ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: Secretaria Fecha Firma: 27/05/2022 HASH: a52338c3564c1936d1e9726ae2274f83 PLN/2022/5 El Pleno María Evelia Cabrera Millán (1 de 2) DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Extraordinaria Fecha 21 de abril de 2022 Duración Desde las 15:05 hasta las 15:15 horas Lugar SALÓN DE PLENOS Presidida por Juan Manuel Pérez Álvarez Secretario María Evelia Cabrera Millán Alcalde Presidente Fecha Firma: 27/05/2022 HASH: 573dc10aed802b88637cda4897fb6c59 ASISTENCIA A LA SESIÓN DNI Nombre y Apellidos Asiste Borja Pérez Sicilia (2 de 2) 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42196591D Adrian Aguiar Pérez SÍ 43369026L Ana María García Suarez SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia NO 42195809D Eva Reyes Rodríguez Sicilia NO 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42183532Z Francisco Javier Martín Castañeda SÍ 42185132G Jesús Magdalena Rodríguez Paz SÍ 42185386M Juan Manuel Pérez Álvarez SÍ 42194648K Natalia Martín Luis SÍ 42189533N Tanausú Pérez Concepción SÍ 42186158H Yessica Pérez Pérez SÍ Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 23 ACTA DEL PLENO Excusas de asistencia presentadas: 1. Borja Pérez Sicilia: «SUSTITUYE JUAN MANUEL PÉREZ ÁLVAREZ» 1. Eva Reyes Rodríguez Sicilia: «MATERNIDAD» Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día A) PARTE RESOLUTIVA 1. EXPEDIENTE 1800/2022. DONACIÓN JUEGO EDUCATIVO MEMORIA DÏGU Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Por orden del Sr. Presidente la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, cuyo tenor literal es el que sigue: “PUNTO 1. EXPEDIENTE 1800/2022. DONACIÓN JUEGO EDUCATIVO MEMORIA DÏGU. Visto que con fecha 21 de marzo de 2022 Dª. Isabel Schwinge, en nombre de la Entidad Taller de Futuro pone de manifiesto su intención de donar el juego educativo de memoria BÏGU al Ayuntamiento de Breña Baja. Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo:   PRIMERO. Aceptar la DONACIÓN de un juego educativo de memoria BÏGU que lleva una parte digital con códigos QR y 36 cartas de madera con motivos de la flora canaria en un bolsillo de algodón ecológico. SEGUNDO. Incorporar el juego educativo de memoria Bïgu al Inventario Municipal de Bienes. TERCERO. Agradecer a Dª. Isabel Schwinge la donación de este juego y notificarle este acuerdo para su conocimiento y a los efectos oportunos.   Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos.   2. EXPEDIENTE 733/2022. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por orden del Sr. Presidente la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de Régimen Interior, Recursos Humanos, Deportes, Turismo y Seguridad, que literalmente dice: Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 23 ACTA DEL PLENO 1. EXPEDIENTE 733/2022. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y CRUZ ROJA. La infrascrita Secretaria de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Recursos Humanos, Deportes, Turismo y Seguridad. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASAMBLEA COMARCAL DE CRUZ ROJA EN ESTE DE LA PALMA. En Santa Cruz De La Palma, a …... de ……... de 2022 REUNIDOS De una parte, D. Borja Pérez Sicilia, en nombre y representación del EXCMO. AYUNTAMIENTO de BREÑA BAJA, en calidad de ALCALDE-PRESIDENTE De otra parte, Dª. Lourdes Labrador Lorenzo en nombre y representación de CRUZ ROJA ESPAÑOLA en la Comarca Este de La Palma, en calidad de PRESIDENTA COMARCAL. Las partes intervinientes se reconocen mutua y recíprocamente en plena capacidad para la firma libre de la presente acuerdo y en tal sentido, CONSIDERAN  Que Cruz Roja Española es, según sus normas de ordenación, de 11 de octubre de 1996, una Institución Humanitaria de carácter voluntario y de interés público, configurada legalmente como auxiliar y colaboradora de las Administraciones Públicas en las actividades humanitarias y sociales impulsadas por las mismas y, desarrollándose su actuación en los distintos ámbitos del Estado y bajo su tutela.  Que entre los fines estatutarios de la Cruz Roja Española, reconocidos en el artículo 5 de los Estatutos de la Cruz Roja Española, contenidos en la Orden de 28 de Abril de 1998, modificado por Orden TAS 2951/2006 de 26 de septiembre de 2006, publicados en el BOE nº 233 de 29 de septiembre de 2006, figuran la promoción y la colaboración en acciones de bienestar social y de servicios asistenciales y sociales, con especial atención a colectivos o a personas con dificultades para su integración social; , la prevención y reparación de daños originados por siniestros, calamidades públicas, conflictos, enfermedades y epidemias, la cooperación en programas de prevención sanitaria y acciones de tipo asistencial y reparador en el campo de la salud, y en general, el ejercicio de toda función social y humanitaria, compatible con el espíritu de la Institución. Todo ello, bajo los principios de Humanidad, Imparcialidad, Neutralidad, Independencia, Voluntariado, Unidad y Universalidad.  Que al amparo del Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española y, en cumplimiento de la Recomendación número R (85)9, de 21 de junio, del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre trabajo voluntario en actividades sociales, la Cruz Roja Española, es una Entidad idónea para contribuir al desarrollo de la política social y asistencial del Ayuntamiento  Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 23 ACTA DEL PLENO  Que es competencia municipal, conforme al DECRETO 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, en calidad de promotor y/o organizador de los actos públicos, disponer de al menos, uno de los siguientes documentos: Memoria de Seguridad, Plan de Autoprotección o Plan de Seguridad, en función del tipo de acto a realizar, tal y como viene reflejado en los artículos 8, 9 y 10 del citado Decreto, en el cual vendrá determinado el dispositivo de asistencia sanitario que como promotores de la actividad estiman adecuado.  La Cruz Roja está dispuesta a colaborar con el Ayuntamiento de BREÑA BAJA en la cobertura de los actos públicos organizados por el mismo, poniendo a disposición de éste su infraestructura, sus recursos materiales y lo más importante, el elemento humano; sus voluntarios. Este servicio representa una gran carga económica para Cruz Roja, considerando el gasto que supone, entre otros, la formación, la amortización y mantenimiento del material, la reposición del material fungible, el combustible de ambulancias y vehículo de transporte adaptado, la reposición de gastos de manutención y transporte a los voluntarios.  Que según la naturaleza del acto público y las características del mismo, pueden existir normativas específicas que regulen su organización y régimen de autorizaciones, siendo por tanto la observancia y cumplimiento de las mismas responsabilidad exclusiva del organizador del acto. Por consiguiente y, con arreglo a las anteriores consideraciones, ambas partes formalizan de mutuo acuerdo este Convenio de Colaboración en la cobertura preventiva de actos públicos, conforme a las siguientes CLÁUSULAS 1. El Comité Comarcal de Cruz Roja en Este de La Palma se compromete a colaborar en la cobertura sanitaria de los actos organizados por el Ayuntamiento de BREÑA BAJA durante el año 2022, que se recogen en el Anexo I. Listado de eventos. Esta Previsión de eventos anuales, que podrá sufrir modificaciones de mutuo acuerdo en el transcurso de la vigencia del acuerdo, será facilitada a Cruz Roja durante el primer trimestre en cada anualidad sucesiva, conteniendo los datos de nombre de los actos a cubrir, fecha, horario aproximado y estimación del nº de recursos necesarios En todo caso, el número máximo de coberturas preventivas sanitarias anuales que contempla este convenio es de 16 servicios, ocho a ser cubiertos con ambulancias clase B (Soporte Vital Básico), contándose como dos servicios en el caso de que se requiera de dos ambulancias clase B para un mismo acto. Además se contempla la cobertura de ocho eventos con ambulancias suplementarias clase C (SVA), incluido el coste del personal sanitario, ambos para un máximo de 6 horas de cobertura. Entendiendo por servicio, la cobertura preventiva socio-sanitaria de todo evento incluido en el Anexo I, o bien de un evento, que siendo continuo en el tiempo, no supere las seis horas de duración. 2. Aquellas coberturas sanitarias que superen el número máximo de servicios o de horas de servicio por tipo de recurso aquí convenido, quedarán sujetas a la disponibilidad de recursos en cada momento, y serán facturadas al margen de este convenio con una bonificación del 25% sobre las tarifas de Cruz Roja. Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 23 ACTA DEL PLENO 3. Las solicitudes de los servicios de coberturas socio-sanitarias se realizarán a través del formulario web accesible desde http://www.cruzroja.es/tenerife, con al menos 15 días de antelación a la celebración del evento, atendiendo a las indicaciones contenidas en el Anexo II. Indicaciones Formulario web El CÓDIGO del Ayuntamiento de BREÑA BAJA para este convenio es: CLI0009- 0013 O en su defecto, en caso de imposibilidad de solicitar los servicios a través de la web, puede hacerlo mediante correo electrónico a auxiliarssee@cruzroja.es adjuntando el modelo de solicitud Anexo III. Solicitud de Prestación Servicio Preventivo 4. Previamente a la celebración de cada evento, el Ayuntamiento de BREÑA BAJA debe facilitar a Cruz Roja la documentación de seguridad preceptiva en cada caso (Memoria de Seguridad, Plan de Autoprotección o Plan de Seguridad), en la cual vendrá determinado el dispositivo de asistencia socio-sanitaria, así como la autorización municipal del acto. Esta documentación debe ser remitida vía email a auxiliarssee@cruzroja.es. Cruz Roja podrá participar en el proceso de planificación y coordinación de los dispositivos de seguridad de un evento, así como asesorar al Ayuntamiento en relación a los recursos asignables a la cobertura socio-sanitaria de un evento determinado. Cruz Roja se reserva la posibilidad de considerar como no adecuada aquella solicitud de cobertura sanitaria de un evento, que estando al margen del listado de eventos contenidos en el Anexo I, en función del análisis de riesgos se considere insuficiente en cuanto a la dotación de recursos sanitarios, pudiendo rechazar la participación en la misma. En ese caso, se remitirá al Ayuntamiento por el registro municipal un informe técnico fundamentando tal posicionamiento con al menos 48 horas de antelación al inicio del acto. La denegación de la realización de prestación de un servicio por entender que el mismo se encuentra en situación de infracobertura para los estándares de calidad de Cruz Roja, no supondrá la cancelación del presente convenio ni dará lugar a indemnización alguna, siempre que la misma se hubiera comunicado con las 48 horas de antelación antes indicada. 5. Cruz Roja acreditará que todo su personal participante en las coberturas socio-sanitarias recogidas en el presente Convenio, ha realizado la formación que le capacita y habilita para el desempeño de cada una de las funciones, atendiendo a las diferentes normativas vigentes en cada caso. 6. El Ayuntamiento de BREÑA BAJA facilitará el acceso a las instalaciones o lugares objeto del servicio al personal designado por Cruz Roja Española y pondrá los medios personales y técnicos con el fin de facilitar su tarea. 7. Además, Cruz Roja podrá colaborar con el Ayuntamiento de BREÑA BAJA, siempre que haya disponibilidad de recursos y capacidades necesarias, y previa solicitud por parte del Ayuntamiento y acuerdo entre ambas partes, en las siguientes acciones: a) Colaboración mutua en campañas de sensibilización en materia de prevención y promoción de la salud, dirigidas a la población del municipio. Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 23 ACTA DEL PLENO b) Colaboración mutua en acciones de promoción de la participación ciudadana, a través de programas de voluntariado de Cruz Roja Española. c) Participación en charlas informativas a la población en materia de protección civil y primeros auxilios. Para ello, las charlas irán enfocadas hacia las pautas de actuación a seguir en caso de emergencias y catástrofes. 8. Declaración responsable. La Asociación presentará declaración responsable de no incurrir en causa que impida la obtención de subvenciones públicas en cumplimiento a lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 9. A efectos de dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad y transparencia en los términos previstos en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Base de Datos Nacional de Subvenciones operará como Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, la información estará disponible en las direcciones www.subvenciones.gob.es y www.infosubvenciones.es. Cuando hayan de publicarse datos personales de los beneficiarios personas físicas, habrán de cumplirse en todo caso, los principios y la normativa de protección de datos, incluyendo la forma en que habrán de publicarse dichos datos personales identificadores del beneficiario. Los datos personales publicados serán exclusivamente los necesarios para el fin del tratamiento. Según lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 19/2013, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el presente convenio se publicará en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Breña Baja (https://bbaja.sedelectronica.es/transparency)y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [https://bbaja.sedeelectronica.es]. 10. El Ayuntamiento de BREÑA BAJA se compromete a satisfacer a la Asamblea Comarcal de Este de La Palma, la cantidad de 8.000.-€ en concepto de contraprestación económica para el sostenimiento de los gastos que el presente convenio acordado ocasione. 11. El procedimiento de pago se acuerda sea a la firma del convenio, que se abonará mediante ingreso en la Entidad Bancaria Santander, a la cuenta corriente nº ES88 0049 0043 35 2110546828, de la que es titular Cruz Roja Española. 12. Se crea una comisión paritaria que estará formada por parte de Cruz Roja por: - El Presidente Comarcal de Cruz Roja en Asamblea del Este de La Palma - El Director Provincial de Socorros y Emergencias de Cruz Roja, o persona en quien delegue. Por parte del Ayuntamiento de BREÑA BAJA - El Concejal del Área de Seguridad y Emergencia o persona en quien delegue. - Un representante técnico del Ayuntamiento. 13. La justificación del presente acuerdo, se hará mediante justificación simplificada, aportando para ello memoria final de actividad y certificado de gastos, debiendo presentarse ambos documentos, antes de transcurridos tres meses a la finalización de cada año de vigencia del presente acuerdo. 14. Duración y resolución del Convenio: Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 23 ACTA DEL PLENO Duración y resolución del Convenio: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se estable como plazo de vigencia del presente convenio de UN (1) año a contar desde el 01/01/2022 hasta el 31/12/2022. El plazo anterior se prorrogará automáticamente, salvo que alguna de las partes proceda a su denuncia con una antelación de UN (1) mes a la fecha de renovación, hasta un máximo de CUATRO (4) años de duración total, momento en que se considerará finalizado a todos los efectos. El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas: - Por expiración del plazo de vigencia. - Por mutuo acuerdo de las partes. - Por resolución incumplimiento de alguna de las partes. - Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio. - Por cualquiera de las causas previstas legalmente. 15. Para resolver cualquier cuestión, incidencia o controversia que se derive de la interpretación y ejecución del presente Convenio y, que no pueda resolver la Comisión paritaria, ambas partes se someten, de modo expreso a la Jurisdicción y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife, con renuncia a su propio fuero si lo tuvieren. Y en prueba y conformidad, las partes firman por duplicado el presente Documento, rubricado en todos los folios y Anexos extendidos en una sola cara, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento. D. Borja Pérez Sicilia Dª. Lourdes Labrador Lorenzo Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Breña Baja Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 23 ACTA DEL PLENO Presidenta Comarcal Este La Palma ANEXO I Servicios Preventivos Ayuntamiento de Breña Baja - 2016 SERVICIO DÍA HORARI S                                                                                                                                                                                                                                                             NOTAS: Evento/Acto: Citar el nombre de los eventos que se incluyen en este convenio Día: indicar fecha de celebración del evento Horario: Indicar horario aproximado de la cobertura sanitaria que se requiere SVB (ambulancia Soporte vital Básico) o clase B: Indicar nº de recursos que se estiman necesarios para ese evento SVA (ambulancia Soporte vital Avanzado) o clase C: Indicar nº de recursos que se estiman necesarios para ese evento PMA (Puesto Médico Avanzado): Indicar nº de recursos que se estiman necesarios para ese evento OTROS: Indicar número de otro tipo de recursos que se estiman necesarios para ese evento O SVB SVA PMA OTRO Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 23 ACTA DEL PLENO ANEXO II SOLICITUD DE PRESTACION SERVICIO PREVENTIVO v2.1 Para solicitar una cobertura socio-sanitaria por parte de Cruz Roja Española en la provincia de S/C de Tenerife le recomendamos que acceda a www.cruzroja.es/tenerife y en la parte derecha hacer clic en el FORMULARIO DE SOLICITUD pues así podrá cumplimentar los datos de la solicitud directamente en breves minutos. No obstante, si no pudiera o si prefiriera otro medio, le adjuntamos el modelo de solicitud que nos puede hacer llegar vía fax a _______ o por mail a auxiliarssee@cruzroja.es Para facilitar su solicitud y su rápida respuesta nosotros le recomendamos la opción web. No obstante, a continuación encontrará el modelo: 1. ENTIDAD SOLICITANTE Entidad organizadora: CIF: Domicilio social: Población: Código Postal: Provincia Nombre y Apellidos: DNI: Cargo/Función Teléfono: Correo Electrónico: Correo electrónico: Promotor del acto: Autoridad competente de referencia: 2. ACTO PARA EL QUE SE SOLICITA LA COBERTURA PREVENTIVA DENOMINACIÓN: Breve descripción del acto: Isla de Celebración Municipio: Localización: Fecha de comienzo: Hora de comienzo: Fecha de finalización: Hora de finalización: ¿Sujeto a convenio? Denominación del convenio: 3. ANÁLISIS DE RIESGOS Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 23 ACTA DEL PLENO ¿Qué nivel de riesgo le atribuiría a su evento? Muy Leve Leve Moderado Alto Muy Alto Extremo 1.- Reacciones previsibles en el público (Factor de Riesgo 1) (Seleccione la opción que más se aproxime) Sin significación especial con relación al acto Público NO concentrado en la entrada antes del inicio del acto Público concentrado en la entrada antes del inicio del acto Público muy cansado: por esperas (más de 4h) o por  meteorología extrema o duración acto (más de 4h) Posibles reacciones violentas del público concentrado en la entrada antes del inicio del acto o durante el acto 2.- Tipología concreta del acto (FR2) (Seleccione la opción que más se aproxime) Exposiciones estáticas Representaciones teatrales, conciertos música clásica y similar o concentraciones sociales sin carga reivindicativa Competiciones de fútbol sala, balonmano y baloncesto  Competiciones de fútbol, béisbol, hockey, rugby , atletismo, ciclismo, hípica, deportes de combate y artes marciales Competiciones de ultraligeros, automovilismo, motociclismo, Tiro y en general deportes de riesgo Competiciones deportivas o eventos en los que participen niños Ferias y fiestas populares, espectáculos de fuegos artificiales, actos sociales de matiz político o protocolario Peregrinaciones, concentraciones de público de más de 4 horas, Romerías y fiestas patronales populares Conciertos de música rock, o de público de edades entre 16 a 30 años, competiciones deportes de masas Concentraciones sociales con carga reivindicativa, pruebas deportivas extremas 3.- Tipo de entorno (Factor de Riesgo 3) (Seleccione la opción que más se aproxime) Zona exterior rural (Parques recreativos, zonas de acampada en monte, merenderos) con buen acceso por carretera Zonas públicas en ciudad con el lugar del espectáculo acotado y buenas vías de acceso y evacuación (Plazas, explanadas..) Zona exterior rural sin buenos accesos por carretera  Zona públicas en ciudad con el lugar del espectáculo acotado y vías de acceso y evacuación complicadas Zona públicas en ciudad con el lugar del espectáculo NO acotado y buenas vías de acceso y evacuación Zona públicas en ciudad con el lugar del espectáculo NO acotado y vías de acceso y evacuación complicadas Edificio específicamente diseñado para acoger público Edificio no específicamente diseñado para acoger público con vías evacuación Edificio no específicamente diseñado para acoger público sin vías de evacuación Zonas de playa o piscinas ya sean naturales o artificiales no acotadas 4.- Configuración del espacio (FR4) (Seleccione la opción que más se aproxime) Exterior, estático, con vía de evacuación permeable y asegurada Exterior, dinámico concentrado (sucesivos actos en un mismo lugar que requieren movimiento de material y personas) Exterior, dinámico disgregado (sucesivos actos en distintos lugares que requieren desplazamientos entre ellos) Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 23 ACTA DEL PLENO Confinado, planta única con salida directa a cota 0 Confinado varias plantas Cantidad prevista de público: Cantidad prevista de participantes: 4. RECURSOS DE CRUZ ROJA ESPAÑOLA QUE SE SOLICITAN CONCEPTO CANTIDAD OBSERVACIONES Ambulancias asistenciales Básicas (SVB): Ambulancias asistenciales Avanzadas (SVA): Ambulancia asistenciales Básicas 4x4: Vehículo de intervención rápida (VIR): Centro Móvil de coordinación: Embarcaciones de rescate Moto de agua con camilla de rescate: Socorristas Acuáticos Médico/a DUE (Enfermero/a) Técnicos en Emergencias Sanitarias Dispositivo de Atención a Menores Puesto Médico Avanzado Puesto de Socorro (Primeros Auxilios) Equipos de Coordinación ¿Precisa asesoramiento al respecto? Sí No 5. ESPACIO RESERVADO PARA SUS COMENTARIOS: Fecha actual: ENTRADA (CRE) EXPEDIENTE FECHA ANEXO III Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 23 ACTA DEL PLENO FIRMA Y SELLO DE LA ENTIDAD SOLICITANTE NÚMERO DE EXPEDIENTE Y FECHA DE Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 23 ACTA DEL PLENO Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales/as presentes de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Recursos Humanos, Deportes, Turismo y Seguridad, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar el texto definitivo del Convenio descrito en los antecedentes y Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 23 ACTA DEL PLENO facultar al Alcalde para la firma del citado Convenio. SEGUNDO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de fiscalización que se emita por la Intervención. TERCERO. Conforme dispone el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, suministrar información de la concesión de la subvención a la Base Nacional de Datos de la Intervención General de la Administración del Estado. CUARTO. Notificar y emplazar al Cruz Roja Española, a los efectos de que se firme el Convenio arriba referenciado. Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos.   3. EXPEDIENTE 1671/2022.CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓNA AGROCULTURAL EL ALJIBE Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Por orden del Sr. Presidente la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, cuyo tenor literal es el que sigue: “2. EXPEDIENTE 1671/2021. CONVENIO ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE. Visto que con fecha 13 de abril de 2022 la Concejal del área propone el inicio del procedimiento para la elaboración y aprobación del Convenio con la Asociación Agrocultural El Aljibe con el objetivo del fomento de la participación ciudadana en actividades culturales y la educación ambiental en su territorio. Considerando el Informe – Propuesta de la Secretaria de la Corporación de fecha 13 de abril.   Por Orden de la Sra. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Borrador del Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Breña Baja y la Asociación Agrocultural “El Aljibe” cuyo tenor literal es el que sigue: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN AGROCULTURAL “EL ALJIBE”   REUNIDOS   De una parte: Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número ****4099*, en su condición de Alcalde-Presidente del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con C.I.F. P3800900G y con domicilio en Plaza de Las Madres, San José, 38712 Breña Baja.   Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 23 ACTA DEL PLENO En Breña Baja, a de de 2022.     De otra parte: Doña María González Hernández, con DNI nº ****5614*, mayor de edad, vecina de Santa Cruz de La Palma, con domicilio en Avenida de las Nieves, nº 11, Planta 1, Puerta B, C.P. 38700, en calidad de Presidenta de la ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE, con CIF G06930069 y número de registro de asociaciones de Canarias G1/S1/2500- 21/P, en virtud de las facultades conferidas por los estatutos de la misma.   Y, Doña Evelia Cabrera Millán, en calidad de Secretaria accidental del Ayuntamiento de Breña Baja que da fe del acto. Las partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en la representación que ostentan y, a tal efecto, EXPONEN PRIMERO. - Que el Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias establece en su artículo 136 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de asociaciones de carácter cultural.   SEGUNDO. - Que según el artículo 70 del mencionado Estatuto de Autonomía, a las Islas les corresponde el ejercicio de las competencias que les son reconocidas como propias; las que se les transfieran o deleguen, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Canarias, en los términos que establezcan las leyes del Parlamento. TERCERO. - Que el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, establece que el municipio ejercerá competencias en “promoción cultural”, estableciendo el artículo 11 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios Canarios, entre otras, y sin prejuicio de lo previsto en la legislación básica, las competencias en materia de cultura. En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes,   CLAUSULAS   PRIMERA: Objeto. Será objeto del presente convenio de la gestión y animación por parte de la ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE de las actividades de agricultura ecológica y proyectos de actividades culturales destinadas a la integración social, educación ambiental y promoción de talleres artesanales y educativos SEGUNDA: La ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE se compromete a: a) Gestionar la actividad del municipio y llevar a cabo cuantas actuaciones de promoción considere necesarias para conseguir los fines de divulgación, animación y valoración de las Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 23 ACTA DEL PLENO actividades descritas en el apartado primero.   b) Conservar y cuidar las instalaciones y equipamiento.   c) La representación, defensa y gestión de los intereses profesionales de sus asociados.   f) Promocionar y fomentar la participación ciudadana en el municipio de Breña Baja.   g) Colaborar y participar en las campañas institucionales.   h) Servir de interlocutor válido ante la Administración Central o Autonómica y otros Organismos e Instituciones privadas. TERCERA: El Ayuntamiento de Breña Baja tendrá las siguientes obligaciones y derechos: a) Aportar la cantidad anual de 2.500,00 euros en concepto de ayuda, con cargo a la partida 334.48001, para sufragar los gastos que se deriven de la gestión de las actividades estipuladas en el apartado primero y durante el tiempo que se estime necesario por parte del Ayuntamiento. b) Velar por el cumplimiento del presente Convenio, pudiendo resolverlo si ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE incumpliera sus estipulaciones o los objetos y fines señalados en el mismo. c) Colaborar con la ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE   d) Designar a dos personas para el comité de seguimiento del Convenio. CUARTA: Comisión de Seguimiento del Convenio. Se creará una Comisión de Seguimiento del Convenio que tendrá las siguientes funciones: a) Consultiva, efectuando propuestas sobre gestión y animación del Centro, modificación del Convenio. b) Ejecutiva, en la gestión cotidiana del Centro, en la creación y/o modificación del Reglamento de Funcionamiento Interno y la organización de los artesanos. c) Cualquier otra que se designe. El número de miembros de la Comisión será de cuatro: 2 miembros por la entidad local, uno de ellos por parte del órgano de gobierno de la entidad y el otro responsable técnico, y 2 representantes de la ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE. La Comisión adoptará sus acuerdos por mayoría y se reunirá al menos trimestralmente. QUINTA: La duración y resolución del convenio: El presente convenio comenzará a surtir efecto a partir de la fecha de su firma, extendiéndose Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 23 ACTA DEL PLENO su vigencia por un año natural, si no es denunciado por alguna de las partes con UN (1) mes de antelación. El incumplimiento por parte de la ASOCIACIÓN AGROCULTURAL EL ALJIBE o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos en el presente Convenio, serán causa de la resolución del mismo. SEXTA.- Régimen jurídico. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.   SÉPTIMA -. JUSTIFICACIÓN. A efectos de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago.   La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. La justificación tendrá que realizarse antes del 30 de septiembre de 2023. OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES   Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto.       Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 23 ACTA DEL PLENO Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.     El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de La Presidenta de la Asociación Agrocultural El Aljibe     Breña Baja Borja Pérez Sicilia  María González Hernández La Secretaria Accidental del Ayuntamiento de Breña Baja   Mª Evelia Cabrera Millán”     Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Cultura, Educación, Patrimonio, Participación Ciudadana y Artesanía, y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar el texto definitivo del Convenio descrito en los antecedentes y facultar al Sr. Alcalde para la firma del mismo. SEGUNDO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de fiscalización que se emita por la Intervención. TERCERO. Conforme dispone el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, suministrar información de la concesión de la subvención a la Base Nacional de Datos de la Intervención General de la Administración del Estado. CUARTO. Notificar y emplazar a la Asociación Agrocultural El Aljibe, a los efectos de que se firme el Convenio arriba referenciado.”   Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos.   Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 23 ACTA DEL PLENO 4. EXPEDIENTE 1227/2022. BASES PARA EL CONCURSO DEL LOGOTIPO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO DE BREÑA BAJA Favorable Tipo de votación: Unanimidad Por orden del Sr. Presidente la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de la Comisión de Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, Mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y NNTT, que literalmente dice:   “PUNTO 1. EXPEDIENTE 1227/2022. BASES PARA EL CONCURSO DEL LOGOTIPO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO DE BREÑA BAJA. Visto el expediente seguido para la aprobación de las Bases para el concurso del logotipo de la Infancia y la Adolescencia del municipio de Breña Baja, iniciado con fecha 15 de marzo de 2022 con la Propuesta del Concejal del Área de Servicios Sociales, en el que disponía el inicio de los trámites para la elaboración y aprobación de unas Bases que regularan el citado concurso. Visto que con fecha 13 de abril de 2022 la Secretaria emite informe. Por Orden del Sr. Presidente, la Infrascrita Secretaria da lectura al Borrador de las Bases para el Concurso del logotipo de Infancia y Adolescencia del Municipio de Breña Baja, cuyo tenor literal es el que sigue: BASES PARA EL CONCURSO DEL LOGOTIPO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO DE BREÑA BAJA 1. OBJETIVO Diseño de un logotipo destinado a ser la imagen representativa del Plan y del Consejo de la Infancia y Adolescencia del municipio de Breña Baja” y que servirá para dar visibilidad a todas las actuaciones que se desarrollen, en cualquier tipo de soporte informativo o publicitario. 2. PARTICIPANTES Podrá participar en el concurso la población entre 6-17 años que estén Empadronados en el Municipio. La participación en el concurso presupone la aceptación de las presentes bases en todos sus términos.   3. CARACTERÍSTICAS DE LAS PROPUESTAS El diseño tendrá que ser original y libre. El logotipo deberá incluir la imagen gráfica. Cada logotipo podrá ser presentado en soporte papel (dibujado o impreso) o en formato digital. La técnica será libre, sin limitación ni imposición de colorido.     Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 23 ACTA DEL PLENO 4. PRESENTACIÓN OPCIÓN A: SOPORTE FÍSICO O PAPEL En un sobre grande, medida A4 cerrado deberá incluirse:  Propuesta del logotipo en una hoja A4(dibujo)  Breve explicación de la propuesta. ¿Qué representa este logo?  Otro sobre cerrado más pequeño que incluya un papel con los datos del participante: Nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección postal, email, teléfono de contacto, datos personales de los padres (nombre, apellidos y teléfono). Tanto el sobre grande como el pequeño que va dentro deberán llevar escrito el título de la propuesta o un pseudónimo del autor, que en ningún caso deberá tener relación con el mismo o del que se pueda deducir su identidad. Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Breña Baja. OPCIÓN B: SOPORTE ELECTRÓNICO Se tendrá que hacer llegar un correo electrónico a: animador@bbaja.esque contendrá lo siguiente: Asunto: Concurso Logotipo - “Título de la propuesta o pseudónimo” Documentos adjunto  Propuesta del logotipo (dibujo en alta resolución y en formato JPG, PNG, Forma imagen).  Breve explicación de la propuesta. ¿Qué representa?   Archivo de word que contenga nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección postal, email (si tiene), teléfono de contacto (si tiene) y datos personales de los padres (nombre, apellidos y teléfono). 5. PLAZO DE PRESENTACIÓN El plazo para presentar los diseños comenzará el 02/05/2022 y finalizará el 27/05/2022. Durante este período los concursantes deberán remitir sus trabajos a las direcciones postal o de e-mail indicadas El Jurado estará compuesto por dos personas relacionadas con el Mundo Artístico y un representante del Ayuntamiento de Breña Baja. Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 23 ACTA DEL PLENO Ningún miembro del jurado podrá participar como concursante. El jurado decidirá las propuestas que serán admitidas y levantará acta, enumerando las realizadas e indicando aquellas que hallan sido excluidas y los motivos de la exclusión. El veredicto del jurado será inapelable, comunicando el resultado personalmente al ganador que se hará público a través de los medios sociales. Contra los acuerdos que adopte el jurado del concurso, no procederá reclamación alguna, salvo que se tenga constancia de haber vulnerado lo estipulado en las presentes bases, caso en el que se podrán interponer los recursos pertinentes. El jurado se reserva el derecho a declarar el reconocimiento desierto y convocar un nuevo concurso o nuevas bases al que deberán presentarse nuevos trabajos. El premio para el Logotipo Ganador consistirá en un bono regalo para canjear en los comercios del Municipio por un importe de 150 euro 8. PROPIEDAD INTELECTUAL El logotipo premiado quedará en propiedad exclusiva y permanente del Ayuntamiento de Breña Baja, que tendrá completa libertad para usarlo total o parcialmente o para modificarlo en el momento y la forma en que los considere necesario. Todos los dibujos presentados podrán ser utilizados en alguna exposición. Los dibujos no premiados se podrán recoger en el Ayuntamiento de Breña Baja. El material no reclamado quedará en propiedad del Ayuntamiento de Breña Baja.   9. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y en la Ley 3/2018, de Protección de Datos Personales y de Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), se informa que los datos de carácter personal que se recojan en relación con el Concurso referido en las presentes Bases, así como aquellos otros que se faciliten durante el desarrollo del mismo, serán incorporados al Registro de Actividades del Tratamiento perteneciente al Ayuntamiento de Breña Baja, con la finalidad de gestionar la organización y el desarrollo del referido Concurso. La base legal para el tratamiento de los datos personales es el consentimiento prestado por el participante o su tutor o progenitor (padre/madre) al rellenar el correspondiente formulario de inscripción y/o participación. Los datos proporcionados se conservarán durante el desarrollo del referido concurso o durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales derivadas. Los datos serán cedidos a terceros en los supuestos contemplados y autorizados en el formulario de participación. El participante podrá acceder, rectificar, solicitar su supresión u oponerse al tratamiento de sus datos, revocar el consentimiento inicial, solicitar la limitación de su tratamiento y/o el derecho de portabilidad de sus datos, y dispondrá igualmente del derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, en caso de considerar que sus derechos no han sido satisfechos. Cualquiera de los derechos antes referidos podrán ejercerse mediante solicitud o comunicación por correo postal a la dirección de este Ayuntamiento: Plaza de las Madres, s/n (38712 Breña Baja), adjuntando prueba fehaciente de la identidad del solicitante. En cualquier momento también se podrá Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 23 ACTA DEL PLENO solicitar información adicional sobre la protección de datos en dicha dirección 10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES La participación en el concurso implica la aceptación total de estas bases en todos sus términos. En caso de que alguna de las propuestas presentadas no las cumpliese sería automáticamente descalificada. El Ayuntamiento de Breña Baja se reserva el derecho de adaptación del logo del Plan según las necesidades de uso del mismo. Se realizará una presentación del logotipo en fecha y lugar que se anunciará al finalizar el proceso de recogida y valoración de propuestas. Todo caso no previsto en las presentes bases será resuelto por el Jurado. Una vez debatido el asunto por los/as Sres./as. Concejales presentes de la Comisión Informativa de Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, Mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y Nuevas Tecnologías y por unanimidad de los mismos, se propone elevar al Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar las BASES PARA EL CONCURSO DEL LOGOTIPO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO DE BREÑA BAJA.   SEGUNDO. Publicar las Bases y sus anexos en el Boletín Oficial de la Provincia y la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://sede.bbaja.es].”   Una vez debatido el asunto, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los asistentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación, acuerda aprobar el dictamen transcrito en todos sus términos y contenidos.   Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 23 ACTA DEL PLENO 5. EXPEDIENTE 1589/2022. SOLICITUD DETERMINACIÓN FIESTA LOCAL 2023 Favorable Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento Por orden del Sr. Presidente la Infrascrita Secretaria da lectura al Dictamen de Fiestas y Juventud, que literalmente dice:   “PUNTO 1. EXPEDIENTE 1589/2022. SOLICITUD DETERMINACIÓN FIESTA LOCAL 2023. La infrascrita Secretaria de la Comisión Informativa de Fiestas y Juventud da lectura del escrito remitido por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo con fecha 28 de marzo de 2022, con la finalidad de que se proceda a iniciar la tramitación del Proyecto de Orden por el que se determinan las fiestas locales para el próximo año 2023.   Una vez debatido el asunto por los/las Sres./Sras. Concejales/as presentes y por unanimidad de los mismos se propone elevar al pleno el siguiente acuerdo:   PRIMERO. Señalar como Fiestas Locales del municipio de Breña Baja para el año 2023 el día 3 de Mayo, día de La Cruz y 26 de Julio, día de Santa Ana.   SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo para su conocimiento y efectos oportunos.   Con lo cual, no habiendo más asuntos que tratar, ni teniendo nada que exponer los/las Sres./Sras. Concejales/as, siendo las quince horas y quince minutos, la Presidencia da por terminada la sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, como Secretaria Accidental, doy fe, con el visto bueno del Sr. Alcalde  DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número: 2022-0003 Fecha: 27/05/2022 Cód. Validación: 36DJTJWKMGQTCK4EETGY372D2 | Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 23 ACTA DEL PLENO