ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: Secretaria Fecha Firma: 25/09/2023 HASH: b9df63a9f815b236115f8ae5769c2fe4 PLN/2023/9 El Pleno María Evelia Cabrera Millán (1 de 2) DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Extraordinaria Fecha 4 de julio de 2023 Duración Desde las 15:00 hasta las 16:10 horas Lugar SALÓN DE PLENOS Presidida por Borja Pérez Sicilia Secretario María Evelia Cabrera Millán Alcalde Presidente Fecha Firma: 25/09/2023 HASH: a641f3a0ae25f5c1aa91c2893ba75ab3 ASISTENCIA A LA SESIÓN DNI Nombre y Apellidos Asiste Borja Pérez Sicilia (2 de 2) 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42186821Z Amanda Davinia Barrios Abrante SÍ 43369026L Ana María García Suarez SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia SÍ 42195896G Darío García Rodríguez SÍ 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42195093Y Fabián García Hernández SÍ 42191940G Francisco Daniel Cabrera Díaz SÍ 42183532Z Francisco Javier Martín Castañeda SÍ 42185386M Juan Manuel Pérez Álvarez SÍ 42189533N Tanausú Pérez Concepción SÍ 42186158H Yessica Pérez Pérez SÍ Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 33 ACTA DEL PLENO Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día A) PARTE RESOLUTIVA 1.- MOCIÓN DE LA ALCALDÍA PROPONIENDO AL PLENO EL RÉGIMEN DE SESIONES DEL PLENO Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS PARA SU APROBACIÓN, SI PROCEDE La Infrascrita Secretaria por orden del Sr. Alcalde da lectura a la Moción de la Alcaldía proponiendo al Pleno el régimen de sesiones del Pleno y asignaciones económicas para su aprobación, si procede. Una vez celebradas las elecciones locales el pasado 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder, de acuerdo con la legislación vigente al establecimiento de la periodicidad de las sesiones del Pleno. Considerando que de conformidad con lo dispuesto por la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Pleno puede celebrar sesiones ordinarias y extraordinarias, teniendo que establecer sesiones ordinarias con la periodicidad mínima establecida en el artículo 46.2 de la precitada Ley 7/85, de 2 Abril, de nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de Abril. En cuanto a las asignaciones económicas por el desempeño de las delegaciones genéricas de los distintos concejales, son las que a continuación se señalan: .- Por cada asistencia a Comisión Informativa……………………24,00 € .- Por cada asistencia a Pleno…………………......………...…….60,00 € Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del reglamento de organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, en concordancia con el artículo 46.2 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, propone al Pleno del ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Establecer que las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación, tendrán lugar el último jueves de cada mes impar, no festivo, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, o lugar habilitado al efecto. SEGUNDO: Establecer .- Por cada asistencia a Comisión Informativa……………………24,00 € .- Por cada asistencia a Pleno…………………......………...…….60,00 € TERCERO: Comunicar este acuerdo a todos los Concejales afectados y a los jefes de los diferentes servicios municipales, para su conocimiento y efectos oportunos. Toma la palabra el Sr. Alcalde: ¿ Algo que decir Dª Ana? Toma la palabra el Sr. Alcalde: Si está el presupuesto aprobado. Ninguno de los del grupo de gobierno la percibe, si ustedes estiman oportuno lo podemos hablar. Y, sinceramente lo podemos hablar. Lo que pasa es que es lo que está presupuestado, que fue lo que se acordó en la anterior sesión (perdón es que me están llamando) plenaria, perdón, en la anterior legislatura. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 33 ACTA DEL PLENO Con lo cual si ustedes lo estiman oportuno, lo vemos, lo trabajamos. Ahora se puede hacer alguna modificación y lo podemos hacer, con lo cual estamos aquí para pedirlo. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del grupo PSOE: Por nuestra parte no, por nuestra parte si hay que negociar algo se negocia de cara al próximo presupuesto, antes del próximo presupuesto si hubiera que cambiar algo. De momento, se queda así. Toma la palabra Dª Yéssica: pensamos lo mismo. Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se aprueba la Moción transcrita en todos su términos y contenido. 2. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL AYUNTAMIENTO PLENO A FAVOR DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Una vez celebradas las elecciones locales el 28 de mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren el artículo 23.2b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de materias, cuya competencia atribuye al Pleno, a favor de la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con la legislación a que anteriormente hemos hecho referencia, el Pleno del Ayuntamiento puede delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 22.2.b (de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y por el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, en su redacción actual, derivada de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias plenarias que tienen carácter indelegable. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias plenarias que a continuación se relacionan:  Las competencias delegables, conforme al art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.  Defensa Jurídica: El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales (art. 22.2 j).  Solicitud y aceptación de cuantas subvenciones sean convocadas por cualquier administración pública.  Cuantas otras competencias no correspondan por Ley al Pleno. SEGUNDO: Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en cualquier otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: "Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 33 ACTA DEL PLENO en virtud de las delegaciones acordadas por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día..." Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán dictados por el Pleno del Ayuntamiento como titular de la competencia originaria, órgano al que se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, mediante la remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno Local a todos los Concejales de la Corporación, y serán inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Pleno. CUARTO: Comunicar este acuerdo a los Jefes de Area de este Ayuntamiento, Concejales Delegados y Presidentes de Comisiones Informativas, para su conocimiento y efectos, haciéndoles constar que, salvo en supuestos de urgencia, con carácter previo a su inclusión en el orden del día, los asuntos que se hayan de someter a Junta de Gobierno Local como consecuencia de esta delegación, tendrán que ser previamente dictaminados por la Comisión Informativa correspondiente por razón de la materia, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. QUINTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 51.2 del texto legal antes citado. Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se aprueba la Moción transcrita en todos su términos y contenido. 3. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Una vez celebradas las elecciones locales el 28 de mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren el artículo 23.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de materias, cuya competencia atribuye al Alcalde, a favor de la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con la legislación a que anteriormente hemos hecho referencia, el Alcalde puede delegar en la Junta de Gobierno Local, siempre que no se encuentre en los supuestos contemplados en el art. 21.3 de la Ley Reguladora de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 22.2.b de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción actual, derivada de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias plenarias que tienen carácter indelegable. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 33 ACTA DEL PLENO PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones de la Alcaldía que a continuación se relacionan:  Gestión y tramitación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas y/o privadas.  El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por ciento de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. SEGUNDO: Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en cualquier otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: "Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de las delegaciones acordadas por la Alcaldía en sesión plenaria celebrada el día..." Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán dictados por la Alcaldía como titular de la competencia originaria, órgano al que se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, mediante la remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno Local a todos los Concejales de la Corporación, y serán inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Alcalde. CUARTO: Comunicar este acuerdo a los Jefes de Área de este Ayuntamiento, Concejales Delegados y Presidentes de Comisiones Informativas, para su conocimiento y efectos. QUINTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 51.2 del texto legal antes citado. Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se aprueba la Moción transcrita en todos su términos y contenido. 4. DECRETO DE CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Una vez celebradas las elecciones Locales celebradas el 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular, a la constitución de la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 33 ACTA DEL PLENO potestad de auto-organización que el artículo 4.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, Ley 7/2015 de 1 de Abril, reconoce a esta Entidad. Considerando que según lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la citada Ley, en concordancia con las previsiones de la legislación autonómica del régimen local y demás legislación complementaria. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, HE RESUELTO: PRIMERO: Constituir la Junta de Gobierno Local, órgano colegiado municipal de carácter obligatorio, que quedará integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Alcalde, Don Borja Pérez Sicilia Vocales: 1º Teniente de Alcalde: D. Abel Pérez Concepción 2º Teniente de Alcalde: Dª. Eva Rosa Hernández Paz 3º Teniente de Alcalde: D. Francisco J. Martín Castañeda. 4º Teniente de Alcalde: Dª. Ana Mª. Trujillo Hernández SEGUNDO: La Junta de Gobierno Local celebrará sus sesiones ordinarias los martes, cada 15 días, a las 13´00 horas en las dependencias de este Ayuntamiento, pudiendo celebrar cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias previa convocatoria al efecto realizado por esta Alcaldía. TERCERO: Las competencias que se deleguen a la Junta de Gobierno se tendrán que ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en ningún otro órgano. CUARTO: Comunicar esta resolución a los concejales afectados y a los jefes de las distintas áreas afectadas, para su conocimiento y efectos oportunos. QUINTO: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. SEXTO: Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la sesión extraordinaria que se convoque para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Toma la palabra Dª Yéssica: Una pregunta, ¿a la hora de hacer los Consejos escolares la oposición tiene que solicitar pertenecer a alguno o no tiene cabida, no es posible formar parte de los Consejos escolares? Toma la palabra la Sra. Secretaria: Esto es la Junta de Gobierno Local. Supone la e constitución de la Junta, por quien está configurada, y los términos de organización es decir se reúnen los martes cada quince días a la una. Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se dan por enterados del Decreto transcrito en todos su términos y contenido. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 33 ACTA DEL PLENO 5. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE CREACIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Toma la palabra la Sra. Secretaria: En el segundo se crean las Comisiones entonces ustedes me tienen que decir quien pertenece a cada una. Toma la palabra Dª Ana: nosotros ya tenemos. Toma la palabra la Sra. Secretaria: Entonces yo se las voy dando y ustedes me van diciendo; 1. COMISIÓN INFORMATIVA ESPECIAL DE CUENTAS, ECONOMÍA Y HACIENDA. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Ana Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Yéssica 2.COMISIÓN INFORMATIVA RÉGIMEN INTERIOR, RECURSOS HUMANOS. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Ana Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Tanausú 3. COMISIÓN INFORMATIVA OBRAS E INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN,URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Y AGRICULTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Ana Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Fabián 4. COMISIÓN INFORMATIVA SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD, INFANCIA, MAYORES, INFRAESTRUCTURAS SOCIALES, VIVIENDA Y SALUD Y BIENESTAR ANIMAL. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Darío Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Tana 5.COMISIÓN INFORMATIVA SERVICIOS JURÍDICOS, TRANSPARENCIA, DESARROLLO LOCAL, COMERCIO, EMPLEO Y FORMACIÓN. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Ana Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Amanda 6. COMISIÓN INFORMATIVA EDUCACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Darío Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Fabián Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 33 ACTA DEL PLENO 7. COMISIÓN INFORMATIVA DE CULTURA, PATRIMONIO Y ARTESANÍA. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Darío Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Yéssica 8. COMISIÓN INFORMATIVA FIESTAS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Darío Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Tanausú 9. COMISIÓN INFORMATIVA TURISMO, SEGURIDAD Y DEPORTES. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del Grupo PSOE: Ana Toma la palabra Dª Yéssica, portavoz del Grupo CC: Amanda Por orden del Sr. Alcalde, la infrascrita Secretaria, da lectura a la Moción de la Alcaldía de Creación de las Comisiones Informativas que literalmente dice: “Una vez celebradas las elecciones locales del pasado 28 de mayo y constituido el nuevo Ayuntamiento, de acuerdo con la legislación vigente, resulta necesario proceder a la constitución y determinación de la composición de las Comisiones Informativas de carácter permanente de este Ayuntamiento, con el objeto de dotar al mismo de órganos complementarios de carácter asesor, para hacer efectivo el derecho que el artículo 20.1 c) de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril, otorga a todos los Grupos Municipales integrales de la Corporación. Considerando lo dispuesto en el artículo 134 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde al pleno de cada Corporación determinar el número y la denominación de estas Comisiones Informativas de estudio y dictamen, tanto cuando nacen con vocación de permanencia por obedecer a la estructura del ámbito competencial del Ayuntamiento, como cuando nacen con carácter temporal con el objeto de tratar de temas específicos. Considerando que de conformidad con el precepto citado, estas Comisiones han de estar integradas por los miembros que designen los diferentes Grupo Políticos que forman parte de la Corporación, en relación a su representatividad en el Ayuntamiento. Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 123 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Crear las Comisiones Informativas de carácter permanente siguientes: 1. COMISIÓN INFORMATIVA ESPECIAL DE CUENTAS, ECONOMÍA Y HACIENDA. 2.COMISIÓN INFORMATIVA RÉGIMEN INTERIOR Y RECURSOS HUMANOS. 3. COMISIÓN INFORMATIVA OBRAS E INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN,URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Y AGRICULTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. 4. COMISIÓN INFORMATIVA SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD, INFANCIA, MAYORES, Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 33 ACTA DEL PLENO INFRAESTRUCTURAS SOCIALES, VIVIENDA Y SALUD Y BIENESTAR ANIMAL. 5.COMISIÓN INFORMATIVA SERVICIOS JURÍDICOS, TRANSPARENCIA, DESARROLLO LOCAL, COMERCIO, EMPLEO Y FORMACIÓN. 6. COMISIÓN INFORMATIVA EDUCACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS 7. COMISIÓN INFORMATIVA DE CULTURA, PATRIMONIO Y ARTESANÍA. 8. COMISIÓN INFORMATIVA FIESTAS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 9. COMISIÓN INFORMATIVA TURISMO, SEGURIDAD Y DEPORTES. SEGUNDO: Las Comisiones Informativas estarán integradas por los siguientes miembros, siendo que el Alcalde ostentará la presidencia nata de todas ellas: 1. Comisión Informativa de Especial de Cuentas, Economía y Hacienda. Presidente: D. Abel Pérez Concepción Vocales: 1. D. Francisco J. Martín Castañeda 2. D. Francisco Daniel Cabrera 3. Yéssica Pérez Pérez 4. Ana M.ª García Suárez Secretario: El interventor municipal o funcionario en quién delegue. 2. Comisión Informativa de Régimen Interior y Recursos Humanos Presidente: Doña Eva Rosa Hernández Paz Vocales: 1. D. Juan Manuel Pérez Álvarez 2. D. Abel Pérez Concepción 3. Taunusú Pérez Concepción 4. Ana M.ª García Suárez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. 3. Comisión Informativa de Servicios de Obras e Infraestructura, Planificación, Urbanismo, Medio Ambiente, Agricultura y Servicios Públicos. Presidente: D. Francisco Daniel Cabrera Díaz Vocales: 1. D. Abel Pérez Concepción 2. D. Juan Manuel Pérez Álvarez 3. Fabián García Hernández 4. Ana M.ª García Suárez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 33 ACTA DEL PLENO 4. Comisión Informativa Servicios Sociales, Igualdad, Infancia, Mayores, Infraestructuras Sociales, Vivienda y Salud y Bienestar Animal. Presidente: Francisco Javier Martín Castañeda Vocales: 1. Dª. Ana María Trujillo Hernández 2. Dª. Eva Rosa Hernández Paz 3. Tanausú Pérez Concepción 4. Darío García Rodríguez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. 5. Comisión Informativa de Servicios Jurídicos, Transparencia, Desarrollo Local, Comercio, Empleo y Formación Presidente: Abel Pérez Concepción Vocales: 1. Francisco J. Martín Castañeda 2. Ana María Trujillo Hernández 3. Amanda Davinia Barrios Abrante 4. Ana M.ª García Suárez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. 6. Comisión Informativa de Educación y Nuevas Tecnologías Presidente: Francisco Javier Martín Castañeda Vocales: 1. Francisco Daniel Cabrera 2. Abel Pérez Concepción 3.Fabián García hernández 4.Darío García Rodríguez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. 7. Comisión Informativa de Cultura, Patrimonio y Artesanía Presidente:Ana María TrujilloHernández Vocales: 1. Eva Rosa Hernández Paz 2. Juan Manuel Pérez Álvarez 3. Yéssica Pérez Pérez Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 33 ACTA DEL PLENO 4.Darío García Rodríguez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. 8. Comisión Informativa de Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana. Presidente: Eva Rosa Hernández Paz Vocales: 1. Francisco J. Martín Castañeda 2. Ana María Trujillo Hernández 3. Tanausú Pérez Concepción 4.Darío García Rodríguez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. 9. Comisión Informativa de Turismo, Seguridad y Deportes. Presidente: Juan Manuel Pérez Álvarez Vocales: 1. Eva Rosa Hernández Paz 2. Ana María Trujillo Hernández 3.Amanda Davinia Barrios Abrante 4. Ana M.ª García Suárez Secretario/a: La Secretaria municipal o funcionario/a en quién delegue. TERCERO: Las funciones de estas comisiones informativas de carácter permanente, serán el estudio y dictamen previo de los asuntos que se someten a la decisión del pleno o de la juan de Gobierno Local y de la alcaldía, en estos dos últimos supuestos cuando estos órganos actúen por delegación de aquél, pudiendo intervenir también en relación con otros asuntos que no sean de la competencia del pleno de la corporación, cuando el órgano competente les solicite su dictamen. CUARTO: Su funcionamiento se ajustará a los dispuesto en el Título Preliminar, capítulo II, sección 3ª en la sección 3ª del capitulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 7/2015, de 1 de abril , de los municipios de Canarias, y supletoriamente por lo que prevén los artículos 134 a 138 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por le que se aprueba el Reglamento de Organización , Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. QUINTO: Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos Políticos, para su conocimiento y efectos oportunos. 6. MOCIÓN DE LA ALCALDÍA EN LA QUE SE DESIGNAN A LOS REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ORGANOS COLEGIADOS EN QUE SE DEBE DE ESTAR REPRESENTADO Toma la palabra el Sr. Alcalde: Dª Ana ¿algo que decir? Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 33 ACTA DEL PLENO Toma la palabra Dª Ana: No, pero me gustaría conocer la respuesta a la pregunta que acaba de plantear la compañera. Toma la palabra Dª Yéssica: Que si para formar parte de los Consejos Escolares los grupos de oposición tenemos que solicitarlo o estaría fuera de. Toma la palabra la Sra. Secretaria: En los grupos que se representa al Ayuntamiento están siempre los miembros del grupo de gobierno de la Corporación. Otra cosa es que cada consejo escolar invite a cada miembro de los grupos. Toma la palabra Dª Yéssica: Entonces habría que solicitar por escrito la asistencia. Toma la palabra la Sra. Secretaria: Los Consejos Escolares no son nuestros. El Consejo Escolar pertenecen a los Centros, entonces solicitan el representante de la Administración. Toma la palabra el Sr. Alcalde: Luego está el Consejo Escolar municipal que hay si están ustedes, y estamos todos los órganos de aquí, en el Consejo Escolar municipal pero en el Consejo Escolar es un órgano de decisión nuestro, nuestro y de ellos. Toma la palabra Dª Yéssica: Yo me refería a los Centros Educativos. Toma la palabra el Sr. Alcalde: En el Consejo Escolar Municipal están todos los centros y todos nosotros. Toma la palabra la Sra. Secretaria: Eso tienes que pedírselo al Consejo Escolar de cada centro, a nosotros nos piden un representante municipal, que es el Alcalde y la persona en quien delegue. Toma la palabra Dª Yéssica: Y nosotros en la oposición no somos representantes. Toma la palabra la Sra. Secretaria: Del Ayuntamiento no. Ustedes son parte de la Corporación pero representantes no. Toma la palabra el Sr. Alcalde: A ver eres una representante municipal pero no perteneces al Grupo de Gobierno. El Consejo Escolar Municipal se hace para que si tengas voz y voto en el Consejo Escolar Municipal que es la unión de todos los Centros y es donde se debate la problemática del pueblo, del municipio. Las Comisiones Informativas son Comisiones de trabajo que quien está gestionando en determinados momentos es quien está gestionando con el Centro para debatir las cosas, igual pasará en tu Centro, no va la oposición. Entonces es de trabajo, de gestión. La de Escolar municipal que es la que hacemos, esa si ahí están todas la fuerzas políticas representadas, todos nosotros y todos, porque esas son de supervisión, de control, de acuerdos comunes, diferentes cosas. Pero la de trabajo es la diaria y yo no lo vería correcto tampoco, porque nosotros somos los que gestionamos en ese momento y el centro, entonces. Toma la palabra Dª Yéssica: Ya tengo la respuesta. Una vez celebradas las elecciones locales el pasado 28 de mayo y constituida la nueva Corporación el día 17 de junio del presente año, se designa a los representantes de la Corporación en órganos colegiados en que deba de estar representado, que a continuación se señalan: CONSEJO ESCOLAR: C.E.I.P. San Antonio:D. Francisco Javier Martín Castañeda C.E.I.P. San José: D. Francisco Javier Martín Castañeda C.E.I.P. Las Ledas: D. Francisco Javier Martín Castañeda I.E.S. Las Breñas: D. Francisco Javier Martín Castañeda C.E.R. : D. Francisco Javier Martín Castañeda. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 33 ACTA DEL PLENO COMUNIDAD DE RIEGOS BREÑAS-MAZO: D. Borja Pérez Sicilia Suplente: D. Francisco Daniel Cabrera Díaz CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO: D. Borja Pérez Sicilia Suplente: D. Juan Manuel Pérez Álvarez CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL: D. Borja Pérez Sicilia Suplente: D. Francisco Javier Martín Castañeda FUNDACIÓN CANARIA RESERVA MUNDIAL DE LA BIOSFERA LA PALMA: D. Borja Pérez Sicilia Suplente: D. Francisco Daniel Cabrera Díaz CONSEJO INSULAR DE AGUAS: D. Borja Pérez Sicilia Suplente: D. Francisco Daniel Cabrera Díaz ADER: D. Borja Pérez Sicilia Suplente: D. Abel Pérez Concepción CONSORCIO INSULAR DE SERVICIOS: D. Borja Pérez Sicilia. Suplente: D. Francisco Daniel Cabrera Díaz Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se aprueba la Moción transcrita en todos su términos y contenido. 7. DECRETO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA A FAVOR DE LOS CONCEJALES Una vez celebradas las elecciones Locales el día 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de carácter general a favor de los miembros de la Comisión de Gobierno, y otro de carácter especial a favor de diferentes Concejales. Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, en su redacción actual, y por el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en las que se regula las competencias que no pueden ser objeto de delegación y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Por todo ello, esta alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, HE RESUELTO: PRIMERO: Efectuar a los miembros de la Junta de Gobierno Local y otros Concejales que a continuación se relacionan, una delegación general de atribuciones de gestión sin facultad de resolución de los asuntos de sus respectivas áreas de actuación, de acuerdo con la definición funcional de cada Área contemplada y respecto de los campos de actuación que, a título Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 33 ACTA DEL PLENO enunciativo, se recogen a continuación en relación con cada una de ellas. ÁREA ESPECIAL DE CUENTAS, ECONOMÍA, HACIENDA Y SERVICIOS JURÍDICOS, TRANSPARENCIA, DESARROLLO LOCAL, COMERCIO, EMPLEO Y FORMACIÓN. (DON ABEL PÉREZ CONCEPCIÓN) Seguimiento de intervención:  Control de presupuestos municipales y hacienda pública.  Control contable de la Hacienda Local.  Seguimiento de la adaptación de los gastos a presupuestos y previsiones de ingresos para la elaboración de los mismos. Seguimiento de Tesorería  Adaptación de los pagos a criterios de intervención y control de la generación de los ingresos previstos Seguimiento de Recaudación Municipal  Seguimiento de la Gestión de tributos, rentas y exacciones a fin de controlar los elementos que moderan los ingresos ordinarios y la elaboración de los padrones por los diferentes conceptos. Tareas de control y evaluación  Revisión de ordenanzas y su adaptación, si fuera preciso.  Creación de nuevas ordenanzas adaptadas a las características de la Administración local, si así fuera preciso.  Captación de ingresos en función de la situación de la Administración Local, de carácter ordinario. Cabildo, Estado, U.E., Comunidad Autónoma, etc... Servicios jurídicos  Evaluación y adecuación al marco normativo para la Administración Pública.  Coordinar los servicios jurídicos de la Administración Local.  Impulsar el plan normativo municipal.  Supervisión y coordinación en la elaboración de reglamentos, ordenanzas, bandos e instrucciones municipales. Portal de transparencia.  Coordinación, impulso, divulgación y control de la actuación pública  Impulso y seguimiento del portal de transparencia municipal. Desarrollo Local, Comercio, Empleo y Formación  Gestión, coordinación y supervisión de la Bolsa local de empleo (orientación laboral, búsqueda activa de empleo, ofertas de empleo, etc.).  Control y supervisión del personal de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local.  Seguimiento y responsabilidad de las tareas desempeñadas desde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, entre las que destacan: Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 33 ACTA DEL PLENO 1. Asesoramiento técnico e información para la tramitación de subvenciones varias tanto a personas físicas como jurídicas. 2. Asesoramiento para la creación de empresas: trámites, formas jurídicas, etc... 3. Elaboración de proyectos de desarrollo local. (PRODER, LEADER, DINAMIZACIÓN TURÍSTICA, ETC...) 4. Captación de todo tipo de recursos para fomentar el empleo y el desarrollo local (subvenciones, etc...) 5. Gestión de varias subvenciones (municipales, insulares, regionales, autonómicas, estatales, europeos etc.) 6. Fomento de proyectos supramunicipales que repercutan en el desarrollo local 7. Gestión, tramitación y desarrollo de ayudas/subvenciones dirigidas a diferentes colectivos en el ámbito local (ayudas de estudios; material escolar, creación de empresas, etc.)  Tramitación de proyectos de desarrollo local.  Desarrollo del proyecto de Promoción del desarrollo de la actividad económica (PRODAE).  Programas de empleo de colaboración con entidades públicas (SCE, Cabildo Insular, etc.)- Convenios.  Desarrollo de Programas de Formación y Empleo.  Apoyo a las asociaciones vecinales y otras para la búsqueda y solicitud de subvenciones en diferentes instituciones y organismos (Presidencia del Gobierno de Canarias, Cabildo Insular, etc...).  Apoyo a las entidades sin ánimo de lucro en la tramitación y gestión de subvenciones varias (ej. programas de empleo de colaboración entre Instituciones sin ánimo de lucro y SCE).  Elaboración y gestión del proyecto anual Campaña Bandera Azul  Actividades de Promoción local: apoyo a la artesanía, etc...  Programación de cursos de formación propios y de colaboración con otras entidades y organismos.  Dinamización del desarrollo local, el empleo y la promoción municipal en sentido amplio que incluye la prospección de todo tipo de recursos que incidan en el territorio. Comercio  Gestión, coordinación y colaboración con las entidades empresariales del municipio.  Dinamización del tejido comercial con campañas de promoción local.  Coordinación con diferentes instituciones público/privadas y contacto con gerentes de asociación empresariales y sector empresarial en general ÁREA DE DEPORTES, TURISMO Y SEGURIDAD (D. JUAN MANUEL PÉREZ ÁLVAREZ) Deportes  Promoción del deporte y la actividad física en el ámbito territorial y de instalaciones deportivas y de ocupación de tiempo libre.  Coordinación con el Cabildo Insular de La Palma de los puntos de promoción deportiva municipal.  Fomento del deporte a nivel organizativo facilitando la participación, la integración y la cohesión social. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 33 ACTA DEL PLENO  Fomentar el deporte desde una perspectiva integradora sobre todo en edad escolar.  Coordinar con las autoridades educativas el uso de las instalaciones deportivas municipales y de los centros docentes públicos, tanto para la impartición de la educación física como para la práctica del deporte y la actividad física en horario extraescolar.  Organización técnica dirigida por titulados oficiales en actividad física y deporte.  Mantener y proveer las Instalaciones y equipamientos deportivos básicos.  Desarrollar programas de promoción deportiva, principalmente dirigidos a la población en edad escolar y a la población con mayores necesidades sociales.  Apoyar el asociacionismo deportivo, al amparo de la normativa vigente.  Organización y supervisión de campeonatos de ámbito local y de acontecimientos deportivos de carácter extraordinario. Turismo  Conocimiento, control y ordenación del sector.  Estudio en profundidad y desarrollo de las necesidades de infraestructura relacionadas con el sector y su promoción.  Promoción municipal a fin de potenciar la imagen turística del destino y mejorar su posicionamiento dentro y fuera de nuestras propias fronteras.  Estudio y gestión de posibilidades de Hermanamiento y establecimiento de vínculos con otros lugares de origen de los turistas de mayor procedencia.  Coordinación y gestión de la Oficina Municipal de Información Turística a fin de velar por el correcto funcionamiento de la misma y la prestación de servicios bajo criterios de calidad.  Actuaciones que nos singularicen en la Isla de La Palma relacionadas con el sector y la población de Breña Baja.  Estudio de explotaciones apropiadas desde el punto de vista del turismo.  Coordinación de planes de desarrollo turístico en el entorno rural.  Control y supervisión de Planes en materia turística.  Desarrollo del turismo de medianías, control y supervisión de planes de actuación en el sector.  Control en la gestión de infraestructuras de carácter turístico o vinculadas a él.  Fomento y participación en Campañas de promoción turística (Bandera Azul, Ecoplayas, etc.) Seguridad  Coordinación y gestión del cuerpo de la Policía Local en todas sus tareas y cometidos.  Coordinación de los programas de formación con entidades externas (Academia Canaria de Seguridad y otras) para la adecuación de los efectivos de la policía local al desempeño de tareas.  Gestión y coordinación de diferentes subvenciones en materia vinculada a la policía local.  Coordinación y gestión de los servicios de Salvamento (salvamento y socorrismo Playa de Los Cancajos, etc..).  Desarrollo y puesta en práctica del plan de emergencia municipal en situación de accidentes e incidentes.  Coordinación con otras entidades (AEA, ALFA TANGO, etc.) para la puesta en práctica de planes de emergencia y salvamento en eventos de naturaleza pública.  Coordinación de la información en materia de seguridad y emergencias dirigida a la ciudadanía. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 33 ACTA DEL PLENO  Coordinación de la protección civil y control y seguimiento de planes de seguridad.  Coordinación con CECOPIN para actividades de emergencia y seguridad.  Coordinación técnica para el apoyo en campañas de prevención y extinción de incendios, recuperación de entornos degradados y protección civil. ÁREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN, URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (D. FRANCISCO DANIEL CABRERA DÍAZ Planificación y urbanismo  Tareas de coordinación y supervisión de los trabajos realizados por el Gabinete Técnico Municipal en todo lo referido a planificación territorial y urbanismo.  Adaptación a normativa y directrices de ordenación en materia de urbanismo y planificación territorial.  Velar por el cumplimiento del Plan de Ordenación Municipal.  Revisión y adaptación al conjunto de ordenanzas municipales complementarias al Plan de ordenación territorial (usos del suelo, edificaciones, etc.)  Coordinación específica del personal del Gabinete Técnico Municipal y personal de vías y obras.  Obras Mayores Coordinación y supervisión en la siguiente materia: - Promociones privadas. Promociones público-privadas. - Viviendas. - Equipamientos. - Planes Especiales. - Otras Administraciones.  Obras Menores Coordinación y supervisión en la siguiente materia: - De particulares - Plazas, parques y jardines municipales  Aperturas de establecimientos Coordinación y supervisión en la siguiente materia: - Actividades Inocuas. - Actividades Clasificadas.  Informes urbanísticos Tareas de coordinación y supervisión en la materia  Planificación Estratégica. Control y supervisión de las tareas realizadas en materia de Planeamiento, Gestión Urbanística, Disciplina Urbanística,etc. Territorio  Supervisión de los estudios territoriales del municipio de Breña Baja (Impactos Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 33 ACTA DEL PLENO ambientales, cartografía, planimetría, etc...).  Supervisión en las tareas de aprovechamientos forestales y zonas recreativas.  Coordinación con el Área de Política Territorial del Cabildo Insular.  Elaboración de estadísticas e informes municipales referentes al territorio (padrón de habitantes).  Gestión de recursos agrícolas, forestales y ganaderos. Servicios e Infraestructuras  Gestión y supervisión de las instalaciones públicas municipales (funcionamiento, gestión, control de dotación y mantenimiento de equipamientos).  Coordinación entre distintos colectivos y agentes sociales para uso de instalaciones públicas municipales (control de horarios, apertura y cierre de instalaciones, organización de eventos, etc.).  Mantenimiento, saneamiento y acondicionamiento de infraestructuras y equipamientos públicos municipales (Campo de fútbol, Cementerio, instalaciones deportivas).  Análisis detallado de la situación de las infraestructuras y equipamientos de uso colectivo para la propuesta de planes de mejora de los mismos.  Mejora de recursos existentes y la dotación de infraestructuras de nueva creación para cubrir necesidades locales.  Tareas de supervisión en la conservación y mantenimiento de instalaciones de uso público: colegios, centros públicos, así como de vías, alumbrado público, vehículos y maquinaria. Energías y Medio Ambiente  Coordinación para la mejora de la imagen y uso de plazas, parques y jardines municipales con actuaciones concretas en cada espacio que mejoren su calidad ambiental.  Gestión y supervisión de los servicios municipales de Agua (reparación, mantenimiento, depósitos reguladores y calidad de agua, agua de riego, etc.)Red de abastecimiento público de agua potable; gestión, control y vigilancia del consumo humano; autorización de utilización del dominio público hidráulico.  Alcantarillado. Vigilancia, control y mantenimiento de la red de alcantarillado municipal.  Aguas litorales y marinas.- Control y vigilancia de las playas y zonas de baño, incluyendo régimen sancionador; limpieza, higiene y salubridad de las playas.  Residuos urbanos- Coordinación para la recogida, transporte y eliminación de residuos con el Consorcio insular de servicios.  Limpieza viaria y mejora de los accesos a los núcleos de población, favoreciendo la mejora y cuidado ambiental de los mismos.  Mejoras y mantenimiento en el alumbrado público y favorecer el uso de energías de bajo consumo en instalaciones públicas, así como fomento de energías renovables.  Vigilancia de la calidad del aire que reduzcan la contaminación, ruidos y vibraciones en espacios de uso público.  Campañas para el cuidado del entorno natural y riesgos ambientales ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD, INFANCIA, MAYORES Y VIVIENDA. SALUD Y BIENESTAR ANIMAL. EDUCACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS. (D. FRANCISCO J. MARTÍN CASTAÑEDA):  Información, valoración y derivación sobre temas diversos de índole social, tales como: tramitación de ayudas económicas que auxilien situaciones de necesidad, ya Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 33 ACTA DEL PLENO sean propias del ayuntamiento como de otros organismos supramunicipales.  Coordinación de proyectos dirigidos a diferentes sectores de población, desde el ámbito preventivo y promocional.  Responsabilidad directa y control sobre el personal técnico adscrito al departamento de servicios sociales. Atención al mayor:  Acciones preventivas y paliativas en las personas mayores de la localidad.  Actividades de ocio y tiempo libre de las personas mayores.  Dinamización del colectivo de mayores, en especial de las asociaciones formales existentes.  Fomentar el voluntariado. Menor y Familia:  Mantener y mejorar los canales de derivación existentes hacia otros recursos municipales existentes en materia de menores.  Establecer nuevos canales de coordinación con otros agentes sociales vinculados con el área del menor y la familia.  Supervisión de los proyectos de intervención de educación familiar.  Control y dirección del Equipo de Menores Municipal.  Supervisión y responsabilidad de la Escuela Infantil Municipal del Municipio “Doña Pepita” , así como del personal técnico y auxiliar del mismo, como centro educativo orientado a la atención de las necesidades básicas de la Infancia y la Familia de Breña Baja, contribuyendo al desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral de los menores de 4 meses a 3 años de edad. Discapacidad:  Contribuir a la prevención de las discapacidades y al desarrollo de políticas integrales y de promoción e inserción social de las personas afectadas, estableciendo cauces efectivos de coordinación con otros recursos supramunicipales.  Favorecer una mentalidad social favorable a la plena integración de las personas con discapacidad y a la convivencia ciudadana, favoreciendo la integración social de las personas que se encuentren en desventaja social por deficiencias y/o discapacidades.  Garantizar la calidad de los servicios destinados a las personas con discapacidad.  Apoyar la iniciativa social, impulsando la colaboración económica y técnica de actuaciones conjuntas con las entidades que prestan servicios a las personas con discapacidades.  Favorecer el establecimiento de colectivos que presten este tipo de servicio. Servicio de Ayuda Domicilio:  Coordinar y supervisar el Servicio de Ayuda Municipal destinados a personas y familias que se hallan en situación de dependencia y especial necesidad, destacándose la atención domiciliaria a los mayores; con la finalidad de recibir una serie de atenciones de carácter doméstico-social y función rehabilitadora.  Coordinar el personal técnico y auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Municipal (SAD Municipal). Plan de Vivienda Municipal: Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 33 ACTA DEL PLENO  Control y supervisión en la tramitación y formalización a los Planes de Rehabilitación de Viviendas Municipales en el medio rural para aquellos usuarios con escasos recursos económicos.  Control y supervisión en la tramitación y formalización de los expedientes de acceso a planes de Viviendas Sociales. Igualdad:  Fomentar y trabajar a favor de la Igualdad.  Atención, apoyo y orientación a las mujeres del municipio, velando por los intereses y necesidades de las ciudadanas de Breña Baja.  Promoción del asociacionismo entre las mujeres del municipio. Infancia:  Acciones preventivas y educativas con el colectivo infantil de la localidad.  Coordinación de las actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la infancia.  Dinamización del colectivo infantil con proyectos y actividades vinculadas a este colectivo.  Establecer nuevos canales de coordinación con los agentes sociales vinculados con el área de infancia.  Mantener y mejorar los canales de coordinación con los recursos existentes en materia de infancia con competencias extramunicipales.  Atender las necesidades de la infancia desde la gestión municipal.  Tareas de coordinación con diferentes órganos vinculados a la infancia de carácter municipal. Modernización administrativa y nuevas tecnologías:  Administración electrónica municipal.  Portal municipal y dinamización de la web oficial del Ayuntamiento.  Gestión del uso y funcionamiento de nuevas tecnologías en la Administración Local.  Fomento del uso de nuevas tecnologías como fuente de conocimiento e información.  Impulso a la nueva gestión pública desde la administración electrónica. Vivienda  Gestión de trámites de demandantes de vivienda y cualquier otra gestión recogida en las normativas vigentes. Educación  Establecimiento y gestión de convenios con educación, RAM, desafectaciones, etc...  Valoración, gestión y desempeño de programas educativos igualitarios y positivos que influyan en los ciudadanos de Breña Baja.  Coordinación con centros escolares para el desarrollo de programas conjuntos. Valoración y seguimiento de los mismos.  Gestión de los Equipamientos de educación en general.  Supervisión y gestión de ayudas y subvenciones en materia educativas, tanto propias como de otras entidades y organismos.  Gestión y supervisión de convenios con entidades educativas de diversa índole y empresas colaboradoras del SCE para la realización de prácticas en la Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 33 ACTA DEL PLENO Administración Local. Salud y Bienestar Animal  Promover la tenencia y convivencia responsable.  Fomentar entre la ciudadanía la protección de los derechos y el bienestar de los animales.  Luchar contra el maltrato y el abandono.  Impulsar la adopción y el acogimiento.  Desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal.  Promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable.  Impulsar acciones administrativas de fomento de la protección animal ÁREA DE CULTURA, PATRIMONIO, Y ARTESANÍA (Dª. ANA MARÍA TRUJILLO HERNÁNDEZ) Cultura  Gestión y promoción de la cultura en general.  Dinamización de todos los recursos culturales municipales y valoración para la creación de espacios culturales ex – novo.  Fortalecimiento de los lazos con las diferentes entidades culturales del municipio a fin de favorecer la cultura local.  Captación de recursos para poner en marcha proyectos culturales que redunden positivamente en la localidad.  Promoción de la cultura local a través de exposiciones, ferias culturales, etc... con la implicación de colectivos culturales de la localidad para potenciar nuestras señas de identidad.  Gestión de la Biblioteca Pública y el Archivo Municipal y dinamización de estos recursos culturales.  Control y seguimiento de publicaciones.  Gestión de la Banda de Música Municipal.  Coordinación en proyectos con otras entidades (Cabildo, etc...) Plan de Bibliotecas insulares.  Gestión de los equipamientos culturales en general.  Coordinación con la Comisión de Honores y Distinciones para la concesión de los galardones. Así como realización de propuestas en esta materia.  Supervisión y gestión de ayudas y subvenciones en materia sociocultural y otras, tanto propias como de otras entidades y organismos.  Celebración de exposiciones, certámenes, jornadas, estudios y publicaciones. Patrimonio  Supervisión de bienes patrimoniales.  Identificación y control a través de inventario público de bienes patrimoniales.  Protección y gestión del patrimonio histórico.  Conservación y rehabilitación de bienes. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 33 ACTA DEL PLENO  Difusión del patrimonio y los recursos etnográficos municipales.  Coordinación con otras administraciones y entidades para la promoción y desarrollo del patrimonio local.  Actuaciones pertinentes para la adquisición, conservación y mantenimiento del patrimonio cultural local. Artesanía  Fomento del asociacionismo de artesanos a nivel municipal.  Coordinación con entidades locales y supramunicipales para la organización y participación en eventos (Ferias de artesanía, mercados, etc.).  Promoción para la obtención del carné de artesanos dentro del repertorio de oficios existentes, en colaboración con el Excmo. Cabildo Insular de La Palma.  Fomento para la elaboración de productos y artículos artesanales de manufactura local.  Canalización de demandas del colectivo de artesanos de la localidad. ÁREA DE JUVENTUD Y FIESTAS, RÉGIMEN INTERIOR, RECURSOS HUMANOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. (Dª EVA ROSA HERNÁNDEZ PAZ) Juventud  Control, seguimiento y gestión del servicio municipal de juventud.  Fortalecimiento de vínculos con distintos colectivos juveniles de la localidad, incentivando la participación de los mismos.  Recepción y canalización de propuestas formuladas por los jóvenes de la localidad a fin de valorar la posible articulación de proyectos que den respuesta a sus demandas.  Gestión, coordinación y control de las actividades de promoción juvenil.  Estudio y valoración de posibles proyectos a desarrollar en el área de juventud, así como articulación y coordinación de los mismos.  Promoción y asesoramiento a jóvenes con el fin de favorecer el asociacionismo juvenil.  Estudio del sector juvenil del municipio de Breña Baja (grupos formales e informales) a fin de plantear posibles actuaciones desde la Administración Local.  Dinamización de la información a fin de que los jóvenes conozcan los recursos municipales existentes en esta materia.  Coordinación, seguimiento y control de las actuaciones que se realizan desde el Local Juvenil de Breña Baja a fin de potenciar y adecuar el uso de este recurso a las necesidades de los usuarios.  Coordinación y trabajo en el desarrollo de un programa formativo dirigido a jóvenes en diferentes materias para mejorar su calidad de vida.  Ayuda en la tramitación de ayudas y subvenciones a las que se puedan acoger los jóvenes en general Fiestas  Fomento y puesta en valor de las fiestas de carácter local y actividades recreativas.  Coordinación con entidades y asociaciones para el desarrollo de fiestas.  Participación en la elaboración de programas de fiestas y coordinación con entidades diversas para realización de actos y eventos festivos.  Promoción de la celebración de actos populares singulares y tradicionales (Carnaval, celebración del Día de Canarias, etc.). Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 33 ACTA DEL PLENO  Gestión de servicios municipales que estén destinados a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal sobre fiestas y actividades recreativas.  Captación de recursos para el desarrollo de fiestas locales. Régimen interior y recursos humanos  Gestión y supervisión del personal de la Administración Local, así como tareas de coordinación entre el personal de diferentes áreas.  Atención a las necesidades y demandas formativas del personal de la Administración Local a fin de lograr una mayor adaptación al puesto de trabajo y las funciones a desempeñar.  Seguimiento del Convenio Colectivo de Aplicación en la Administración Local y gestión de recursos humanos.  Análisis en el desempeño de tareas por parte del personal de la Administración Local (Evaluación por desempeño).  Distribución del personal (Recursos humanos) en cada área para lograr la eficacia y eficiencia en el desempeño de tareas.  Velar por la prestación de servicios en base a criterios de calidad por parte del personal de la Administración Local hacia el ciudadano, fomentando la formación en sistemas de calidad de atención al usuario, etc... si fuera necesario.  Régimen de personal (revisión de convenios, evaluación de convenios colectivos de aplicación, etc.) Participación Ciudadana  Coordinación y enlace con los diferentes colectivos de la localidad para desarrollar programas conjuntos donde se fomente la acción ciudadana y la participación social.  Coordinación en la búsqueda y articulación de mecanismos de participación y concertación social que refuercen los lazos con los diferentes colectivos, asociaciones y grupos vecinales de la localidad.  Desarrollo de mesas ciudadanas para escuchar las propuestas de los diferentes colectivos y poder diseñar propuestas que atiendan sus necesidades y demandas.  Desarrollo de actividades que refuercen la acción ciudadana y participación social entre los vecinos de la localidad (encuentros vecinales, encuentro de cruceros, etc...).  Colaboración con diferentes colectivos municipales para la tramitación de subvenciones, canalización de información de interés, etc.  Fomento de la convivencia y participación entre actores y agentes locales y barrios del municipio, así como otras celebraciones de carácter local donde se favorezca la participación social. SEGUNDO: Las atribuciones no delegadas se ejercerán por el Sr. Alcalde, debiendo ejercerse en los términos y dentro de los límites de ésta delegación. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 44 del reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de asociación de esta Alcaldía. En caso de vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 33 ACTA DEL PLENO la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de asociación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido. CUARTO: Notificar esta resolución a los Concejales afectados, entendiéndose aceptada esta competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación. SEXTO: Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del texto legal antes citado. Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se dan por enterados del Decreto transcrito en todos su términos y contenido. 8. DECRETO DE NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE Vista la celebración de las Elecciones Municipales celebradas el 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, HE RESUELTO: PRIMERO: Designar Tenientes de Alcalde a los Concejales siguientes: 1º Teniente de Alcalde: D. Abel Pérez Concepción 2º Teniente de Alcalde: Dª. Eva Rosa Hernández Paz 3º Teniente de Alcalde: D. Francisco J. Martín Castañeda 4º Teniente de Alcalde: Dª. Ana María Trujillo Hernández A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones. SEGUNDO: Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución por el Alcalde. TERCERO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre. Y una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la Corporación se dan por enterados del Decreto transcrito en todos su términos y contenido. 9. DECRETO DE DETERMINACIÓN DE MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y DEDICACIÓN A TIEMPO PARCIAL Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 33 ACTA DEL PLENO Considerando que el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, establece que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial. Considerando lo previsto en el artículo 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que establece los límites a los que se sujetará la prestación de los servicios en los Ayuntamientos en régimen de dedicación exclusiva por parte de sus miembros, que en el supuesto de los Ayuntamientos de Municipios con población comprendida entre 3.001 y 10.000 habitantes no podrá exceder de tres. En cuanto al número de dedicaciones parciales, no se establece limitación alguna. Considerando asimismo que en el apartado primero del artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. La percepción de tales retribuciones será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Considerando que conforme con lo dispuesto en el apartado segundo del mismo artículo 75 los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones. Esta Alcaldía, de conformidad con las atribuciones que me confiere la legislación vigente, HA RESUELTO: PRIMERO: Determinar que los Concejales que ostentarán dedicación exclusiva y dedicación a tiempo parcial en el Ayuntamiento de Breña Baja, a partir de la fecha: NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I. CARGO RÉGIMEN DEDICACIÓN ABEL PÉREZ CONCEPCIÓN ****4547* CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA JUAN M. PEREZ ALVAREZ ****5386* CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA ANA M. TRUJILLO HERNANDEZ ****1600* CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA FRANCISCO J. MARTIN CASTAÑEDA ****3532* CONCEJAL DELEGADO PARCIAL Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 33 ACTA DEL PLENO EVA ROSA HERNANDEZ PAZ ****9739* CONCEJAL DELEGADO PARCIAL FRANCISCO DANIEL CABRERA DIAZ ****1940* CONCEJAL DELEGADO PARCIAL SEGUNDO: Proponer al Pleno de la Corporación la adopción del acuerdo del régimen de dedicación parcial y de retribuciones siguiente: NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I. CARGO RÉGIMEN DEDICACIÓN ABEL PÉREZ CONCEPCIÓN ****4547* CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA 2.500,00 € 30.000,00 € 825,00 € 9.900,00 € JUAN M. ****5386* CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA 2.500,00 € 30.000,00 € 825,00 € 9.900,00 € PEREZ ALVAREZ ANA M. TRUJILLO HERNANDEZ ****1600* CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA 2.500,00 € 30.000,00 € 825,00 € 9.900,00 € FRANCISCO J. MARTIN CASTAÑEDA ****3532* CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 50% 2.083,33 € 25.000,00 € 687,50 € 8.250,00 € EVA ROSA HERNANDEZ ****9739* CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 75% 2.416,66 € 29.000,00 € 797,50 € 9.570,00 € PAZ FRANCISCO DANIEL CABRERA ****1940* CONCEJAL DELEGADO PARCIAL 70% 2.250,00 € 27.000,00 € 742,50 € 8.910,00 € DIAZ TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a los interesados y a la Intervención de Fondos para su conocimiento y efectos oportunos.” Interviene el señor concejal, don Abel Pérez Concepción el cual manifiesta que esta Resolución tendrá carácter retroactivo, iniciando su efectividad el día 19 de junio de 2023. Toma la palabra Dª Ana, portavoz del grupo PSOE: Antes de dar mi opinión de como se ha hecho el criterio que se ha empleado, me gustaría saber si a parte de la designación de los Concejales de manera exclusiva y parcial se ha designado a algún otro personal de confianza. Toma la palabra el Sr. Alcalde: El que tenemos siempre. Toma la palabra la Sra. Secretaria: Esto es determinación de Concejales. Toma la palabra Dª Ana: Si, pero yo estoy preguntando si a parte de eso ha entrado otra persona como personal de confianza. Toma la palabra la Sra. Secretaria: A este Ayuntamiento de Breña Baja le corresponde la designación de un personal de confianza. Toma la palabra el Sr. Alcalde: Si, siempre hemos tenido uno asignado. Que es el mismo que pertenecía al grupo de gobierno anteriormente. Que no es personal de confianza para el grupo de gobierno, sino personal de gobierno para llevar los mantenimientos y todo lo que es la calle del municipio. Obras, servicios y toda la calle. SEGURIDAD SOCIAL RETRIBUCIONES EMPRESA BRUTAS MES ANUAL MES ANUAL Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 33 ACTA DEL PLENO Toma la palabra Dª Ana: ¿su nombre es? Toma la palabra el Sr. Alcalde: Ruymán Navarro Hernández Toma la palabra Dª Ana: A mi, para desde nuestro punto de vista la asignación de la dedicación, bueno son ustedes como grupo de gobierno los que deciden, pero para nosotros son los que deciden pero no tiene ningún criterio a la hora de designar parcial 50%, parcial 75%, parcial 70% y luego la correspondencia con las retribuciones brutas, porque parcial 50% tenía que haber sido 15.000, parcial 75% tenía que haber sido menos, porque si no lo fuera así entonces para nosotros no tiene ningún, vamos, no entiendo el criterio, no entiendo las asignaciones tampoco y francamente no estamos de acuerdo, a la hora de las retribuciones, la suma de las retribuciones es mayor que cuando tenían ustedes siete concejales teniendo ahora seis. Y, luego lo del reparto, me parece o nos parece, incoherente en alguna de las asignaciones porque no se corresponde con la cantidad de trabajo por ejemplo. Entonces no entendemos, no lo entendemos ni en retribuciones ni en la cantidad de trabajo. Toma la palabra el Sr. Alcalde: No es cierto que es lo menos que teníamos anterior, porque en el presupuesto anterior se dotaba mi salario y mi salario no se cubrió en cuatro años, con lo cual esto no aumenta el salario que habíamos previsto en el primer Pleno en la legislatura pasada, quiero dejarlo claro. Usted no estaba Doña Ana, pero si estaban los demás compañeros. Mi salario no se cobraba por parte de este Municipio, ni se cobró en cuatro años ningún tipo de retribución que cobré de este sueldo y por eso no aumenta lo que no está estipulado en la legislatura pasada, pero Abel quiere aclarar unos datos. Toma la palabra el Concejal, Abel Pérez Concepción: Lo único que establece la normativa en cuanto al personal eventual es que con el número de habitantes que tiene el Ayuntamiento puede tener un cargo de confianza, mal llamado personal eventual, que es correctamente como se debe llamar. En cuanto, a la dedicación la normativa lo que estipula y está en el propio informe, es que los Ayuntamiento entre 3.100 habitantes y 10.000 habitantes, puedan como máximo tres dedicaciones exclusivas, al 100%. En este caso, como ves ahí hay tres dedicaciones exclusivas, a partir de la tercera, el máximo que permite la Ley en cuanto a dedicación es del 75%, respecto al resto la Ley no menciona nada específicamente Ana. En cuanto a la dedicación junto con el salario no guarda relación, si una persona tiene una dedicación del 50%, no tiene por qué ir relacionado ese salario al 50%, quiero dejar eso claro porque no tiene ningún tipo de relación, en cuanto a dedicación y salario. Y lo otro que comentó, creo que estas dos cosas. Bueno, puedo que no hayan establecido ustedes ninguna relación entre la dedicación y el salario pero esto quiere decir que hay personas que van a cobrar bastante más, con lo cual lo que no entiendo es con que criterio y basado en qué se ha asignado Toma la palabra el Sr. Alcalde: Perdón Ana, dígame cuáles y yo se lo voy explicando. Toma la palabra Dª Ana: Las tres personas de dedicación parcial, pues ahora van a cobrar más en proporción a las personas que están en dedicación exclusiva. Toma la palabra el Sr. Alcalde: Como le dijo Abel nosotros solo podemos tener un máximo de tres exclusivas y dedicaciones parciales al 75 como máximo. Con lo cual, por horas no yo le explico, la tres personas esas es Francisco Javier Martín Castañeda, que tiene bienestar social, igualdad, infancia, mayores, vivienda, educación, nuevas tecnologías, salud y bienestar animal, nueve concejalías. La siguiente es Cultura, Patrimonio y Artesanía, que es Doña, no perdón, disculpe, disculpe. Eva Rosa, fiestas, juventud, participación ciudadana, y recursos humanos, y el otro, Francisco Daniel Cabrera que tiene, obras servicios, planeamiento, urbanismo, medio ambiente y cultura. Yo le digo una cosa, por ejemplo, las horas que usted puede asumir que Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 33 ACTA DEL PLENO tiene una persona como Eva, y le voy a hablar Eva, bueno además Eva está todos los días aquí usted lo puede comprobar, porque usted lo ha vivido, que los sábados y domingos también porque es de las mayor, en conjunto con la de Ana, o con la de Juan, que tienen dedicación diaria de lunes a lunes, además pueden ver la agenda de esta semana, la semana pasada o la semana anterior, y las que quedan de aquí para adelante. Entonces, si guardan relación y las horas de trabajo, a mi pocas veces me han visto meterme, con sueldos otras Corporaciones, mucho mas por cierto, y muchas cosas, porque aquí mayormente estos tres concejales que tienen menos dedicación, Fran tiene 9 concejalias, nueve, eh, nueve, Eva tiene cuatro, y Dani tiene 6. yo creo que por las Concejalias que tienen yo creo que los sueldos son dignos, dignos creo yo, Toma la palabra el Concejal, Abel Pérez Concepción: No sé si antes me expliqué bien. Estamos confundiendo dos términos que son totalmente distintos, una cosa es la dedicación. Y otra cosa es la jornada laboral, son dos cosas que son totalmente distintas, es decir, Fran, mi compañero Fran, por ejemplo, tiene una dedicación del 50% pero puede estar a jornada completa en el Ayuntamiento, para que me entiendan no es el caso porque como saben, trabaja en el Cabildo y evidentemente lo va a compaginar. Pero dedicación y jornada son dos cosas distintas, por eso quizás la confusión de oye porque estos salarios tan dispares, si por ejemplo Daniel tiene un 70% de dedicación puede estar a jornada completa en el Ayuntamiento, los dos términos son distintos, por ahí quizás venga la confusión. Toma la palabra Dª Ana: no, me parece que no estoy confundida. En todo caso me han malentendido ustedes, no saben lo que yo quiero decir. Me han dado la razón diciendome que están fines de semana y a tiempo completo y darles un 75% me parece injusto en comparación con los otros, con lo cual, por eso no entiendo ni un criterio, ni el otro de reparto. Luego en sueldo, pues parece que si. Con lo cual a mi me parece un criterio aplicado totalmente aleatorio, que no se corresponde ni con la Concejalías que se tienen ni con el tiempo dedicado, y no se cual es exactamente el que se ha empleado. Pero bueno en cualquier caso, no estamos de acuerdo simplemente decir eso. Toma la palabra el Sr. Alcalde: Para aclararlo, Abel se lo explicó bien, y explico. La Ley te especifica, el Ayuntamiento de Breña Baja por los habitantes que tiene, solo puede tener un personal de confianza que lo digo porque usted lo dijo antes, o como dijo Abel perdona, personal eventual, que solo puede tener un máximo de tres personas al 100% exclusiva total, y después las parciales pueden tener las que se estimen oportuno, como máximo 75%, exacto, dentro de la parcial, como máximo un 75% de jornada, vale. Nosotros tenemos que jugar con esas herramientas, nosotros por horas por supuesto por una persona por ejemplo como Eva por horas, debería tener una exclusividad por supuesto, es cierto, pero no la tiene porque no se puede. No, porque la Ley no lo permite. (habla el Concejal Darío, no se transcribe por no tener la palabra) Las otras tres personas, son Ana, Abel Pérez Concepción que tiene, Economía, Hacienda, Servicios jurídicos, Transparencia, Desarrollo Local, Comercio, Empleo y Formación, yo creo que quitársela una dedicación exclusiva, no sé yo, porque además ustedes con el más contacto que tienen es con Abel pero bueno. Juan Pérez Álvarez, tiene seguridad, deportes y turismo, le dije antes cuando hablaba de los que no tenían, le dije precisamente que ellos tres, sobretodo Eva, Ana y Juan, están de lunes a lunes, los Concejales que tienen Concejalías de lunes a lunes son ellos. El siguiente Ana Trujillo, precisamente lo dije antes, Ana tiene cultura y Artesanía, son de los Concejales que están de lunes a lunes, después los otros tres le dije ya las Concejalías, no puedo darle exclusiva a unos cuando verdaderamente son tres los que se pueden dar, se ha estipulado así, unos tienen más Concejalías, pero son más de trabajar en el día a día, que todos los hacen pero unos más en el día a día, y otros más en el marco temporal de la semana. Entonces se ha Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 33 ACTA DEL PLENO intentado compensar entre todos los compañeros, para que creo que tengan un salario digno, porque aquí hay compañeros que literalmente, me uno a mí, pero bueno, de lunes a lunes, sobre todo los que llevan actividad en la calle, que es Juan, Ana y Eva son los mayores, después me consta que Fran cualquier llamada sábado y domingo, está en las actividades, pero cualquier sobre todo atención por los servicios sociales, la tiene. Abel, más de lo mismo. Dani por obras, que decirle, si se rompe una tubería un sábado o un domingo, si hay que arreglar, si hay que montar el evento deportivo, hay que montar cualquier evento. Yo creo que está intentado ser lo más repartido, por cierto el salario máximo se ha bajado de los Concejales, los Concejales la legislatura pasada lo más que cobraban eran 32.000 euros, ahora cobran 30 el máximo, eso también lo quiero dejar expreso para equilibrar entre todos sus compañeros, porque se acordó más o menos equilibrar entre todos, y todos intentar ayudarnos entre todos. Usted le puede parecer injusto, o irracional pero la Ley es la que es. Un personal eventual, tres exclusivos, y los demás parciales hasta 75, y más la aplicación es la que tenemos. ¿Algo más que decir? Darío si quiere decir algo. Toma la palabra Dª Yéssica: Nosotros hicimos un vaciado de los datos, en el que pudimos comprobar que una dedicación, volvemos a reiterarnos, exclusiva era 30.000 euros, efectivamente se había la partida de su sueldo (ilegible). Con Don Juan Manuel, Doña Ana, me voy a repetir, vale. Pero si es verdad que el hecho de que haya dedicaciones al 75, al 50, al 70, que no se correspondan con lo que entendemos por parcial, que es la mitad volvemos a repetir lo mismo. No entendemos como un sueldo de una legislatura a otra suba un 40%. No se exactamente cual es el criterio para llegar a esos niveles e igualmente teniendo un Concejal menos, las designaciones han ascendido a 17419 euros más, osea un 11,3% más de la legislatura anterior en las designaciones. No se si con respecto a esto tiene algo que alegar. Toma la palabra el Sr. Alcalde: Por supuesto Yéssica le volvemos a decir, que de personal eventual es uno, personal por habitantes que tenemos número de habitantes, le volvemos a decir, personal eventual uno, exclusivo solo podemos tener tres, y parciales tres o diez o los que sean como máximo al 75%, usted el sueldo que dice que se ha subido tal vez es el del compañero Fran, y eld e Dani pero acuérdese que pasabamos de la legislatura pasada de Eva Desarrollo Local, que no está con nosotros, y Adrián, y no estaba entonces nosotros hemos intentado distribuir. Sabe que yo tenía obras, yo llevaba obras. Un Alcalde que lleve obras, infraestructuras, servicios. Con lo cual ustedes mismas muchas veces han hablado de las obras de este pueblo. Diferentes cosas, pues en este caso, hemos querido dotar una plaza específica de un técnico, de una persona técnica, que conoce muy bien ese servicio. Te vuelvo a decir Fran, yo creo que si cosa tenemos yo por lo menos, yo estoy orgulloso de como se han llevado los Servicios Sociales de este Ayuntamiento desde hace muchísimos años no solo por como se llevaba el municipio, sino también el equipo de trabajo que se ha creado, y dentro que tiene infinidad de Concejalías. Bienestar social, Igualdad, Infancia, Mayores, vivienda, nuevas tecnologías, educación, salud y bienestar animal. Eva ¿qué decir? Yo creo que ustedes, la han visto de lunes a lunes. Con lo cual estamos marcando (ilegible). Tal vez, si al municipio le permitiesen poner exclusiva, poníamos exclusiva los tres restantes además, cobrando lo mismo. Probablemente lo hubiésemos hecho así. A no ser que alguno no pudiese por su régimen interno o por sus cosas personales, lo hubiésemos hecho. La Ley, vuelvo a decir, te dice un personal eventual, tres exclusivas, y lo demás parcial como máximo 75%, y entre eso hemos hecho el reparto. Ah, y un dato no es que se incremente en 17.000, a principios de la legislatura pasada el salario personal mío también estaba puesto ahí. Entonces, está sobrando con el primero, más de 30 y pico mil euros de coste, osea estamos por las circunstancias personales que uno tiene sobre el primer borrador que se hizo en la legislatura pasada hay 30 y pico mil euros menos. Toma la palabra Dª Yéssica: En estos datos, está usted reiterando constantemente el personal eventual, estos datos solo son a nivel de grupo de gobierno. Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 33 ACTA DEL PLENO Toma la palabra el Sr. Alcalde: Claro, ya se lo dijo la Señora Secretaria. Toma la palabra Dª Yéssica: No incluyó en la primera contesta que me dijoº Por eso le digo en estos datos no se encuentra. Contesta el señor Alcalde: “porque lo aportó la portavoz del Partido Socialista, lo preguntó. Si pero lo preguntó la portavoz del Partido Socialista y ya que lo preguntó y usted, en muchos plenos anteriores lo preguntaba, pues lo hemos aportado para que quede claro lo que pasa. Entonces por eso lo hemos aportado porque si lo sacamos de aquí perfecto y sin problema, gracias a Dios lo conseguimos, entonces perfecto. Yo quería explicarle el motivo del por qué no están todos en exclusiva. Vale? Nada más que decir? Interviene doña Yéssica Pérez Pérez, portavoz de CC: “esto a título informativo, entendemos que no tiene el deber de coger ningún área vamos, ya que no figura. Con ningún área. Contesta el señor Alcalde: “es que ningún alcalde, ahora poco,...el primer alcalde de 2011 que tuvo una concejalia a parte fui yo. Que tenía deporte y no me acuerdo que fue, siempre tenía concejalias, hasta el punto de que llevaba concejalia de obras. En la legislatura pasada que vuelvo a decir, obras, servicios, infraestructuras y todo lo dedicado a cementerios, todo lo llevaba. Entonces yo creo, a la vista está, que ustedes mismos también reclamaban mejoras en obras, mejoras en plazos, mejoras en obras...yo creo que hemos dedicado a un concejal que además, cuando se llamó fue específicamente para esto. Un concejal técnico en el que se refleje esas concejalia, yo no tengo la obligación de tener ningún tipo de concejalia, ademas casi ningún alcalde de esta isla tienen ningún tipo de concejalía…” Interrumpe doña Yéssica Pérez, portavoz de CC. “era por saber el criterio de este ayuntamiento para esta legislatura que en anteriores, si se había dado el caso y en esta no, pues simplemente era a título informativo” Continua el señor Alcalde, “vale, entonces recordar que, anteriormente nunca se había tenido alcalde con concejalía, ninguno en esta corporación. Nosotros lo asumimos porque teníamos que entrar con un grupo de gobierno en su tiempo que queríamos hacer lo que queríamos hacer, entre los que podíamos. Y con el paso del tiempo hemos ido saneando en el ayuntamiento, en la legislatura anterior, se saneó el ayuntamiento, en el 2016. y poco a poco hemos ido dotando lo que creíamos que era un sistema de trabajo. Cuando ya hay dotado una persona sobre todo para lo que en aquel momento no estipulamos, ya yo decaigo de eso. No quiere decir que yo no siga, hemos tenido reuniones con el servicio, se lo puedo decir con el concejal delante Daniel, yo es que bueno, estoy prácticamente en todas las reuniones del ayuntamiento, sinceramente. Después si usted lo mira por todos los alcalde de la isla, de todos los alcaldes que tenían dedicaciones, desde el momento unos era yo, ahora mismo estoy prácticamente equiparado a todos.” Interviene el concejal Don Abel Pérez Concepción: “en cuanto a los salario vamos a ser una...porque muy probablemente ya tengáis la nota de prensa preparada y quiero un poco aclarar esta parte antes de que finalice el Pleno. Hemos intentado equilibrar de la mejor manera posible los salarios. Si os fijáis en los cuadros y se ha hecho un volcado de datos, me alegro porque así lo podéis comparar con el presupuesto anterior, han habido dos bajadas de salario, en mi caso me quedo exactamente igual. Cuando todos hemos cogido mas responsabilidades porque como sabéis tenemos un concejal menos. Han habido dos pequeñas subidas, tanto es así que una de las subidas son 1.000 brutos euros anuales. Y la incorporación de Daniel que evidentemente al estar aquí a jornada completa, repito que no es lo mismo que dedicación. Es decir, él va a estar aquí, pues evidentemente tiene que recibir una remuneración, acorde al cargo. Entonces quiero que se queden con esta reflexión porque lo hemos intentado equilibrar, tanto las bajadas como las subidas, como el que se queda exactamente igual,vale? Porque me Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 33 ACTA DEL PLENO alegro de verdad que hayas hecho ese volcado de datos para que veas esto que estoy comentado.” Interrumpe el señor Alcalde, “yo aplicar los salarios netos, que se están aplicando...una cosa es el bruto y otra cosa son los salarios netos. Los concejales tienen unos salarios netos yo creo que acordes a su puesto de trabajo, y responsabilidad. Cosa que si se equipara a la función publica o se equipara a otro trabajo con la misma responsabilidad yo creo que están por debajo incluso, de esos salarios, vuelvo a decir equiparando esa responsabilidad o si que aquí hay varias personas que trabajan en otras instituciones públicas, desempeñando lo mismo saben los salarios que hay. Entonces yo creo que hemos hecho un ejercicio de intentar, hacer una estructura seria, responsable, y sin locuras.” Interviene don Fabián García Hernández portavoz de CC: “bueno el tema de salario y demás, quiero aclarar de entrada que no tiene nada que ver con temas personales, ni mucho menos. Las responsabilidades de cada unos son las que tengan. Yo solo puedo dejar constancia de ello. No estoy de acuerdo con esa definición de salario y dedicación. Dentro de buen hacer del trabajo de los demás yo no creo que tenga nada que ver con la retribución que ya recibiste que yo creo que es de lunes a lunes. Al final y al cabo tu tienes que tener una jornada laboral y entiendo que ser un ente público y una serie de eventos que vayas a realizar en el fin de semana, que entra fuera, entiendo que deban estar compensados también, tanto el campus de verano de futbol, lo que sea. Lo entiendo perfectamente. Aún así no creo que las tablas salariales sean objeto de duda o de si cabe a mal interpretación porque una tabla salarial, debe ser solida y punto osea, si hay un tope máximo de x que suponga dinero de exclusividad al 100%, pero es que aquí estamos hablando y perdón que aquí entre en detalles que por ejemplo de la dedicación del 50% a un bruto que vi de 25.000 euros, hablamos de que yo tengo que entender que si eso no fuese una exclusiva no serían unos 50.000 euros, habría una proporcionalidad, disculpe señor Abel, habría una proporción diferente a lo que recibiría esa persona, es decir si estuviese a exclusiva lo que sería Fran, tendría un salario similar a unos 30.000 euros” Contesta el señor Alcalde, “volvemos a explicar de nuevo, solo puede haber por Ley, este Ayuntamiento el único que tiene tope salarial, único que tiene tope salarial, es el Alcalde. Que en este caso no cobra, el ayuntamiento según los habitantes tenemos una normativa, un tope salarial de 47.500 que creo que ahora es más. 52 ahora, yo me quedé en cuando, entró la ley. Eran 45, 47.500, pues 52.000, vale. Podría estar cobrando, que no estoy cobrando nada de este ayuntamiento, 52.000 euros a día de hoy. Es el tope salarial. El único que tiene tope salarial. Después tendríamos tres dedicaciones exclusivas por ley, no podríamos tener más. La ley no te marca más. En este caso no la tengo yo porque no recibo como alcalde. La tiene tres concejales. Vale, tres solo. Y la dedicación a tiempo parcial, solo puedes poner la ley te dice a un 75% como máximo, pero eso no tiene nadad que ver, que se lo explicó Abel, con la retribuciones o las tablas salariales. Y no tiene nada que ver, ni con la jornada. Yo entiendo oiga que no se lleve a mal, lo que tenga que trabajar de lunes a viernes sea compensado, en una administración publica eso no existe. Pero entonces con más razón el argumento, no existe porque mira. El sábado pasado no fue solo el campus, no solo fue solo esto...mire el sábado pasado desde el viernes por la noche y muchas más cosas, desde la madrugada del viernes tuvimos que ir a recoger en mi nombre, a las carpas que se volaron en los Cancajos, el viernes a la noche, el sábado por la mañana se levantaron las de Dios. Sabe por qué fuimos nosotros?, porque si cosa tenemos nosotros es que no mandamos a personal a determinadas horas a no ser que sea cuadros de luz, diferentes cosas, para qué, para no acudir horas. Porque ustedes nos ven recogiendo sillas en la plaza, nos ven haciendo eso, en todos los eventos no en uno, ni por quedar bien ni mucho menos, sino porque nosotros cuando recogimos en esta administración, las horas eran aquí 6 meses de vacaciones, tenía el personal, nosotros eso hemos intentado recortarlo y hacerlo nosotros. Por eso los concejales no solo estamos solo para ir a un acto, no no, estamos para ir a un acto, montarlo, estar, e irnos desmontando el acto. Hay veces que Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 33 ACTA DEL PLENO necesitamos, porque hay actos día de Canarias, que se necesita el personal. Pero también con el personal están los concejales, desmontando. Entonces, no es fácil decir que el horario es compensado, no porque es verdad que nosotros no tenemos compensado nada, porque nosotros no tenemos el convenio laboral que tiene el funcionariado y el personal laboral de esta ayuntamiento. Lo digo porque evidentemente no tiene porque saberse, no lo tenemos. Entonces, nunca un concejal se suele...el sábado empece personalmente, a las 8 de la mañana, y terminé...mentira me fui a otro acto pero eso fue otra cosa, a las 7 de la tarde. Me fui de este pueblo a las 7 de la tarde. Con lo cual el domingo tuve otras cosas. Entonces la realidad es que lo compañeros igual, es que tu no puedes compensar porque sino las horas, de sábado y domingo entonces entre semana no trabajas, entonces la realidad no es esa. Es que nosotros creemos que hay que ser, bajo mi punto de vista oiga! Ustedes los sueldos, Ana sobre el sueldo anual quite un 33% y le dan lo que se queda de salario. Concejales 1.500, 1.700, la media son 1.800, de salario mensual, con la responsabilidad que tiene y la jornada de trabajo que van. Por eso les digo si eso lo equilibramos a los puestos de personal técnico de este ayuntamiento o ustedes mismos por nuestro grupo de gobierno hay personas que trabajan en función pública o en otro grupo de gobierno, verán los salarios el gran margen que hay y quizás ellos decidan sobre la labor técnica, con lo cual estamos creo que siendo acordes con los salarios, es verdad que si lo estipulamos con otros salarios que hay en la población en general, pues bueno de mil euros o salario mínimo, no sé a cuánto estará, pues quinientos euros más, tal vez que cobra mil, pues tal vez estarán 8 horas. Una corporación municipal no está 8 horas, ni de broma, y a parte desde mi punto de vista, a ti te han planteado otras cosas, pero personalmente yo creo que un concejal no está para hacer 8 horas, ni descansar dos días a la semana. No, no, tenemos que estar para lo que demande el pueblo. Y así es lo que hemos hecho nosotros, oye pueden haber otras cosas, pueden trabajar 8 horas, y no trabajan los fines de semana, bueno pues vale, pues podemos discutir, y los salarios generles, pero es que este grupo de gobierno no de ahora, sino de cuando teníamos el pacto con el Partido Socialista, que es lo que no ha tocado vivir, digo nosotros. Hemos intentado poner salarios acorde a la responsabilidad y a lo que cada uno va a desempeñar en su ayuntamiento. Probablemente los técnicos que tiene cada uno también cobren más, que no digo que no se lo merecen, evidentemente tienen sus condiciones y contento, pero la realidad es esa. Yo cuando cobraba como alcalde que soy la máxima responsable de la firma de este ayuntamiento yo cobraba, habían 14 por encima mío cobrando, 14. Entonces yo por eso nunca me suelo meter en los salarios de nadie, yo creo que en años ni en otros municipios, siempre pongo el ejemplo cuando a mi me han sacado, porque Abel lo dijo esto es, notas de prensa, esto es así tristemente. Yo siempre digo oiga!! miren los de otros ayuntamientos! Y verán que quizás Breña Baja siempre está en el término medio, y más en esta legislatura deberían mirarlo. Pero Breña Baja siempre está en el termino medio. Entonces esa es la explicación. Tras un breve debate y sometida a votación, el Pleno del Ayuntamiento acuerda aprobar la propuesta transcrita con siete (7) votos afirmativos (Grupo Partido Popular) y seis en contra (6) (Partido Coalición Canaria y Partido Socialista Obrero Español).Se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento. 10. DESIGNACIÓN DE GRUPOS POLÍTICOS. ACUERDOS QUE PROCEDAN Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 33 ACTA DEL PLENO Interviene la señora Secretaria: bueno la designación de grupos ya ustedes la han conformado, ya enviaron ellos los grupos políticos y ahí se han designado pues lo que ustedes han determinado, queda confirmado el Partido Popular. Titular Juan Manuel, portavoz, suplente Abel. Coalición Canaria queda constituido por los cuatro que están aquí presentes, titular Yéssica Pérez y suplente Tanausú. Como portavoz del Partido Socialista, queda como titular Ana María y Dario como suplente. Interviene el señor Alcalde, “ante esto decirle que intentamos cuando nosotros intentamos llamar para hacerlo lo más ágil posible, es porque lo necesitamos. Quizás hay cosas que se retrasan, y no es por nosotros, entonces digo que siempre se nos carga a nosotros de la falta de voluntad o que no ayudamos o que no somos transparentes. En este caso hubo retrasos por los grupos no por nosotros, y pusimos todo lo que estaba en la mano para que ustedes lo tuvieran y se llamó personalmente también para que se hiciese. Entonces lo digo porque a veces siempre se nos echa a nosotros y eso es un claro ejemplo de que, se ponen las herramientas para hacerlo lo más cercano posible” Con lo cual, no habiendo más asuntos que tratar, ni teniendo nada que exponer los/las Sres./Sras. Concejales/as, siendo las dieciséis horas y quince minutos, la Presidencia da por terminada la sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, como Secretaria Accidental, doy fe, con el visto bueno del Sr. Alcalde. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número: 2023-0010 Fecha: 25/09/2023 Cód. Validación: 6CDRXLDPTDGSWRXZPE2H26EEH Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 33 ACTA DEL PLENO