preside la sesión plenaria el Sr. Alcalde Accidental, D. Juan Manuel Pérez Álvarez, disculpando la ausencia del Sr. alcalde por encontrarse fuera de la isla que con motivo de una Convocatoria del Senado no puede estar presente, disculpa también a la concejal Dª Eva Reyes Rodríguez que por motivos de salud no puede asistir y hace una mención especial a la ausencia de la Concejal de Coalición Canaria Dª Jesús María Rodríguez Paz por fallecimiento de su padre que justo antes de comenzar el pleno, se acaban de enterar y pide un minuto de silencio, si todos están de acuerdo. Además le pide a la portavoz del Coalición Canaria, Dª Yéssica Pérez, que le trasmita las condolencias de parte de todos los concejales presentes, de los que no lo están y también del Sr. alcalde. Y en vista de en el día de hoy, con motivo de la ausencia del Sr. alcalde, asumirá la presidencia, traslada la portavocía de su partido al Concejal D. Abel Pérez Concepción. Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día A) PARTE RESOLUTIVA 1. APROBACIÓN DE ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES (31 DE MARZO 2021, 22 DE ABRIL DE 2021, 13 DE MAYO DE 2021) Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por orden del Sr. Presidente la infrascrita Secretaria da lectura a las actas de las sesiones celebradas por el Ayuntamiento Pleno los días: 31 de mazo de 2021, 22 de abril de 2021 y 13 de mayo de 2021. Una vez sometido el asunto a votación y por unanimidad de los/as Sres./Sras. Concejales/as presentes que, en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueban las actas en todos sus términos y contenido. 2. EXPEDIENTE 2333/2021. RESOLUCIÓN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LOCAL CON DESTINO OFICINA AUXILIAR DE CORREOS Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 6, En contra: 0, Abstenciones: 4, Ausentes: 0 Por orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Planificación, Urbanismo, Servicios Jurídicos y Transparencia, y cuyo tenor literal es el siguiente:   “4. EXPEDIENTE 2333/2021. RESOLUCIÓN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LOCAL CON DESTINO A LA OFICINA AUXILIAR DE CORREOS. Vista la Providencia de esta Alcaldía, con fecha 19 de mayo de 2021, en relación con el expediente relativo a la resolución del Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 90 ACTA DEL PLENO contrato de arrendamiento del Local de la oficina auxiliar de Correos.   Considerando que con fecha 09 de julio de 1998, el Ayuntamiento Pleno en Sesión Extraordinaria acordó el inicio del expediente para la suscripción del contrato de arrendamiento del local para la oficina auxiliar de Correos en Breña Baja.   Visto que con fecha 28 de octubre de 1998, se suscribe el contrato de arrendamiento del local que se destinará a la oficina auxiliar de Correos en Breña Baja.   Visto que las necesidades de la sociedad evolucionan con el paso del tiempo generándose nuevas demandas y servicios. Para ello las empresas y las administraciones tienen que adaptarse a los cambios para ofrecer el mejor desempeño posible ante los nuevo retos sociales y económicos.   En este sentido los municipios deben ofrecer a sus ciudadanos, bajo la responsabilidad administrativa como gestores de lo público, todos los servicios que estén a su alcance fomentando con ello el desarrollo socioeconómica y la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, entre los que se encuentran los servicios postales.   Breña Baja cuenta con una oficina de correos situada en el casco urbano de San Antonio, que por las circunstancias actuales ofrece un horario reducido de atención al público, además de que el local actual no se encuentra en las mejores condiciones posibles en cuanto a la accesibilidad y suspensión de barreras; su reducido tamaño para una adecuada atención al público y por carecer de una zona de aparcamientos aledaña que facilite la carga y descarga de las mercancías de paquetería y otros que genera la propia oficina.   Una vez debatido el asunto por los Sres. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Planificación, urbanismo, servicios jurídicos y transparencia, y por unanimidad de los mismos, con los votos a favor de los/as Concejales/as del PP, y al abstención con reserva de voto para el Pleno de la Concejal de CC y el Concejal del PSOE, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Iniciar el trámite de Resolución del Contrato de Arrendamiento del Local destinado a la Oficina Auxiliar de Correos en Breña Baja.   SEGUNDO. Facultar al Alcalde para la firma de todo documento necesario para la Resolución del Contrato de Arrendamiento.” D. Juan Pérez da la palabra a la concejal de Coalición Canaria Dª Yéssica Pérez la cual manifiesta que: Con respecto a este punto le gustaría hacer constar, que CC Canaria en Breña Baja quiere que este servicio continúe y se mantenga, incluso podrían mejorar las condiciones y tener una oficina con entidad suficiente para satisfacer las necesidades de nuestros vecinos y que cubra también las necesidades de la zona turística de nuestro municipio. Creen que se debe seguir haciendo una gestión responsable, y les queda claro si la negociación permitirá la continuidad del servicio e incluso después de la resolución del contrato que actualmente se esta manteniendo. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 90 ACTA DEL PLENO Interviene el concejal del PP D. Abel Pérez Concepción diciendo que este Grupo de Gobierno va a garantizar que el servicio de Correos se siga prestando, de eso no cabe ninguna duda, que puede que haya un pequeño periodo en lo que se cambia de local, que el servicio no se preste, intentarán que ni siguiera se esté sin servicio de Correos. Sigue diciendo que en la negociación mantenida con Correos, parte en un aumento del horario por su parte, y por la nuestra, en cambiar a un local mejor, mejorando la accesibilidad, mejorando el propio local con una zona más diáfana con mejor ventilación, aumentando el servicio con las PDA que van a empezar a tener los empleados de Correos, etc., también se va a mejorar la funcionalidad del local con baños adaptado. Y termina diciendo que en cuanto tengan las cosas más consolidadas se les comunicará en Comisión o en Pleno. Interviene D. Juan Manuel Pérez para decir que una cosa que no le quedó muy clara cuando Dª Yéssica habla de reforzar la zona turística, dice que la zona turística está más que reforzada y el motivo de mantener la sede de Correos en San Antonio es que Correos nos pide en el comunicado que nos remite a esta Administración, nos pide que este servicio se mantenga lo más cerca posible de la que tienen actualmente, Los Cancajos han tenido como siempre su servicio de Correos, igual que los seis barrios del municipio de Breña Baja., y va a seguirlo teniéndolo aunque la oficina esté San Antonio. Le aclara Dª Yéssica que lo quiso decir con su manifestación es que se mantenga el Servicio en Breña Baja ya que disponemos de zona turística, y siendo necesaria no solo para los vecinos sino que se tenga en cuenta teniendo ese factor.   Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno con seis (6) votos a favor de los/as Concejales/as del Partido Popular, y cuatro (4) abstenciones de los/as Concejales/as del PSOE y CC, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos. 3. EXPEDIENTE 2199/2021. PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES: ANUALIDAD 2021 Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Planificación, Urbanismo, Servicios Jurídicos y Transparencia, y cuyo tenor literal es el siguiente: “2. EXPEDIENTE 2199/2021. PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES: ANUALIDAD 2021. Por orden del Sr. Presidente de la Comisión, la Infrascrita Secretaria da lectura al escrito remitido por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, de fecha 11 de mayo de 2021, en el que se solicita la remisión de obras o servicios a incluir en el “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES, ANUALIDAD 2021”.     Considerando la propuesta del Sr. alcalde, de incluir en el Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios Municipales 2021: Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 90 ACTA DEL PLENO     • Obras: Proyectos vinculados a urbanismo - Importe: 201.654€   Mejora de las instalaciones de la Biblioteca municipal - 10.696,61 €   Cartelería Municipal (Agenda del Municipio) - 10.000 €   Una vez debatido el asunto por unanimidad los Sres./Sras. Concejales presentes, se acuerda proponer al Pleno:   PRIMERO: Incluir en la anualidad 2021 del Plan Insular de Cooperación de Obras y Servicios Municipales lo siguiente: • Obras: Proyectos vinculados a urbanismo - Importe: 201.654€   6. Mejora de las instalaciones de la Biblioteca municipal - 10.696,6   Cartelería Municipal (Agenda del Municipio) - 10.000 €   SEGUNDO: Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma y a la Intervención de Fondos para su conocimiento y a los efectos oportunos.” D. Juan Manuel Pérez Álvarez, da la palabra al concejal de PSOE, D. Antonio González el cual manifiesta que Votarán a favor de este punto, cuando se les explicó en Comisión donde va a ir destinado el dinero que este año que aumenta la partida, entienden que es necesario donde el grupo de gobierno tiene intención destinarlo, pero piensan que hay otras cuestiones en el municipio tan importantes como esas y que también podían haberse incluido, pero no es momento de ponerse negativo y votarán a favor. Interviene la concejal de Coalición Canaria, Dª Yéssica diciendo “el grupo de Coalición Canaria ha presentado Moción, ha hecho preguntas en pleno de uno de los asuntos que más nos preocupa y que es esencial para el desarrollo de nuestro Municipio. Por lo tanto, no podríamos oponernos, a la propuesta para la cooperación del Plan insular donde uno de las principales finalidades de estos fondos es dejar totalmente resuelto todo el proceso hasta la finalización del Nuevo Plan General de Breña Baja”. Interviene el concejal D. Abel Pérez Concepción para decir que es de agradecer por parte de los grupos políticos que apoyen que gran parte de PIOS se destinen al Plan General ya que sirve para activar los demás sustratos ya que todo rige por el Plan General, la cantidad destinada es de 157.000 Euros que habrá que licitar, cantidad estimada para poder cumplir y terminar el Plan General. La otra gran parte irá destinada a obras de mejora de las instalaciones de la Biblioteca Municipal con 10.696,61 Euros, y el resto va para proyectos como para instalar placas solares en edificios públicos o proyectos para realizar un plan de sostenibilidad, siendo así el desglose que nos trae el PIO 2021. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 90 ACTA DEL PLENO Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos. 4. EXPEDIENTE 1895/2021. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR) Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Planificación, Urbanismo, Servicios Jurídicos y Transparencia, y cuyo tenor literal es el siguiente:   “1. EXPEDIENTE 1895/2021. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR). Por Orden del Sr. Presidente se da lectura al Convenio en borrador que se pretende suscribir con la Asociación de afectados Hipoteca Norte de Gran Canaria (AHINOR), cuyo tenor literal es el que sigue:   “CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR) REUNIDOS   De una parte: Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número …..4099., en su condición de Alcalde Presidente del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con C.I.F. P3800900G y con domicilio en Plaza de Las Madres, San José, 38712 Breña Baja.       De otra parte: Don Francisco José Santana Hernández, con DNI nº ….8248., en nombre y representación y en calidad de presidente de AHINOR (Asociación Afectados Hipoteca Norte Gran Canaria), con C.I.F. G76306315 y domicilio en Carretera de San José del Álamo, Lo Blanco, s/n del código postal 35330 de Teror (Las Palmas) con datos de contacto en el teléfono 648.088.751 y el emailahinor.asociacion@gmail.com y número de registro de asociaciones de Canarias G1/S1/24100-19/P, en virtud de las facultades conferidas por los estatutos de la misma. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 90 ACTA DEL PLENO En Breña Baja, a de de 2021. Y, Doña Evelia Cabrera Millán, en calidad de Secretaria accidental del Ayuntamiento de Breña Baja que da fe del acto. Las partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en la representación que ostentan y, a tal efecto, EXPONEN PRIMERO. Que la Asocación afectados hipoteca Norte Gran Canaria (en adelante AHINOR) es una asociación sin ánimo de lucro que se compone íntegramente de voluntarios. Que se presta en asesorar a afectados por problemas de hipoteca, estafas y abusos bancarios, maltrato de género, menores, además de contar con banco de alimentos y tener convenio firmado con la Universidad de Las Palmas para formar a nuevos abogados en la materia. SEGUNDO. - AHINOR no sólo se dedica a actuar cuando se la requiere, además presta la formación necesaria, para prepararse a soportar el caso, y a que en un futuro el afectado, esté mejor preparado antes de que se le vuelva a engañar. También acompaña a los afectados en el proceso si es necesario al afectado. TERCERO. - Que en el caso de que el Ayuntamiento de Breña Baja requiera de los servicios de AHINOR, está prestará los servicios necesarios, generalmente sin coste alguno (preparar documentación, etc., salvo que la atención del caso tuviese costes para atender dicha demanda (viajes, gastos de abogado, procurador, etc.) . En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes, CLAUSULAS PRIMERA: OBJETO Será objeto del presente convenio es promover políticas de vivienda, así como la ayuda que AHINOR y sus voluntarios, en los casos que así lo requiriesen, intentando de esta manera evitar el riesgo de exclusión social de nuestros ciudadanos afectados por problemas con la vivienda. También podemos ayudar en los demás sectores en que AHINOR tiene competencias. SEGUNDA. COMPROMISO DE LA FUNDACIÓN a. El compromiso de AHINOR con este convenio, es aportar su colaboración y dotar de voluntarios que con sus conocimientos y ayuda puedan desarrollar esta labor. b. Que AHINOR proveerá de todo el personal voluntario incluyendo al Abogado Especialista sin coste alguno, teniendo en cuenta que la disponibilidad del mismo, es voluntaria, por lo que es posible que en determinados momentos habrá que ajustarse a la disponibilidad de los mismos. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 90 ACTA DEL PLENO TERCERA. COMPROMISO DEL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA: El compromiso del Ayuntamiento es de dotar de medios a la asociación para desarrollar dicha labor. Para ello se ha previsto en la partida presupuestaria 920/48000 crédito para otorgar una subvención nominativa a favor de AHINOR por un importe máximo de QUINIENTOS EUROS (500,00 €). Este importe irá destinado a los gastos derivados directamente de los servicios prestados por los voluntarios (como personal administrativo,o técnicos externos a AHINOR), así como de los desplazamientos, estancias y dietas en los que incurran, siempre supervisados por AHINOR y previa autorización por escrito en cada visita. Dichos gastos serán justificados, en los términos establecidos en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones mediante cuenta justificativa simplificada en la que se incluirá una memoria justificativa en la que se detallaran los viajes, estancias, servicios prestados, relación de gastos y detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan la actividad con indicación del importe y su procedencia. Una vez AHINOR haya procedido a la justificación de los gastos, y previo visto bueno del órgano gestor y fiscalización, en su caso, del órgano interventor, el Ayuntamiento procederá al abono de la citada subvención. CUARTA. DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO El presente convenio comenzará a surtir efecto a partir de la fecha de su firma, extendiéndose su vigencia por un año natural, desde la fecha de su firma, si no es denunciado por alguna de las partes con UN (1) mes de antelación. El incumplimiento por parte de la FUNDACIÓN o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos en el presente Convenio, serán causa de la resolución del mismo”. QUINTA.- RÉGIMEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.   SEXTA -. JUSTIFICACIÓN. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 90 ACTA DEL PLENO A efectos de justificación, en los términos establecidos en la Cláusula Tercera, el plazo máximo para su presentación es el 30 de septiembre de 2022. Asimismo AHINOR deberá tener disponibles las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado, que deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, así como los correspondiente justificantes de pago, poniéndolos a disposición de esta Administración en caso de ser requerido.       La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores.       SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES   Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto.       Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.   El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Breña Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 90 ACTA DEL PLENO Presidente de la Asociación afectados hipoteca Norte Gran Canaria Baja Borja Pérez Sicilia D. Francisco José Santana Hernández La Secretaria Accidental del Ayuntamiento de Breña Baja         Mª Evelia Cabrera Millán Una vez debatido el asunto por los Sres. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Planificación, urbanismo, servicios jurídicos y transparencia, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo:   PRIMERO. Aprobar el texto definitivo del Convenio descrito en los antecedentes. SEGUNDO. Formalizar en documento administrativo el citado Convenio y facultar al Sr. Alcalde Presidente para la suscripción del mismo. TERCERO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de fiscalización que se emita por la Intervención. CUARTO. Notificar y emplazar a la Asociación de Afectados por las hipotecas del Norte de Gran Canaria (AHINOR), a los efectos de que se firme el Convenio arriba referenciado. QUINTO. Conforme dispone el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, suministrar información de la concesión de la subvención a la Base Nacional de Datos de la Intervención General de la Administración del Estado.” Interviene el concejal D. Abel Pérez para explicar que esto es una Asociación que está relacionada con la protección de los particulares sobre los aspectos que están relacionados con la vivienda, contra cláusulas abusivas como pueden ser con la cláusula suelo, contra desahucios y que estén en una situación de vulnerabilidad. Esto en continuando con la labor que este ayuntamiento ha hecho, como saben este grupo de gobierno asesoró a este tipo de gente que con el asunto de la cláusula suelo, luego seguimos aportando con charlas sobre IRPH, aquella gente que estuviera afectada en sus escrituras, y ahora queremos ampliar el abanico de en defensa de todas esta gente que se vea afectada, con la suscripción de este Convenio. El importe de dicho Convenio es de 500 Euros que no cree que sea una cantidad desorbitada, ello se va trasladar a dar charlas en el municipio, por teléfono o por correo electrónico a aquellas personas que soliciten asesorarse de forma gratuita. Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 90 ACTA DEL PLENO Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos. 5. EXPEDIENTE 2151/2021. PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE BREÑA BAJA (PMUS) Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Por orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Planificación, Urbanismo, Servicios Jurídicos y Transparencia, y cuyo tenor literal es el siguiente:   “3. EXPEDIENTE 2151/2021. PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE BREÑA BAJA (PMUS). Considerando que consta elaborado Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Breña Baja, por la Fundación Canarias Parque Científico, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 13/12/2019, r.e. 207, toda vez que resultó licitado. Visto que consta en el ANEXO VII Justificación Técnica del PMUS del Municipio de Breña Baja, la participación ciudadana, mesas, debates con vecinos, empresarios, asociaciones,profesorado, alumnos del instituto y políticos del municipio. Considerando Providencia de Alcaldía de fecha 14 de mayo del actual por la cual se infiere literalmente: “Habiendo licitado el contrato para la Elaboración del Plan de Movilidad Urbana Sostenible del Municipio de Breña Baja y, siendo que, la Fundación Canaria Parque Científico Tecnológico la entidad a la que se ha adjudicado el citado contrato, se realicen los trámites necesarios para su aprobación”. Visto el informe emitido por la Secretaria municipal de fecha 17 de mayo de 2021, y hallado conforme. Una vez debatido el asunto por los Sres. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Planificación, urbanismo, servicios jurídicos y transparencia, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo:   PRIMERO: Aprobación inicial el Plan de Movilidad Urbana Sostenible del municipio de Breña Baja, redactado por Fundación Canaria Parque Científico Tecnológico, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. SEGUNDO. Abrir un periodo de información pública durante 20 días hábiles, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica municipal. Durante este periodo quedará el expediente, a disposición de cualquier persona al objeto de que se puedan formular las sugerencias, observaciones y alegaciones que se estimen oportunas. En caso de que o se formularan, se entenderá definitiva la aprobación hasta entonces provisional.”   Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 90 ACTA DEL PLENO que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos. 6. EXPEDIENTE 2117/2021. APROBACIÓN BASES V CONCURSO MICRORRELATOS BREÑA BAJA MÁGICA Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Por orden del Sr. Presidente la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía cuyo literal es el que sigue: 1. EXPEDIENTE 2117/2021. APROBACIÓN BASES V CONCURSO MICRORRELATOS BREÑA BAJA MÁGICA. Visto la Propuesta de la Concejal de 20 de mayo de 2021, dada la voluntad de este Ayuntamiento de celebrar el V Concurso de Microrrelatos Breña Baja Mágica con el objeto de incentivar la expresión y creación artística a través de la literatura, a la vez que se fomenta el desarrollo cultural local. Considerando el informe emitido por el Interventor, de 20 de mayo de 2021, de existencia de crédito.   “Por Orden de la Sra. Presidenta, la Infrascrita Secretaria da lectura a las Bases V Concurso de Microrrelatos Breña Baja Mágica, cuyo tenor literal es el que sigue: BASES V CONCURSO MICRORRELATOS BREÑA BAJA MÁGICA Primera. Se convoca la V Edición del Concurso de Microrrelatos de << Breña Baja Mágica>> con el objeto de incentivar la expresión y creación artística a través de la literatura, a la vez que se fomenta el desarrollo cultural local. Segunda.- El tema de los microrrelatos será libre. Tercera.- Podrán participar todas aquellas personas que lo deseen mayores de 14 años. Cuarta.- Los microrrelatos deberán estar escritos en castellano y con un título; ser inéditos en todos los medios ( en papel, blogs, publicaciones electrónicas, en red, radios, etc…) y no haber sido premiados en otros certámenes. Los que no cumplan esta condición desde la convocatoria hasta el fallo del premio serán descalificados. Tendrán una extensión máxima de 140 palabras y 100 palabras como mínimo, escritos a doble espacio en Times New Roman o Arial, cuerpo letra 12 y en interlineado sencillo. Quinta.- La forma de presentación será mediante la cumplimentación de formulario adjunto a las presentes Bases al que se le adjuntará el microrrelato bien identificado con su título. Ambos documentos serán remitidos al registro de entrada por sede electrónico del Ayuntamiento de Breña Baja. En el asunto habrá que especificar “V Concurso de Microrrelatos Breña Baja Mágica”. Cada concursante puede participar con el número Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 90 ACTA DEL PLENO máximo de dos microrrelatos, pero cada uno ha de ser entregado de forma independiente con su ficha correspondiente. Las Bases de este concurso, así como la Ficha de Inscripción, pueden ser consultadas en http://bbajadecuento.blogspot.com.es Sexta.- El plazo de presentación de los trabajos comenzará el 01 de junio de 2021 y finalizará el 30 de junio de 2021 hasta las 14:00 horas (Hora Canaria). Todos aquellos trabajos que sean enviados fuera del límite del plazo establecido quedarán excluidos del concurso. El ganador se conocerá dentro de los actos programados para la celebración de las Fiestas de Santa Ana. Séptima.- El Jurado estará integrado por personas de reconocida solvencia literaria y presidido por el Sr. Alcalde o quién le represente. El fallo del Jurado se decidirá durante la primera semana de julio y teniendo en cuenta los siguientes criterios de valoración: Cumplimiento de los objetivos del concurso. Calidad literaria. Originalidad. La composición del Jurado, cuyas decisiones serán inapelables, se dará a conocer al emitirse el fallo de este concurso a través del email o teléfono proporcionados por el autor/a en la ficha de inscripción al concurso. La resolución del Jurado será inapelable. Octava.- Se establece un único premio en metálico de 400,00 Euros. En caso de que los trabajos presentados no alcancen, a criterio del Jurado, la calidad suficiente se podrá dejar desierto el premio estipulado en este concurso. Novena.- Las obras presentadas pasarán a formar parte del fondo del Ayuntamiento sin contraprestación alguna, que se reserva el derecho de publicar y/o editar los microrrelatos premiados a través de los medios que se consideren oportunos. En todas las actividades de difusión, se identificará al autor/a del microrrelato que sea utilizado. Décima.- Los participantes se responsabilizan del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de propiedad intelectual y del derecho de la propia imagen, declarando, responsablemente que el microrrelato es una creación del participante , enteramente original en todas las partes que lo compongan, y está libre de cargas de propiedad intelectual, siendo el participante el autor/a del microrrelato; y que la difusión o reproducción de la obra en el marco del presente concurso no lesionará o perjudicará derecho alguno del participante ni de terceros. Undécima.- El Ayuntamiento de Breña Baja velará por la protección de datos de los participantes en este concurso, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 90 ACTA DEL PLENO diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición deberá dirigirse al Ayuntamiento de Breña Baja sito en Plaza de Las Madres s/n, San José 38712 Breña Baja, adjuntando a su solicitud copia de su DNI u otro documento de identidad idóneo, indicando “Protección de Datos” . Duodécima.- La interpretación de estas Bases y la solución de las dudas que pudiera plantear su aplicación, corresponderá al Jurado designado por el Ayuntamiento de Breña Baja. Decimotercera.- La participación en este concurso supone la plena aceptación de las presentes Bases. Decimocuarta.- El Ayuntamiento de Breña Baja y su Concejalía de Cultura, se reservan el derecho de cambiar, ampliar o reducir las fechas del calendario del concurso por razones de fuerza mayor. Así mismo se reserva el derecho de rechazar o descalificar a los participantes que vulneren los derechos de privacidad o dignidad de las personas. Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar las Bases del “V Concurso de Mircrorrelatos Breña Baja Mágica” SEGUNDO. Publicar las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.bbaja.es], a fin de que los interesados tengan conocimiento y presenten sus solicitudes a las mismas.” Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos. 7. EXPEDIENTE 1882/2021. DONACIÓN DE D. NÉSTOR DÁMASO DEL PINO DE LÁMINA PAPEL CARICATURA MANUEL PEDRO GONZÁLEZ Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, y cuyo tenor literal es el siguiente: “2. EXPEDIENTE 1882/2021. DONACIÓN DE D. NÉSTOR DÁMASO DEL PINO DE LÁMINA PAPEL CARICATURA MANUEL PEDRO GONZÁLEZ. Visto que con fecha 22 de abril de 2021 D. Néstor Dámaso del Pino comunica a este Ayuntamiento la Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 90 ACTA DEL PLENO intención de donar una lámina de papel de 350gr. A4, caricatura de Manuel Pedro González. Considerando el informe emitido por la Secretaria por el que se establece el procedimiento a seguir. Visto que con fecha 20 de mayo de 2021 se hace acto de entrega de la citada lámina ante la Concejal de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, dando fe del acto la Secretaria Acctal. De la Corporación Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aceptar la DONACIÓN de una Caricatura de Manuel Pedro González, siendo una lámina mixta de papel de 350gr en A4 de 22x32 cm, tinta y punta de plata, firmada y datada en el reverso. SEGUNDO. Agradecer a D. Néstor Dámaso del Pino la donación de esta Caricatura y notificarle este acuerdo para su conocimiento y a los efectos oportunos.” Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos. 8. EXPEDIENTE 1535/2021. DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DÍA MUNDIAL CONTRA LA ESCLAVITUD INFANTIL - FECAM Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por Orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura a la Declaración Institucional remitida por la FECAM relativa al Día Mundial de la Esclavitud Infantil, cuyo tenor literal es el siguiente: “DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “16 DE ABRIL, DÍA MUNDIAL CONTRA LA ESCLAVITUD INFANTIL” El 16 de abril, es el Día Mundial contra la esclavitud infantil, conmemorándose la muerte de Iqbal Mashil, un niño paquistaní que con tan sólo 4 años fue vendido por su padre a una fábrica de alfombras, para pagar sus deudas. Iqbal fue esclavizado y obligado a trabajar durante más de 12 horas diarias. Recibió un constante maltrato y fue rebelde y castigado reiteradamente por ello, hasta, que con 10 años, Iqbal logró escapar, convirtiéndose a su corta edad en un activista que luchó por los derechos de la infancia víctima de la esclavitud. Una lucha que le costaría la vida, pues a la edad de 12 años, mientras manejaba su bicicleta de vuelta a casa, fue asesinado el 16 de abril de 1995. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 90 ACTA DEL PLENO El 16 de abril es un día para el recuerdo y el homenaje, cuyo objetivo debe ser visibilizar la problemática de la esclavitud infantil y hacer a la ciudadanía, consciente de ella. La explotación infantil está rigurosamente prohibida por todas las legislaciones internacionales. Sin embargo, a día de hoy, datos ofrecidos por UNICEF y la Organización Mundial del Trabajo, en el mundo existen millones de niños y niñas víctimas de la explotación laboral, los cuales ponen en riesgo su vida realizando trabajos peligrosos, poniendo en peligro su desarrollo físico y psíquico. Un año después del inicio de la pandemia de la COVID-19, el progreso ha retrocedido en indicadores tan importantes como la INFANCIA. La normalidad es devastadora y distorsionada para los niños y niñas de todo el mundo. Su acceso a la educación, la socialización y algunos servicios esenciales como pueden ser, la nutrición y la protección se han visto disminuidos. Son los más sufridores de las peores consecuencias de la pandemia que vinimos sufriendo. Por todo ello, la FECAM, en nombre de todas las Entidades Locales de Canarias, debemos luchar por una infancia libre, feliz, crear conciencia, sensibilizando y promoviendo, la reflexión y el diálogo, incidiendo en la responsabilidad y la solidaridad. En la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, se establece que: “Todo niño y niña tiene derecho a la educación y es obligación del Estado asegurar, por lo menos, la educación primaria gratuita y obligatoria; y es obligación del Estado proteger al niño y niña contra el desempeño de cualquier trabajo nocivo para su salud, educación o desarrollo”. Por todo ello, y con motivo de la conmemoración del Día Mundial contra la esclavitud infantil, se hace un llamamiento a la reflexión y se propone al Comité Ejecutivo de la FECAM, a la adopción de los siguientes ACUERDOS: PRIMERO.- Ratificar el contenido de esta Declaración Institucional por el Día Mundial contra la esclavitud infantil. SEGUNDO.- Invitamos al Gobierno de Canarias, a los Cabildos Insulares y los Ayuntamientos a adherirse a esta Declaración, con la finalidad de que los niños y niñas ocupen un lugar primordial en los esfuerzos por su recuperación, con más protección social y proporcionar servicios esenciales a los niños y niñas más vulnerables. TERCERO.- El compromiso por parte de todos los Ayuntamientos a seguir trabajando por la cooperación internacional al desarrollo. La humanidad debe tomar conciencia del largo camino que aún queda por recorrer y asumir que la infancia de un país es su futuro. CUARTO.- Exigir al Gobierno de Canarias una financiación suficiente para llevar a cabo políticas educativas y sociales, para poder combatir las causas que originan este fenómeno, pero que pueden resumirse en la pobreza extrema.” El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los/as asistentes, que con todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, aprueban la La Declaración Institucional del Día Mundial contra la Esclavitud Infantil, Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 90 ACTA DEL PLENO en todos sus términos y contenidos 9. EXPEDIENTE 2229/2021. DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DEL 21 DE MAYO "DÍA MUNDIAL DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA EL DIÁLOGO Y EL DESARROLLO" - FECAM Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por Orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura a la Declaración Institucional remitida por la FECAM relativa al Día Mundial de la diversidad cultural para el Diálogo y el Desarrollo, cuyo tenor literal es el siguiente: “DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “21 DE MAYO, DÍA MUNDIAL DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA EL DIÁLOGO Y EL DESARROLLO” Con motivo de la celebración del Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo el próximo 21 de mayo y con el objetivo fundamental de ayudarnos a comprender el valor de la diversidad cultural y a mejorar la convivencia, la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural se aprobó en 2001 y, a continuación, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 21 de mayo como el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo. En 2011, la UNESCO y la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas lanzaron la campaña «Haz un gesto por la Diversidad y la Inclusión» con el propósito de animar a las personas y a las organizaciones de todo el mundo a que tomen medidas concretas de apoyo a la diversidad. Finalmente, en 2015, la Segunda Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó por unanimidad la resolución sobre Cultura y Desarrollo Sostenible, afirmando la contribución de la cultura a las tres dimensiones del desarrollo sostenible: reconocer la diversidad del mundo mucho más allá de lo natural y lo cultural, reafirmar que las culturas y civilizaciones pueden contribuir al desarrollo sostenible, y su papel como factores habilitadores cruciales. En este último año, como IMPACTOS debido a la COVID-19, en el sector cultural, se han visto afectados los eventos culturales los cuales han sido cancelados, instituciones culturales cerradas, prácticas culturales comunitarias suspendidas así como el sector del turismo cultural muy afectado... El impacto de la COVID-19 en el sector cultural se está sintiendo en todo el mundo. Este impacto es social, económico y político, ya que afecta al derecho fundamental de acceso a la cultura, los derechos sociales de los artistas y los profesionales de la creación y la protección de las diferentes expresiones culturales.       Durante este tiempo de confinamiento masivo, miles de millones de personas recurren a la cultura como fuente de consuelo, bienestar y conexión. Ha habido un aumento en la creación y el acceso a contenido cultural en línea, desde visitas virtuales a museos y Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 90 ACTA DEL PLENO galerías, transmisión de películas e incluso coros comunitarios a través de las redes sociales, mostrando su papel fundamental como fuente de resiliencia para las comunidades. Las grandes crisis a lo largo de la historia a menudo han dado lugar a un renacimiento de la cultura y una explosión de nuevas formas de creatividad, tan vitales para el progreso humano. Algunas claves para llevar a cabo una acción de comunicación con un impacto positivo y con capacidad de generar interés entre la población respecto a los objetivos de desarrollo sostenible, trata de garantizar la inclusión de la perspectiva de género y la diversidad. La Agenda 2030 de las Naciones Unidas, para el Desarrollo Sostenible reconoce, por primera vez, el papel fundamental de la cultura, la creatividad y la diversidad cultural para conciliar los aspectos económicos y sociales del desarrollo, fomentar el crecimiento económico y promover la inclusión social. Por todo ello, la FECAM, en nombre de todas las Entidades Locales de Canarias, se reitera en su firme decisión tanto de intensificar sus actuaciones como de colaborar con todas las instituciones públicas y agentes sociales en el compromiso para:   Concienciar sobre la importancia del diálogo intercultural la diversidad y la inclusión. Lograr que todas las personas nos comprometamos y apoyemos la diversidad mediante gestos reales en nuestro día a día. Combatir la polarización y los estereotipos para mejorar el entendimiento y la cooperación entre las gentes de diferentes culturas.     Por último, en este día, la Federación Canaria de Municipios desde nuestra responsabilidad como institución y a iniciativa de la Comisión de Cooperación, Juventud, Igualdad y Diversidad de la FECAM , consideramos que la diversidad es un valiosísimo recurso para alcanzar los objetivos de desarrollo, ya se trate de combatir la pobreza, promover la igualdad de género, la educación de calidad o los derechos humanos, y debemos incorporarla plenamente en las estrategias mundiales de desarrollo sostenible. Por todo ello, y con motivo de la conmemoración del Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, se hace un llamamiento a la reflexión y se propone al Comité Ejecutivo de la FECAM, a la adopción de los siguientes ACUERDOS:   PRIMERO.- Ratificar el contenido de esta Declaración Institucional por el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el diálogo y el desarrollo.   SEGUNDO.- Invitamos al Gobierno de Canarias, a los Cabildos Insulares y los Ayuntamientos a adherirse a esta Declaración, con la finalidad de promover actividades dirigidas a reforzar la coordinación de programas que gestionen la diversidad y que desarrollen estrategias enfocadas a aprovechar la interculturalidad como factor de desarrollo en áreas municipales como cultura, educación, participación ciudadana y solidaridad. TERCERO.- El compromiso por parte de todos los Ayuntamientos a seguir trabajando para Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 90 ACTA DEL PLENO generar una conciencia en la ciudadanía sobre la importancia del diálogo intercultural, la diversidad y la inclusión y combatir la polarización y los estereotipos para mejorar el entendimiento y la cooperación entre las gentes de diferentes culturas. CUARTO.- Exigir al Gobierno de Canarias una financiación suficiente para llevar a cabo las políticas de diversidad cultural.   QUINTO.- Incidir en la formación e información de diferentes colectivos sociales y profesionales del municipio en la celebración del Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, como elementos para fomentar la reflexión y una actitud cultural positiva.” El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los/as asistentes, que con todo caso constituyen la mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, aprueban la La Declaración Institucional transcrita, en todos sus términos y contenidos Interviene D. Juan Pérez Álvarez para proponer la aprobación de la Urgencia de un Punto no incluido en el Orden del Día. Por el Sr. Presidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.3 del R.D. 2568/1986, de 28 de Noviembre que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se motiva la urgencia del punto incluido en el Orden del Día, ratificando el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, la urgencia del mismo. URGENCIA 1: CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. Por Orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Convenio a suscirbir con el Excmo Cabildo Insular de La Palma por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión del Servicio de Ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia, cuyo tenor literal es el que sigue: “13.Ref.: 146/2021/ACU. CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 5 de abril de 2021, que es del siguiente tenor: “Dª Nieves María Hernández Pérez, Consejera Insular del Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.2g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, elevo al Consejo de Gobierno Insular el siguiente expediente para su estudio y adopción del acuerdo que proceda: Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 90 ACTA DEL PLENO CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. ANTECEDENTES Examinado el texto del convenio a suscribir entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el Ayuntamiento de BREÑA BAJA, por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia, y visto el informe favorable emitido por la Jefa de Servicio, en el que se pone de manifiesto que de acuerdo con el artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones, y que en el mismo sentido se pronuncia el artículo 19.a) de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de La Palma y el artículo 65.1 del Real Decreto 887/2006, de fecha 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aclarando los artículos 28.1 de la Ley 38/2003 y 65.3 del Real Decreto 887/2006 que será el Convenio el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos de las corporaciones locales, sin perjuicio de los que a este respecto establezca su normativa reguladora. Visto que en la actualidad, el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma han ratificado, el 6 de agosto de 2018, con carácter plurianual 2018-2021, el convenio que tiene por objeto articular la colaboración entre ambas administraciones para la prestación de los servicios de centro de día y de noche, así como de atención residencial (residencias, viviendas tuteladas y hogares funcionales) incluidos en la Red de Centros Sociosanitarios, propios, concertados o convenidos por este Cabildo Insular, a las personas mayores o con discapacidad que tengan reconocida la situación de dependencia, determinado los cuidados sanitarios, en su caso, y se les hayan asignado dichos servicios en el Programa Individual de Atención donde se determina el coste plaza/día. Asimismo en fecha 14 de octubre de 2019 se suscribe la Adenda Primera de modificación del referido convenio, y en el que se refleja la financiación de: 1) El transporte de las personas usuarias del Servicio de Centro de Día. 2) El incremento del importe del coste de determinadas tipologías de plazas. 3) La incorporación de nuevas plazas. 4) La incorporación de nuevo personal técnico y/o administrativo así como la ampliación tanto de las actuaciones a realizar como de las anualidades de contratación. En fecha 30 de diciembre de 2020 se suscribe la Adenda Segunda de modificación del referido convenio, y en el que se reflejan modificaciones respecto a la cuantía del convenio, financiación, protección de datos de carácter personal, modificación del anexo I, modificación del anexo III, así como la incorporación del anexo VI relativo al tratamiento de datos personales. La financiación que sustenta dicho Convenio y su correspondiente Adenda, para el ejercicio 2021 asciende a 21.456.162,53€, de acuerdo a la siguiente distribución: Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 90 ACTA DEL PLENO Comunidad Autónoma de Canarias 15.557.131,33 €. Cabildo de La Palma………………… 5.899.031,20 €. Visto que en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2021, dentro del anexo relativo a “transferencias corrientes comunidad autónoma”, existen las siguientes aplicaciones presupuestarias: Asimismo, dentro del Presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2021 del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, existe el Capítulo IV relativo a transferencias corrientes, con concepto n.º 45007 y descripción: “PROGRAMA SOCIOSANITARIO ATENCION A LA DISCAPACIDAD DE CANARIAS. LA PALMA”, y a la que le corresponde un importe de UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS (1.761.899,00 €), incluyendo además con concepto nº 45011 y descripción: “FINANCIACION DEPENDENCIA MAYORES Y DISCAPACIDAD”, a la que le correspondió un importe inicial de TRECE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS QUINCE CON NOVENTA Y OCHO EUROS (13.571.915,98 €). Visto que existe consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el Presupuesto del ejercicio 2021 en la aplicación presupuestaria 233.462.09 “CONVENIO AYTO. DE BREÑA BAJA. SERVICIO AYUDA DOMICILIO. GASTOS MANTENIMIENTO”, por importe de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (188.448,20 €), adquiriendo este Excmo. Cabildo Insular de La Palma un compromiso de gasto para el ejercicio 2022, concretamente en el abono de otros CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (188.448,20 €) a partir del 01 de enero de 2022, quedando dicho abono supeditado a la firma de la prórroga del Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (a través de la Consejería de Empleo, Política Sociales y Vivienda y la Consejería de Sanidad) y el Cabildo Insular de La Palma, para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y, en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad, y para la realización de actuaciones en relación con el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 90 ACTA DEL PLENO derecho a las prestaciones hasta el 31 de diciembre de 2022 y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad prevista. Visto que mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma de fecha 26 de febrero de 2021,se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2021, incluyendo la línea de actuación número 1 denominada “FOMENTO PARA LOS CENTROS Y SERVICIOS DE PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTEGRANTES DEL SISTEMA CANARIO DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA”, tratándose la subvención objeto de este Convenio de una de las comprendidas dentro de la referida línea, dando, por tanto, cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. FUNDAMENTOS Visto que el Ayuntamiento de BREÑA BAJA, como queda acreditado en el expediente en calidad de beneficiaria de la subvención, cumple en el día de la fecha con los contenidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, no estando incursa en ninguna de las circunstancias que le imposibilitarían ser beneficiaria de la misma, habiendo presentado la justificación de las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores para la misma finalidad por parte de este Servicio de Acción Social. La entrega anticipada de parte de la subvención se justifica por tanto en la financiación necesaria de las actuaciones que son inherentes al objeto del convenio, sin la cual, estas no podrían desarrollarse ni culminarse. Visto el artículo 81.1,b) de la Ley 8/2015, de 01 de abril, de Cabildos Insulares, que establece que los actos del Consejo de Gobierno Insular adoptarán la forma de acuerdos del Consejo de Gobierno Insular, por lo que a la vista del informe favorable emitido por la Jefa de Servicio, y dado que en la tramitación del mismo se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente, En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: PRIMERO.- Aprobar el texto del CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCION NOMINATIVA PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. SEGUNDO.- Facultar al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación, o persona en quién legalmente delegue, para que proceda a la firma del referido Convenio. TERCERO.- Facultar a la Sra. Consejera Insular del Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud del Excmo. Cabildo Insular de La Palma a autorizar las modificaciones del contenido del convenio que se soliciten por el beneficiario, siempre que se observen los requisitos y el procedimiento que a cuyo efecto se contempla en el referido documento. CUARTO.- Autorizar la subcontratación del 100 % de la actividad subvencionada correspondiente al CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCION NOMINATIVA PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, de acuerdo con la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Breña Baja en fecha 09 de marzo de 2021 a través de la Oficina de Registro Virtual de Entidades Locales, con número de registro REGAGE21e00002265299 así como documentación presentada en fecha 26 de abril de 2021, con número de registro REGAGE21e00005748627, siendo la entidad que ejercerá la gestión indirecta la Asociación de Familiares y Enfermos de Alzheimer de la Palma (AFA) con NIF G38559134, al cumplir la solicitud presentada con lo dispuesto en el art. 29.3 de la LGS. El texto del Convenio a suscribir es del tenor literal siguiente: Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 90 ACTA DEL PLENO “CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCION NOMINATIVA PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.” En Santa Cruz de La Palma, a -- de ----------------- de 2021. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 90 ACTA DEL PLENO Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. 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Francisco Martín diciendo que ya el ha dicho en diferentes medios de comunicación cuando le han preguntado sobre este asunto, que entiende que todos los fondos que hay para la atención del mayor, para instalaciones bien siendo Centros de Día o asistenciales, entiende y aplaude que esos fondos debería ir destinados no a las instalaciones en sí, sino a la atención del mayor en su entorno, no hay mejor atención al mayor que la que puede recibir en su casa y con los suyos. Esto ha hecho que los fondos que había para infraestructuras, se destinan en casi su totalidad en servicios de atención al mayor en su ámbito. El Gobierno de Canarias, vía Cabildos transfiere fondos a los municipios y es por lo que viene este Convenio, los municipios tienen destinados ya los fondos desde comienzo de año, es muy laborioso porque son muchos fondos los que han venido, no son fondos que vengan puntualmente como pueden ser los de por COVID, sino que será así a partir de ahora, pasa que son cantidades muy importantes y los ayuntamientos se han visto que tienen que iniciar procedimientos, iniciar licitaciones en algunos casos, y son fondos para personal destinados a la atención al mayor. Al municipio de Breña Baja le vienen más de 200.00 Euros que se tienen que emplear en personal a la atención al mayor. Con la prontitud que nos vino porque no se quedó en vender humo, muchos pensamos que sería así, y vino. Ello nos supone muchísimo personal que hace falta, básicamente el personal de ayuda a domicilio. Nosotros nos adelantamos y pudimos vincularlo a que la gestión la lleve AFFA LA PALMA, piensa que no hay en la isla empresa con esa calidad en el servicio, ni de profesionales, con formación continua y con una calidad exquisita con los mayores. Sigue diciendo que todos o casi todos los ayuntamientos tienen muchísimos problemas porque no consiguen personal, dado a que es muchísimo dinero que viene, casi un millón de euros, no hay personal, no hay personas de ayuda a adomicilio y otros profesionales, y entonces se están viendo muy apurados y se están viendo en interpretaciones por parte de las intervenciones de los ayuntamientos que tengan que licitar o buscar alguna fórmula. Nosotros ya lo tenemos todo, empezamos el día uno de junio, incorporamos a once auxiliares de ayuda a domicilio, a parte de las que ya hay municipales, un trabajador social, un psicólogo, un logopeda y un Fisioterapeuta. Esto a su vez, supo que la atención, dependiendo de su grado de dependencia sea mayor de 70 horas, siendo un salto cualitativo histórico porque esto va a ser así para siempre, descargando estos profesionales trabajo a nuestro personal, en datos serán 10 usuarios que se solapan y mejoran sus servicios con este Convenio de las 32 familia que ya atendemos municipalmente, y podemos incorporar más domicilio que habían en espera, o dar más horas a las 32 domicilios. Y no solo eso, sino que se incorporan los servicios de peluquería, podología y de transporte especializado y adaptado. Interviene el Concejal del PSOE, D. Antonio González diciendo que, hay que tener en cuenta los puestos de trabajo que dará esta medida, pero lo importante es la atención que se va a dar, que se atiendan a las personas en su ámbito familiar donde están y si voluntariamente quieren ir a otro sitio, pues que sea así. Aplaude también esta medida. Intervine también la concejal de Coalición Canaria Dª Yéssica Pérez, reiterándose en lo mismo, se alegra y piensa que a la hora de contratar a todo el personal, se haga a los que básicamente se consideren más importantes. Aclara la Sra. Secretaria que aquí se aprobará y firmará el Convenio entre el Cabildo y el Ayuntamiento, nos darán el dinero y luego nosotros tendremos que llevar al próximo pleno el Convenio del Ayuntamiento con AFFA LA PALMA. Aclara el concejal D. Francisco Martín que los usuarios que podrán atender son aquellos que tengan solicitada o concedida la dependencia y los que están atendidos municipalmente mejorarían sus Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 88 de 90 ACTA DEL PLENO servicios. Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los/as asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, ACUERDAN: PRIMERO: Aprobar el convenio con El Excmo. Cabildo Insular de La Palma por el que se instrumentaliza la Subvención Nominativa para la Gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio para personas en situación de dependencia. SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde para la firma del presente convenio y cuantos documentos sean necesarios TERCERO: Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma y a la Intervención de fondos de este Ayuntamiento. B) ACTIVIDAD DE CONTROL 10. DANDO CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA (de 0521/2021 a 910/2021) Por orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da cuenta de las Resoluciones 0521/2021 a la 0910/2021, y l 11. DANDO CUENTA SENTENCIA RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO P.O. 439/2019 EN MATERIA DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS INTERPUESTO POR ACORON SL Por Orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectua de la Sentencia del Recurso Contencioso Administrativo P.O. 439/2019 en materia de Contratos Administrativos interpuestos por ACORON S.L. Interviene el concejal del PSOE, D. Antonio González diciendo que el pensaba que este tema ya estaba resuelto y ve que hay una reclamación del año 2013 y pregunta qué paso para que en el 2007 vuelvan a reclamar y pregunta en qué queda el tema. Le contesta la Sra. Secretaria diciendo que el aval está devuelto cuando lo pide la Sentencia. Todos saben que viene de una Sentencia del 2008 que ha sido objeto de negociaciones, sucesivamente han ido reclamando, han ido al Contencioso y lo han ganado, por la Sentencia misma, una parte se les considera suelo urbano consolidado, y la otra parte son las cesiones, cesiones que no se han materializado, nosotros entendíamos que hasta que no se produjeran las cesiones, no devolvíamos el aval, esto va al Contencioso siendo que cada uno defiende sus intereses, y es esto supone la devolución del aval presentado y ya está devuelto, haciéndose cargo de las costas este Ayuntamiento. Tras este breve debate, los/as Sres./as Concejales/as se dan por enterados. Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 89 de 90 ACTA DEL PLENO C) RUEGOS Y PREGUNTAS Interviene el concejal del PSOE, D. Antonio González para preguntar si hay algún avance sobre el asunto de Hacienda San Jorge. Le contesta el concejal D. Abel Pérez diciendo que hay una ejecución de una Sentencia, el ayuntamiento ha pedido asesoramiento, como saben la labor de negociación ha sido larga, está judicializado y estamos viendo cuál es la mejor vía para ejecutar la sentencia. Pasa a informar la Sra. Secretaria diciendo que desde el punto jurídico, ya se decidió por parte de la corporación, ejecutar la Sentencia. Llevamos desde el 2008, por parte del ayuntamiento, intentando negociar, la otra parte no ha puesto de su parte, y llegado a este momento, hemos abierto el expediente de ejecución de Sentencia, esto significa que le damos 15 días a la otra parte para que nos alegue en qué momento se encuentran y no nos han contestado absolutamente nada hasta la fecha. D. Juan Pérez da la palabra a la concejal de Coalición Canaria Dª Yéssica Pérez que realiza la siguiente pregunta: - Tras la reunión en semanas pasadas con los empresarios de Los Cancajos se rumorea de hacer peatonal la zona entre Tihuna y el punto de información. ¿Es cierta esta información?. Le contesta D. Juan Pérez diciendo que mantuvieron una reunión con los empresarios con el fin de mejorar el sector turístico dentro del Plan de dinamización Turística, Proyecto de Subvención que pide participación del Sector, donde por parte de los empresarios se propuso que la zona del Típico al Tihuna se hiciera peatonal, también plantearon mejoras como la Wifi, entre otras, fue sigue diciendo, una reunión muy positiva donde se optó por el modelo de turismo que debemos seguir en este municipio. A Dicha reunión asistieron, entre otros, el concejal Abel Pérez, Tomás Barreto, Fedepalma, CIT Tedote, el Gerente de Las Olas, SOAC, Técnicos del Área de Desarrollo Local del ayuntamiento de Breña Baja, la Concejal del Área de Comercio, Dª Eva Reyes, el presidente de la Asociación de Taxis de Breña Baja, y algunos más que no pudieron asistir, y por otro lado, con motivo del COVID nos vimos obligados a limitar el número de asistentes. La misma concejal realiza el siguiente ruego: “Los vecinos de la urbanización el Zumacal nos transmiten de la necesidad de que los vehículos aminoren la marcha al inicio de la misma en esa vía, si existiera la posibilidad de poner alguna señalización en esta parte de la vía, antes de llegar a la misma, que obligue a reducir la marcha”. Le contesta D. Juan Pérez diciendo que se tendrá en cuenta.  Con lo cual, no habiendo más asuntos que tratar, ni teniendo nada que exponer los/las Sres./Sras. Concejales/as, siendo las diecinueve horas y cincuenta minutos, la Presidencia da por terminada la sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, como Secretaria Accidental, doy fe, con el visto bueno del Sr. Alcalde DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número: 2021-0007 Fecha: 23/07/2021 Cód. Validación: 4LAAR7LCGYPKSF9LPJ3NL52S6 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 90 de 90 ACTA DEL PLENO