ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: Secretaria Fecha Firma: 23/11/2022 HASH: b9df63a9f815b236115f8ae5769c2fe4 JGL/2022/10 La Junta de Gobierno Local María Evelia Cabrera Millán (1 de 2) DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Extraordinaria Fecha 23 de noviembre de 2022 Duración Desde las 13:00 hasta las 13:10 horas Lugar SALÓN DE PLENOS Presidida por Borja Pérez Sicilia Secretario María Evelia Cabrera Millán Alcalde Presidente Fecha Firma: 24/11/2022 HASH: 573dc10aed802b88637cda4897fb6c59 ASISTENCIA A LA SESIÓN DNI Nombre y Apellidos Asiste Borja Pérez Sicilia (2 de 2) 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia SÍ 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42185386M Juan Manuel Pérez Álvarez SÍ Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día A) PARTE RESOLUTIVA Expediente 612/2022. ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN CONVENIO ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, POR EL SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES PARA PERSONAS MAYORES EN Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 2022 Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento   de orden del presidente la infrascrita secretaria da lectura a la Adenda de modificación del Convenio entre el Cabildo Insular de La Palma y el ayuntamiento de Breña Baja, para la gestión de plazas insulares de Atención a personas en situación de dependencia para el ejercicio 2022 que dice:   1- Expediente 612/2022- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN CONVENIO ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 2022.- De orden del señor presidente, la infrascrita secretaria da lectura a la la Adenda remitida por el Cabildo Insular que dice: “6. Ref.: 448/2022/ACU. ADENDAS PRIMERAS DE MODIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE BREÑA ALTA, BREÑA BAJA, FUENCALIENTE, GARAFÍA, LOS LLANOS DE ARIDANE, VILLA DE MAZO, PUNTAGORDA, PUNTALLANA, SAN ANDRÉS Y SAUCES, TAZACORTE Y TIJARAFE POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE PLAZAS INSULARES DE ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, PARA EL EJERCICIO 2022. Toma conocimiento el Consejo de Gobierno Insular de la propuesta de acuerdo de fecha 10 de octubre de 2022, que es del siguiente tenor: “Dª Nieves María Hernández Pérez, Consejera Insular del Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.2 g) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, PROPONGO al Consejo de Gobierno Insular la adopción del siguiente acuerdo: “ADENDAS PRIMERAS DE MODIFICACION DE LOS CONVENIOS ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE BREÑA ALTA, BREÑA BAJA, FUENCALIENTE, GARAFÍA, LOS LLANOS DE ARIDANE, VILLA DE MAZO, PUNTAGORDA, PUNTALLANA, SAN ANDRÉS Y SAUCES, TAZACORTE Y TIJARAFE POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DE PLAZAS INSULARES DE ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, PARA EL EJERCICIO 2022”. ANTECEDENTES Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 Examinado el texto de los Convenios suscritos entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y los Ayuntamientos de: 1. Garafía por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en la residencia para personas mayores en situación de dependencia “Sor Josefa Argote”, el 19 de agosto de 2021. 2. Los Llanos de Aridane por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 11 de agosto de 2021. 3. Tazacorte por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en la residencia para personas mayores en situación de dependencia el 30 de septiembre de 2021. 4. Puntagorda por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en la residencia para personas mayores en situación de dependencia el 14 de julio de 2021. 5. Tijarafe por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 16 de junio de 2021. 6. Villa de Mazo por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 4 de agosto de 2021. 7. Villa de Mazo por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en la residencia para personas mayores en situación de dependencia el 22 de junio de 2021. 8. Breña Alta por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en la residencia Nina Jaubert para personas mayores en situación de dependencia el 20 de octubre de 2021. 9. Fuencaliente por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en la residencia para personas mayores en situación de dependencia el 25 de octubre de 2021. 10. Tazacorte por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 9 de agosto de 2021. 11. Breña Baja por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 20 de julio de 2021. 12. Puntallana por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 28 de junio de 2021. 13. San Andrés y Sauces por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia el 26 de agosto de 2021. Y visto el informe favorable emitido por la Jefa de Servicio, en el que se pone de manifiesto que de acuerdo con el artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones, y que en el mismo sentido se pronuncia el artículo 19.a) de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de La Palma y el artículo 65.1 del Real Decreto 887/2006, de fecha 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aclarando los artículos 28.1 de la Ley 38/2003 y 65.3 del Real Decreto 887/2006 que será el Convenio el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos de las corporaciones locales, sin perjuicio de los que a este respecto establezca su normativa reguladora. Visto que en la actualidad, el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma han ratificado, el 6 de agosto de 2018, con carácter plurianual 2018-2022, el convenio que tiene por objeto articular la colaboración entre ambas administraciones para la prestación de los servicios de centro de día y de noche, así como de atención residencial (residencias, viviendas tuteladas y hogares funcionales) incluidos en la Red de Centros Sociosanitarios, propios, concertados o convenidos por este Cabildo Insular, a las personas mayores o con discapacidad que tengan reconocida la situación de dependencia, determinado los cuidados sanitarios, en su caso, y se les hayan asignado dichos servicios en el Programa Individual de Atención donde se determina el coste plaza/día. Asimismo en fecha 14 de octubre de 2019 se suscribe la Adenda Primera de modificación del referido convenio, y en el que se refleja la financiación de: 1) El transporte de las personas usuarias del Servicio de Centro de Día. 2) El incremento del importe del coste de determinadas tipologías de plazas. 3) La incorporación de nuevas plazas. 4) La incorporación de nuevo personal técnico y/o administrativo así como la ampliación tanto de las actuaciones a realizar como de las anualidades de contratación. En fecha 30 de diciembre de 2020 se suscribe la Adenda Segunda de modificación del referido convenio, y en el que se reflejan modificaciones respecto a la cuantía del convenio, financiación, protección de datos de carácter personal, modificación del anexo I, modificación del anexo III, así como la incorporación del anexo VI relativo al tratamiento de datos personales. En fecha 30 de diciembre de 2021 se suscribe la Adenda Tercera de modificación del referido convenio, y en el que se reflejan modificaciones respecto a la cuantía del convenio, financiación, forma de abono, justificación y reintegro, modificación del anexo I, modificación del anexo III, modificación del anexo IV y prórroga del convenio. La financiación que sustenta dicho Convenio y su correspondiente Adenda, para el ejercicio 2022 asciende a 23.067.562,15 € de acuerdo a la siguiente distribución: Comunidad Autónoma de Canarias …16.753.786,22 €. Cabildo de La Palma….……………… 6.313.775,93 €. CONCEPTOS 2022 1. COSTE TRANSPORTE 654.517,00 2. COSTE PERSONAL 161.343,60 3. COSTE PLAZAS 22.028.385,20 3.1 COSTE PLAZAS CAC 15.714.609,27 Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 3.2 COSTE PLAZAS SECC 20 223.316,35 3.3 COSTE PLAZAS CI 6.313.775,93 4 COSTE TOTAL 23.067.562,15 5. APORTACION CAC CON SECC 23 (Decreto de Transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares). 16.753.786,22 6. APORTACION CI 6.313.775,93 Visto que existe consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el Presupuesto del ejercicio 2022 en las aplicaciones presupuestarias: - 233/46203 CONVENIO AYTO. GARAFÍA RESID. MAYORES SOR JOSEFA ARGOTE GASTOS FUNCIONAMIENTO. - 233/46206 CONVENIO AYTO. LLANOS DE ARIDANE CENTRO DE DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46211 CONVENIO AYTO. TAZACORTE RESID. MAYORES GASTOSMANTENIMIENTO. - 233/46212 CONVENIO AYTO. PUNTAGORDA RESID. MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46213 CONVENIO AYTO. TIJARAFE CTRO. EST. DIURNA GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46217 CONVENIO AYTO. VILLA DE MAZO CENTRO DE DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46218 CONVENIO AYTO. VILLA DE MAZO RESIDENCIA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46219 CONVENIO AYTO. BREÑA ALTA RESIDENCIA MAYORES NINA JAUBERT GASTOS MANTENIMIENTO. Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 - 233/46220 CONVENIO AYTO. FUENCALIENTE RESIDENCIA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46222 CONVENIO AYTO. TAZACORTE CENTRO DÍA MAYORES GTOS. MANTENIMIENTO. - 233/46225 CONVENIO AYTO. BREÑA BAJA CENTRO DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. - 233/46226 CONVENIO AYTO. PUNTALLANA CENTRO DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. 233/46231 CONVENIO AYTO. SAN ANDRÉS Y SAUCES CENTRO DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO. Visto que mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma de fecha 28 de enero de 2022, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022, incluyendo la línea de actuación número 1 denominada “FOMENTO PARA LOS CENTROS Y SERVICIOS DE PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTEGRANTES DEL SISTEMA CANARIO DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA”, tratándose la subvención objeto de este Convenio de una de las comprendidas dentro de la referida línea, dando, por tanto, cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El Excmo. Cabildo Insular de La Palma considera como una necesidad social primordial el dar cobertura a las personas mayores y personas con discapacidad que, bien por sus condicionantes sociales de abandono, soledad y/o marginalidad, por su condición física, con determinadas deficiencias no correspondientes a las patologías objeto de atención por el sistema sanitario y por la interrelación entre ambos tipos de factores, requieren una atención específica en centros diseñados especialmente para ellos, siendo el Excmo. Cabildo Insular de La Palma la institución encargada de gestionar dichas plazas financiadas entre este Cabildo Insular y el Gobierno de Canarias, en 50% las plazas de mayores y en un 66,33% la Comunidad Autónoma y un 33,97% el Cabildo de La Palma, cuando se trata de plazas para personas con discapacidad. Resulta también revelador a efectos de la planificación de recursos para la atención a personas dependientes el número de solicitudes en lista de espera para el acceso al servicio de ayuda a domicilio y para ingreso en centros. En la actualidad, según datos obrantes en el Servicio de Acción Social, se trabaja una lista de espera de 827 solicitudes. De los cuales, 113 expedientes corresponden a personas en situación de gran dependencia (Grado III), 164 a situación de dependencia severa (Grado II) y 233 a dependencia moderada (Grado I). el resto, 272 están pendiente de trámite de clasificación de dependencia. A estas personas, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia les reconoce el derecho de acceso a una de las plazas residencias y de día objeto de esta subvención. Visto que el crédito inicial consignado en las aplicaciones presupuestarias de Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 2022 de los convenios mencionados por los que se instrumentalizan las subvenciones nominativas para la gestión de plazas insulares de atención residencial y centro de día para personas en situación de dependencia resulta insuficiente para dar cobertura presupuestaria a los gastos derivados de la atención a personas dependientes, hasta el final del vigente ejercicio. FUNDAMENTOS Visto que los Ayuntamientos de BREÑA ALTA, BREÑA BAJA, FUENCALIENTE, GARAFÍA, LOS LLANOS DE ARIDANE, VILLA DE MAZO, PUNTAGORDA, PUNTALLANA, SAN ANDRÉS Y SAUCES, TAZACORTE Y TIJARAFE, como queda acreditado en el expediente en calidad de beneficiarios de la subvención, cumplen en el día de la fecha con los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, no estando incursas en ninguna de las circunstancias que le imposibilitarían ser beneficiaria de la misma, habiendo presentado la justificación de las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores para la misma finalidad por parte de este Servicio de Acción Social. La entrega anticipada de parte de la subvención se justifica por tanto en la financiación necesaria de las actuaciones que son inherentes al objeto del convenio, sin la cual, estas no podrían desarrollarse ni culminarse. Visto el artículo 81.1,b) de la Ley 8/2015, de 01 de abril, de Cabildos Insulares, que establece que los actos del Consejo de Gobierno Insular adoptarán la forma de acuerdos del Consejo de Gobierno Insular, por lo que a la vista del informe favorable emitido por la Jefa de Servicio, y dado que en la tramitación del mismo se han observado todos los trámites exigidos por la legislación vigente, En virtud de lo expuesto el que suscribe, PROPONE se adopte el acuerdo con el siguiente texto: PRIMERO.- Aprobar el texto de las ADENDAS PRIMERAS DE MODIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE BREÑA ALTA, BREÑA BAJA, FUENCALIENTE, GARAFÍA, LOS LLANOS DE ARIDANE, VILLA DE MAZO, PUNTAGORDA, PUNTALLANA, SAN ANDRÉS Y SAUCES, TAZACORTE Y TIJARAFE POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION PLAZAS INSULARES DE ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, PARA EL EJERCICIO 2022, en los términos recogidos en cada uno de los anexos que se desglosan a continuación y cuyo tenor literal se despliega seguidamente al presente acuerdo. 1. ANEXO I- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE GARAFIA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA “SOR JOSEFA ARGOTE”. 2. ANEXO II-ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 3. ANEXO III- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 4. ANEXO IV- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 5. ANEXO V- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE TIJARAFE PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 6. ANEXO VI- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE MAZO PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 7. ANEXO VII- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE MAZO PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 8. ANEXO VIII- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTREEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE FUENCALIENTE PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 9. ANEXO IX- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 10. ANEXO X- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA ALTA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 11. ANEXO XI- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 12. ANEXO XII- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE PUNTALLANA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. 13. ANEXO XIII- ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS Y SAUCES PARA LA GESTIÓN DE LAS Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. SEGUNDO.- Facultar al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación, o persona en quién legalmente delegue, para que proceda a la firma de las referidas Adendas. TERCERO.- Facultar a la Sra. Consejera Insular del Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud del Excmo. Cabildo Insular de La Palma a autorizar y/o resolver las modificaciones de los referidos convenios, en todo caso. ANEXO I ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE GARAFIA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA “SOR JOSEFA ARGOTE…… ANEXO XI ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. . En Santa Cruz de La Palma, a -- de ----------------- de 2022. REUNIDOS DE UNA PARTE, D/Dª. ……., con DNI……, Presidente o Presidente/a Accidental, en nombre y representación del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con NIF P3800002B, especialmente facultado para este acto por acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en sesión… de fecha … de … de 2022, de conformidad con el art. 125.2. de la Ley 8/2015, de 01 de abril, de Cabildos Insulares. Y DE OTRA, D….., con DNI en calidad de Alcalde Presidente/a del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con NIF P3800900G, especialmente facultado para este acto por …… Las partes se reconocen plena capacidad para la firma del presente Convenio y en tal sentido, EXPONEN Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 PRIMERO.- El 20 de julio de 2021 se suscribió el CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA con vigencia hasta 31 de diciembre de 2022. SEGUNDO.- Realizada revisión de las plazas insulares de atención residencia y centro de día para personas en situación de Dependencia reconocida en la isla de La Palma, desde el Servicio de Acción Social, en el marco del Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de la Palma para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad, y para la realización de actuaciones en relación con el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones vigente entre el Excmo. Cabildo insular de La Palma y el Gobierno de Canarias, se ha constatado el incremento de número solicitudes e incremento de personas atendidas por estos servicios respecto a la previsión inicial realizada para la adjudicación de plazas y reparto presupuestario para cada uno de los Ayuntamientos de la Isla. TERCERO.- El crédito consignado en las aplicaciones presupuestarias de 2022 de los convenios mencionados por los que se instrumentalizan las subvenciones nominativas para la gestión de plazas insulares de atención a personas en situación de dependencia resulta suficiente para dar cobertura presupuestaria a los gastos derivados de los servicios de atención residencial y centros de día para personas en situación de dependencia reconocida, hasta el final del vigente ejercicio, atendiendo al incremento para el ejercicio 2022 de la financiación para los servicios descritos, aprobado el pasado 30 de diciembre de 2021.con la suscripción de la Adenda Tercera de modificación del Convenio de cooperación entre la administración pública de la Comunidad de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma , para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y, en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad; y para la realización de actuaciones en relación con el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones. CUARTO.- La cláusula DECIMOSEXTA del Convenio entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA establece que tras la firma del convenio, se podrá modificar el mismo a iniciativa propia por parte de este Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en consonancia, en su caso, con las posibles modificaciones del Convenio ratificado el 6 de agosto de 2018, por el período 2018-2021, suscrito con la Comunidad Autónoma para la prestación de servicios a personas en situación de Dependencia. En virtud de cuanto antecede, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de Primera de modificación del convenio por el que se instrumentaliza la subvención nominativa para la gestión de las plazas insulares sitas en el centro de día para personas mayores en situación de dependencia con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA: MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA OCTAVA RELATIVA A Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 LOS PLAZOS Y MODOS DE PAGO La modificación tiene por objeto reflejar el incremento de la financiación del convenio para el ejercicio 2022, que pasa de 174.998,51 € a 190.097,99 €, con incremento de 15.099,48€. Para ello se da una nueva redacción a la cláusula Octava del Convenio quedando la misma como sigue: OCTAVA.- PLAZOS Y MODOS DE PAGO El Excmo. Cabildo Insular de La Palma abonará, en un primer plazo, al Ayuntamiento de BREÑA BAJA, como entidad gestora del servicio, para el mantenimiento del recurso, la cantidad de 87.499,25 €, en base al coste plaza/día para el año 2021. El coste plaza/día para el año 2021 será aquel que se fija en el Convenio entre este Cabildo de La Palma y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, al que se hace referencia en la parte expositiva. El coste total máximo para 2021 será de 174.998,51 €, cuya Resolución de pago se realizará antes del 31 de diciembre de 2021. El abono de las citadas cantidades, en el ejercicio 2021, se realiza con cargo a la aplicación presupuestaria 233/46225 CONVENIO AYTO. BREÑA BAJA CENTRO DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO, por importe de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTO Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (174.998,51€). El Excmo. Cabildo Insular de La Palma abonará en el año 2022 al AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, como entidad gestora del recurso, para el mantenimiento DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, la cantidad de CIENTO NOVENTA MIL NOVENTA Y SIETE EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (190.097,99 €), en base al coste plaza/día para el año 2022, previa aportación de la justificación correspondiente al ejercicio 2021 y de la solicitud de subvención correspondiente al ejercicio 2022. El Excmo. Cabildo Insular de La Palma abonará, en un primer plazo, al AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, como entidad gestora del servicio, para el mantenimiento DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, la cantidad de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (174.998,51€). El Excmo. Cabildo Insular de La Palma abonará, en un segundo plazo, al AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, como entidad gestora del servicio, para el mantenimiento de las PLAZAS INSULARES SITAS EN EL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, la cantidad de QUINCE MIL NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (15.099,48€), cuya Resolución de pago se realizará antes del 31 de diciembre de 2022. El abono de las citadas cantidades, en el ejercicio 2022, se realiza con cargo a la aplicación presupuestaria 233/46225 CONVENIO AYTO. BREÑA BAJA CENTRO DÍA MAYORES GASTOS MANTENIMIENTO, por importe total de CIENTO NOVENTA MIL NOVENTA Y SIETE EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (190.097,99 €). Correspondiendo a esta Adenda I un incremento de de QUINCE MIL NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (15.099,48 €) con respecto al Convenio de fecha 20 de julio de 2021, resultando un total de CIENTO NOVENTA MIL NOVENTA Y Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 SIETE EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (190.097,99 €). Si en el año 2022, se modificase el citado Convenio entre este Cabildo y el Gobierno de Canarias y dicha modificación afectase al coste plaza/día del Servicio de ayuda a domicilio, la cantidad prevista, en este Convenio para 2022 quedará automáticamente incrementada para dicho ejercicio, previa presentación de solicitud y memoria justificativa de aplicación de los fondos por parte de la entidad municipal y efectuada la correspondiente modificación presupuestaria por parte de la entidad insular y se realizará dicho incremento mediante Resolución de la Consejera del área. El abono se realizará con carácter anticipado quedando dicha medida justificada en virtud del artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conocida la circunstancia de que se trata de un convenio cuyo objeto es la gestión del servicio de ayuda a domicilio, de ámbito insular que pone a disposición de esta Corporación la entidad beneficiaria, para lo cual carece de medios económicos propios para su mantenimiento. En cualquier caso se podrá verificar en cualquier momento la documentación aportada por la entidad interesada. El abono se reconocerá y liquidará por parte de la Corporación Insular en varios plazos, en su caso. Todo ello teniendo en cuenta que el objeto del Convenio es sufragar el coste de la plaza efectivamente ocupada o servicio prestado, siempre y cuando el 80% de las plazas convenidas sean ocupadas por personas declaradas en situación de dependencia, con derecho a un recurso para personas dependientes según normativa vigente.” SEGUNDA: MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA DECIMOSEXTA RELATIVA A LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. Se modifica la cláusula decimosexta del Convenio la cual queda redactada con el siguiente tenor: DECIMOSEXTA.- MODIFICACIÓN DEL CONVENIO Tras la firma del convenio, se podrá modificar el mismo: A) A iniciativa propia, por parte de este Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en consonancia, en su caso, con las posibles modificaciones del Convenio ratificado el 6 de agosto de 2018, por el período 2018-2022, suscrito con la Comunidad Autónoma para la prestación de servicios a personas en situación de Dependencia. B) A solicitud de la entidad beneficiaria, siempre que en este último supuesto se cumplan los siguientes requisitos: 1. La solicitud de modificación deberá satisfacer el interés general, lo que deberá ser justificado de forma suficiente en la misma, o en una memoria que la acompañe, indicándose expresamente que no se vulneran intereses de terceros ni se altera esencialmente la naturaleza u objetivos de la subvención, ni afecta al principio de competencia. 2. La modificación es un supuesto excepcional en los procedimientos de concesión de subvenciones u otro tipo de ayudas, no pudiendo estar motivada en razones de oportunidad o conveniencia. 3. La causa que justifica la petición por el beneficiario no puede obedecer a culpa o negligencia por su parte. 4. Las causas de fuerza mayor o el caso fortuito pueden considerarse como supuestos habilitantes para, en concurrencia con los otros criterios exigidos, acceder a la Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 modificación. 5. La comunicación del beneficiario de las causas que justifican la modificación solicitada de forma inmediata a su aparición y, en todo caso, con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución. A los efectos de la tramitación de la correspondiente Resolución de modificación, la solicitud deberá presentarse ante este Excmo. Cabildo Insular de La Palma con anterioridad al 01 de diciembre del año en curso. 6. No caben modificaciones que supongan un aumento de la aportación global máxima para el Cabildo Insular de La Palma salvo en el supuesto contemplado en la cláusula sexta de este Convenio. 7. En la solicitud de modificación, o en la documentación que la acompaña, deben de reflejarse de forma clara las causas que han sido consideradas para adoptar la decisión de solicitar la misma, especificando detalladamente cuáles son las nuevas obligaciones que se adquirirán, en caso de admitirse la modificación, y condiciones a las que se somete. Dichas circunstancias deben ser adecuadas, documentadas, proporcionadas y razonables, y así deben quedar acreditadas en la solicitud del beneficiario. 8. En la documentación debe quedar constancia, y así expresarse en la solicitud del beneficiario, sobre la viabilidad de las nuevas condiciones y/o, en su caso, del nuevo cronograma al que se someten las actuaciones subvencionadas, y que a pesar del tiempo transcurrido desde la concesión se mantenga indemne la naturaleza y los objetivos de la subvención. 9. Se debe analizar en la solicitud de modificación la garantía o aseguramiento del cumplimiento futuro. Todas las modificaciones de este Convenio serán realizadas mediante Resolución por titular de la Consejería del Servicio de Acción Social, previo informe de la Jefa de Servicio. En el supuesto que la modificación fuese a instancia de la entidad municipal, la estimación o, en su caso, desestimación de las solicitudes de modificación, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, concurriendo alguna de las siguientes circunstancias, siempre que se cumplan los requisitos anteriores: a) La alteración de las condiciones o requisitos objetivos y subjetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención. b) La obtención por las entidades beneficiaras de subvenciones otorgadas por otros órganos del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, y por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales para el mismo destino o finalidad. c) La obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad. En caso de no aprobarse dicha modificación, el servicio a prestar deberá ejecutarse conforme a la memoria inicialmente presentada; en caso de que la entidad beneficiaria no lo aceptase, se adoptarán las medidas administrativas oportunas para el reintegro total o parcial de la subvención junto a los intereses de demora.” Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, las partes firman el presente Convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. El Presidente del Excmo. El Alcalde Presidente Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 Cabildo Insular de La Palma del Ayuntamiento de Breña Baja “Diligencia para hacer constar que el presente documento se firma por medios electrónicos, con firma válida.” ANEXO XII ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE PUNTALLANA POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA… Cuarto. - Contra el presente Acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 101.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso – Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En todo caso, de interponerse el Recurso Potestativo de Reposición, no se podrá interponer el Recurso Contencioso – Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. No obstante, lo anteriormente expuesto se podrá utilizar cualquier otro Recurso que se estime oportuno.” Teniendo en cuenta que consta: I.- Informe propuesta favorable suscrita por la Jefa del Servicio de Acción Social, D.ª María Nieves Pérez Pérez, de fecha 27 de septiembre de 2022. II.- Memoria justificativa emitida por la Jefa del Servicio de Acción Social, D.ª María Nieves Pérez Pérez, con el Vº Bº y conforme de la Consejera del área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud, D.ª Nieves María Hernández Pérez, de fecha 27 de septiembre de 2022. III.- Informe de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos de conformidad, ( Ref. Int. Nº 2022/5487), emitido por el Interventor General Acctal., D. Pedro Francisco Jaubert Lorenzo, de fecha 11 de octubre de 2022. Siendo competente el Consejo de Gobierno Insular para la adopción de este acuerdo, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 41.1 d) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, se somete a votación y se aprueba por unanimidad, la propuesta de acuerdo tal y como ha sido transcrita. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, y a reserva de los términos que resulten de la subsiguiente aprobación del Acta, según se determina en el Artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente Acctal. En Santa Cruz de La Palma”. Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022 Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as Sres./as Concejales/as presentes , se adopta el siguiente acuerdo:   PRIMERO: Aprobar la ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA GESTIÓN DE PLAZAS INSULARES DE ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, PARA EL EJERCICIO 2022.   SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde para la firma de la presente Adenda y cuantos documentos sean necesarios.   TERCERO: Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma y a la Intervención de fondos de este Ayuntamiento.   Con lo cual, no habiendo más asuntos que tratar, ni teniendo nada que exponer los/las Sres./as Concejales/as, siendo las trece horas diez minutos, la Presidencia da por terminada la sesión extendiéndose la presente acta, de lo que yo, como Secretaria Accidental, doy fe, con el visto bueno del Sr. Alcalde. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: A2WTRC6ZZKTN7XTLL65FTRYXH | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 15 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2022-0009 Fecha: 23/11/2022