ACTA Expediente nº: Órgano Colegiado: Secretaria Fecha Firma: 15/07/2024 HASH: f6ee518e1a8c16ecfa3189ef3659eb09 PLN/2024/2 El Pleno María Evelia Cabrera Millán (1 de 2) DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Tipo Convocatoria Ordinaria Fecha 4 de abril de 2024 Duración Desde las 15:00 hasta las 18:52 horas Lugar SALÓN DE PLENOS Presidida por Borja Pérez Sicilia Secretario María Evelia Cabrera Millán Alcalde Presidente Fecha Firma: 15/07/2024 HASH: a641f3a0ae25f5c1aa91c2893ba75ab3 ASISTENCIA A LA SESIÓN Nº de identificación Nombre y Apellidos Asiste Borja Pérez Sicilia (2 de 2) 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42186821Z Amanda Davinia Barrios Abrante SÍ 43369026L Ana María García Suarez SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia SÍ 42195896G Darío García Rodríguez SÍ 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42195093Y Fabián García Hernández SÍ 42191940G Francisco Daniel Cabrera Díaz SÍ 42183532Z Francisco Javier Martín Castañeda SÍ 42185386M Juan Manuel Pérez Álvarez SÍ 42189533N Tanausú Pérez Concepción SÍ 42186158H Yessica Pérez Pérez SÍ Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 182 Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día 1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. SI PROCEDE (27 DE DICIEMBRE DE 2023 Y 11 DE ENERO DE 2024) . de orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria, da lectura de las actas anteriores del 27 de diciembre 2023 y el 11 de enero de 2024. Una vez sometido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueban las actas en todos sus términos y contenido. 2.- Expediente 4313/2023. CESION DE USO CENTRO POLIVALENTE LA POLVACERA: LOCAL DERECHO.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Jurídicos, Transparencia, Desarrollo Local, Comercio , E.Y F. que literalmente dice: “1.- EXPEDIENTE 4313/2023. CESIÓN DE USO CENTRO POLIVALENTE LA POLVACERA: LOCAL DERECHO - ASOCIACIÓN PADISBALTA.- De orden del señor presidente, la infrascrita secretaria da lectura al Informe-Propuesta que litralmente dice: “En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita de bien patrimonial y en cumplimiento de la Providencia de Alcaldía, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Considerando la conveniencia y oportunidad de: La cesión gratuita del local derecho correspondiente al antiguo Colegio de La Polvacera, que ha sido reconvertido en un centro dotacional con dos locales diferenciados (con ubicación Izquierda y Derecha), para la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familiares. Y habiendo observado que su desarrollo es de difícil obtención si no es realizado por: Interesado Asociación PADISBALTA G38701553 Representante Ana Isabel Castañeda Pérez ….2719. Vista la justificación documental y memoria demostrativa elaborada en la que se establece la siguiente justificación de la cesión gratuita del bien patrimonial: La cesión gratuita del bien inmueble a la Asociación PADISBALTA contribuirá a la integración Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 182 social y al desarrollo de las habilidades y capacidades físicas, psíquicas, sensoriales y emocionales de las personas con discapacidad intelectual que acuden a diario a sus servicios en el municipio, provenientes también de otros lugares de la isla. La Asociación PADISBALTA facilitará a las personas con discapacidad y a sus familiares los recursos y apoyos necesarios para ejercitar su derecho a un ocio individual y compartido en igualdad de condiciones que el resto de la comunidad, para así poder compartir y aumentar los momentos familiares que suponen una mejora de la rehabilitación, traduciéndose este tipo de intervención interdisciplinar en la mejora de la calidad de vida de los usuarios. SEGUNDO. A la vista de los siguientes antecedentes: Documento Memoria Justificativa Informe de Secretaría Certificado del Inventario de Bienes Informe Técnico Informe de Intervención Informe-Propuesta de Secretaría Dictamen de la Comisión Informativa Acuerdo del Pleno Anuncio de Información Pública Certificado de Secretaría de no alegaciones Presentadas LEGISLACIÓN APLICABLE La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: — Los artículos 6 y 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. — Los artículos 109 a 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. — Los artículos 32.1 y 4 y 36.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. — El artículo 79.2 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 182 artículo 7.1.d) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Consta certificado de Secretaría de que no se han presentado alegaciones algunas a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife de fecha 8 de enero de 2024, número 4, sobre el Acuerdo Plenario relativo a la cesión gratuita de un bien patrimonial a la Asociación PADISBALTA SEGUNDO. Ceder gratuitamente a la Asociación PADISBALTA el siguiente bien inmueble patrimonial propiedad de este Ayuntamiento: Bien Inmueble urbano: CENTRO POLIVALENTE “LA POLVACERA” LOCAL DERECHO. Referencia catastral: 002012600BS27B0001WJ Para que sea destinado al uso de: El bien inmueble se convertirá en la nueva sede de la Asociación PADISBALTA, en la que se desarrollarán las diversas actividades propuestas dentro de los proyectos que realiza la asociación. De esta manera, potenciará las habilidades, el ocio y tiempo libre de las personas con discapacidad de nuestra isla y llevando a cabo la rehabilitación de cada uno de los usuarios. TERCERO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de cinco años, y deja de serlo en todo caso posteriormente en el transcurso de treinta años. CUARTO. Anotar la cesión gratuita en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma. QUINTO. Facultar al Alcalde, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente, entre ellas la firma de la Escritura pública de cesión del bien. SEXTO. Notificar el presente Acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a Escritura pública la cesión referida. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente”. Una vez debatido el asunto por unanimidad de los señores/as concejales/as presentes, aprueban elevar a pleno la siguiente propuesta: Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 182 PRIMERO. Constando certificado de Secretaría de que no se han presentado alegaciones algunas a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife de fecha 8 de enero de 2024, número 4, sobre el Acuerdo Plenario relativo a la cesión gratuita de un bien patrimonial a la Asociación PADISBALTA. SEGUNDO. Ceder gratuitamente a la Asociación PADISBALTA el siguiente bien inmueble patrimonial propiedad de este Ayuntamiento: Bien Inmueble urbano: CENTRO POLIVALENTE “LA POLVACERA” LOCAL DERECHO. Referencia catastral: 002012600BS27B0001WJ Para que sea destinado al uso de: El bien inmueble se convertirá en la nueva sede de la Asociación PADISBALTA, en la que se desarrollarán las diversas actividades propuestas dentro de los proyectos que realiza la asociación. De esta manera, potenciará las habilidades, el ocio y tiempo libre de las personas con discapacidad de nuestra isla y llevando a cabo la rehabilitación de cada uno de los usuarios. TERCERO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de cinco años, y deja de serlo en todo caso posteriormente en el transcurso de treinta años. CUARTO. Anotar la cesión gratuita en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma. QUINTO. Facultar al Alcalde, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente, entre ellas la firma de la Escritura pública de cesión del bien. SEXTO. Notificar el presente Acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a Escritura pública la cesión referida. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 3.- Expediente 2602/2023. SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN TAXIS SAN FELIPE SANTIAGO DE RETIRADA TARIFA URBANA.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Servicios Jurídicos, Transparencia, Desarrollo Local, Comercio e E y F de fecha 25 de marzo de 2024, que literalmente dice: “2.- EXPEDIENTE 2602/2023. SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN TAXIS SAN FELIPE Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 182 SANTIAGO DE RETIRADA DE TARIFA URBANA. ACUERDOS QUE PROCEDAN.- De orden del señor presidente, la infrascrita secretaria da lectura a la Propuesta que literalmente dice: “PROPUESTA DE SECRETARÍA I. ANTECEDENTES Primero.- Visto el escrito presentado por D. José Antonio Bethencourt Pérez, provisto con DNI Nº 42171551Q, actuando en calidad de Presidente de la ASOCIACIÓN DE TAXIS SAN FELIPE SANTIAGO DE BREÑA BAJA, con CIF Nº G 76684133 y domicilio social en C/ Gumersindo Galván de las Casas nº24, del municipio de Breña Baja, con registro de entrada n.º 2023-E-RE-569 el día 19 de Abril de 2023. Segundo.-Visto que la ASOCIACIÓN DE TAXIS SAN FELIPE SANTIAGO DE BREÑA BAJA es la única asociación que presta el servicio de auto-taxis en este término municipal. Tercero.-Vista la merrma que se está produciendo en el sector del taxi en el municipio de Breña Baja como consecuencia de la disminución de los servicios de carácter urbano y a su vez de la rentabilidad del servicio por no garantizarse un coste real y objetivo del mismo. Cuarto.-Vista la inexistencia de un casco urbano con continuidad urbanística en este municipio es inviable la explotación de un servicio denominado propiamente urbano, es decir, con generación de trayectos con punto de origen y de destino dentro de la misma zona del casco. Quinto.-Visto el auge de supresión de la tarifa urbana de taxis que se ha generado en la mayoría de municipios canarios, como por ejemplo Santa Cruz de la Palma, con características similares a Breña Baja como consecuencia de lo expuesto anteriormente. Sexto.-Vista la tramitación de expediente iniciado por esta Corporación, se dictó por la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo, la Orden de 13 de Mayo de 1993 (BOC nº66, 21 de Mayo de 1993) por la que se aprobaban las tarifas urbanas de auto-taxis del Municipio de Breña Baja. Séptimo. Visto el contenido del anterior escrito, se solicita a este Ayuntamiento la adopción de un acuerdo en virtud del cual se deje sin efecto la aplicación de la tarifa urbana en los trayectos que se desarrollen íntegramente en nuestro territorio municipal, habilitando para éstos la tarifa interurbana II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.-La Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3173/1983, de 9 de Noviembre, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias las funciones y servicios en materia de intervención de precios; el Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de Junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberación de la actividad económica. Segunda.- El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dice que “el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 182 promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal…”, determinando entre otros el transporte público y de viajeros. Tercera.- El artículo 30 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales dice: “Las Corporaciones Locales tendrán su plena potestad para constituir, organizar, modificar y suprimir los servicios de su competencia…” y el artículo 148 del mismo Reglamento, que establece que “Para la validez de las tarifas, se requerirá que sean fijadas y aprobadas por la Corporación titular del Servicio…”. Cuarta.- El artículo 84.3ºa) de la Ley 13/2007, de 17 de Mayo, de Ordenación de Transporte por Carretera de Canarias establece que: “las tarifas serán fijadas por el Ayuntamiento en caso de las urbanas, y por el Gobierno de Canarias en el caso de las interurbanas…”. Quinta.- Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 119/2019, de 16 de Julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías; 203/2019, de 1 de Agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (corrección de errores BOC de 30 de Agosto de 2019), y el Decreto 45/202, de 21 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio. PROPONGO Primero.- Proponer la supresión de la Tarifa Urbana del Servicio de Auto-Taxi, identificada como tarifa 1 aprobada por Orden de 13 de Julio de 1999 (BOC Nº135, Viernes 8 de Octubre de 1999) actualizada el 16 de Febrero de 2004. Segundo.- Establecer como tarifa única la tarifa denominada como “interurbana. Tercero.- Notificar este acuerdo al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias”. Una vez debatido el asunto por los señores/as concejales/as presentes, por unanimiad de los mismos se acuerda elevar a pleno la siguiente propuesta: Primero.- Proponer la supresión de la Tarifa Urbana del Servicio de Auto-Taxi, identificada como tarifa 1 aprobada por Orden de 13 de Julio de 1999 (BOC Nº135, Viernes 8 de Octubre de 1999) actualizada el 16 de Febrero de 2004. Segundo.- Establecer como tarifa única la tarifa denominada como “interurbana”. Tercero.- Notificar este acuerdo al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Asociación Taxis San Felipe Santiago de Breña Baja. En Breña baja, a 25 de marzo de 2024. LA COMISIÓN”. Una vez sometido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 182 4.-Expediente 1291/2024. CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR) – 2024. De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura del dictamen de la Comisión Informativa, que literalmente dice: “3.- EXPEDIENTE 1291/2024. CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR) - 2024 .- De orden del señor presidente de la Comisión Informativa de Servicios Jurídicos, Transparencia, Desarrollo Local, Comercio, E. Y F., la infrascrita scretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR) REUNIDOS De una parte: Don Borja Pérez Sicilia, con DNI número …..4099., en su condición de Alcalde Presidente del AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, con C.I.F. P3800900G y con domicilio en Plaza de Las Madres, San José, 38712 Breña Baja. De otra parte: Don Francisco José Santana Hernández, con DNI nº ….8248., en nombre y representación y en calidad de presidente de AHINOR (Asociación Afectados Hipoteca Norte Gran Canaria), con C.I.F. G76306315 y domicilio en Carretera de San José del Álamo, Lo Blanco, s/n del código postal 35330 de Teror (Las Palmas) con datos de contacto en el teléfono 648.088.751 y el email: ahinor.asociacion@gmail.com y número de registro de asociaciones de Canarias G1/S1/24100- 19/P, en virtud de las facultades conferidas por los estatutos de la misma. Y, Doña Evelia Cabrera Millán, en calidad de Secretaria accidental del Ayuntamiento de Breña Baja que da fe del acto. Las partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en la representación que ostentan y, a tal efecto, EXPONEN PRIMERO. Que la Asociación afectados hipoteca Norte Gran Canaria (en adelante AHINOR) es una asociación sin ánimo de lucro que se compone íntegramente de voluntarios. Que se presta en asesorar a afectados por problemas de hipoteca, estafas y abusos bancarios, maltrato de género, menores, además de contar con banco de alimentos y tener convenio firmado con la Universidad de Las Palmas para formar a nuevos abogados en la materia. En Breña Baja, a de de 2024. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 182 SEGUNDO. - AHINOR no sólo se dedica a actuar cuando se la requiere, además presta la formación necesaria, para prepararse a soportar el caso, y a que en un futuro el afectado, esté mejor preparado antes de que se le vuelva a engañar. También acompaña a los afectados en el proceso si es necesario al afectado. TERCERO. - Que en el caso de que el Ayuntamiento de Breña Baja requiera de los servicios de AHINOR, está prestará los servicios necesarios, generalmente sin coste alguno (preparar documentación, etc., salvo que la atención del caso tuviese costes para atender dicha demanda (viajes, gastos de abogado, procurador, etc.) . En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes, CLAUSULAS PRIMERA: OBJETO Será objeto del presente convenio es promover políticas de vivienda, así como la ayuda que AHINOR y sus voluntarios, en los casos que así lo requiriesen, intentando de esta manera evitar el riesgo de exclusión social de nuestros ciudadanos afectados por problemas con la vivienda. También podemos ayudar en los demás sectores en que AHINOR tiene competencias. SEGUNDA. COMPROMISO DE LA FUNDACIÓN a) El compromiso de AHINOR con este convenio, es aportar su colaboración y dotar de voluntarios que con sus conocimientos y ayuda puedan desarrollar esta labor. b) Que AHINOR proveerá de todo el personal voluntario incluyendo al Abogado Especialista sin coste alguno, teniendo en cuenta que la disponibilidad del mismo, es voluntaria, por lo que es posible que en determinados momentos habrá que ajustarse a la disponibilidad de los mismos. TERCERA. COMPROMISO DEL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA: El compromiso del Ayuntamiento es de dotar de medios a la asociación para desarrollar dicha labor. Para ello se ha previsto en la partida presupuestaria 920.480.10 crédito para otorgar una subvención nominativa a favor de AHINOR por un importe máximo de MIL EUROS (1.000,00 €). Este importe irá destinado a los gastos derivados directamente de los servicios prestados por los voluntarios (como personal administrativo,o técnicos externos a AHINOR), así como de los desplazamientos, estancias y dietas en los que incurran, siempre supervisados por AHINOR y previa autorización por escrito en cada visita. Dichos gastos serán justificados, en los términos establecidos en el artículo 75 del Real Decreto Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 182 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones mediante cuenta justificativa simplificada en la que se incluirá una memoria justificativa en la que se detallaran los viajes, estancias, servicios prestados, relación de gastos y detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad con indicación del importe y su procedencia. Una vez AHINOR haya procedido a la justificación de los gastos, y previo visto bueno del órgano gestor y fiscalización, en su caso, del órgano interventor, el Ayuntamiento procederá al abono de la citada subvención. CUARTA. DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO El presente convenio comenzará a surtir efecto a partir de la fecha de su firma, extendiéndose su vigencia por un año natural, desde la fecha de su firma, si no es denunciado por alguna de las partes con UN (1) mes de antelación. El incumplimiento por parte de la FUNDACIÓN o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos en el presente Convenio, serán causa de la resolución del mismo”. QUINTA.- RÉGIMEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. SEXTA. DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el beneficiario queda obligado a dar difusión y publicidad de forma activa a la aportación de fondos al proyecto por parte del Ayuntamiento de Breña Baja, debiendo acreditar los medios empleados para dicha publicidad en el momento de la justificación de la subvención. SÉPTIMA -. JUSTIFICACIÓN. A efectos de justificación, en los términos establecidos en la Cláusula Tercera, el plazo máximo para su presentación es de tres meses, a partir de la finalización de este convenio. Asimismo AHINOR deberá tener disponibles las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado, que deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, así como los correspondiente justificantes de pago, poniéndolos a disposición de esta Administración en caso de ser requerido. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 182 OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Breña Baja Borja Pérez Sicilia D. Francisco José Santana Hernández La Secretaria Accidental del Ayuntamiento de Breña Baja Una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as concejales presente, se propone elevar a Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO: Aprobado definitivamente el Convenio de Colaboración con la ASOCIACIÓN AFECTADOS HIPOTECA NORTE DE GRAN CANARIA (AHINOR). SEGUNDO: Facultar al Alcalde, como Presidente de esta Corporación y en representación de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para la firma de cuantos documentos sean necesarios en su ejecución. Presidente de la Asociación afectados hipoteca Norte Gran Canaria Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 182 TERCERO: Notificar este acuerdo a AHINOR, para su conocimiento. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024.LA C0MISIÓN”. Una vez sometido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 5.- Expediente 795/2024. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE BREÑA BAJA 2024 . De orden del señor alcalde, la infrascrita secrtaria da lectura al dictamen de la comisión informativa de Servicios Jurídicos, Transparencia, Desarrollo Local, Cmercio, E.Y F., que literalmente dice: “4.-EXPEDIENTE 795/2024. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA Y LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE BREÑA BAJA 2024.- De orden del presidente, la infrascrita secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “En Breña Baja a, de de 2024 COMPARECEN De una parte , D. Borja Pérez Sicilia, con DNI, nº 42194099R, que en calidad de Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Breña Baja, con CIF P3800900G y en virtud de acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha……………………………………., asistido en este acto por la Secretaria Acctal de la Corporación, Dª María Evelia Cabrera Millán, para dar fe del acto, cuyos cargos y ejercicio resulta de la certificación que se incorpora al mismo y Y de otra parte, D. Adonay Javier Melián Jerez, con DNI 78503276K, en calidad de Presidente de la Asociación de Empresarios Profesionales y Autónomos de Breña Baja Emprende, con domicilio en la calle Francisco Gil Soler, 2 Breña Baja, CP 38712 y CIF G-44670404. Que ambas partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para otorgar el presente documento y puestos previamente de acuerdo EXPONEN La Asociación de Empresarios de Breña Baja, se constituye como una Asociación de empresarios y profesionales que se regulará por el artículo 7 de la Constitución Española, por la Ley 19/77, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical y demás disposiciones legales vigentes que le sean de aplicación, por sus Estatutos, por su Reglamento de Régimen interior y por los acuerdos tomados válidamente por sus órganos. La Asociación no persigue ánimo de lucro tal y como dispone el artículo 2 de sus Estatutos y cuya finalidad, entre otras, es la promoción, fomento y defensa a todos Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 182 los niveles de las actividades empresariales y profesionales que se desarrollen en el municipio de Breña Baja. El Ayuntamiento de la Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja, desea hacer uso de la experiencia de la Asociación para el desarrollo del tejido empresarial del municipio, así como el desarrollo de actividades que conduzcan al mismo (Charlas, talleres, formación, etc.) Ambas partes formalizan el presente convenio sujeto a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA- Objeto. Que el objeto de este convenio es presentar un marco de colaboración en la realización de labores conjuntas para dinamización y promoción del tejido empresarial en el municipio de Breña Baja SEGUNDA.- La Asociación de Empresarios Profesionales y Autónomos de Breña Baja Emprende se compromete a: a) Realizar las actividades de fomento y dinamización del tejido empresarial de Breña Baja, llevando a cabo cuantas actuaciones de promoción considere necesarias para conseguir aquellos fines. b) Colaborar y participar en las campañas institucionales promovidas por el Ayuntamiento de Breña Baja. c) Presentar, dentro del mes anterior al vencimiento de este Convenio, una Memoria comprensiva de las actuaciones realizadas conforme al presente convenio durante el ejercicio anterior. d) Proponer un programa anual de actividades para consensuar entre ambas partes y desarrollarlo de forma conjunta. TERCERA.- Ayuntamiento de Breña Baja tendrá las siguientes obligaciones y derechos: El Ayuntamiento de Breña Baja, como contraprestación, aportará la cantidad de QUINCE MIL EUROS (15.000 €), para la ejecución y desarrollo de actividades tendentes a la activación y estimulación del tejido empresarial, prevista en la aplicación presupuestaria 241/48001 del estado de gastos del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2024. El Ayuntamiento abonará dicha cantidad a la firma del Convenio, en concepto de abono a cuenta y Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 182 condicionado a la posterior justificación. CUARTA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Se constituye una Comisión para el seguimiento e interpretación de las cláusulas del presente Convenio, que estará integrada por dos miembros designados por la Comisión gestora de dicha agrupación y por el Concejal delegado por el Sr. Alcalde y un técnico municipal, designado por el anterior, entre cuyas funciones se encuentra la de determinar las condiciones económicas que habrán de regir este Convenio, conforme se señala en la cláusula tercera, que deberá venir, necesariamente, avalada por acuerdo la agrupación y el Ayuntamiento Pleno. QUINTA.- DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, se establece como plazo de vigencia del presente convenio de UN (1) AÑO, comenzando en la fecha de su firma. El incumplimiento por parte de la ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE BREÑA BAJA o del personal a su servicio de las estipulaciones, fines y objetos contenidos en el presente Convenio, serán causa de resolución del mismo. SEXTA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN Las partes acuerdan que toda discrepancia, cuestión o reclamación resultante de la interpretación o ejecución del presente convenio o relacionadas con él directa o indirectamente, se someterá a la comisión de seguimiento del presente convenio. En el supuesto de no poder lograrse un acuerdo tal y como señala el párrafo anterior, para las cuestiones derivadas de la interpretación, ejecución y aplicación del presente Convenio, se someterán a la jurisdicción Contencioso-Administrativa de Santa Cruz de Tenerife a cuyo fuero se someten ambas partes. SÉPTIMA.- JUSTIFICACIÓN A efectos de justificación del presente acuerdo, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión, antes de transcurridos tres meses a la finalización de vigencia del presente acuerdo. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1496/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 182 pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. Serán gastos justificativos los siguientes conceptos: - Gastos derivados de la actividad de dinamización del tejido empresarial del municipio de Breña Baja. - Gastos derivados del personal responsable de la ejecución del proyecto. OCTAVA.- REINTEGRO DE CANTIDADES Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de reintegro previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la Intervención General del Estado, se entiende referida a la Intervención municipal del Ayuntamiento de Breña Baja. NOVENA.- CONSENTIMIENTO PARA LA CONSULTA Y VERIFICACIÓN DE DATOS Con la firma del presente Convenio se entenderá otorgado el consentimiento para la consulta y verificación de los datos necesarios para la comprobación de que la Asociación se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente a la Hacienda Local del Ayuntamiento de Breña Baja, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. DÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto. UNDÉCIMA.- PUBLICIDAD El presente Convenio se publicará en la BDNS, a tenor de lo dispuesto en el art. 20.8 de la Ley 38/2021, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el portal de Transparencia del Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 182 Ayuntamiento de Breña Baja (https://bbaja.transparenciacanaria.es/), por lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. DUODÉCIMA.- DIFUSIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el beneficiario queda obligado a dar difusión y publicidad de forma activa a la aportación de fondos al proyecto por parte del Ayuntamiento de Breña Baja, debiendo acreditar los medios empleados para dicha publicidad en el momento de la justificación de la subvención. DECIMOTERCERO.- RÉGIMEN JURÍDICO El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y, en prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, firma el presente convenio los reunidos, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados up supra”. Una vez debtido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as concejales presentes, se acuerda elevar a pleno la siguiente propuesta: PRIMERO: Aprobado El Convenio de Colaboración entre el ayuntamiento de Breña Baja y la ASOCIACIÓN de EMPRESARIOS DE BREÑA BAJA. SEGUNDO: Facultar al Alcalde, como Presidente de esta Corporación y en representación de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para la firma de cuantos documentos sean necesarios en su ejecución. TERCERO: Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal. CUARTO: Notificar este acuerdo a la Asociación de Empresarios de Breña Baja, para su conocimiento. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 182 6.-Expediente 1210/2024. SOLICITUD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO DE CERTIFICADO FIESTAS LOCALES 2025.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana de fecha 25 de marzo de 2024, que literalmente dice: “1.- EXPEDIENTE 1210/2024.- DESIGNACIÓN FIESTAS LOCALES 2025. ACUERDOS QUE PROCEDAN.- De orden de la señora presidenta, la infrascrita Secretaria de la Comisión Informativa de Fiestas, Juventud Y participación Ciudadana, da lectura del escrito remitido por la Consejería de Turismo Y Empleo, Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, con registro de entrada 2024-E-RC-1139 de fecha 27 de febrero de 2024, con la finalidad de que se proceda a iniciar la tramitación del Proyecto de Orden por el que se determinan las fiestas locales para el próximo año 2025. Una vez debatido el asunto por lo/as Señores/as Concejales/as presentes y por unanimidad de los mismos se propone elevar al pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO Señalar como Fiestas Locales del municipio de Breña Baja para el año 2025 el día 19 de marzo, día de San José y 7 de octubre, día del Rosario. SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a la Consejería de Turismo y Empleo, Dirección General de Trabajo para su conocimiento y efectos oportunos. En Breña Baja, a 25 de marzo de dos mil veinticuatro. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 7.- Expediente 728/2024.SOLICITUD AUTORIZACIÓN COMPATIBILIDAD LABORAL PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL COMO PERITO JUDICIAL - BEATRIZ MARTÍN HERNÁNDEZ . De orden del señor alcalde, la infrascrita secretria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior y Recursos Humanos, que literalmente dice: “1. EXPEDIENTE 728/2024. RECONOCIMIENTO COMPATIBILIDAD LABORAL EDUCADORA DE LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL COMO PERITO JUDICIAL. De orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da lectura al informe – propuesta que literalmente dice: “En relación con el expediente n.º 728/2024 relativo al reconocimiento de compatibilidad del personal al servicio de la Administración Local para desempeñar actividades privadas y en cumplimiento de lo preceptuado en la Providencia de Alcaldía, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES Documento Solicitud de la persona interesada Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 182 Informe Jurídico Resolución de Alcaldía Informe de la Jefatura de Personal Escrito de Emplazamiento a la persona interesada Certificado de Secretaría Informe del Servicio de Personal sobre las alegaciones LEGISLACIÓN APLICABLE La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: — El artículo 145 del Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. — La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. — El Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y empresas dependientes. — Los artículos 16, 95.2.n) y Disposición Final Tercera del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. — El artículo 50.9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. — Los artículos 22.2.q) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Aunque el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, atribuye al Alcalde el desempeño de la jefatura superior de todo el personal, el artículo 41.14 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre , especifica que son «todas las atribuciones en materia de personal que no sean de la competencia del Pleno...», y el artículo 50.9 del citado Reglamento, expresamente atribuye dicha competencia al Pleno de la Corporación. A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación y la doctrina expuestas, en base al Informe Jurídico obrante en el expediente, se considera que la siguiente propuesta de resolución se adecua a la legislación aplicable, procediendo su aprobación al Pleno, de conformidad de acuerdo con lo establecido por los artículos 14.2 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y 50.9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y el artículo 22.2.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 182 PRIMERO. Estimar la alegación presentadas por quienes a continuación se enuncian por los motivos expresados en el Informe de fecha 23 de febrero de 2024, del que se remitirá copia a la persona interesada junto con la notificación del presente Acuerdo, en consecuencia, Registro de Entrada NIF Nombre 2024-E-RC-801 ….2714- BEATRIZ MARTÍN HERNÁNDEZ SEGUNDO. Reconocer a BEATRIZ MARTÍN HERNÁNDEZ la compatibilidad con el ejercicio de la actividad profesional como perito judicial, por entender que se cumplen los requisitos requeridos por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. TERCERO. Inscribir el Acuerdo del Pleno por el que se reconoce dicha compatibilidad para desempeñar actividades privadas en el correspondiente Registro de personal. CUARTO. Notificar el Acuerdo adoptado a la persona interesada. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.” Una vez debatido el asunto por unanimidad de los Señores/as Concejales/as presentes, se acuerda elevar a Pleno la siguiente propuesta: PRIMERO. Estimar la alegación presentadas por quienes a continuación se enuncian por los motivos expresados en el Informe de fecha 23 de febrero de 2024, del que se remitirá copia a la persona interesada junto con la notificación del presente Acuerdo, en consecuencia, Registro de Entrada NIF Nombre 2024-E-RC-801 ….2714- BEATRIZ MARTÍN HERNÁNDEZ SEGUNDO. Reconocer a BEATRIZ MARTÍN HERNÁNDEZ la compatibilidad con el ejercicio de la actividad profesional como perito judicial, por entender que se cumplen los requisitos requeridos por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. TERCERO. Inscribir el Acuerdo del Pleno por el que se reconoce dicha compatibilidad para desempeñar actividades privadas en el correspondiente Registro de personal. CUARTO. Notificar el Acuerdo adoptado a la persona interesada.” Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 182 8.- Expediente 1471/2024. APROBACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL INCREMENTO ADICIONAL DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL DEL PERSONAL AL SERVICIO SECTOR PUBLICO (ART. 19.DOS.2.B LPGE 2023). “2. EXPEDIENTE 1471/2024. APROBACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEL INCREMENTO ADICIONAL DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO (ART. 19.DOS.2.B LPGE 2023).- De orden del señor presidente, a infrascrita secretaria da lectura al Acta de la Mesa de Negociación entre el Ayuntamiento de Breña Baja y el personal a su servicio, que literalmente dice: “1. APROBACIÓN DEL INCREMENTO DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL PARA EL PERSONAL FUNCIONARIAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN DE 07 DE FEBRERO DE 2024, de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023. 2. APROBACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA SUBIDA ADICIONAL DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL PARA EL PERSONAL LABORAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN DEL 7 DE FEBRERO DE 2024, de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023. Por parte del Secretario de la Mesa se procede a dar la palabra a la Sra. Interventora municipal, la cual informa someramente sobre el incremento del 0,5% salarial para el personal funcionario y laboral de acuerdo con la Resolución del 7 de febrero de 2024, de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023. Una vez debatido el asunto entre los/as miembros/as asistentes de la Mesa de Negociación, se acuerdo, por unanimidad aprobar: 1. APROBACIÓN DEL INCREMENTO DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL PARA EL PERSONAL FUNCIONARIAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN DE 07 DE FEBRERO DE 2024 de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023: Aprobar el incremento del 0,5 al personal funcionario sobre los siguientes conceptos retributivos. Salario base, trienios,complemento de residencia, complemento de destino, complemento específico y productividad y paga extra en virtud de la Resolución del 7 de febrero de 2024, de la Secretaria de Estado de presupuestos y gastos, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 182 Ministros del 06 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del Sector Público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Prepuestos Generales del Estado para el año 2023, con efecto retroactivo desde enero del 2023. 2. APROBACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA SUBIDA ADICIONAL DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL PARA EL PERSONAL LABORAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN DEL 7 DE FEBRERO DE 2024, de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023. Aprobar el incremento del 0,5% al personal laboral sobre los siguientes conceptos retributivos: salario base, antigüedad, paga extra así como, de los distintos pluses en virtud de la Resolución 7 de febrero de 2024, de la Secretaria de Estado de presupuestos y gastos, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros del 06 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del Sector Público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Prepuestos Generales del Estado para el año 2023, con efecto retroactivo desde enero del 2023.” Una vez debatido el asunto por unanimidad de los Señores/as Concejales/as presentes, se acuerda elevar a Pleno la siguiente propuesta: 1. APROBACIÓN DEL INCREMENTO DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL PARA EL PERSONAL FUNCIONARIAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN DE 07 DE FEBRERO DE 2024 de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023: Aprobar el incremento del 0,5 al personal funcionario sobre los siguientes conceptos retributivos. Salario base, trienios,complemento de residencia, complemento de destino, complemento específico y productividad y paga extra en virtud de la Resolución del 7 de febrero de 2024, de la Secretaria de Estado de presupuestos y gastos, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros del 06 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del Sector Público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Prepuestos Generales del Estado para el año 2023, con efecto retroactivo desde enero del 2023. 2. APROBACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA SUBIDA ADICIONAL DEL 0,5% DE LA MASA SALARIAL PARA EL PERSONAL LABORAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN DEL 7 DE FEBRERO DE 2024, de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DEL 06 DE FEBRERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO DEL 0,5 POR CIENTO EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO EN APLICACIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19.DOS.2.B) DE LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PREPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023. Aprobar el incremento del 0,5% al personal laboral sobre los siguientes conceptos retributivos: salario base, antigüedad, paga extra así como, de los distintos pluses en virtud de la Resolución 7 de febrero de 2024, de la Secretaria de Estado de presupuestos y gastos, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros del 06 de febrero de 2024, por el que se aprueba el Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 182 incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del Sector Público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Prepuestos Generales del Estado para el año 2023, con efecto retroactivo desde enero del 2023.” Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 9.- Expediente 1372/2024. BASES QUE HAN DE REGIR LA SUBVENCION PARA COMBATIR LA DESPOBLACION DEL MEDIO RURAL EJERCICIO 2023.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Sociales , Igualdad, Infancia , Mayores, Inf. Sociales, Vivienda y S.B.A. de fecha 25 de marzo de 2024, que literalmente dice: “1. EXPEDIENTE 1372/2023. BASES QUE HAN DE REGIR LA SUBVENCIÓN PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN DEL MEDIO RURAL EJERCICIO 2023. De orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “Aprobar las BASES REGULADORAS QUE RIGEN LAS AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025. Primera: Objeto. 1.Es objeto de las presentes bases regular el otorgamiento de ayudas dentro de la línea de actuación “fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada en el término municipal” del Programa Regional para Combatir la Despoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025, cumpliendo los requisitos establecidos en dicho Programa y su documento técnico y con la finalidad asegurar la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada del entorno rural a las condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y, en definitiva, aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas, con lo que se pretende contribuir también a propiciar la permanencia o Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 182 el cambio de residencia a las zonas rurales. Segunda: Tipos de actuaciones objeto de ayuda. 1.Podrán otorgarse subvenciones para la realización de las siguientes actuaciones: A.Obras de Rehabilitación en viviendas aisladas o interior de viviendas en edificios: a) Reformas para adaptar la vivienda a personas con diversidad funcional y movilidad reducida, tales como ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas, instalación de señales acústicas o luminosas, etc. b) Instalación de sistemas integrados de domótica que mejoren la accesibilidad y autonomía en el uso de la vivienda a personas con discapacidad funcional y movilidad reducida. c)Reformas de cuartos húmedos (cocina, baños y aseos). d)Instalaciones interiores eléctricas de baja tensión, sin incluir aparatos receptores e)Instalaciones interiores de fontanería y saneamiento. f) Obras relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado, carpintería exterior. g)Refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 182 B.En general las que proporcionen a las viviendas las condiciones de habitabilidad mínimas, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, debiéndose motivar la necesidad del proyecto o actuación. En el caso de edificios de tipología residencial colectiva, reformas en las zonas comunes: a)Instalaciones eléctricas de enlace. b)Instalación general de fontanería. c)Red de evacuación de aguas. d) Obras relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado, carpintería exterior. e)Refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales. f)Obras de accesibilidad. C. Obras con la finalidad de luchar contra la pobreza energética, entre cuyas causas se encuentra la baja eficiencia energética de la vivienda, tanto en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, como en los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, incluidas las actuaciones que se realicen en el interior de sus viviendas consistentes en: La mejora de la envolvente térmica del edificio y/o de la vivienda para reducir su demanda energética, mediante actuaciones en fachada, cubierta, plantas bajas no protegidas o cualquier paramento de dicha envolvente, de mejora de su aislamiento térmico, la Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 182 sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, el cerramiento o acristalamiento de las terrazas ya techadas, u otras, incluyendo la instalación de dispositivos bioclimáticos y de sombreamiento. Se incluye la instalación de agua caliente sanitaria, incluso la instalación de energía solar térmica. Para la justificación de la demanda energética en la situación previa y posterior a las actuaciones propuestas o, en su caso, del consumo de energía primaria no renovable se utilizará cualquiera de los programas informáticos reconocidos conjuntamente por los ministerios competentes en materia de vivienda y de energía, que se encuentran en el registro general de documentos reconocidos para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Asimismo, se podrá realizar mediante la comparación de los certificados de eficiencia energética de antes y después de la intervención. A efectos de acreditar el cumplimiento de la finalidad de esta actuación, se requiere que, tras la inversión, se produzca una reducción de al menos el 10% de las toneladas de CO2 anuales, o bien lograr una mejora del salto de una letra en la calificación para edificios de uso residencial (vivienda) del documento reconocido “Calificación de la eficiencia energética de los edificios” del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). D. Obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación con la finalidad de que puedan dejar de estarlo si se desarrollan las obras necesarias para ello, con indicación de las mismas. En el caso de que las viviendas en situación de fuera de ordenación sean propiedad de unidades de convivencia constituidas por colectivos vulnerables no será obligatorio que las obras cumplan la finalidad prevista en el párrafo anterior. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 182 Podrán llevar a cabo obras de conservación o reforma y aquellas otras que deban realizarse para cumplir obligaciones impuestas por la legislación sectorial de cara mantenimiento y viabilidad de su uso como vivienda. En el caso de que la vivienda en cuestión presente valores arquitectónicos o etnográficos las obras subvencionables serán aquellas que permita la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. 2. La actuación subvencionable podrá consistir en alguna de las actividades A, B, C o D o una combinación de las mismas, pudiendo abarcar un conjunto de viviendas de tipología unifamiliar y/o colectiva. En este último caso, las viviendas podrán ser de varios edificios. Deberán distinguirse las actuaciones individuales, las cuales se referirán a las intervenciones por vivienda unifamiliar y por edificio de tipología de vivienda colectiva. Asimismo, en cada actuación individual en un edificio deberán distinguirse las viviendas objeto de intervención. 3. Para la obtención de las subvenciones relacionadas en este programa, se requiere que la obra subvencionable no se haya iniciado antes de la fecha de solicitud de la subvención. Tercera: Régimen de las viviendas objeto de la intervención. 1.Las viviendas objeto de la intervención deberán reunir los requisitos siguientes: a)La vivienda debe constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, arrendatarios o + usufructuarios en el momento de la solicitud de la subvención. Excepcionalmente, la vivienda a rehabilitar podrá estar deshabitada a fecha de la solicitud, siempre y cuando se aporte el compromiso de la persona titular de la vivienda a destinarla a domicilio habitual y permanente de la persona propietaria o de una persona tercera en régimen de arrendamiento en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 182 las obras. b) En el supuesto de que se solicite la subvención para realizar actuaciones de accesibilidad, que alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga reconocida una discapacidad o sea mayor de 65 años. c)Que se ajusten a lo dispuesto en la normativa urbanística que sea de aplicación. Deberá tratarse de viviendas en situación de legalidad conforme a la normativa de aplicación, o legalizables, siempre y cuando, en este segundo supuesto, la ayuda se destine totalmente a la legalización. Cuarta: Requisitos específicos de las viviendas. 1. Las viviendas deberán tener, en general, una antigüedad en la fecha de la solicitud de, al menos, veinte años, salvo para actuaciones del tipo A.a) y/o A.b) en viviendas donde residan personas mayores de 65 años o con diversidad funcional y movilidad reducida. Asimismo, podrán subvencionarse obras destinadas a la mejora de la salubridad por encontrarse la vivienda con deficiencias graves que supongan la existencia de incumplimientos del Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HS de salubridad que impidan o dificulten la habitabilidad, por poner en riesgo la seguridad de las personas, aunque las viviendas no tengan la antigüedad requerida. De igual manera, para actuaciones del tipo A en aquellas viviendas en que la unidad de convivencia esté constituida por un colectivo vulnerable según la definición prevista en el artículo octavo, apartado 1. 2.Para los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva que quieran acogerse a las ayudas de este programa, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar finalizados antes de 1996, admitiéndose las excepciones citadas anteriormente en este apartado. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 182 b) Que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda. c) Que al menos el 50 % de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse al programa. 3.Las viviendas y sus anejos, así como las zonas comunes interiores y exteriores de los edificios con viviendas, deberán reunir los requisitos relativos a diseño y calidad del Código Técnico de la Edificación y demás disposiciones de carácter básico y en las de ámbito autonómico que les sean de aplicación, así como en las ordenanzas municipales de edificación. 4. Queda prohibido destinar la vivienda a alquiler turístico y a otros usos con un fin distinto al de residencia habitual y permanente, así como el subarriendo. 5.La vivienda no podrá permanecer deshabitada por un tiempo superior a 6 meses por año. 6. De conformidad con lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del art. 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se establece que la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para el que le fue concedido la subvención por un periodo mínimo de 10 años. Quinta: Beneficiarios 1.- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas que, reúna los siguientes: a) Tener nacionalidad española y los refugiados, asilados, apátridas, así como los extranjeros residentes o transeúntes en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo de Servicios Sociales. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 182 b) Estar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio o, en caso contrario, acreditar el compromiso de empadronarse para destinar la vivienda a su domicilio habitual y permanente o arrendarla a una persona tercera en régimen de arrendamiento en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización de las obras. c) Ser propietaria, copropietaria de la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación o ser representante de la Comunidad de propietarios en caso de ayudas a edificios de tipología residencial colectiva. d) Que la vivienda objeto de la rehabilitación constituya la residencia habitual y permanente de la unidad familiar del solicitante o pretenda serlo según lo previsto en la letra b) de este mismo apartado o de lo establecido en el punto cuarto apartado número cuatro. e) Que la vivienda necesite la realización de alguna/s de las obras de rehabilitación en los términos contemplados en estas bases. f) Que la vivienda y las obras de rehabilitación se ajusten a lo dispuesto en las normas urbanísticas que sean de aplicación, dejando a salvo el tipo de actuación prevista en la letra D de la base segunda, en relación con obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación. 2. No podrán obtener la condición de beneficiarios, quienes estén incursos en algunas de las prohibiciones establecidas en apartado segundo del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3.A los efectos de las presentes bases se entiende por unidad familiar la compuesta por el solicitante, su cónyuge o la persona que con él conviva en el supuesto de uniones de hecho, y otros familiares de primer y segundo grado por Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 182 consanguinidad y afinidad, que constituyan una unidad económica. Sexta: Obligaciones de los beneficiarios. 1. Son obligaciones de las personas beneficiarias, tanto las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, incluidas las siguientes: a) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las ayudas. b) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualquier otra comprobación que pueda realizar el órgano de control competente, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. c) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos con el mismo objeto. d) Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración que se produzca en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda y facilitar cualquier información que les sea requerida. e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Gobierno de Canarias, Agencia Tributaria Estatal, Tesorería de la Seguridad Social o regímenes alternativos de previsión social y con la propia Hacienda Municipal. f) Facilitar cuanta información les sea requerida por el Ayuntamiento, tanto durante los trámites de solicitud y concesión, como durante la ejecución, Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 182 finalización y justificación de las obras. g) Prestar consentimiento, tanto al Ayuntamiento como al Instituto Canario de la Vivienda, a fin de que pueda mostrar públicamente el resultado de la intervención llevada a cabo y de la ayuda concedida. Séptima: Presupuesto y gastos subvencionables. 1. El presupuesto subvencionable será el correspondiente al total de la ejecución de las obras descritas en la base segunda, incluidos los trabajos que sean necesarios para la correcta y completa ejecución de las actuaciones, más los honorarios de los profesionales intervinientes ‒ coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios ‒, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares siempre que todos ellos estén debidamente justificados y sean absolutamente necesarios para la realización de las obras y su puesta al uso. No se incluirán impuestos, tasas o tributos. 2. En el caso de obras en viviendas fuera de ordenación el presupuesto subvencionable no incluirá los gastos derivados de la tramitación administrativa. 3.Asimismo, deberán cumplirse los siguientes requisitos: a)El importe mínimo subvencionable por cada actuación individual deberá ser, al menos, de 1.500 €. b) Los costes subvencionables de la actuación no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 182 c)Los honorarios profesionales subvencionables estarán limitados al 7,5% del coste de las obras. d)El presupuesto subvencionable no incluirá electrodomésticos. Octava: Cuantía máxima de las ayudas. 1.Viviendas unifamiliares Se concederá a los beneficiarios una subvención del 50% del coste subvencionable de cada actuación individual y por un importe máximo por vivienda de 10.000 euros. En aquellas viviendas en que la unidad de convivencia esté constituida por colectivo vulnerable, el porcentaje máximo de la ayuda correspondiente a esa vivienda sobre la inversión afectada a la misma será del 100% y no superará el límite anterior de 5.000 €. En el supuesto de actuación del tipo C (“lucha contra la pobreza energética”) los honorarios profesionales y el coste del certificado de eficiencia energética se considerarán aparte del resto de conceptos subvencionables, de forma que este resto se subvencionará al porcentaje que corresponda de acuerdo al párrafo anterior y hasta el límite de 10.000 € por vivienda de tipología individual. Por su parte, los honorarios del técnico proyectista y el coste del certificado de eficiencia energética se subvencionarán al 100%, hasta el límite de 750 y 250 €, respectivamente. Finalmente, la cuantía de la subvención será la suma de ambos términos. Se entenderá por colectivos vulnerables: Umbral de ingresos, Características de la unidad de convivencia en nº de veces el IPREM Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 182 ≤ (1,5 + (N-1)*0,5) Unidades de convivencia de hasta 4 miembros. N es el número de miembros de la unidad de convivencia - Familia numerosa de categoría general. ≤ 4 - Unidades de convivencia en las que exista alguna persona con discapacidad diferente a la correspondiente al siguiente umbral. - Familia numerosa de categoría especial. - Unidades de convivencia que incluyan personas con discapacidad de alguno de estos tipos: I) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad ≤ 5 intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100; II) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100. --- - Víctima de violencia de género --- - Persona dependiente. Los ingresos de la unidad de convivencia o vivienda serán los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia o vivienda en el año anterior al de la concesión de la subvención. Para su cálculo: - Se partirá de las cuantías de la base imponible general y del ahorro, reguladas en los artículos 48 y 49 respectivamente, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Excepcionalmente y, ante la no disposición de datos fiscales recientes, el Ayuntamiento podrá solicitar otras informaciones, incluyendo una declaración Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 182 responsable sobre sus ingresos, a efectos de determinar los ingresos reales de los miembros de la vivienda. - La cuantía resultante se convertirá en número de veces el IPREM, referido a 14 pagas, en vigor durante el periodo al que se refieran los ingresos evaluados. 2.Edificios de tipología residencial colectiva: Cuantía máxima de la subvención en edificios de tipología residencial colectiva Cuantía máxima de la subvención por vivienda: el menor de los valores Máxima Colectivos límite 1 y límite 2 conjunto del edificio Límite 1 Intensidad de vulnerables Ayuda (€) Sí 100 % 0,85*ISv 8.000 8.000 €/vivienda No 50 % 0,50*ISv ISv: Inversión Subvencionable asignada a una vivienda En el supuesto de actuación del tipo III (“lucha contra la pobreza energética”) los honorarios profesionales y el coste del certificado de eficiencia energética se considerarán aparte del resto de conceptos subvencionables, de forma que este resto se subvencionará al porcentaje que corresponda de acuerdo a la tabla anterior y hasta el límite de 8.000 € por vivienda de tipología colectiva. Por su parte, los honorarios del técnico proyectista y el coste del certificado de eficiencia energética se subvencionarán al 100%. No obstante, los honorarios del técnico proyectista estarán limitados a 2.500 € por edificio, mientras que el coste de los certificados de eficiencia energética estará limitado a 500 € por edificio más 30 € por vivienda del edificio. Finalmente, la cuantía de la subvención será la suma de ambos términos. Limitación para el Límite 2 (€) General Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 182 Novena: Financiación. 1. La financiación de las ayudas correspondientes a esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 231.480.02 de los Presupuestos Municipales para el año 2024. 2. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria será DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (271.618,97 €), de los cuales la totalidad le corresponden al Instituto Canario de la Vivienda. Décima: Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento La competencia para la ordenación e instrucción de los expedientes corresponderá al departamento de Secretaría. El órgano instructor procederá a la revisión de los expedientes de solicitud verificando que contengan la documentación exigida y realizando, en su caso el trámite de subsanación de errores si procediera. Además , se realizará de oficio cuantas actuaciones se estimen necesarias y convenientes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos que figuren en las solicitudes en virtud de los cuales se deberán valorar las mismas para la resolución del expediente de concesión de ayuda. Será competente para la resolución de los procedimientos de concesión de las ayudas contempladas en estas bases el Alcalde. Undécima: Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes. 1. Las instancias de solicitud, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Registro General de ese Ayuntamiento, a través de la sede electrónica municipal ( https:// bbaja.sedelectronica.es ) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16,4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre , de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 182 2. Conforme con lo establecido en el Artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende otorgado el consentimiento a este Ayuntamiento, para la consulta de los datos que afecten al procedimiento para la resolución de la ayuda solicitada. En caso de que el solicitante no otorgue su consentimiento para la consulta deberá indicarlo de forma explícita en la solicitud, comprometiéndose a aportar los datos y certificados requeridos para su resolución. 3. La presentación de solicitudes tendrá lugar dentro del plazo de TREINTA días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, previa inserción en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).Las solicitudes presentadas fuera del plazo aludido no serán admitidas. 4. El modelo de solicitud, las autorizaciones y las bases se encuentran a disposición de los interesados en el Registro General del Ayuntamiento de Breña Baja en horario de atención público, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento:(https://bbaja.sedelectronica.es) Duodécima: Formalización y presentación de solicitudes. 1.Las solicitudes de ayudas para el fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentará a través de las vías indicadas en la Base anterior. 2. Se deberá presentar una solicitud por cada actuación conformada junto con la siguiente documentación: a)Modelo normalizado de la solicitud debidamente cumplimentado y firmado (Anexo Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 182 I). b)DNI o NIE del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar. Los extranjeros deberán presentar, además original y copia completa del pasaporte. c)Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda. d) Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad económica de convivencia: - Vida Laboral de todas las personas mayores de 16 años que componen la Unidad económica de convivencia, excepto pensionistas. - Pensionistas: documento acreditativo de la pensión que recibe emitido por el órgano competente. - Trabajadores por cuenta ajena: certificado de haberes de empresa o última hoja de salario. - Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral del I.R.P.F. y /o último boletín de cotización a la Seguridad Social y declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe. - Desempleados: Documento acreditativo de hallarse inscrito /a en la Oficina de Empleo como demandante de empleo; Certificado de Prestaciones. - Estudiantes mayores de 16 años: original y fotocopia de la matrícula del curso actual o certificado de estudios. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 182 - Movimientos bancarios de todas las cuentas de las que sean titulares los miembros de la unidad económica de convivencia, de los tres meses inmediatos anteriores a la solicitud de la ayuda. - Fotocopia de la Declaración de la Renta o en su defecto, certificado de no haber presentado I.R.P.F. correspondiente al último ejercicio, de todos los miembros de la unidad económica de convivencia que perciban rentas sujetas a este impuesto, incluyendo los menores de edad no emancipados que contarán en declaración conjunta con sus progenitores. e)Presupuestos del gasto que origine la petición de la ayuda. f) Declaración responsable, de conformidad con el modelo contenido en el Anexo II, de que ni el solicitante ni ninguno de los miembros de la unidad familiar es titular de otra vivienda, a excepción de qué, disponiendo de una vivienda en régimen de propiedad, exista un derecho de uso a favor de un/a tercero/a establecido en resolución judicial, o únicamente disponga de la nuda propiedad de otra vivienda gravada con un derecho de usufructo a favor de un/a tercero/a, en cuyo supuesto se aportará documentación acreditativa del cumplimiento de las indicadas circunstancias (Sentencia de Divorcio, Separación, Guarda y Custodia de Hijos Extra matrimoniales, Declaratorio de Herederos, Escrituras de Propiedad, etc.). g) Declaración responsable, de conformidad con el modelo contenido en el Anexo I, en el que constarán los siguientes extremos: - Autorización al Ayuntamiento para consultar de oficio, que el interesado está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. - Que no se haya incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones no acreditadas mediante Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 182 documentación específica. h)Consentimiento informado, conforme modelo contenido en el Anexo II, para la obtención de datos o documentos de los miembros de la unidad familiar. i)Acreditación de la vigencia de la condición de víctima de violencia de género, en su caso. 3.Conforme a lo expresado en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, con independencia de que la presentación de los citados documentos tenga carácter preceptivo o facultativo en el procedimiento de que se trate, siempre que el interesado haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados dichos documentos. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por los interesados salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso. 4. Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 5. Únicamente podrá formularse una solicitud por persona/unidad familiar y vivienda. En caso de presentarse varias solicitudes por igual o distinta persona para la rehabilitación de la misma vivienda, todas ellas serán excluidas. 6.Se podrá solicitar cualquier otra información socio-económica o técnica que se estime oportuna, a los efectos de acreditar la situación en el expediente, sin Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 182 perjuicio del acceso a los Registros Públicos, previa la autorización de la persona interesada. 7.La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de su importancia, la denegación de la ayuda solicitada, sin perjuicio de las restantes responsabilidades que pudieran derivarse. 8. No habrá posibilidad de reformulación de solicitudes, una vez dictada la Resolución definitiva, salvo que se reciba otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de procedencia pública o privada, para la misma finalidad y que no resulten incompatibles, conforme a estas Bases. 9. La presentación de solicitudes presupone la aceptación de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en las presentes bases. Decimotercera: Evaluación y criterios de valoración de las solicitudes. 1.La evaluación de las solicitudes se realizará en régimen de concurrencia competitiva con base a la documentación aportada, y conforme a las consideraciones siguientes. 2. La evaluación se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el solicitante en la fase de admisión. No obstante, el órgano instructor podrá requerir aclaraciones sobre aspectos de la solicitud que no supongan reformulación ni mejora de esta. 3.Verificado el cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria y emitido informe sobre la situación social de la unidad familiar de la persona solicitante, así como informe técnico municipal con relación a la concreción de las obra a ejecutar, se procederá a una valoración de las solicitudes para la Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 182 distribución de las ayudas económicas de acuerdo con los criterios de condiciones de la vivienda, situación socio-familiar y situación económica siguientes: A.Condiciones de habitabilidad de la vivienda: Hasta 40 puntos: NIVEL DESCRIPCIÓN PUNTOS I Mejorar las condiciones de 10 accesibilidad mediante la supresión de barreras arquitectónicas y la adecuación funcional a las personas con discapacidad y/o dependientes II Mejorar la protección contra la 9 presencia de aguas y humedades. III Prioridad geográfica del 8 inmueble. Se encuentre separado del casco urbano y en una zona donde predomine la economía del sector primario. IV Mejorar la iluminación natural y 7 la ventilación interior. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 182 V Mejorar los servicios e 6 instalaciones de los suministros de agua, gas, electricidad y saneamiento. B. Situación socio-familiar, que vendrá determinada por las circunstancias familiares: Hasta 20 puntos NIVEL DESCRIPCIÓN PUNTOS I Familia numerosa. 6 II Miembros de la unidad familiar 6 con discapacidad o dependencia. III Víctimas de violencia de género. IV Otras circunstancias especiales 3 C. Situación económica de la unidad familiar, determinada por los ingresos en relación con el número de integrantes de la misma: Hasta 40 puntos. RENTA PER CÁPITA MENSUAL (RP) (euros) Hasta 450,00 40 Hasta 550,00 36 Hasta 650,00 32 5 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 182 PUNTOS Hasta 750,00 28 Hasta 850,00 24 Hasta 950,00 20 Hasta 1.000,00 16 Hasta 1.050,00 12 Hasta 1.100,00 10 Mayor cantidad 5 4.En el supuesto de que haya expedientes con igual puntuación, se dará prioridad al estado de conservación más deficitario de la vivienda en relación con las condiciones mínimas de habitabilidad-accesibilidad. Si aun así hubiese expedientes en igualdad de condiciones, se dará prioridad al de orden de entrada de la solicitud. 5.Quedarán automáticamente excluidos todos aquellos proyectos que no se ajusten a lo especificado en estas bases. 6.Aquellas actuaciones correspondientes a solicitudes presentadas a una convocatoria municipal que se hubieran ejecutado pero que resultaron desestimadas por haberse agotado la dotación presupuestaria, podrán obtener la ayuda, en la convocatoria siguiente, siempre que cumplan con lo exigido en el presente documento técnico, en las bases reguladoras y en la propia convocatoria municipal. Decimocuarta. Comisión de evaluación. 1. Las solicitudes serán objeto de un procedimiento de evaluación cuya ejecución se encomienda a la comisión de evaluación, que tendrá como función emitir un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, según lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 182 2.La comisión de evaluación estará presidida por el Concejal Responsable de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Breña Baja. 3.Serán vocales de la referida comisión: - La persona que ostente Secretaria General de la Corporación, que actuará como secretaria de la comisión, con voz pero sin voto. - Un Técnico de la oficina técnico municipal - Un Técnico de los servicios sociales. - Un Técnico en Prodae. El funcionamiento de la comisión de valoración se ajustará al régimen jurídico previsto en materia de órganos colegiados en el capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Decimoquinta. Instrucción del procedimiento y resolución. 1. El órgano competente para la instrucción realizará, de oficio, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 2. Una vez efectuada la evaluación, el órgano instructor, a la vista de la propuesta de concesión acordada por la comisión de evaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se comunicará a las personas interesadas a través de su publicación en al Sede Electrónica del Ayuntamiento (surtiendo todos los efectos de notificación según lo previsto en Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 182 el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con los procedimientos de concurrencia competitiva), para que, en el plazo de 10 días hábiles, formulen las alegaciones que estimen convenientes aportando, en su caso, los documentos formales que se requieran en la citada propuesta. 3. Una vez examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por las personas interesadas, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva que se comunicará a las personas interesadas a través de su publicación en al Sede Electrónica del Ayuntamiento (surtiendo todos los efectos de notificación según lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con los procedimientos de concurrencia competitiva) para que, en el plazo de diez días hábiles, comuniquen su aceptación o renuncia a la ayuda otorgada. La ausencia de respuesta expresa por parte de la persona interesada, en el plazo establecido, determinará que se le tenga por desistido de la solicitud. 4.En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tenga conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que solicita la ayuda. 5. Una vez elevada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente dictará la correspondiente resolución estimatoria o desestimatoria de concesión de la ayuda solicitada. Dicha resolución hará constar que ha sido concedida al amparo del Programa para Combatir la Despoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 6.La resolución definitiva expresará: Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 45 de 182 a) La relación de personas beneficiarias. b)Las obras de rehabilitación objeto de la ayuda. c) La cuantía de la ayuda, el presupuesto subvencionado y el porcentaje de ayuda con respecto al presupuesto aceptado. d)El plazo de la realización de la actividad subvencionada. e)Relación de solicitudes en estado de reserva. f)La exclusión de solicitudes por no reunir los requisitos de la convocatoria. Decimosexta: Plazo de resolución y notificación. 1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de TRES MESES, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia». Si transcurrido dicho plazo el órgano competente para resolver no hubiese notificado dicha resolución, las personas interesadas estarán legitimados para entender desestimada su solicitud, de acuerdo con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sin que ello exima de la obligación legal de resolver. 2. Las listas de resoluciones estimatorias o desestimatorias de la concesión de las ayudas se publicarán en la Sede electrónica del Ayuntamiento, surtiendo todos los efectos de notificación según lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación a los procedimientos de concurrencia competitiva. 3. La resolución pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 46 de 182 interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Sin perjuicio de lo anterior, contra estas resoluciones cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la mencionada publicación, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo. 4. Conforme a lo dispuesto en el art 63 del Reglamento General de Subvenciones, para el supuesto de que se renunciase a la ayuda por alguno de las personas beneficiarias, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la ayuda a los solicitantes siguientes, en orden de puntuación, siempre y cuando el crédito liberado con la/s renuncia/s sea suficiente para atender al menos a una de las solicitudes en lista de reserva, en función de la puntuación obtenida. Este procedimiento se aplicará igualmente en el caso de desistimiento expreso o tácito a la propuesta de ayuda contenida en la resolución provisional. Decimoséptima: Pago de las ayudas 1.Atendiendo a las circunstancias concurrentes de cada solicitante, podrá ser anticipado hasta el 100% del total de la subvención concedida, previa petición expresa del beneficiario. En este caso, habrá de existir un informe social previo que acredite la necesidad del anticipo. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 47 de 182 Decimoctava: Plazo de ejecución y finalización de las obras. 1. Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse en el tiempo y forma que se establezcan en las resoluciones de concesión. 2. Finalizadas, en plazo, las obras objeto de ayudas, el interesado comunicará por escrito dicha circunstancia para que se proceda a la inspección final de la vivienda., conforme al modelo del Anexo VI. 3. Transcurrido el plazo para la finalización de las obras sin que esta se haya comunicado, podrá girarse visita de inspección al inmueble. Decimonovena: Plazo y forma de justificación. 1. El plazo de justificación de las actividades y gastos realizados será de QUINCE DÍAS a contar desde la fecha límite establecida en la resolución de concesión y se realizará según las siguientes prescripciones. a) Transcurrido el plazo establecido sin haberse presentado la documentación justificativa ante el órgano competente, éste requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada, con apercibimiento de que la falta de presentación dará lugar a la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. b)La documentación justificativa consistirá en: - Facturas originales y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, de los materiales y mano de obra empleada en la ejecución de las obras, coincidente con lo previsto en el presupuesto inicial, y efectivamente pagadas con anterioridad a la Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 48 de 182 finalización del período de justificación. Se considerará documento justificativo del pago material, la transferencia bancaria o documentos equivalentes, y de haberse hecho efectivo, deberán constar en la factura el nombre, firma y sello del proveedor o de quien firme en su nombre, acompañado de las detalladas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico palabra “recibí en efectivo”. - Facturas originales, cartas de pago o cualquier otro documento acreditativo, de aquellos gastos complementarios, previos o posteriores a dicha ejecución, tales como honorarios de facultativos, trámites administrativos y aquellos otros que sean absolutamente necesarios para la realización de las obras y su puesta al uso, y que estén efectivamente pagadas con anterioridad a la finalización del período de justificación. En los supuestos en los que el importe de la subvención supere los 1.000 euros y los trabajos sean realizados por empresario o profesional no podrán pagarse en efectivo las operaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, siendo en estos casos documentos justificativo de haberse hecho efectivo el pago, la transferencia bancaria donde figure al menos, como ordenante del pago el beneficiario de la ayuda, como destinatario el perceptor del pago, el importe que se paga y el concepto. - Informe técnico municipal en el que se constatará, tras la visita de comprobación que se realice, la finalización de todas las obras de rehabilitación subvencionables. El técnico tras personarse en el lugar, levantará acta sobre el estado en que se encuentre la obra, quedando el informe incorporado de oficio en cada expediente. c) El órgano competente verificará el cumplimiento de los objetivos establecidos en la resolución de concesión, la adecuada justificación de la ayuda Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 49 de 182 y la aplicación de los fondos a los fines para los que se concedió la ayuda, así como el resto de obligaciones de la persona beneficaria recogidas en estas bases, emitiendo una certificación acreditativa como resultado de dichas actuaciones de comprobación. Dicha certificación determinará, en su caso, el acuerdo de la procedencia de reintegro a los efectos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. d) Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma ante el Ayuntamiento, adoleciera de vicios o estuviera incompleta y los mismos fueran subsanables, la administración requerirá a la personas beneficiaria para que en el plazo improrrogable de DIEZ DÍAS sea presentada. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones. e) La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá a la persona beneficiaria de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan. f) Cuando la justificación fuera insuficiente o incompleta dará lugar al reintegro total o parcial de la misma en atención a las cantidades no justificadas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases, en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento que desarrolla dicha ley. Sin perjuicio, de los intereses legales que fueran procedentes. Vigésima: Normativa aplicable. Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, y demás normativa que resulte de aplicación, así como por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Breña Baja, y por el Documento Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 50 de 182 Técnico del Programa para Combatir la Despoblación en el Medio Rural dentro del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025. Vigésima primera : Compatibilidad con otras ayudas. 1. Las personas beneficiarias podrán compatibilizar estas ayudas con otras del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025 siempre que no concurran en el presupuesto de la actuación inversiones comunes. No obstante no podrán compatibilizar estas ayudas con el programa del Plan Estatal de Vivienda 2018 – 2021, relativo a la Conservación, Mejora de la Seguridad de Utilización y Accesibilidad en Viviendas, salvo que indubitadamente los costes subvencionables sean diferentes. 2. Estas subvenciones se podrán compatibilizar con otras ayudas para el mismo objeto procedentes de otras Administraciones o instituciones siempre que el importe total de las ayudas recibidas no supere el coste total de las actuaciones y siempre que la regulación de las otras ayudas, ya sean de ámbito nacional o europeo, lo admitan. 3. A estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en el art 14.1.d) de la Ley General de Subvenciones, una de las obligaciones de toda persona beneficiaria será comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la finalización de las obras subvencionadas. Vigésimo segunda: Incumplimiento, inspección, responsabilidad y régimen sancionador. 1. En los supuestos en que la persona beneficiaria incumpliera cualesquiera de las obligaciones establecidas en estas bases, en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y demás normas de aplicación, así como si incumpliera las condiciones Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 51 de 182 que, en su caso, se establezcan en la resolución de concesión, el órgano competente declarará la obligación de reintegro de las ayudas percibidas, así como los intereses de demora que correspondan. 2.El procedimiento de reintegro se regirá por lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el título III del Reglamento de dicha Ley aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. 3.El acuerdo por el que se inicie el procedimiento de reintegro deberá indicar la causa que determina su inicio, las obligaciones incumplidas y el importe de la subvención afectado. 4. Recibida notificación del inicio del procedimiento de reintegro, la persona interesada podrá presentar las alegaciones y documentación que estime pertinentes en un plazo de DIEZ días hábiles. 5. Corresponderá dictar la resolución del expediente al órgano concedente de la subvención, debiendo ser notificada al interesado en un plazo máximo de SEIS meses desde la fecha del acuerdo de inicio. La resolución indicará quién es la persona obligada al reintegro, las obligaciones incumplidas, la causa del reintegro y el importe de la subvención a reintegrar junto a los intereses de demora. 6. El Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar cuantas comprobaciones sean necesarias para el adecuado seguimiento y control de las actividades subvencionadas. 7. Las personas beneficiarias de estas ayudas quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones administrativas sobre la materia establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el título IV de del Reglamento de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 52 de 182 dicha Ley aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. 8.Perderá el derecho a la ayuda y será causa de no abono de la misma, los siguientes supuestos: a) Obtener la ayuda sin reunir las condiciones requeridas para ello o falseando u ocultando los hechos o datos que hubieran impedido su concesión. b) Destinar el material objeto de la subvención concedida a una finalidad distinta de la subvencionada. c)Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación. d)No realizar la actividad subvencionada en el plazo previsto. e)No justificar la subvención en el plazo previsto. Vigésima tercera: Criterios de graduación de los posibles incumplimientos. 1. El incumplimiento total de los fines para los que se concedió la subvención, de la realización de los gastos subvencionables, o de la obligación de justificación, dará lugar a la no exigibilidad de la subvención y, en caso de que la misma se hubiera abonado por anticipado, al reintegro de la subvención más los intereses de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde el reintegro. 2. Cuando el cumplimiento por la persona beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por este una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos y de las condiciones de otorgamiento de la subvención, se tendrá en cuenta lo siguiente: Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 53 de 182 a)El incumplimiento parcial de los fines para los que se concedió la subvención, de la realización de la inversión, o de la obligación de justificación, dará lugar a la pérdida al derecho al cobro de la subvención asignada al beneficiario o, en su caso, al reintegro de la misma más los intereses de demora, en el porcentaje correspondiente a la inversión no efectuada o no justificada. b) Asimismo, para aplicar la proporcionalidad citada, ni el número de viviendas ni la superficie total intervenida pueden reducirse a más de la mitad. c) La presentación de la justificación una vez finalizado el plazo establecido se considerará incumplimiento parcial no significativo de la obligación de justificación, incluso si se presenta en el plazo de quince días a contar desde el requerimiento regulado en el artículo 23.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo. d)A los efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores se considerará incumplimiento total la realización de una inversión inferior al 50 por ciento de la inversión subvencionable y, cumplimiento aproximado de modo significativo al total, el equivalente a un 50 por ciento o superior. 3.En todo caso, el alcance del incumplimiento será total en los siguientes casos: a)El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por la persona beneficiaria que hayan servido de base para la concesión. b)Incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención. c)La presentación de los justificantes terminado el plazo de 15 días desde el requerimiento regulado en el citado artículo 23.3 del Decreto 36/2009, de 31 de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 54 de 182 marzo. d) Incumplimiento del mantenimiento durante 10 años tras la finalización de la inversión, del destino como vivienda habitual y permanente. En este sentido, la vivienda no podrá permanecer deshabitada por un tiempo superior a 6 meses por año. EXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN D/Dª ……………………………………………………………………………………………… con DNI n.º …………………………...y con teléfonos……………………, titular de una vivienda sita en calle……………………., n.º……………, en ................................................................................................................................... Municipio de…………………………., que constituye su domicilio habitual y permanente, DATOS DEL REPRESENTANTE (únicamente tiene que rellenarse en su caso): D/Dª …………………………………………………………………………………………… … con DNI n.º …………………………... EXPONE: 1º) Que es titular de una vivienda sita en: …………………………………………………………………………………………………….. 2º) Que la citada vivienda presenta los siguientes problemas: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………….. 2º) Que para la adecuación de dicha vivienda es necesario la realización de obras de rehabilitación consistentes en: Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 55 de 182 ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………presupuestadas en ………………….euros, en concepto de: (Márquese con una X lo que proceda) - ( ) Materiales. - ( ) Contrato de ejecución de obras. - ( ) Honorarios profesionales. - ( ) Otros. Por lo expuesto, y de acuerdo con las BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR LAS AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025, SOLICITA: La concesión de una ayuda por importe de …………………….. euros, para la realización de las obras de rehabilitación descritas en la presente solicitud, acompañándose de la documentación requerida en las citadas Bases DECLARACIÓN JURADA: Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con: La Agencia Tributaria Canaria y Estatal, con la Seguridad Social o regímenes Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 56 de 182 alternativos de previsión social, y con el Ayuntamiento de Breña Baja; que no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente Público, haciendo constar, en su caso, en documentación adjunta las que ha solicitado y el importe de las recibidas y que si se ha recibido con anterioridad subvenciones concedidas por el Ayuntamiento ha procedido a su justificación. AUTORIZO: A tenor de lo previsto por el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por medio del presente expreso mi consentimiento al Ayuntamiento de Breña Baja para recabar la información necesaria ante esa Administración, la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, la Agencia Española de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y cualquier otra administración si así fuera necesaria para la comprobación de los datos de la presente solicitud. En.........................................................................................................................., a............ de.................................... de.................. Firma del Solicitante/Representante ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE D/Dª ……………………………………………………………………………………………… con DNI n.º …………………………...como solicitante de una ayuda acogida a las BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR LAS AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 57 de 182 DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025, ante el Ayuntamiento de Breña Baja, MANIFIESTA bajo su propia responsabilidad: 1.- Que los miembros de mi unidad familiar son los siguientes (sólo firmar mayores de edad): Nombre y Apellidos DNI/NIE Parenteco Edad Firma Marque lo que proceda: ( ).- Que ni el solicitante, ni ninguno de los miembros de la unidad familiar son titulares de otra vivienda, a excepción de que, disponiendo de una vivienda en régimen de propiedad, exista un derecho de uso a favor de un/a tercero/a establecido en resolución judicial, o únicamente disponga de la nuda propiedad de otra vivienda gravada con un derecho de usufructo a favor de un/a tercero/a, en cuyo supuesto se aportará documentación acreditativa del cumplimiento de las indicadas circunstancias (Sentencia de Divorcio, Separación, Guarda y Custodia de Hijos Extra matrimoniales, Declaratorio de Herederos, Escrituras de Propiedad, etc.). ( ). Que los Firmantes del Punto 1 Autorizan al Ayuntamiento de Breña Baja a comprobar en Catastro que no poseen otra vivienda. ( ).- Que la vivienda donde se van a realizar las obras de rehabilitación, de la cual soy titular, constituye el domicilio habitual y permanente de esta unidad familiar. ( ).- Que excepcionalmente, la vivienda a rehabilitar está deshabitada a fecha de la solicitud y que me comprometo como titular de la vivienda a destinarla a domicilio habitual y permanente de la unidad familiar. ( ). Que me comprometo a destinar la vivienda a rehabilitar a una tercera persona en régimen de arrendamiento en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización de las obras. No destinándola al Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 58 de 182 alquiler turístico, ni a otros usos distintos al de residencia habitual y permanente, mediante el subarriendo. En ………………………………...a …….. de ……….. de 20…. EL/LA SOLICITANTE ANEXO III MEMORIA Y PRESUPUESTO DE LAS OBRAS D./Dª……………………………………., con DNI n.º….................................., como solicitante de una Ayuda acogida a la BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR LAS AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025, ante el Ayuntamiento de Breña Baja, EXPONE a continuación una descripción de las obras a realizar: PRESUPUESTO DE LAS OBRAS DESGLOSADO EN CONCEPTO DE MATERIALES, MANO DE OBRA, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y OTROS: Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 59 de 182 MEDICIÓN DESCRIPCIÓN OBRAS EUROS • TOTAL COSTE MATERIALES…................euros • TOTAL COSTE MANO DE OBRA.....................euros • TOTAL COSTE MAQUINARIA…................euros • TOTAL COSTE TRANSPORTE DE MATERIALES Y/O MAQUINARIA…........euros • TOTAL COSTE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA…………….. euros • TOTAL COSTE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS…………. euros • TOTAL OTROS COSTES…...............................euros En..............................................................................................................................................., a............ de.................................... de.................. Firma del Solicitante/Representante ANEXO IV CONSENTIMIENTO INFORMADO D./Dª …………………... .............................................. con DNI n°...............................................por la firma del presente documento, autorizo al Ayuntamiento de Breña Baja, al tratamiento de mis datos personales, así como de los datos de los menores de edad sobre los que ostento la representación legal, y a su incorporación en los ficheros de datos de los cuales el Ayuntamiento es responsable. Dicha autorización incluye mi consentimiento para el tratamiento de datos especialmente protegidos que sean precisos para la concesión y gestión de las ayudas previstas en la BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR LAS AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2020-2025. MENORES A CARGO DE LOS SOLICITANTES DE LA AYUDA: Nombre Apellidos DNI Fecha de nacimiento Menor 1 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 60 de 182 Edad Menor 2 Menor 3 Menor 4 MAYORES QUE FORMEN PARTE DE LA UNIDAD FAMILIAR (Manifiestan su consentimiento a obtener los documentos o consultar los datos que requieren las BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS, 2019-2020. Parentesco solicitante Nombre Apellidos DNI y Firma 1.- Reconozco haber sido informado de la posibilidad de ejercer mis derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, dirigiendo la oportuna comunicación al Ayuntamiento de Breña Baja, conforme dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal. 2.- En el supuesto de ser beneficiario de la Subvención para el fomento de la Rehabilitación de Viviendas de titularidad privada del programa para combatir la despoblación del medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020/2025, 3.- Autorizo al Ayuntamiento de Breña Baja y al Instituto Canario de la Vivienda a divulgar las actuaciones subvencionadas. Y, en prueba de conformidad, se firman este documento, a un solo efecto, en ………………..., a ….. de de 20… Firma de los solicitantes (mayores de edad) ANEXO V ACEPTACIÓN SUBVENCIÓN D/Dª ……………………………………………………………………………………………… con DNI n.º …………………………...y con teléfonos……………………, titular de una vivienda sita en calle……………………., n.º……………, en ............................................................................................................................... Municipio de…………………………., que constituye su domicilio habitual y permanente, Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 61 de 182 DATOS DEL REPRESENTANTE (únicamente tiene que rellenarse en su caso): D/Dª ……………………………………………………………………………………………… con DNI n.º …………………………... ACEPTA: La Subvención concedida para la rehabilitación de mi vivienda sita en……………………………………, dentro del programa para combatir la despoblación del medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020/2025, por un importe de euros, para las obras de: Y SE COMPROMETE A: A destinarla a la finalidad de la misma, aportando el importe que exceda de la subvención concedida para cubrir el importe total de las obras subvencionadas y a cumplir las obligaciones establecidas en las Bases y demás disposiciones que le sean de aplicación. En ..................., a............ de...................................................... de.................. Firma del Solicitante/Representante Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 62 de 182 ANEXO VI COMUNICACIÓN FINALIZACIÓN DE OBRAS D/Dª ……………………………………………………………………………………………… con DNI n.º …………………………...y con teléfonos……………………, titular de una vivienda sita en calle……………………., n.º……………, en ............................................................................................................................... Municipio de…………………………., que constituye su domicilio habitual y permanente, DATOS DEL REPRESENTANTE (únicamente tiene que rellenarse en su caso): D/Dª ………………………………………………………………………………………………con DNI n.º …………………………… EXPONE: Que habiendo aceptado la subvención concedida dentro del programa para combatir la despoblación del medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020/2025, por un importe de…………………………… €, para las obras de: Se COMUNICA que dichas obras están finalizadas. Y SOLICITA: Se proceda a las comprobaciones oportunas para que se emita el correspondiente informe de finalización de las obras subvencionadas, en virtud de la base decimonovena de las Bases Reguladoras que rigen las Ayudas al Fomento de la Rehabilitación de Viviendas de Titularidad Privada dentro del Programa para Combatir la Despoblación en el Medio Rural, del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025. En ..................., a............ de...................................................... de.................. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 63 de 182 Firma del Solicitante/Representante Villa de Breña Baja, a veintiséis de abril de dos mil veintitrés. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente.” Una vez debatido el asunto por unanimidad de los/as Señores/as Concejales/as presentes, se acuerdo elevar a Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar las BASES QUE HAN DE REGIR LA SUBVENCION PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN DEL MEDIO RURAL EJERCICIO 2023, que se transcriben. SEGUNDO. Publicar las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Web municipal. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 10.- Expediente 20/2024. CONVENIO ENTRE LA ASOCIACIÓN MOJO DE CAÑA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA - 2024 .- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa que literalmente dice: “3. EXPEDIENTE 20/2024. CONVENIO ENTRE LA ASOCIACIÓN MOJO DE CAÑA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA – 2024 De orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “Villa de Breña Baja, a //2024 TÍTULO DEL PROYECTO: INTEGRACIÓN SOCIAL, ACOMPAÑAMIENTO, ORIENTACIÓN, DINAMIZACIÓN JUVENIL BREÑA BAJA 2024 ANEXOS: Forman parte de este convenio los siguientes anexos: ANEXO 1 COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN Por un lado, ASOCIACIÓN MOJO DE CAÑA (en adelante, MOJO DE CAÑA), con domicilio fiscal en C/ Corrientes 11, piso 2, 35008, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas y domicilio a efectos de notificación en C/Corrientes 11, piso 2 con CIF G35673342, y que figura inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias, según resolución de 2 de junio de 2001, y que actúa representada por su Presidenta, Elena Gil Arroyo con DNI 78.491.053-B. Por otro, AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA (en adelante, AYUNTAMIENTO), con domicilio social en Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja – Santa Cruz de Tenerife, con CIF P3800900G, y que actúa representada por su alcalde Sr. D. BORJA PÉREZ SICILIA, con DNI 42.194.099-R, . Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 64 de 182 REUNIDOS M3. EXPEDIENTE 20/2024. CONVENIO ENTRE LA ASOCIACIÓN MOJO DE CAÑA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA – 2024 De orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “Villa de Breña Baja, a //2024 TÍTULO DEL PROYECTO: INTEGRACIÓN SOCIAL, ACOMPAÑAMIENTO, ORIENTACIÓN, DINAMIZACIÓN JUVENIL BREÑA BAJA 2024 ANEXOS: Forman parte de este convenio los siguientes anexos: ANEXO 1 COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN REUNIDOS Por un lado, ASOCIACIÓN MOJO DE CAÑA (en adelante, MOJO DE CAÑA), con domicilio fiscal en C/ Corrientes 11, piso 2, 35008, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas y domicilio a efectos de notificación en C/Corrientes 11, piso 2 con CIF G35673342, y que figura inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias, según resolución de 2 de junio de 2001, y que actúa representada por su Presidenta, Elena Gil Arroyo con DNI 78.491.053-B. Por otro, AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA (en adelante, AYUNTAMIENTO), con domicilio social en Plaza de Las Madres, s/n - 38712 Breña Baja – Santa Cruz de Tenerife, con CIF P3800900G, y que actúa representada por su alcalde Sr. D. BORJA PÉREZ SICILIA, con DNI 42.194.099-R, . MANIFIESTAN I.1. Que MOJO DE CAÑA es una asociación sin ánimo de lucro que actúa localmente con las comunidades, para mejorar la calidad de vida, la integración social, el empleo y la igualdad de oportunidades de los jóvenes, realizando actividades, proyectos y prestando servicios en materias de artes escénicas, prevención en riesgos de exclusión, ocio saludable, educación ambiental y animación sociocultural. I.2. Que MOJO DE CAÑA ha optado por la juventud como población beneficiaria, pero siempre mediante el trabajo comunitario, y que son sus ámbitos prioritarios de intervención la educación y la prevención. Tiene también otros sectores complementarios (seguridad alimentaria y desarrollo económico) y áreas con orientación transversal (medio ambiente, género y derechos de la infancia). i. Que EL AYUNTAMIENTO tiene entre sus objetivos el fomento de la participación ciudadana en la prevención y resolución de los problemas juveniles detectados en su territorio. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 65 de 182 Que MOJO DE CAÑA en el marco de su acción social, ha formulado el PROYECTO “INTEGRACIÓN SOCIAL, ACOPAÑAMIENTO, ORIENTACIÓN Y DINAMIZACIÓN JUVENIL BREÑA BAJA 2024” contempla, entre otras, la prestación del servicio de Prevención e inserción Social recogido en el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, que señala como prestaciones básicas la prevención e inserción social y que se adecúa a los objetivos del AYUNTAMIENTO. ii. Que ambas entidades, MOJO DE CAÑA y EL AYUNTAMIENTO, han decidido colaborar para mejorar las oportunidades y las condiciones de vida de los jóvenes de los barrios del municipio luchando contra las desigualdades sociales, la falta de oportunidades y alternativas sociales y/o culturales en su barrio; favoreciendo la educación y la formación en valores de igualdad de género, solidaridad, tolerancia y respeto al medio ambiente promocionando las capacidades individuales y grupales mediante el proyecto “INTEGRACIÓN SOCIAL, ACOPAÑAMIENTO, ORIENTACIÓN Y DINAMIZACIÓN JUVENIL BREÑA BAJA 2024” (en adelante el PROYECTO), financiado por el AYUNTAMIENTO, y se comprometen a ejecutarlo según la coordinación establecida en el Anexo 1. Ambas partes se reconocen las facultades representativas que manifiestan vigentes, así como la capacidad legal para la firma del presente CONVENIO DE COOPERACIÓN (en adelante, el CONVENIO), y acuerdan llevar a cabo según las siguientes CLÁUSULAS 1. Objeto Este CONVENIO tiene por finalidad establecer mecanismos de coordinación, y colaboración interinstitucional entre MOJO DE CAÑA Y EL AYUNTAMIENTO, para que, de forma conjunta, contribuyan a la implementación y desarrollo del “PROYECTO”. 2. Duración del convenio Este CONVENIO es para la ejecución del proyecto desde 1 de enero a 31 de diciembre de 2024, y se ha presupuestado para 12 meses de intervención, cofinanciado con otras ayudas para una ejecución continua y anual con actividades especiales. Los meses de julio y agosto se destinará a la realización de actividades especiales, de ocio y tiempo libre por encontrarnos en periodo estival a demanda de los jóvenes. Cualquier renovación de este CONVENIO debe ser fruto del mutuo acuerdo de las partes y manifestada por escrito, de forma expresa, mediante la elaboración y ratificación de un nuevo convenio, o de un documento anexo de prórroga de este CONVENIO, del que formará parte íntegra. 3. Presupuesto de la cooperación EL AYUNTAMIENTO se compromete a financiar el PROYECTO con el importe total de 15.000,00 Euros (quince mil euros), (en adelante, los FONDOS) que serán utilizados única y exclusivamente para la ejecución del PROYECTO, con cargo a la partida presupuestaria 231/48013 del ejercicio 2024. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 66 de 182 Este importe será abonado mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente abierta a nombre de ASOCIACIÓN MOJO DE CAÑA en la entidad bancaria LA CAIXA número ES85 2100-5624-13-0200031522, en concepto de “Realización del Proyecto Breña Baja es más joven La Colmena, Integración social, acompañamiento, orientación, dinamización para la juventud menores de 25 años”. Estos pagos se entienden como pagos a cuenta amparados en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedando sujetas al régimen de justificación, y en su caso, reintegro que se recogen en el presente Convenio y en la normativa de subvenciones. 4. Documentación a presentar MOJO DE CAÑA se compromete a enviar al AYUNTAMIENTO los siguientes documentos:  Informe de ejecución bimensual. De manera bimensual se entregará un informe de ejecución en forma de exposición narrativa que contenga: resumen ejecutivo, análisis del avance de las actividades y logros en función de los resultados esperados, problemas, soluciones aplicadas y fotografías de la parte del PROYECTO ejecutada.  Informe final. Se entregará máximo un mes después de la finalización del Proyecto. Consiste en un informe narrativo formado por: resumen ejecutivo, análisis del avance de las actividades y logros en función de los resultados esperados, problemas, soluciones aplicadas y fotografías de la parte del PROYECTO ejecutada.  Declaración responsable. La Asociación presentará declaración responsable de no incurrir en causa que impida la obtención de subvenciones públicas en cumplimiento a lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.  Declaración de otras subvenciones y ayudas. La Asociación presentará declaración al Ayuntamiento de Breña Baja de cualquier otra ayuda o subvención que perciba y que sea destinada a sufragar los gastos del proyecto. 5. Otros compromisos de las partes Con la firma de este CONVENIO MOJO DE CAÑA se compromete a: RESPONSABILIDADES DE EJECUCIÓN TÉCNICA: a) Ejecutar el PROYECTO, garantizando la calidad y la consecución de los objetivos y resultados previstos. b) Realizar con la suficiente antelación, la solicitud de recursos necesarios para la realización del PROYECTO c) Informar al AYUNTAMIENTO de cualquier modificación del PROYECTO Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 67 de 182 d) Facilitar la participación y las visitas al PROYECTO al personal del AYUNTAMIENTO y a otras personas que el AYUNTAMIENTO considere conveniente. e) Coordinarse con los técnicos y personal que el AYUNTAMIENTO determine, para la gestión y realización de las actividades planteadas en el PROYECTO según el Anexo 1. f) Justificar, en los términos recogidos en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y resto de normativa aplicable, la correcta aplicación de los fondos a la actividad subvencionada, finalizando el plazo para su presentación el 31 de diciembre de 2024. Con la firma de este CONVENIO EL AYUNTAMIENTO se compromete a: a) Disponer de los recursos y medios determinados en el ANEXO 1 al CONVENIO. b) Facilitar y proporcionar los elementos técnicos y recursos municipales que se precisen para la realización de las actividades del PROYECTO. 6. Justificación A efecto de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. Serán gastos justificativos los siguientes conceptos: - Gastos derivados de actividades sujetas al proyecto. - Gastos derivados del personal responsable del grupo que serán los encargados de ejecutar el proyecto. - Gastos derivados de recursos y herramientas necesarios para la gestión de las actividades. 7. Modificaciones al convenio Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 68 de 182 Cualquier modificación de este CONVENIO durante su vigencia que tenga efecto sobre los objetivos o que suponga variación de compromisos, requieren la aprobación previa de MOJO DE CAÑA Y EL AYUNTAMIENTO, y se debe documentar mediante ANEXO, que será firmado por las Partes y que formará parte integrante de este CONVENIO. 8. Comunicación y publicidad EL AYUNTAMIENTO se compromete a colaborar, facilitar y autorizar la publicación de toda la información derivada de la ejecución del PROYECTO ante colaboradores de MOJO DE CAÑA, así como ante los medios de comunicación. Toda la información difusa será consensuada previamente por ambas partes. MOJO DE CAÑA establece que, en referencia al presente CONVENIO, toda comunicación que se efectúe delante de cualquier medio de comunicación, incluirá tanto el nombre y/o logotipo de MOJO DE CAÑA como el del AYUNTAMIENTO y entidades colaboradoras del Programa. Las partes acuerdan que las coordinaciones, ejecución y cumplimiento de las obligaciones asumidas en este documento pueden ser materia de comunicación y coordinación (incluyendo los asesores legales, de negocios, contables, auditores u otros profesionales que sean contratados), mediante la utilización del correo electrónico u otros medios de comunicación de los que quede constancia escrita. Por todo ello, las partes señalan el/los siguiente/s COORDINADOR/ES DE LA EJECUCIÓN de este CONVENIO y sus direcciones electrónicas, que pueden ser utilizadas para realizar las comunicaciones necesarias para la ejecución: AYUNTAMIENTO Coordinadora proyecto: Maria Paz De Luis García Correo electrónico: educadora@bbaja.es Teléfono: 922 435355. 659009671 MOJO DE CAÑA: Coordinador Técnico: Elisabet Martín de la Cruz Correo electrónico: elisabet.martin@mojodecana.org Teléfono: 672 619 161- 922 429 122 - 928 98 30 34 Responsable entidad: Elena Gil Arroyo Correo electrónico: admin@mojodecana.org Teléfono: 626 817 044 9. Rescisión del convenio MOJO DE CAÑA se reserva el derecho de concluir el CONVENIO con el único trámite de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 69 de 182 notificación escrita al responsable de EL AYUNTAMIENTO con la anticipación de quince días, en los siguientes casos:  Si hay algún cambio en relación con la personalidad jurídica o la visión institucional del AYUNTAMIENTO.  Por circunstancias adversas o razones de fuerza mayor, por las que ambas partes decidan de mutuo acuerdo dar por finalizado el CONVENIO sin haber logrado los resultados esperados.  Por incumplimiento de obligaciones de alguna de las partes establecidas en el presente CONVENIO, en cuyo caso se pueden aplicar las sanciones dispuestas por la legislación española vigente. 10. Protección de Datos Personales Ambas partes se comprometen al cumplimiento con lo dispuesto en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018 de Datos de Carácter Personal y garantía de Los Derechos Digitales. El REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y demás normativa aplicable, y que los datos personales facilitados por cualquiera de las partes y derivados de la ejecución de este proyecto. Así como se comprometen a guardar el secreto profesional y confidencialidad en todo lo referente a este proyecto, no pudiendo facilitar información ni documentación de ninguna de las partes a terceros, salvo autorización expresa de ambas entidades, y no pudiendo hacer uso de los datos personales de los participantes del proyecto para otro objetivo que no esté contemplado en el proyecto. Del mismo modo, informamos que se debe cumplimentar el correspondiente contrato de encargo del tratamiento entre el responsable y el encargado del tratamiento de datos. Será confeccionado en un documento a parte de este convenio (anexo). Ambas partes deberán designar a un responsable y encargado del Tratamiento de datos según LOPD. AYUNTAMIENTO: Ayuntamiento de Breña Baja Correo electrónico: bbaja.es Teléfono: 922 435955 MOJO DE CAÑA: Encargada tratamiento de imágenes según LOPD: Elena Gil Arroyo Correo electrónico: admin@mojodecana.org Teléfono: 626 817 044 11. Otros acuerdos Las partes acuerdan que su domicilio, a efectos de este CONVENIO, es aquel que han expresado en su parte introductoria. Cualquier cambio en el domicilio es efectivo cuando la otra parte es informada, mediante comunicación escrita dentro de los 7 días naturales después de producirse. Esta comunicación se considera efectiva sólo al día (hábil) siguiente a la Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 70 de 182 recepción de la comunicación por parte de la otra Parte. Las partes convienen que cualquier inicio de negociación directa o de procedimiento relacionado con alguna controversia o litigio sobre lo establecido en este CONVENIO, se notificará necesariamente en el domicilio de las partes indicado al inicio de este documento. Por tanto, no hay ninguna razón o factor que permita realizar una notificación o comunicación en un lugar diferente. En lo no previsto expresamente, este CONVENIO se rige por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas vigentes de aplicación. Las partes no pueden ceder su posición en el CONVENIO, ni tampoco los derechos u obligaciones que se derivan a favor o a cargo, sin el consentimiento escrito de la otra parte. Ambas partes se comprometen a guardar el más absoluto secreto de los datos de carácter personal a que tienen acceso en el cumplimiento de este CONVENIO. Incurre en responsabilidad cualquiera de las partes que actúe de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este CONVENIO y ocasione, con ello, un daño o perjuicio a la otra parte. MOJO DE CAÑA no asume responsabilidad legal ni económica/financiera respecto a los hechos o acciones fuera de su control directo. EL AYUNTAMIENTO no se responsabiliza de los daños, robos, pérdidas y / o cualquier otro perjuicio ocasionado al PROYECTO, a sus beneficiarios y/o ejecutores. Tampoco se responsabiliza de los conflictos de tipo laboral, ni tributario, que puedan suscitarse durante y después de la implementación del PROYECTO. Las partes convienen que cualquier diferencia o discrepancia que surja, derivada de la aplicación o interpretación de este CONVENIO y de sus anexos, debe resolverse preferentemente de manera conciliadora. Si no es posible llegar a un acuerdo, debe ser solucionada mediante demanda promovida por cualquiera de las partes ante los Tribunales y Juzgados. MOJO DE CAÑA autoriza al Ayuntamiento de Breña Baja a realizar las consultas que estime necesarias en orden a verificar que se encuentra al día en sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Los documentos anexados en el presente CONVENIO forman parte íntegra. Y, en prueba de conformidad con el contenido de este CONVENIO, ambas partes lo firman a continuación y en todas sus hojas y anexos en dos originales y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicada en el encabezamiento. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 71 de 182 Por: Asociación Mojo de Caña Por: Ayuntamiento de la Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja Nombre: Elena Gil Arroyo Nombre: BORJA PÉREZ SICILIA Función: Presidenta y Directora General Función: Alcalde Firma: Firma: ANEXO I COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN MOJO DE CAÑA – AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA BAJA  Funciones Propias del Ayuntamiento - Disponer de locales en los Barrios de intervención en los horarios establecidos en el proyecto. - Coordinar a las asociaciones de vecinos o propietarios de los locales para una reunión entre todos los implicados. - Disponer de un lugar seguro y adecuado para guardar materiales de las actividades en la Concejalía de Juventud / Servicios Sociales y/o local vecinal. - Designar un interlocutor de la Concejalía y responsable del proyecto como nexo de unión entre ambas entidades. - Disponer de un rincón propio dentro del Local de la Asociación de Vecinos para destinarlo al proyecto, información juvenil, de empleo, etc.. - Gestionar los permisos pertinentes para realizar las actividades del proyecto en canchas deportivas, patios de colegios o institutos y/u otros recursos municipales. - Poner a disposición los recursos con los que cuente el Ayuntamiento a este proyecto (proyector, DVD, equipo de música bibliografía, sillas, algunas mesas, materiales…) - Coordinación con el Educador o Responsable del Proyecto para facilitar la inscripción y participación de los jóvenes en actividades de interés juvenil propias del Ayuntamiento. - Promocionar y difundir el proyecto de barrios a través de diferentes medios, referenciado siempre a la Asociación Mojo de Caña y al Ayuntamiento con su imagen corporativa. - Facilitar copia de llaves de los locales en los que se desarrolle la actividad - Facilitar el gabinete de prensa y publicación de noticias del proyecto en página web. - Vínculo en la web del ayuntamiento al proyecto. o Coordinación con el Ayuntamiento y Otras Concejalías  Avisar del horario y programa del Proyecto a Protección Civil y a la Policía Local por escrito.  Facilitar el acceso a la Piscina, Polideportivo Municipal, Canchas y otras instalaciones, en base a la temporalización del proyecto.  Asignar lugares adecuados para la realización de un mural en cada barrio con su correspondiente Licencia/Permiso (si los participantes así lo demandaran)  Facilitar material de otras concejalías del Ayuntamiento (material deportivo o cultural, carpas, sillas, colchonetas…), para las actividades del proyecto.  Colaborar en la difusión del proyecto entre las demás concejalías (Cultura, Participación Ciudadana, Servicios Sociales).  Facilitar información de interés juvenil a los trabajadores municipales sobre el proyecto. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 72 de 182  Funciones de Mojo de Caña - Realizar captación y difusión continua en lugares clave. - Contratación del personal los meses necesarios de ejecución (Educador de Calle) y otras personas vinculadas al proyecto: o 1 Trabajador Jornada Completa  2 TARDES (intervención directa).  3 horas/día de intervención directa + horas de coordinación+ 1 Actividad. Especial cada dos semanas + asistencia a eventos municipales y de la isla.  Coordinación, viajes, gastos administrativos, materiales… Incluidos - Intervención los meses necesarios según proyecto - Aportación de financiación complementaria (recursos y personal de coordinación), del Programa Embárriate - Realizar una campaña previa de difusión y captación de jóvenes y de análisis de la realidad. - Realizar Memoria Evaluativa General de forma mensual - Aportar recursos materiales didácticos. - Elaborar y difundir Publicidad sobre el proyecto de barrios. - Gestionar y llevar a cabo las actividades complementarias que se proponen. - Coordinación con otras entidades involucradas en el proyecto. - Promoción del proyecto en los institutos o centros de interés juvenil. - Colaborar en la búsqueda de financiación y recursos complementarios para el proyecto. - Realizar al finalizar una Evaluación Memoria Final de actividades y económica y propuesta de ajustes o mejoras. - Realizar el seguimiento continuo e implementar las mejoras necesarias para el logro de los objetivos previstos en coordinación con el personal municipal. - Persona de apoyo para la captación y la integración. - Integración de grupos normalizados con jóvenes en riesgo. - Realización de un viaje anual o facilitar su realización a través de otros proyectos o programas. - Preparación de actividades conjuntas entre las islas. - Generar contenidos de Redes Sociales, para las pantallas del Municipio. - Generar contenidos Redes sociales. - Generar un punto de información juvenil en el Centro educativo - Orientación laboral y acompañamiento” Una vez debatido el asunto por unanimidad de los Señores/as Concejales/as presentes, se acuerda elevar a Pleno lo siguiente: PRIMERO. Aprobar el texto del Convenio administrativo de colaboración entre el Ayuntamiento de Breña Baja y la Asociación Mojo de Caña en los términos en que figura en el expediente. SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación del Convenio a los interesados, de acuerdo con lo establecido en los artículos 40, 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a los interesados y emplazarles para la firma del mismo. TERCERO. Publicar en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ https://bbaja.sedeelectronica.es] el texto definitivo completo del Convenio dentro del mes siguiente a su aprobación. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 73 de 182 CUARTO. A efectos de dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad y transparencia en los términos previstos en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Base de Datos Nacional de Subvenciones operará como Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La información estará disponible en las direcciones www.subvenciones.gob.es y www.infosubvenciones.es. Cuando hayan de publicarse datos personales de los beneficiarios personas físicas, habrán de cumplirse en todo caso, los principios y la normativa de protección de datos, incluyendo la forma en que habrán de publicarse dichos datos personales identificadores del beneficiario. Los datos personales publicados serán exclusivamente los necesarios para el fin del tratamiento. QUINTO. Facultar al Alcalde, como Presidente de esta Corporación y en representación de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para suscribir el citado Convenio de Colaboración y cuantos documentos sean necesarios en su ejecución”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido 11.- Expediente 1434/2024. PLAN DE COOPERACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS (PIOS) DE LA ANUALIDAD 2024 .- De orden del señor alcalde, la infrascrita secrtaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de S. Obras e Infraestructura, Panificación, Urbanismo, m.A. A. Y S.P., de fecha 25 de marzo de 2024, que literalmente dice: “1. EXPEDIENTE 1434/2024. PLAN DE COOPERACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS (PIOS) DE LA ANUALIDAD 2024. De orden del Sra. Presidenta, la infrascrita Secretaria da lectura al Plan de Cooperación de Obras y Servicios que literalmente dice: PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024, CONVENIO Y MEMORIA - ANEXO DE APLICACIÓN. ============================================================ CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE , EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. AÑOS 2021-2024 E n Sant a Cruz d e La Palma, COMPARECEN: De un a parte, el Excmo. Sr. Don Sergio Javier Rodríguez Fernández provisto de D.N.I nº 42.172.780-A, en su co d n ición acr d e itada de Pr d esi en te de l Excmo. Cabildo Insu r la de La Palma, ent di ad con C.I.F. núm. P-3800002 B, en la representación lega l que de l mismo tiene, facultado par a e l presente act o en virtud de acuerdo plenario de fecha 27 de Junio de 2023. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 74 de 182 Y de o rt a parte, el , provisto de D.N.I nº en su condición acr d e itada de Alca dl e - r d P esi ente de l Ayuntamiento, entidad con C.I. F. núm. , en la representación lega l que de l mismo tiene, facultado para el presente acto e n vir d tu d e acuerdo plenario de fecha de de 20 2 . Los compareciente s, que actúan en función de sus respectivos cargos, e n nombre y representación de las Adm r inist aciones que pr d esi en se reconoce n mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente para su r sc ib ri el present e CONVENIO, y a tal efecto E X P O N E N 1. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Loca l, a rt ibuye e n su artículo 36, com o competen cia prop ia d e los Cabildo s Insu r la es, la asistencia y la cooperación r ju íd ica, económica y técnica a lo s Municip ios, estableciend o asimismo la obligatori d e ad d e aprobar anualmente un Plan Insu r la de Cooperación a las Obras y Servicios d e competencia municipal. 2. De acuerdo con la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en rt e las competen cia de los cabildos está la asistencia a los municip ios consistent e e n la cooperació n económ ica par a la financiació n d e inversione s, activ di d a e s y servicios de competencia municipal. 3. Asimismo, en dicha Ley, se establece que los cabildos Insu r la es deberán aprobar anualmente e l plan insu r la de cooperación en obras y servicios de competencia municipal, con el objeto de cooper r a económicamente en las obras y servicios de competencia municipal, garantiz d an o la participaciónde todos los municipios de la isla, m d e iante la apertura de una fase prev ia de consulta a los ayuntamientos, para que formulen sus propuestas. El plan deberá contener una memoria justificativa de sus objetivos y los criterios de d r ist ibución de los fondos, que deben ser objetivos y equitativo s y en rt e los que estará el análisis de los costes efectivos de los servicios d e los municipios, así como el corresp d on iente baremo par a su aplicación. 4. Elaborado el plan, deberá someterse a audiencia de los ayuntamientos d e la isla e información pública, para su posterior aprobación definitiva por e l cabildo insu r la . 5. La s Adm r inist acione s Pública s, e n su s relacione s, se rige n por los principios de eficacia r r , je a quía , descentralización , desconcentración y coordinación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Ley 40/2015. 6. En el r P esupuesto General del Excmo. Cabildo Insu r la para el e r je cicio 2021, se incluyen la s siguiente s aplicaciones presupuestarias, para finan r cia el Plan Insu r la de Cooperación en Obras y Servicios Municipales, objeto de l presente Convenio: APLICACIÓ N DENOMINACIÓN CRÉDITO Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 75 de 182 453.762.01 Plan Insu r la de cooperación en 2.842.397,28 € 453.462.01 Plan Insu r la de cooperación Municipa l en servicios 307.602,72 € En virtud de lo expuesto y de conform di ad con lo previsto en la legisla ción vigente, ambas partes se reconocen la capac di ad jurídica necesaria y acuerda n su r sc ib r i e l presente documento con arreglo a la s siguientes ESTIPULACIONES: PRIMERA.- E s objet d o e este document o l d a efinici ón d e l os crit r e i os objetivos, técnicos y económi cos para l a elab r o aci ón y ejecución del Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal para el período 2021-2024. Asimismo, tiene por objeto establecer las condiciones mediant e l as que se llev r a á a efecto la ejecución del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos, en el que s e materializ r a a el ej r e cicio de las facultades q ue la legislación vigente a rt ibuye a est e Cabildo para la cooperación económica a l as obras r y se vicios de competenci a municipal. SEGUNDA.- Q ue r d se á e aplicaci ón el contenid o d e l a Memori a - Anex o que de r sa rolla el r p esent e Convenio con los Ayuntamientos para obr as y r se vici os Municipales 2021-2024 , y q ue se incorpor a al r p esente. E l incumplimient o d e cualqui r e a de sus cláusul as r se á raz ón suficient e par a l a resoluci ón de l mism o respecto d e la parte incumplidora. TERCERA.- Que en aplicación de lo r p esupuestado por el Excmo. Cabildo Insul r a de La Palma en su Presupuesto Gen r e al del Ejercicio de 2021, aplicación presupuestaria 453.762.01 “Plan Insular de Cooperación en obras”, por importe de 2.842.397,28 E r u os, RC Nº de Operación 12021000042385, y aplicación r p esupuestaria 453.462.01 “Plan Insular de Cooperación municipal en servicios”, por importe de 307.602,72 E r u os, RC Nº de Operación 12021000042390, en con rd co ancia con lo dispuesto en las Bases de Ejecuci d ón e dicho Presupuesto, en su previsión pl r u ianual para l os ej r e cicios i d nme iatos siguientes hasta el 2024 , se det r e minará en cada ej r e cicio l a relación de obras o r se vicios r co respondientes a cada uno de los catorce municipi os en particular, q ue se inc r r o po arán al Convenio, según l o previsto en el artículo 14 de l a Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insul r a es. E l Cabild o Insul r a d e La Palma , a trav és de l r p esente conveni o, adqui r e e el compromi d so e gast o par a los ejercici os 2022-2024: - Anualidad 2022: 3.150.000€ 453.762.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS”, R.C.FU T número 12021000045016, en la cantidad de 3.000.000€ de r l P esupue sto General de la Corporación de 2022, 100 por 100 fondos propios. 453.462.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN MUNICIPAL: SERVICIOS”, R.C.FUT númer o 12021000045020, en la cantidad de 150.000€ de r l P esupuesto General de la Corporación de 2022, 100 por 100 fondo s propios. - Anualidad 2023: 3.150.000€ 453.762.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS”, R.C.FU T número Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 76 de 182 12021000045017, en la cantidad de 3.000.000€ de r l P esupue sto General de la Corporación de 2023, 100 por 100 fondos propios. 453.462.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN MUNICIPAL: SERVICIOS”, R.C.FUT númer o 12021000045021, en la cantidad de 150.000€ de r l P esupuesto Ge r ne al de la Corporación de 2023, 100 por 100 fondo s propios. - Anualidad 2024: 4.150.000€ 453.762.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS”, R.C. número 12024000049609, en la cantidad de 4.000.000€ del r P esupuesto General de la r Co poración de 2024, 100 por 100 fondos propios. 453.462.01 “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN MUNICIPAL: SERVICIOS”, R.C.FUT númer o 12021000045023, en la cantidad de 150.000€ de r l P esupuesto General de la Corporación de 2024, 100 por 100 fondo s propios. La pl r u ianualidad d e este Conveni o siempr e estar á condicionad a a la existenci d a e crédito d a ecuad o y suficient e en l as anualidades r p evistas. CUARTA.- Se pacta ex r p esament e q ue par a la prese nte Anualidad de 2021 d y ada la fecha de la firma de r l p esente convenio, el abono de la misma se realizará de manera anticipada, pudiendo ejecut r a se y justificarse las obras o r se vicios hasta el 30 de septiembr d e e 2022. P r a a el resto de anualidades, el abono de l a ap r o tación del Cabildo Insul r a de L a Palma, se realiz r a á de man r e a anticipada, pudiendo ejecut r a se y justific r a se las obra s o servicios hasta el 15 d d e iciembre d e l a anualid d a correspondiente. QUINTA.- P r o medi d o el r p esente convenio, se delega en l os respectiv os Ayuntamientos la competencia para la ejecución de las obras y r se vicios incluidos en el Plan, de conformidad con el r a t. 22.2.g) y r a t. 47.2.h) de la Ley 7 /1985, de 2 d e abril, de Bases de Régimen Local, que se entiende ace d pta a por l os mismos a l a firm d a e l convenio. SEXTA.- E n ning ún c aso se modificar án unilateralment e l as obr as o r se vicios pactados en el presente acu rd e o. Se requerirá, en todo caso, el acuerdo de ambas partes, y su post r e ior a r p obación por los r ó ganos competentes, Pleno del Cabild o Insul r a y Plen d o el respectiv o Ayuntamientos. SÉPTIMA.- Los Ayuntamientos debían r p esent r a , antes del 31 de mayo de 2021 , la relaci d ón e obras o servicios a incluir en esta anualidad 2021, acompañada d e una descripci ón o memori a justificativ d a e cad a actuaci ón solicitada, q ue nos permiti r e a ten r e un a val r o aci ón técni ca d e l a mism a y d e l os objetiv os q ue se r p etende n conseguir, así como, en su caso, un análisis de los costes efectivos de los r se vici os, par a su debida aprobaci ón por el Cabild o Insular. P r a a las anualidades 2022-2024, los Ayuntamientos remitirán la relación de obras o r se vicios municipales a incluir en el Plan, acompañad d a e una descripci ón o memoria justificativa de cada actuación solicitada, q ue nos permiti r e a ten r e una val r o aci ón técnica de la misma d y e los objetivos que se pr d eten en conseguir, así como, en s u caso, un análisis de los costes efectivos de los r se vicios, antes de l 15 de febr r e o d e cad a anualidad. OCTAVA.- El presente Conven io en rt ará en vigor el dí a de s u firma , ext d en iéndose su duración hasta la finalización de los rt ámite s y actuacione s que constituyen e l objeto del mismo. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 77 de 182 NOVENA.- El presente Convenio p d o r r á esolver se por las siguiente s causas: a . Por mutuo acuerdo de las partes. b. Por el incumplimiento de cualqu r ie a de las partes interviniente s de las estipulaciones conten di as en el presente convenio. La parte afect d a a por el incumplimiento deberá justif r ica d e manera motiv d a a dich o incumplimiento y solicitar expresamente la resolución de l Convenio. c. Por cualqu r ie o rt a causa distinta de las anteriores prevista en el Conven io o e n o rt as leyes. DÉCIMA.- El Cabildo de La Palma y los Ayuntamiento de la isla, p d o rán e r je cer el con rt ol y la inspección del cumplimiento de las obligacione s que asume n ambas entidades con la firma del convenio, a sí como el seguimiento de l a ejecución de las obras o actuaciones. Para tal fin, el Cabild o solicitará a l ayuntamiento la documentación necesaria r y ealizará las comprobacione s qu e estime oportuna s para acr d e itar los gasto r s ealiz d a os. UNDÉCIMA.- Se cr r ea á una comisió n form d a a por rt es representantes de cad a una de las admin r ist aciones intervinientes, que t d en rá entre sus funciones el seguimiento, vigilancia y con rt ol de la ejecución del convenio y, má s concretamente, las siguientes: - Resolver los problemas de cumplimiento que puedan plantearse respecto a l convenio. - Resolver los problema s d e inter r p etació n de l Conven io qu e d pu iera n plantearse durante su vigencia. - Est d u r ia y proponer cualqu r ie clase de med di a y acción que redunde e n beneficio de la ejecución de l Convenio. Los rt es representantes del Cabildo Insu r la serán designados por el Miembr o titu r la del área de Infrae r st uctura, Innovación, Nuevas Tecnologías y rd O enación de l Territorio El Excmo. Cabildo Insu r la de La Palma designará a la r d P esi en cia y la Secretarí a d e d icha Comisión . El/la presidente /a d e l a Comisión de d r ci i á, en el caso de votaciones, el result d a o de empate con vot o de cal di d a . DUODÉCIMA.- En caso d e incumplimient o en la justificación de las obr as o servicios por parte de algún Ayuntamiento , se procederá al reintegro de las cantid d a es percibidas, de acuerdo al procedimiento estable d ci o en el artículo 42 d e la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el 9 4 de l Rea l r Dec e to 887/2006 , d e 2 1 d e julio, por e l qu e se aprueb a el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. DECIMOTERCERA.- El presente Convenio posee carácter adm r inist ativo r , igie d n o e n su inter r p etació n y desarroll o e l ordenamien to r ju íd ico d a min r ist ativo , co n expresa sumisió n d e las par tes a la r ju isdicció n contenciosa-admin r ist ativa. Y en prueb a d e conform di ad con t d o o lo anteriormente expuesto, las parte s firman el presente Convenio, en rt iplicado ejemp r la , en el lugar y fecha arrib a indicados EL PRESIDENTE, EL ALCALDE – PRESIDENTE, Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 78 de 182 MEMORI A - ANEX O DE APLIC ACIÓN DESARROLLO DEL CONVENIO ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. EJERCICIOS 2021-2024 ARTÍCULO 1.- La presente Memoria - Anexo contiene la regulación de la form a de d r ist ibución, ejecución, justificación y cobro de los fondos que, con carácter p r lu ianual 2021 – 2024, concierte el Cabildo Insular de La Palm a con los catorce municipios de la Isla, en materia de obr as y servicio s municipales. ARTÍCULO 2.- L a cuantí a a aportar por e l Cabild o Insu r la ser á d e Doc e millones seisciento s mil euros (13.600.000 euros) en un programa de cuatr o anualidades, cuya distribución e s la siguiente: Año 2021…………………………………………………… 3.150.00 0 eur os Año 2022…………………………………………………… 3.150.000 eur os Año 2023…………………………………………………… 3.150.000 eur os Año 2024…………………………………………………… 4.150.000 euros ARTÍCULO 3.- El Cabildo Insular de La Palma es competente para elaborar , con la participación de los Ayuntamiento s, el Plan Insu r la de Cooperación, d e conform di ad con lo establecido el art. 36 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, el art.32 y art.33 del Real Decreto Legislativo 781/1986, por e l que se aprueba e l Texto Re d fun ido de las disposiciones legales vigentes e n materia de régimen Local y art. 43 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico d e las Administracione s Públicas Canarias y el artículo 14 de la Le y 8/2015, d e 1 de abri l, de cabildos insu r la es. El ar t. 14 de la Ley de cabildo s insulare s establece que e l Plan deber á contener una memoria justificativa de su s objetivos y los criterios de d r ist ibución de lo s fondo s, que deberá n ser objetivo s y equitativo s y en r t e los qu e estar á e l análisis de los costes efectivos de los servicios de los municipios, así como e l correspondiente baremo par a su aplicación. ARTÍCULO 4.- OBJETIVOS DEL PLAN Los r a tículos 31 y 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regulad r o a de las Bases de Régim en Lo cal establec en como competenci r a p opi d as e este Cabildo, garantiz r a los r p incipios de lealt d a institucional, solidaridad y equili r b io intermunicipal, en el marco d e la política económica y social y, en particular, asegur r a la prestación integral y adecuad a de l r os se vici os d e competenci a municipa l en l a totalidad de l territori o insul r a . En virt d u de tales competencias, el objetivo r p incipa d l e l Plan de Coop r e ación r es p opici r a Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 79 de 182 que todos los ciudadanos de esta isla, cualqui r e a que sea el municipio a l q ue pertenezcan, pued an benefici r a se y acceder al mismo nivel de r se vicios públi cos básicos, g r a antizando los r p incipios de solidaridad y equili r b io intermunicipal. Tod o ello, dentro de l marco socioeconómico actual , que exigen una especi al atención a l as iniciativas locales de inv r e sión cuy a finalidad sea el desarrollo económico local y l a máxim a eficiencia en la asignaci d ón e los recurs os públicos. La importancia del Plan también hay q ue contempl r a la de d s e el punto de vista d e fomento d el empl eo y de l a actividad económi ca local, y a q ue l a ejecuci d ón e l as obr r as p ogramas conlleva la utilización de un importante volumen de mano de obra d y e materiales que beneficia a los trabajad r o es y l as em r p esas locales. Con el objetivo de manten r e e impulsar la línea de actuación q ue se ha venid o realizando, el Cabildo Insul r a d e La Palma, tien r e p evist d o estinar 13.600. 00 eur r r os en un p og am d a e cuatr o anualidades, a la cooperaci ón económi ca con l os Ayuntamientos, dand r o p ioridad a aquellas actuaciones r p opuesta por cad a Ayuntamiento, q ue tengan capacidad de incentiv r a o apoy r a la actividad económi ca, foment r a el empleo, permitir obtener ah r o ro del gasto público y fomentar la r p estaci ón eficient d e e l os servicios. El Cabildo a rt avés del Plan colab r o a con los Ayuntamientos en el mantenimiento y mejora de las infraes rt uct r u as y equipamientos, y en los servicios que r p estan, segú n las r p opuestas q ue formulan los r p opios Ayuntamientos, y en las que recogen l r as ca encias que tiene en sus municipios en la r p estación de r se vicios esenciales d y en otación de equipamiento básico, a fin de logr r a que el nivel y calidad de vida de l os habitant es de estos municipios mejoren. S on objetiv d r os el p esente Plan: 1. Establecer los crit r e ios y la relación de r p ioridades para la puesta en m r a cha de las obras que permitan g r a antiz r a el ejercici d o e las competencias municipales. 2. Coo r pe ar económicamente en la financiación d e inv r e siones necesarias para reducir el déficit d e l as infraes rt uct r u as municipales, conf r o m e a l as propuest as ef d ectua as por los Ayuntamientos. 3. Establecer l as paut as q ue regul r a án el r d p oce imient o par a l a elab r o ación, rt amitaci ón y aprobaci d ón e l Plan, así como l as n r o mas para su gestión y ejecución. 4. S r e un mecanismo de búsqueda de un may r o diálogo en rt e las Adminis rt aciones que intervienen en la vida insul r a , permitiendo disponer de una visión gener d al e las actuacion es a realiz r a en el períod o tempor d al el mismo. 5. Contribuir a la gen r e aci d ón e efectos positiv os en l a economí a y empl eo insul r a es. 6. Contribuir a l a eficienci a en el uso d e los recurs os públi cos locales, invol r d uc an o a l as d A minis rt aciones públi cas que intervien en en l a actividad insul r a en la creaci d ón e un espaci d o e trabajo común. 7. Contribuir a l a eficienci d a e los recursos públicos. D e las 45 actuaciones qu e se recogen en el Plan, se reparten r p incipalmente en: In rf aestructuras: destacan las actuaciones de repavimentaciones, arreglo redes de saneamient o y pistas , r u banizaci ón avenida , adecuaci ón d e camino s y r á eas vecinales, acondicionamiento de m r u os y depósitos, reforma plaza, mejora de accesos Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 80 de 182 alumbrad o públi co y mej r o a de cement r e ios. Equipamiento s: dentr o d e l os equipamiento s ref r e id os a edifici os y espacios destinados a la r p estación de r se vicios públicos, destacan l os relacionados con instalacion d es eportivas, espaci os cult r u ales. S r e vicios Sociales: fomento del empleo y mantenimiento de escuela infantil, acciones formativa. ARTÍCULO 5.- CRITERIOS P r o así haberse acordado unánimemente por los cator ce municipios de la Isla, en reunión celebrada en el Cabildo Insul r a , el día 29 de abril de 2021, los recursos d se is rt ibuirán de acu rd e o c on los siguientes criterios durant e la vigencia del Convenio: CRITERIO DE SOLIDARIDAD: 50% de l import d e e l a anualidad dis rt ibuid o en partes igual es en rt e l os cat r o ce municipi d os e la Isla. CRITERIO POBLACIÓN: 50% de l importe de la anual di ad. MUNICIPIO POBLACION 2020 POBLACIO % BARLOVENTO 1.926 1,153873 BREÑA ALTA 7.247 4,34170 BREÑA BAJA 5.821 3,487382 FUENCALIENTE 1.751 1,04903 GARAFIA 1.730 1,036449 LOS LLANOS 20.7 12,43739 MAZO 4.859 2,911045 EL PASO 7.623 4,566967 PUNTAGORDA 2.203 1,31982 PUNTALLANA 2.553 1,52951 SAUCES 4.182 2,505451 S/C PALMA 15.6 9,402933 TAZACORTE 4.601 2,756476 TIJARAFE 2.507 1,501953 TOTAL 83.4 50 ARTÍCULO 6.- DISTRIBUCIÓN ECONÓMICA DEL PLAN El rep r a to se v r e ifi r ca á durante la vigencia del Convenio (2021-2024), con base al siguiente cuadro: MUNICIPIO POBLACION 2020 TOTAL POBLACIO N BARLOVENTO 1.926 1,15387 3,5714 4,725302 BREÑA ALTA 7.247 4,34170 3,5714 7,91313 BREÑA BAJA 5.821 3,487382 3,5714 7,058811 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 81 de 182 SOLIDARIDA D % % % FUENCALIENTE 1.751 1,04903 3,5714 4,62045 GARAFIA 1.730 1,036449 3,5714 4,607877 LOS LLANOS 20.7 12,43739 3,5714 16,00882 MAZO 4.859 2,91104 3,5714 6,482473 EL PASO 7.623 4,566967 3,5714 8,138396 PUNTAGORDA 2.203 1,31982 3,5714 4,891254 PUNTALLANA 2.553 1,52951 3,5714 5,10094 SAUCES 4.182 2,505451 3,5714 6,076880 S/C PALMA 15.6 9,402933 3,5714 12,9743 TAZACORTE 4.601 2,75647 3,5714 6,327904 TIJARAFE 2.507 1,50195 3,5714 5,073381 TOTAL 83.4 5 5 10 ARTÍCULO 7.- E r l ca áct r e de las inv r e siones a realiz r a lo r se á por r p evisión anua l o pl r u ianual, r con p oyecto y con una inv r e sión mínima por obra o r se vicio de l 5% del monto anual o pl r u ianual que p r o dicho concepto se asigne al municipio, ello con el objetiv d o e evit r a actuaciones d e es casa entidad. ARTÍCULO 8.- La justificación se realiz r a a mediante la r p esentación d e una Memoria económica justificativ d a el coste d e los conceptos subvencionad os, que contendrá: - Relación clasificad a, firmada por el Secretari o o Interventor del Ayuntamiento, d e los gastos e inv r e siones realizados por la Entidad benefici r a ia en el que se identifiqu e el objeto de la actividad, el nom r b e del r d ac ee or, fecha e importe de la fact r u a y fech d a e pago. - Las facturas, certificaciones o documentos de val r o r p obatorio equivalente en el rt áfico jurídico m r e cantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a q ue se ha ce ref r e enci a en el párraf o anteri r o y, en su caso, l d a ocumentaci r d ón ac e itativa d el pago. - Justificaci d ón e otr os ingresos o subvenciones qu e hayan financiad o la actividad Asimismo, para las obras deberá r p esentarse acta d e recepci d ón e la obr r a, ce tificación final de obra, foto r g afía del r ca tel colocado en el lug r a donde se está ejecutando la inv r e sió n, según medidas y format d o el artícul o 10. ARTÍCULO 9.- En el caso de que una v ez con rt atada la obra y/o el r se vicio, r d se p o ujera un a baja , y como consecuenci a un remant e en l a cantidad q ue l r e co responde al Ayuntamiento, este podrá reinv r e tirse, con las siguientes condiciones: - Previamente a la aplicación del remante deberá comuni r ca al Cabildo la cuantía y el destino de la inv r e sión, mediante la r p esentación de la r co respondient e memoria y que r se á aprobada por l os órganos competentes, Pleno del Cabildo Insul r a y Pleno del respectiv o Ayuntamientos. - E n ningún caso, supondrá un aument o en l os plaz d os e ejecución y justificación. - La inv r e sión ejecutada con cargo al remanente se justificará de acuerdo con el r a tícul o 8. ARTÍCULO 10.- E n cad a obra r o se vicio se señaliz r a á l a identificaci ón y el objeto, su r p esupu esto global, financiación y plazo de ejecución, con i d d n epen encia de cualq r uie otro dato que por exigencia legal se requi r e a, mediante la colocaci d ón e un cartel en lug r a Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 82 de 182 visible y en dimensiones no inferi r o es a 2 metros de largo por 1,5 metros d e ancho. En el cartel se incluirá el logotipo del Cabildo y el del respectivo Ayuntamiento . E l cumplimiento d e este requisit o ser á obligatorio. ARTÍCULO 11.- La previsi ón d e obr as o servici os q ue se contenga n par a cada Municipi o en el Convenio, ser án obligatoriamente:  P r a a la conclusión de o r b as o servicios comenzados con ant r e ioridad a la firm d a el mismo , que adolez d can e financi ación p r a cial par a su conclusión , o  P r a a inici r a o concluir obras o r se vicios durant e la vigenci d a el Convenio. A dicho fin, en el caso de incluirse obras o s r e vicios por montos sup r e i r o es a la cantidad a ap r o t r a por el Cabildo, habrá de contempl r a se ineludiblemente que, en los plazos de vigencia del Convenio, se concluirán definitivamente las obras o r se vici os por otro s medi os d e financiaci ón (propi os de l Ayuntamie nto o ext r e nos, no r p ovenient d es el Cabildo). ARTÍCULO 12.- Podr á f r o mar parte del Convenio y por lo tanto de su financiación, los honor r a ios r p ofesional es por la r p estación del s r e vicio de redacción de r p oyectos y direccion d es e obras y coordinaci d ón e seguridad y salud. ARTÍCULO 13.- La firma del Convenio y de la r p esente Memoria – Anexo, supone la plena aceptación de cuantos datos d y erechos y obligaciones dimanan y se constata n en ellos. Una vez debatido el asunto por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presente, se acuerda elevar a Pleno la siguiente propuesta: PRIMERO: r r d r d r r d Ap oba el Convenio y Plan e Coope ación e Ob as y Se vicios (PIOS) e la d d r d r d d r anuali a 2024., ent e el Cabil o Insula e La Palma y el Ayuntamiento e B eña Baja. SEGUNDO: r r d r r r r r Faculta al S . Alcal e pa a ealiza cuantas fi mas sean necesa ias. TERCERO: r r d d r r r d r r Faculta al P esi ente e esta Co po ación pa a que esigne ob as/ se vicios al r d ampa o e este Convenio. CUARTO: r d rd d r d r Da cuenta e este acue o al Cabil o Insula e La Palma pa a su conocimiento y efectos. Breña Baja, a 25 de marzo de 2023. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 12.- Expediente 7913/2023. CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA 2024 .- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa que literalmente dice: "1.- Expediente 7913/2023. CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA 2024.- De orden del señor presidente de la Comisión Informativa de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 83 de 182 Turismo, Seguridad y Deportes, la infrascrita secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Y EL CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA En Breña Baja, a …….. de ……... de 2024 REUNIDOS D. Borja Pérez Sicilia, en calidad de Alcalde, Del AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA, con C.I.F. P3800900G. y domicilio en la C/ Plaza de Las Madres, s/n en la Villa de Breña Baja, actuando en nombre y representación de esa Corporación, autorizado para este acto por Acuerdo plenario de treinta y uno de julio de dos mil diecinueve. De otra parte, D. Jose Andrés Castro Feliciano con DNI nº ….3094-. en calidad de Presidente del Club Baloncesto Breña Baja, con CIF G38363610 con domicilio en Camino El Tributo, nº4 del municipio de Breña Baja código postal 38712. Que ambas partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para otorgar el presente documento y puestos previamente de acuerdo EXPONEN PRIMERO-. De conformidad con el artículo 138 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de deporte y actividades de ocio. SEGUNDO-. Que según el artículo 65 del mencionado Estatuto de Autonomía, a las Islas les corresponde el ejercicio de las funciones que les son reconocidas como propias; las que se les transfieran o deleguen por la Comunidad Autónoma, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno Canario, en los términos que establezcan las leyes de su Parlamento. TERCERO-. Que la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias en su artículo 3 dispone que el fomento del deporte y actividad física se prestará especial atención a las personas mayores, a los menores, a la juventud, y las personas con diversidad funcional, así como a los sectores de la sociedad más desfavorecidos, teniendo especialmente en cuenta aquellas zonas o colectivos a los que la ayuda en estas actividades pueda suponer una mejora en su bienestar social. CUARTO-. Que el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, establece que el municipio ejercerá competencias en “Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre”, estableciendo el art. 12 de la Ley 1/2019 como competencia de los ayuntamientos canarios “la promoción de la actividad deportiva en su ámbito territorial, Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 84 de 182 fomentando especialmente las actividades de iniciación y de carácter formativo y recreativo entre los colectivos de especial atención señalados en el art. 3”, así como “la cooperación con otros entes públicos o privados para el cumplimiento de las finalidades previstas por la presente Ley”. En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes CLAUSULAS PRIMERA.-OBJETO. 1.1-. Es objeto del presente convenio determinar el régimen de colaboración entre las partes intervinientes 1.2-. En virtud del presente convenio, El Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable Villa de BREÑA BAJA, se compromete al abono de una contraprestación económica al Club Baloncesto Breña Baja por el desarrollo de un programa conjunto de actividades destinado a fomentar, formar y tecnificar la práctica del Baloncesto, en el Municipio de BREÑA BAJA. 1.3 -. La aportación recibida por el Club Baloncesto Breña Baja se destinará únicamente a la realización de las actividades especificadas en la cláusula segunda del presente convenio. SEGUNDA.-DEFINICIÓN Y DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR. Se concretan en las siguientes: 1-. Promoción de la modalidad de Baloncesto incluida y complementando el PLAN INSULAR DE DEPORTES, dentro de la línea de actuación denominada “ DEPORTE Y JUEGO”, en el Municipio de la Muy Noble y Honorable Villa de BREÑA BAJA: “8-. PUNTOS DE PROMOCIÓN DEPORTIVA 8.4. Los Programas Deportivos tendrán una duración que comprenderán como máximo, desde el 15 de septiembre hasta el 15 de junio del siguiente año (ambos inclusive). 8.5. Para poder desarrollar el Plan se establecerá el horario que se crea idóneo (de lunes a viernes), de manera que no interfiera en las tareas docentes ni en la marcha normal del Centro Educativo y que a la vez sea el más conveniente, con el fin deincluir al mayor número de participantes. Para cada modalidad deportiva se establece la obligación de impartir un total de 4 horas semanales de sesiones dirigidas por cada Punto de Promoción, que se distribuirán, según peculiaridades de cada municipio, en los días por semana que se considere oportuno(de lunes a viernes) y en horario no lectivo; además de las competiciones o concentraciones deportivas incluidas en los Programas Deportivos.” PERSONAL TÉCNICO DEPORTIVO El personal técnico deportivo objeto de este convenio será contratados/as por el Club Baloncesto Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 85 de 182 Breña Baja. Para ostentar la condición de Técnico Deportivo, y a fin de garantizar la adecuada solvencia técnica, el Club Baloncesto Breña Baja exigirá al menos, título de Monitor Nivel-1 de la modalidad correspondiente. No obstante, se PODRÁ ADMITIR de manera temporal Y PREVIO INFORME FAVORABLE DEL COMITÉ DE PROMOCIÓN DEPORTIVA aquellas personas que hayan realizado una formación básica como monitores deportivos a través de los planes de formación deportiva del Cabildo de La Palma, siempre que el curso específico para dicha modalidad no se haya realizado en La Palma durante los años de duración del presente Plan. En aquellas modalidades deportivas cuyas titulaciones no son específicas se estará obligado a realizar la formación básica como monitores deportivos a través de los planes de formación del Cabildo de La Palma y en tanto en cuanto no se haya llevado a cabo dicha formación, se requerirá copia de los cursos y/o titulaciones relacionadas con la misma, con el objeto de garantizar la cualificación y dedicación de éstos. En cualquier caso, estarían admitidas las titulaciones de: - Grado de Educación Infantil - Grado de Educación Primaria - Técnico Superior en Educación Infantil - Curso de Psicomotricidad (carga lectiva mínima de 300 horas). En cualquier caso, todo el Personal Técnico Deportivo estará obligado a presentar una certificación negativa del Registro General de delincuentes sexuales, o en su caso, certificado de antecedentes penales según se recoge en la Ley 26/2015, de 28 de julio), sin la cual no podrá iniciarse el punto de promoción deportiva asociado a este personal. Dicha certificación deberá estar incorporada en la aplicación web en el entorno propio de dicho monitor como usuario. 2-. Coorganizar y realizar los juegos Deportivos en Breña Baja en dicha modalidad, incluido en el plan Insular de deportes. 3-. Tecnificación de la modalidad de Baloncesto dirigida a personal técnico y deportistas, vinculados al Baloncesto en el Municipio de Breña Baja. 4-. Participación en las competiciones insulares, y en su caso Campeonatos de Canarias y de España. 5-. Colaborar con las actividades que favorezcan o fomenten la inclusión social o con finalidad social. TERCERA.-DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES. Por parte del Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja: - Abonar al Club Baloncesto Breña Baja, la cantidad resultante en función del importe de financiación establecido en la cláusula cuarta de este convenio. - Controlar la correcta ejecución de las actividades especificadas en la cláusula segunda del mismo. Por parte del Club Baloncesto Breña Baja: - Destinar la contraprestación recibida a realizar las actividades mencionadas en la cláusula segunda del mismo. - Llevar a cabo las actividades mencionadas con la periodicidad que se establezca, salvo Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 86 de 182 causas de fuerza mayor. - Facilitar cuanta información o documentación sea requerida por el Ayuntamiento de Breña Baja. - Presentar certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social del Club Baloncesto Breña Baja, o en su defecto declaración responsable de estar exento de las mismas. - Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. - Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. - Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención/ayuda, antes de que finalice el plazo de realización de la actividad o conducta par la cual se solicitó la misma, así como las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos percibidas de otras instituciones públicas o privadas, que financien las actividades objeto de este convenio. - A efectos de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero del año siguiente. - Presentar justificación mediante aportación de facturas. - Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos. La difusión de la colaboración del Ayuntamiento de Breña Baja mediante la inserción de la imagen corporativa de éste en la cartelería publicitaria del Club, revistas, pósters publicitarios, papelería, entradas, si las hubiera, así como el cualquier otro soporte físico y/o digital, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Insertar logotipo o imagen de marca indicado por La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Breña Baja (pudiéndose descargar de la página web: www.bbaja.es) en los equipajes durante las competiciones oficiales ocupando una superficie mínima de 100 cm2 previa comprobación de la normativa federativa y VºBº de la Concejalía de Deportes. Si por normativa federativa o de la propia competición, debidamente acreditado, no se puede cumplimentar lo establecido en el apartado anterior se realizará en la indumentaria de calentamiento y/o entrenamiento. En todo caso, la Concejalía de Deportes se reservará la posibilidad de determinar según sea el deporte a realizar las condiciones en materia de publicidad. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de esta obligación en la justificación de la misma, pudiendo ser rechazada, cuando en la documentación gráfica aportada no se aprecie con claridad la identificación del logotipo o imagen de marca del Ayuntamiento de Breña Baja. CUARTA.- FINANCIACIÓN. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 87 de 182 Al objeto de contribuir al sostenimiento económico de la escuela de baloncesto de Breña Baja ( Categoría cadete e infantil ), desarrollar una programa para la ampliación de tecnificación deportiva de los jugadores, sufragar los gastos derivados de la participación en competiciones federadas ( organizadas por la Federación Insular de Baloncesto de La Palma y la Federación Canaria de Baloncesto ), permitir la asistencia a campeonatos oficiales de Canarias o torneos amistosos que sean de interés para el adecuado desarrollo deportivo de los participantes en el club así como la promoción de la disciplina deportiva del baloncesto en general se establece un apartado específico en el detalle económico del convenio. El Ayuntamiento de Breña Baja aportará con cargo a la partida presupuestaria 341/48002, la cantidad que resulta del detalle siguiente, todo ello condicionado a la efectiva existencia de crédito presupuestario en el ejercicio correspondiente: DETALLE ECNÓMICO CONVENIO AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA-CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA SUBTOTAL VALORACIÓN PUNTO DE PROMOCIÓN Valor Hora Hora /mes Total punto 1 mes Total : 8 Puntos Grupo A x 9 meses/2024. 3 Punto grupo C x 9 meses/2024. Total Puntos 9 meses 11,02 € 32h (Grupo A) 282,11 € 20.311,92€ 20.311,92€ 11,02 € 12h (Grupo C) 207,18 € 5.593,86 € 5.593,86 € 25.905,78 € 25.905,78 € SUBTOTAL DETALLE PROGRAMA TECNIFICACIÓN, PARTICIPACIÓN EN COMPETICIONES PROVINCIALES FEDERADAS, ASISTENCIA A CAMPEONATOS Y/O TORNEOS ASÍ COMO PROMOCIÓN DE LA DISCIPLINA DEPORTIVA BALONCESTO 27.484,68€ CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (53.390,46€), que se abonarán al Club Baloncesto Breña Baja por anualidad, condicionados al valor de un 1 punto por importe de las horas efectivas/mes, trabajadas del monitor (que nunca puede superar las 32h de un Grupo A y 12h Grupo C) por 11,02 € la hora, condicionados a la ejecución de la memoria de las actividades deportivas y/o formativas propuestas y la cantidad que resulte de los siguiente forma: Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 88 de 182 SUBTOTAL TOTAL 53.390,46€ 1. Primer pago, a la firma del convenio. 2. Segundo pago, entre los días 1 a 10 de septiembre de 2024. Dichos pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta de la CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA: IBAN ES60 2100 7117 1002 0005 3402 BIC (Swift) CAIXESBBXXX QUINTA.- VÍNCULO ENTRE EL CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA Y EL PERSONAL QUE DESARROLLE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONVENIO. El tipo de vínculo que relacione al Club Baloncesto de Breña Baja con el personal del que disponga (directa o indirectamente) para el desarrollo de las acciones derivadas del presente Convenio, habrá de estar debidamente dado de alta en la Seguridad Social. En ningún caso, la firma del presente Convenio implica la existencia de nexo jurídico alguno entre el mencionado personal al servicio del Club Baloncesto Breña Baja y el Ilustre Ayuntamiento BREÑA BAJA, por lo que no se producirá al finalizar la vigencia del mismo una subrogación empresarial del Ilustre Ayuntamiento BREÑA BAJA en los término previstos en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores y legislación complementaria. SEXTA-. JUSTIFICACIÓN. A efectos de justificación, deberán presentar una memoria económica con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. Serán gastos justificativos los siguientes conceptos: - Gastos federativos; para el desarrollo de las actividades en las que participen en competiciones, por concepto de arbitraje, licencias deportivas, inscripciones, seguros u otro tipo de gasto exigido por las federaciones deportivas. Estos gastos pueden realizarse ante la federación nacional, regional, insular o distintas federaciones internacionales. - Gastos de desplazamiento de deportistas y técnicos; se incluyen los gastos derivados del uso de cualquier tipo de medio de transporte, ya sea aéreo, marítimo o terrestre. Incluyendo los gastos por el uso de transporte público o privado, alquiler de vehículos, contratación de empresa de transporte y servicios de agencias de viaje. También se incluyen en este concepto los gastos de comida de los deportistas y personal técnico. - Gastos de estancia; alojamiento y manutención de deportistas y personal técnico. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 89 de 182 - Gastos de personal del Club; requiere contrato formalizado conforme a la normativa vigente. - Gastos por adquisición, alquiler o reparación de equipamiento o material deportivo Destinado al desarrollo de la disciplina deportiva que lleva a cabo el equipo o deportista. - Gastos médicos y fisioterapia; ocasionados por la asistencia a los deportistas. - Gastos de publicidad (cartelería, megafonía, impresión de entradas y otros análogos) - Mobiliario para sedes sociales y adquisición de material fungible. - Gastos de formación; de deportistas y personal técnico. - Gastos derivados de la organización de actos y eventos deportivos de la modalidad, la promoción del baloncesto y la gestión y el mantenimiento de actividades. - Gastos en asistencia técnica (entrenadores, monitores, especialistas, profesionales...). La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero del 2025. SÉPTIMA.- REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de reintegro previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la Intervención General del Estado, se entiende referida a la Intervención del Ayuntamiento de Breña Baja. OCTAVA.-VIGENCIA. El presente convenio tendrá efectos económicos desde el 1 de enero del 2024 manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. NOVENA.-MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento por mutuo acuerdo. DÉCIMA.-RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas: - Por mutuo acuerdo de las partes - Por expiración del plazo de duración del mismo - Por resolución unilateral a instancias de una de las partes, cuando otra haya incumplido sus obligaciones contractuales - Por cualquiera de las causas previstas legalmente Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 90 de 182 UNDÉCIMA- INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO. El incumplimiento del presente convenio por alguna de las partes es causa de resolución sin perjuicio de la facultad de la otra parte para optar entre dicha resolución o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios. DUODÉCIMO.- RÉGIMEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados”. EL ALCALDE EL PRESIDENTE, (C.B. BREÑA BAJA) D. Borja Pérez Sicilia D. Jose Andrés Castro Feliciano LA SECRETARIA ACCTAL Dña. María Evelia Cabrera Millán Una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, proponen elevar a Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar el “CONVENIO CON EL CLUB BALONCESTO BREÑA BAJA 2024.- SEGUNDO. Formalizar en documento administrativo el citado Convenio y facultar al Sr. Alcalde Presidente para la suscripción del mismo. TERCERO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 91 de 182 fiscalización que se emita por la Intervención. CUARTO. Notificar y emplazar al Club Baloncesto Breña Baja, a los efectos de que se firme el Convenio arriba referenciado. QUINTO: Conforme dispone el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, suministrar información de la concesión de la subvención a la Base Nacional de Datos de la Intervención General de la Administración del Estado. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 13.-Expediente 1105/2024. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB JUVENTUD TENIS DE MESA 2024.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretria da lectura a la Comisión Informativa que literalmnte dice: “2.- Expediente 1105/2024.CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB JUVENTUD TENIS DE MESA 2024 .- De orden del señor presidente de la Comisión Informativa de Turismo, Seguridad y Deportes, la infrascrita secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Y EL CLUB DEPORTIVO JUVENTUD TENIS DE MESA DE BREÑA BAJA” Reunidos en Breña Baja, a …. de ………. de 2024 REUNIDOS De una parte; D. Borja Pérez Sicilia, en calidad de Alcalde del AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA, con C.I.F. P3800900G. y domicilio en la C/ Plaza de Las Madres, s/n en la Villa de Breña Baja, actuando en nombre y representación de esa Corporación, autorizado para este acto por Acuerdo plenario de veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve. Y de otra parte; D. José Luis González de León con DNI n.º ....744-. en calidad de Presidente de la Entidad deportiva Club Juventud Tenis de Mesa, modalidad de tenis de mesa, con CIF G38468062. con domicilio en, C/ San Antonio, nº 126, C.P.:38712, facultado para este acto en virtud de Acta de la Asamblea de fecha de veinte de junio de mil novecientos noventa y siete. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 92 de 182 EXPONEN Que ambas partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para otorgar el presente documento y puestos previamente de acuerdo PRIMERO-. De conformidad con el artículo 138 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de deporte y actividades de ocio. SEGUNDO-. Que según el artículo 65 del mencionado Estatuto de Autonomía, a las Islas les corresponde el ejercicio de las funciones que les son reconocidas como propias; las que se les transfieran o deleguen por la Comunidad Autónoma, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno Canario, en los términos que establezcan las leyes de su Parlamento. TERCERO-. Que la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias en su artículo 3 dispone que el fomento del deporte y actividad física se prestará especial atención a las personas mayores, a los menores, a la juventud, y las personas con diversidad funcional, así como a los sectores de la sociedad más desfavorecidos, teniendo especialmente en cuenta aquellas zonas o colectivos a los que la ayuda en estas actividades pueda suponer una mejora en su bienestar social. CUARTO-. Que el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, establece que el municipio ejercerá competencias en “Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre”, estableciendo el art. 12 de la Ley 1/2019 como competencia de los ayuntamientos canarios “la promoción de la actividad deportiva en su ámbito territorial, fomentando especialmente las actividades de iniciación y de carácter formativo y recreativo entre los colectivos de especial atención señalados en el art. 3”, así como “la cooperación con otros entes públicos o privados para el cumplimiento de las finalidades previstas por la presente Ley”. En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes CLAUSULAS PRIMERA.-OBJETO. 1.1-. Es objeto del presente convenio determinar el régimen de colaboración entre las partes intervinientes 1.2-. En virtud del presente convenio, el Ayuntamiento de Breña Baja, se compromete al abono de una disposición económica al Club Juventud Tenis de Mesa, por el desarrollo de un programa conjunto de actividades destinado a fomentar, colaborar y tecnificar la práctica del tenis de Mesa, en el Municipio de Breña Baja. 1.3-. La aportación recibida por el Club Juventud Tenis de Mesa se destinará únicamente a la realización de las actividades especificadas en la cláusula segunda del presente convenio. SEGUNDA.-DEFINICIÓN, DESCRIPCIÓN Y CONDICIONES DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR. Se concretan en las siguientes: 1-. Promoción de la modalidad de Tenis de Mesa, en el Municipio de Breña Baja. 2-. Colaborar en la organización de pruebas o eventos complementarios a realizar en el Municipio de Breña Baja. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 93 de 182 3-.Tecnificación de la modalidad de Tenis de Mesa dirigida a personal técnico y deportistas, vinculados a esta disciplina en el Municipio de Breña Baja. 4-. Participación en las competiciones insulares, provinciales, autonómicas y en su caso Campeonatos de Canarias y de España. TERCERA.-DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES. Por parte del Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja:  Abonar al Club Juventud Tenis de Mesa la cantidad resultante en función del importe de financiación establecido en la cláusula cuarta de este convenio.  Controlar la correcta ejecución de las actividades especificadas en la cláusula segunda del mismo. Por parte del Club Juventud Tenis de Mesa: - Destinar la contraprestación recibida a realizar las actividades mencionadas en la cláusula segunda del mismo. - Llevar a cabo las actividades mencionadas con la periodicidad que se establezca, salvo causas de fuerza mayor. - Facilitar cuanta información o documentación sea requerida por el Ayuntamiento de Breña Baja. - Presentar certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social de Club Juventud Tenis de Mesa, o en su defecto declaración responsable de estar exento de las mismas. - Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. - Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. - Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención/ayuda, antes de que finalice el plazo de realización de la actividad o conducta par la cual se solicitó la misma, así como las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos percibidas de otras instituciones públicas o privadas, que financien las actividades objeto de este convenio. - A efectos de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero del 2025. - Presentar justificación mediante aportación de facturas. - Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos. La difusión de la colaboración del Ayuntamiento de Breña Baja mediante la inserción de la imagen corporativa de éste en la cartelería publicitaria del Club, revistas, pósters publicitarios, papelería, entradas, si las hubiera, así como el cualquier otro soporte físico y/o digital, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Insertar logotipo o imagen de marca indicado por La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Breña Baja (pudiéndose descargar de la página web: www.bbaja.es) en los equipajes durante las competiciones oficiales ocupando una superficie mínima de 100 cm2 previa comprobación de la normativa federativa y VºBº de la Concejalía de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 94 de 182 Deportes. Si por normativa federativa o de la propia competición, debidamente acreditado, no se puede cumplimentar lo establecido en el apartado anterior se realizará en la indumentaria de calentamiento y/o entrenamiento. En todo caso, la Concejalía de Deportes se reservará la posibilidad de determinar según sea el deporte a realizar las condiciones en materia de publicidad. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de esta obligación en la justificación de la misma, pudiendo ser rechazada, cuando en la documentación gráfica aportada no se aprecie con claridad la identificación del logotipo o imagen de marca del Ayuntamiento de Breña Baja. CUARTA.- FINANCIACIÓN. El Ayuntamiento de Breña Baja aportará la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS EUROS (7.500,00€), con cargo a la aplicación presupuestaria 341.480.08, que se abonarán al Club Juventud Tenis de Mesa de la siguiente forma:  Único pago (7.500,00 €), a la firma del convenio. El pago de dicha aportación se realizará de forma anticipada, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.4, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y mediante transferencia bancaria a la cuenta CLUB JUVENTUD TENIS DE MESA con código IBAN: ES45 3076 0170 8826 2591 0928 (CAJA 7). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente Convenio queda subordinado al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos. QUINTA-. JUSTIFICACIÓN. A efectos de justificación, deberán presentar una memoria económica con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero del 2025. Serán gastos justificativos los siguientes conceptos: - Gastos federativos; para el desarrollo de las actividades en las que participen en competiciones, por concepto de arbitraje, licencias deportivas, inscripciones, seguros u otro tipo de gasto exigido por las federaciones deportivas. Estos gastos pueden realizarse ante la federación nacional, regional, insular o distintas federaciones internacionales. - Gastos de desplazamiento de deportistas y técnicos; se incluyen los gastos derivados del uso de cualquier tipo de medio de transporte, ya sea aéreo, marítimo o terrestre. Incluyendo los gastos por el uso de transporte público o privado, alquiler de vehículos, contratación de empresa de transporte y servicios de agencias de viaje. También se incluyen en este concepto los gastos de comida de los deportistas y personal técnico. - Gastos de estancia; alojamiento y manutención de deportistas y personal técnico. - Gastos de personal del Club; requiere contrato formalizado conforme a la normativa vigente. - Gastos por adquisición, alquiler o reparación de equipamiento o material deportivo Destinado al desarrollo de la disciplina deportiva que lleva a cabo el equipo o deportista. - Gastos médicos y fisioterapia; ocasionados por la asistencia a los deportistas. - Gastos de publicidad (cartelería, megafonía, impresión de entradas y otros análogos) - Mobiliario para sedes sociales y adquisición de material fungible. - Gastos de formación; de deportistas y personal técnico. - Gastos derivados de la organización de actos y eventos deportivos de la modalidad, la promoción del tenis de mesa y la gestión y el mantenimiento de actividades. - Gastos en asistencia técnica (entrenadores, monitores, especialistas, profesionales...). Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 95 de 182 SEXTA.- REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de reintegro previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la Intervención General del Ayuntamiento de Breña Baja. SÉPTIMA.-VIGENCIA. El presente convenio tendrá efectos económicos desde el 1 de enero del 2024 manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. OCTAVA.-MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento por mutuo acuerdo. NOVENA.-RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas: - Por mutuo acuerdo de las partes - Por expiración del plazo de duración del mismo - Por resolución unilateral a instancias de una de las partes, cuando otra haya incumplido sus obligaciones contractuales - Por cualquiera de las causas previstas legalmente DÉCIMA- INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO. El incumplimiento del presente convenio por alguna de las partes es causa de resolución sin perjuicio de la facultad de la otra parte para optar entre dicha resolución o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios. UNDÉCIMA.- RÉGIMEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados”. EL ALCALDE EL PRESIDENTE D. Borja Pérez Sicilia D. José Luis González de León Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 96 de 182 LA SECRETARIA ACCTAL Dña. María Evelia Cabrera Millán Una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, se acuerda elevar a Pleno la siguiente propuesta: PRIMERO. Aprobar el “CONVENIO CON EL CLUB DEPORTIVO JUVENTUD TENIS DE MESA 2024”. SEGUNDO. Formalizar en documento administrativo el citado Convenio y facultar al Sr. Alcalde Presidente para la suscripción del mismo. TERCERO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de fiscalización que se emita por la Intervención. CUARTO. Notificar y emplazar al Club Deportivo Juventud Tenis de Mesa , a los efectos de que se firme el Convenio arriba referenciado. QUINTO. Conforme dispone el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, suministrar información de la concesión de la subvención a la Base Nacional de Datos de la Intervención General de la Administración del Estado. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido. 14.- Expediente 762/2024. CONVENIO CON EL CLUB DEPORTIVO BREÑADREZ 2024 De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa que literalmente dice: “3.- Expediente 762/2024. CONVENIO CON EL CLUB DEPORTIVO BREÑADREZ 2024.- De orden del señor presidente de la Comisión Informtiva de Turismo, Seguridad y Deportes, la infrascrita secretaria da lectura al Convenio que literalmente dice: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA Y EL CLUB DE AJEDREZ BREÑADREZ” En Breña Baja, a …... de …... de 2024 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 97 de 182 REUNIDOS D/. Borja Pérez Sicilia, en calidad de Alcalde. del AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA BREÑA BAJA, con C.I.F. P3800900G. y domicilio en la C/ Plaza de Las Madres, s/n en Breña Baja, actuando en nombre y representación de esa Corporación, autorizado para este acto por Acuerdo plenario de treinta y uno de julio de dos mil diecinueve. De otra parte, D. José Antonio Herrera Reyes con DNI nº ….0586-. en calidad de Presidente del Club de Ajedrez Breñadrez, con CIF G76591619 con domicilio en, C/ La Polvacra – Lomo Incienso, nº 164, facultado para este acto en virtud de Resolución de la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias, orden 7180, de fecha 09 de enero 2023. Que ambas partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para otorgar el presente documento y puestos previamente de acuerdo EXPONEN PRIMERO-. De conformidad con el artículo 138 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia exclusiva en materia de deporte y actividades de ocio. SEGUNDO-. Que según el artículo 65 del mencionado Estatuto de Autonomía, a las Islas les corresponde el ejercicio de las funciones que les son reconocidas como propias; las que se les transfieran o deleguen por la Comunidad Autónoma, y la colaboración en el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Gobierno Canario, en los términos que establezcan las leyes de su Parlamento. TERCERO-. Que la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias en su artículo 3 dispone que el fomento del deporte y actividad física se prestará especial atención a las personas mayores, a los menores, a la juventud, y las personas con diversidad funcional, así como a los sectores de la sociedad más desfavorecidos, teniendo especialmente en cuenta aquellas zonas o colectivos a los que la ayuda en estas actividades pueda suponer una mejora en su bienestar social. CUARTO-. Que el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, establece que el municipio ejercerá competencias en “Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre”, estableciendo el art. 12 de la Ley 1/2019 como competencia de los ayuntamientos canarios “la promoción de la actividad deportiva en su ámbito territorial, fomentando especialmente las actividades de iniciación y de carácter formativo y recreativo entre los colectivos de especial atención señalados en el art. 3”, así como “la cooperación con otros entes públicos o privados para el cumplimiento de las finalidades previstas por la presente Ley”. En razón a todo lo expuesto, y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo, deciden suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con sujeción a las siguientes CLAUSULAS PRIMERA.-OBJETO. 1.1-. Es objeto del presente convenio determinar el régimen de colaboración entre las partes intervinientes 1.2-. En virtud del presente convenio, el Ayuntamiento de Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja, se compromete al abono de una contraprestación económica al Club de Ajedrez Breñadrez, por el desarrollo de un programa conjunto de actividades destinado a fomentar, formar y tecnificar la práctica del Ajedrez, en el Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 98 de 182 Municipio de Breña Baja. 1.3-. La aportación recibida por el Centro Insular de Ajedrez se destinará únicamente a la realización de las actividades especificadas en la cláusula segunda del presente convenio. SEGUNDA.-DEFINICIÓN Y DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR. Se concretan en las siguientes: 1-. Promoción de la modalidad de Ajedrez incluida y complementando el PLAN INSULAR DE DEPORTES, dentro de la línea de actuación denominada “ DEPORTE Y JUEGO”, en el Municipio de la Muy Noble y Honorable Villa de BREÑA BAJA: 1-. Contribuir al sostenimiento económico de la escuela de ajedrez de Breña Baja, desarrollar una programa para la ampliación de tecnificación deportiva de los jugadores, sufragar los gastos derivados de la participación en competiciones federadas ( organizadas por la Federación Insular de Ajedrez de La Palma y la Federación Canaria de Ajedrez), permitir la asistencia a campeonatos oficiales de Canarias o torneos amistosos que sean de interés para el adecuado desarrollo deportivo de los participantes en el club así como la promoción de la disciplina deportiva del ajedrez en general. 2-. Coorganización de los Juegos Deportivos en la modalidad de Ajedrez, así como colaborar en la organización de torneos complementarios a realizar en el Municipio de Breña Baja. 3-.Tecnificación de la modalidad de Ajedrez dirigida a personal técnico y deportistas, vinculados al Ajedrez en el Municipio de Breña Baja. 4-. Participación y colaboración en las competiciones insulares, y en su caso Campeonatos de Canarias y de España. 5-. Colaborar con las actividades que favorezcan o fomenten la inclusión social o con finalidad social. TERCERA.-DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES. Por parte del Ayuntamiento de La Muy Noble y Honorable Villa de Breña Baja: - Abonar al Club de Ajedrez Breñadrez la cantidad resultante en función del importe de financiación establecido en la cláusula cuarta de este convenio. - Controlar la correcta ejecución de las actividades especificadas en la cláusula segunda del mismo. Por parte del Club Deportivo Breñadrez: - Destinar la contraprestación recibida a realizar las actividades mencionadas en la cláusula segunda del mismo. - Llevar a cabo las actividades mencionadas con la periodicidad que se establezca, salvo causas de fuerza mayor. - Facilitar cuanta información o documentación sea requerida por el Ayuntamiento de Breña Baja. - Presentar certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social del Club Deportivo Breñadrez, o en su defecto declaración responsable de estar exento de las mismas. - Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. - Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. - Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención/ayuda, antes de que finalice el Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 99 de 182 plazo de realización de la actividad o conducta par la cual se solicitó la misma, así como las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos percibidas de otras instituciones públicas o privadas, que financien las actividades objeto de este convenio. - A efectos de justificación, deberán presentar una memoria de las actividades realizadas con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. - Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. - Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago. - La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero del 2025. - Presentar justificación mediante aportación de facturas. - Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos. La difusión de la colaboración del Ayuntamiento de Breña Baja mediante la inserción de la imagen corporativa de éste en la cartelería publicitaria del Club, revistas, pósters publicitarios, papelería, entradas, si las hubiera, así como el cualquier otro soporte físico y/o digital, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Insertar logotipo o imagen de marca indicado por La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Breña Baja (pudiéndose descargar de la página web: www.bbaja.es) en los equipajes durante las competiciones oficiales ocupando una superficie mínima de 100 cm2 previa comprobación de la normativa federativa y VºBº de la Concejalía de Deportes. Si por normativa federativa o de la propia competición, debidamente acreditado, no se puede cumplimentar lo establecido en el apartado anterior se realizará en la indumentaria de calentamiento y/o entrenamiento. En todo caso, la Concejalía de Deportes se reservará la posibilidad de determinar según sea el deporte a realizar las condiciones en materia de publicidad. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de esta obligación en la justificación de la misma, pudiendo ser rechazada, cuando en la documentación gráfica aportada no se aprecie con claridad la identificación del logotipo o imagen de marca del Ayuntamiento de Breña Baja. CUARTA.- FINANCIACIÓN. El Ayuntamiento de Breña Baja aportará la cantidad de TRES MIL EUROS (3.000,00€), con cargo a la aplicación presupuestaria 341.480.03, todo ello condicionado a la efectiva existencia de crédito presupuestario en el ejercicio correspondiente, que se abonarán al Club Juventud Tenis de Mesa de la siguiente forma: - Único pago (3.000,00 €), a la firma del convenio. El pago de dicha aportación se realizará de forma anticipada, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.4, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y mediante transferencia bancaria a la cuenta CLUB DEPORTIVO BREÑADREZ con código IBAN: ES65 3058 1301 1127 2001 5837 (CAJAMAR). QUINTA.- VÍNCULO ENTRE EL CLUB DEPORTIVO BREÑADREZ Y EL PERSONAL QUE DESARROLLE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONVENIO. El tipo de vínculo que relacione al Club Deportivo Breñadrez con el personal del que disponga (directa o indirectamente) para el desarrollo de las acciones derivadas del presente Convenio, habrá de estar debidamente dado de alta en la Seguridad Social. En ningún caso, la firma del presente Convenio implica la existencia de nexo jurídico alguno entre el mencionado personal al servicio del Club Deportivo Breñadrez y el Ilustre Ayuntamiento de Breña Baja, por lo que no se producirá al finalizar la vigencia del mismo una subrogación empresarial del Ilustre Ayuntamiento de Breña Baja en los término previstos en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores y legislación complementaria. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 100 de 182 SEXTA-. JUSTIFICACIÓN. A efectos de justificación, deberán presentar una memoria económica con desglose de cada uno de los gastos realizados aportando facturas, y demás documentación que se considere pertinente y de carácter probatorio del importe total de gastos de inversión. Las Facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado deberán reunir los requisitos regulados en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente justificante de pago. La concesión de subvención queda condicionada a la justificación total del proyecto y de concesión de subvención, en su caso, en ejercicios anteriores. La justificación tendrá que realizarse hasta 31 de enero de 2025. Serán gastos justificativos los siguientes conceptos: - Gastos federativos; para el desarrollo de las actividades en las que participen en competiciones, por concepto de arbitraje, licencias deportivas, inscripciones, seguros u otro tipo de gasto exigido por las federaciones deportivas. Estos gastos pueden realizarse ante la federación nacional, regional, insular o distintas federaciones internacionales. - Gastos de desplazamiento de deportistas y técnicos; se incluyen los gastos derivados del uso de cualquier tipo de medio de transporte, ya sea aéreo, marítimo o terrestre. Incluyendo los gastos por el uso de transporte público o privado, alquiler de vehículos, contratación de empresa de transporte y servicios de agencias de viaje. También se incluyen en este concepto los gastos de comida de los deportistas y personal técnico. - Gastos de estancia; alojamiento y manutención de deportistas y personal técnico. - Gastos de personal del Club; requiere contrato formalizado conforme a la normativa vigente. - Gastos por adquisición, alquiler o reparación de equipamiento o material deportivo Destinado al desarrollo de la disciplina deportiva que lleva a cabo el equipo o deportista. - Gastos médicos y fisioterapia; ocasionados por la asistencia a los deportistas. - Gastos de publicidad (cartelería, megafonía, impresión de entradas y otros análogos) - Mobiliario para sedes sociales y adquisición de material fungible. - Gastos de formación; de deportistas y personal técnico. - Gastos derivados de la organización de actos y eventos deportivos de la mosalidad, la promoción del baloncesto y la gestión y el mantenimiento de actividades. - Gastos en asistencia técnica (entrenadores, monitores, especialistas, profesionales...). SÉPTIMA.- REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Con carácter general, serán aplicables las condiciones y el procedimiento de reintegro previsto en el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta que la referencia que en la misma se realiza a la Intervención General del Estado, se entiende referida a la Intervención General del Cabildo Insular. OCTAVA.-VIGENCIA. El presente convenio tendrá efectos económicos desde el 1 de enero del 2024 manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. NOVENA.-MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. Las partes podrán modificar el presente convenio en cualquier momento por mutuo acuerdo. DÉCIMA.-RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 101 de 182 El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas: - Por mutuo acuerdo de las partes - Por expiración del plazo de duración del mismo - Por resolución unilateral a instancias de una de las partes, cuando otra haya incumplido sus obligaciones contractuales - Por cualquiera de las causas previstas legalmente UNDÉCIMA- INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO. El incumplimiento del presente convenio por alguna de las partes es causa de resolución sin perjuicio de la facultad de la otra parte para optar entre dicha resolución o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios. DUODÉCIMO.- RÉGIMEN JURÍDICO. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose para las cuestiones no previstas en el mismo por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 3 de noviembre, General de Subvenciones, a la restante legislación básica en materia de régimen local, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados”. EL ALCALDE EL PRESIDENTE D. Borja Pérez Sicilia D. José Antonio Herrera Reyes LA SECRETARIA ACCTAL Dña. María Evelia Cabrera Millán Una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, proponen elevar a Pleno el siguiente acuerdo: PRIMERO. Aprobar el CONVENIO CON EL CLUB DEPORTIVO BREÑADREZ 2024. SEGUNDO. Formalizar en documento administrativo el citado Convenio y facultar al Sr. Alcalde Presidente para la suscripción del mismo. TERCERO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 102 de 182 fiscalización que se emita por la Intervención. CUARTO. Notificar y emplazar al Centro de Insular de Ajedrez, a los efectos de que se firme el Convenio arriba referenciado. QUINTO. Conforme dispone el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, suministrar información de la concesión de la subvención a la Base Nacional de Datos de la Intervención General de la Administración del Estado. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. LA COMISIÓN”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba el dictamen en todos sus términos y contenido 15.- Expediente 457/2024.INFORME TRIMESTRAL PMP 4T 2023 .- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas que literalmente dice: “2.- Expediente 457/2024. PMP 4 T 2023.- De orden del señor presidente de la Comisión Especial de Cuentas, la señora interventora da lectura al Informe que literalmente dice: INFORME DE INTERVENCIÓN A) LEGISLACIÓN APLICABLE • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, (art 2, 4, y 18). • Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público. • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (art 198). • Real Decreto 1040/2017, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 635/2014, de 25 de Julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/20012 de 27 de Abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. • Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (art 6.2). • Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. B) CONTENIDO DEL INFORME 1.- FUNDAMENTO El art 4 de la LOEPSF, define el principio de sostenibilidad financiera, y sostenibilidad de la deuda comercial, este último introducido por la LO 9/2013, de control de la deuda comercial. Así, el art 4.2 LOEPSF, establece que: “2. Se entenderá por sostenibilidad financiera la capacidad Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 103 de 182 para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda pública y morosidad de deuda comercial conforme a lo establecido en esta Ley, la normativa sobre morosidad y en la normativa europea. Se entiende que existe sostenibilidad de la deuda comercial, cuando el periodo medio de pago a los proveedores no supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad”. 2.- AMBITO SUBJETIVO El cálculo del periodo medio de pago, se establece en el Real Decreto 635/2014, modificado por el RD 1040/2017. A tenor de lo dispuesto en el art 2, dicha norma se aplica a todos los sujetos establecidos en el art 2.1 de la LOEPSF, es decir, el Sector Administración Públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales aprobado por el Reglamento (CE) 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996. En el caso que nos ocupa, y dado que no existen entes dependientes, el cálculo del periodo medio de pago, se realizaría exclusivamente para el Ayuntamiento de Breña Baja. 3.- CONCEPTO PERIODO MEDIO DE PAGO El periodo medio de pago, puede definirse como la magnitud que define el tiempo de pago medio o retraso en el pago de la deuda comercial, de las entidades integrantes en el sector Administraciones Públicas. Se trata de un indicador global, que refleja el tiempo que tardan la entidad local, en hacer sus pagos, reflejando igualmente su pendiente de pago acumulado. De esta forma, el periodo medio de pago global estará compuesto de los períodos medios de pago del Ayuntamiento, que, a su vez, será el resultado de ponderar la ratio de operaciones pagadas y la ratio de operaciones pendientes de pago. El periodo legal de pago, viene establecido en el art 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que establece respecto del periodo legal de pago de las Administraciones Públicas que: “La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados (…)”. El período medio de pago definido en el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas, mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos, como indicador distinto respecto del periodo legal de pago establecido en el artículo 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. 4.- CALCULO PERIODO MEDIO DE PAGO 4.1.- Tipos de operaciones para el PMP De conformidad con el artículo 3.1 del Real Decreto 635/2014, para calcular el periodo medio de pago a proveedores, se deberán tener en cuenta: 1. Las facturas expedidas desde el 1 de enero de 2014 que consten en el registro contable de facturas o sistema equivalente. 2. Las certificaciones mensuales de obra aprobadas a partir del 1 de enero de 2014. De conformidad con el apartado segundo del referido art. 3.2 del Real Decreto 635/2014, quedarán Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 104 de 182 excluidas del cálculo del periodo medio de pago a proveedores: 1. Las obligaciones de pago contraídas entre entidades que tengan la consideración de Administraciones Públicas en el ámbito de la contabilidad nacional 2. Las obligaciones pagadas con cargo al Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. 3. Las propuestas de pago que hayan sido objeto de retención como consecuencia de embargos, mandamientos de ejecución, procedimientos administrativos de compensación o actos análogos dictados por órganos judiciales o administrativos. Así, computan para el presente cálculo las facturas comerciales entre las empresas y la Administración (capítulos 2 y 6 de la clasificación económica del estado de gastos del presupuesto), expedidas desde el 1 de enero de 2014 que consten en el registro contable de facturas o sistema equivalente y las certificaciones mensuales de obra aprobadas a partir de la misma fecha. 4.2.- Cálculo del periodo medio de pago a proveedores de la entidad A tenor de lo dispuesto en el art 5 del RD 635/2014: El periodo medio de pago de cada entidad se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: 1.- La ratio de las operaciones pagadas, se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Se entenderá por número de días de pago, los días naturales transcurridos desde: a) La fecha de aprobación de las certificaciones de obra hasta la fecha de pago material por parte de la Administración. b) La fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los bienes entregados o servicios prestados, hasta la fecha de pago material por parte de la Administración. c) La fecha de entrada de la factura en el registro administrativo, según conste en el registro contable de facturas o sistema equivalente, hasta la fecha de pago material por parte de la Administración, en los supuestos en los que o bien no resulte de aplicación un procedimiento de aceptación o comprobación de los bienes o servicios prestados o bien la factura se reciba con posterioridad a la aprobación de la conformidad. 2.- La ratio de operaciones pendientes de pago: Para las operaciones pendientes de pago al final del trimestre se calculará esta ratio de acuerdo con la siguiente fórmula: Se entenderá por número de días pendientes de pago, los días naturales transcurridos desde: a) La fecha de aprobación de las certificaciones de obra hasta el último día del periodo al que se refieran los datos publicados. b) La fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con los bienes entregados o servicios prestados hasta el último día del periodo al que se refieran los datos publicados. c) La fecha de entrada de la factura en el registro administrativo, según conste en el registro contable de facturas o sistema equivalente, hasta el último día del periodo al que se refieran los datos publicados, en los supuestos en los que o bien no resulte de aplicación un procedimiento de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 105 de 182 aceptación o comprobación de los bienes o servicios prestados o bien la factura se reciba con posterioridad a la aprobación de la conformidad. 4.- REMISIÓN En relación a la remisión de la información contenida en el presente informe, se regula en el RD 653/2014, modificado por el RD 1040/2017, y en la Orden HAP/2105/2012, modificada por la Orden HAP/2082/2014. En cuando a la periodicidad de remisión, el art 5.4 del RD 653/2014, establece que en el caso del Ayuntamiento de Breña Baja es trimestral, por no tratarse de un ente de los regulados en el art 111 y 135 del TRLHL, en la que es mensual. En cuando al contenido, forma y lugar de remisión, el art 6.2 del mismo texto legal, y el 16.6 de la Orden HAP/2105/2012, en su redacción dada por la Orden HAP/2082/2014, que establecen que: “2. … las corporaciones locales remitirán al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y publicarán periódicamente, de acuerdo con lo que se prevea en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la siguiente información relativa a su período medio de pago a proveedores referido, según corresponda, al mes o al trimestre anterior: a) El período medio de pago global a proveedores mensual o trimestral, según corresponda, y su serie histórica. b) El período medio de pago mensual o trimestral, según corresponda, de cada entidad y su serie histórica. c) La ratio mensual o trimestral, según corresponda, de operaciones pagadas de cada entidad y su serie histórica. d) La ratio de operaciones pendientes de pago, mensual o trimestral, según corresponda, de cada entidad y su serie histórica”. La obligación de remisión corresponde a la Intervención municipal, tal y como establece el art 4.1.b) de la Orden HAP/2105/2012. C) CONCLUSIÓN La información que se ha de emitir a tenor de lo establecido en el art 6.2 del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas, modificado por el RD 1040/2017, y tal y como se extrae el programa de contabilidad, es la siguiente: Ratio Operaciones Pagadas (días) Importe Pagos Realizados (euros) Ratio Operaciones Pendientes (días) Importe Pagos Pendientes Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 106 de 182 (euros) PMP (días) 8,16 1.518678,20 1,05 54.492,72 7,91 Todo ello, se informa, a los efectos oportunos, y para su envío telemático por la Intervención Municipal a través de la Oficina virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales del portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, plataforma autoriza, mediante firma electrónica, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa detallada. La Comisión Especial de Cuentas, Dictamina elevar el citado Informe al Pleno de la Corporación para su conocimiento y efectos.”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros se dan por enterados. 16.- Expediente 458/2024.INFORME TRIMESTRAL DE MOROSIDAD 4T 2023.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Especial de Cuentas que literalmente dice: “3.- Expediente 458/2024. Morosidad 4T 2023 .- De orden del señor presidente de la Comisión Especial de Cuentas, la sñora Interventora da lectura INFORME DE INTERVENCIÓN A) LEGISLACIÓN APLICABLE • Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. • Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. • La Ley 11/2013, de 26 de julio, de Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, (art 33 modifica la Ley 3/2004). • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. • Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. B) CONTENIDO DEL INFORME Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 107 de 182 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El cálculo de la morosidad en las Administraciones públicas, viene regulado por la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y sus diversas modificaciones, Ley 15/2010, Ley 11/2013, RDL 4/2013, entre otras. En relación al ámbito de aplicación de la norma, el ámbito subjetivo, se establece en el art 2.b): “A los efectos regulados en esta Ley, se considera como: (…) b) Administración, a los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público, de acuerdo con el artículo 3.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (actual Ley 9/2017)”. Es decir, aquellas entidades, que tengan la consideración de poder adjudicador, conforme la LCSP, quedando incluido el Ayuntamiento de Breña Baja (art 3.3.a) LCSP). El ámbito objetivo de aplicación, son las operaciones comerciales, así el art 3.1 establece lo siguiente: “Esta Ley será de aplicación a todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas, o entre empresas y la Administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como las realizadas entre los contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas” (actual Ley 9/2017). Así, quedan englobadas en la aplicación de la ley todos los pagos comerciales entre empresas y esta Administración, (capítulos 2 y 6 de la clasificación económica del estado de gastos del presupuesto). Quedan fuera del ámbito de aplicación de esta Ley, los no incluidos en el apartado anterior (gastos de personal, subvenciones, etc.) y los siguientes: a) Los pagos efectuados en las operaciones comerciales en las que intervengan consumidores. b) Los intereses relacionados con la legislación en materia de cheques, pagarés y letras de cambio y los pagos de indemnizaciones por daños, incluidos los pagos por entidades aseguradoras. c) Las deudas sometidas a procedimientos concursales incoados contra el deudor, que se regirán por lo establecido en su legislación especial. 2.- PLAZO DE PAGO El art 4 de la Ley 3/2004, modificado por la Ley 11/2013, de 26 de julio, de Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, establece que: “1. El plazo de pago que debe cumplir el deudor, si no hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, será de treinta días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad. (…) 2. Si legalmente o en el contrato se ha dispuesto un procedimiento de aceptación o de comprobación mediante el cual deba verificarse la conformidad de los bienes o los servicios con lo dispuesto en el contrato, su duración no podrá exceder de treinta días naturales a contar desde la fecha de recepción de los bienes o de la prestación de los servicios. En este caso, el plazo de pago será de treinta días después de la fecha en que tiene lugar la aceptación o verificación de los bienes o servicios, incluso Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 108 de 182 aunque la factura o solicitud de pago se hubiera recibido con anterioridad a la aceptación o verificación. 3. Los plazos de pago indicados en los apartados anteriores podrán ser ampliados mediante pacto de las partes sin que, en ningún caso, se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales. El art 198.4 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, establece que: “4. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados, (…) y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente (…), en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. …, la Administración deberá aprobar las certificaciones de obra o los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio”. El art 210 LCSP, establece que: “1. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. 2. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, o en el plazo que se determine en el pliego de cláusulas administrativas particulares por razón de sus características. (…) 4. Excepto en los contratos de obras, que se regirán por lo dispuesto en el artículo 243, dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija, y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato, y abonársele, en su caso, el saldo resultante. No obstante, si la Administración Pública recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, el plazo de treinta días se contará desde su correcta presentación por el contratista en el registro correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente en materia de factura electrónica. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. En relación a la certificación final de las obras, el art 243.1 LCSP, establece que: “1. A la recepción de las obras a su terminación y a los efectos establecidos en esta Ley, concurrirá un facultativo designado por la Administración representante de esta, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato en el plazo previsto en esta Ley”. La Administración, como regla general, dispone de un plazo máximo de treinta días contados desde el Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 109 de 182 siguiente a la entrega de los bienes o prestación de los servicios para aprobar las certificaciones o documentos que acrediten la conformidad, y dispone de otros treinta días a partir de esta fecha de aprobación para proceder al pago del precio sin incurrir en mora. Salvo que la factura, se entregue con posterioridad, y el plazo de 30 días para pagar, se cuente desde dicha presentación. Así, el máximo conforme a la normativa actual, serían 60 días en total, (desglosado en 30 días desde entrada en registro para aprobar y 30 desde la aprobación o reconocimiento para el pago). En el caso de las certificaciones finales de obras, los plazos varían, así, se dispone de 30 días para emitir acta de recepción tras la finalización de la obra, tres meses para emitir la certificación final desde el acta de recepción, y desde ahí 30 días para pagar. 3.- INTERÉS DE DEMORA A tenor de lo dispuesto en el art 198.4 LCSP, el interés de demora se aplicará al número de días de retraso de pago, desde el momento que se hace el pago real y el momento en que debiera de haberse hecho el pago. El tipo de interés aplicable es el establecido en el art 7 de la Ley 3/2004: “1. El interés de demora que deberá pagar el deudor será el que resulte del contrato y, en defecto de pacto, el tipo legal que se establece en el apartado siguiente. 2. El tipo legal de interés de demora que el deudor estará obligado a pagar será la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más ocho puntos porcentuales”. Así pues: Interés de demora= nº días de retraso pago * interés de demora aplicable 4.- REMISIÓN En relación a la remisión de la información contenida en el presente informe, se regula en la ley 15/2010, y en la Orden HAP/2105/2012. Así, los apartados 3 y cuatros del artículo cuarto de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, se establece que: “3. Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo. 4. Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. (…)”. El art 16.6 de la Orden HAP/2105/2012, en su redacción dada por la Orden HAP/2082/2014, establece que trimestralmente se debe remitir: 6. El informe trimestral, regulado en el artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales,…. La obligación de remisión corresponde a la Intervención municipal, tal y como establece el art 4.1.b) de la Orden Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 110 de 182 HAP/2105/2012, y “…por medios electrónicos a través del sistema que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas habilite al efecto, y mediante firma electrónica avanzada… a través de modelos normalizados o sistemas de carga masiva de datos habilitados al efecto (…).”, (Art 5). Adicionalmente, debe darse cuenta al pleno del presente informe, en la próxima sesión que se celebre. En cuanto al contenido de la información en materia de morosidad, el informe trimestral contemplará la siguiente información: a) Pagos realizados en el trimestre b) Intereses de demora pagados en el trimestre. c) Facturas o documentos justificativos pendientes de Pago al final del trimestre. C) CONCLUSIÓN La información que se ha de emitir a tenor de lo establecido en el artículo cuarto.3 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y tal y como se extrae el programa de contabilidad, es la que se adjunta como anexo al presente informe. Lo cual se informa a los efectos de su remisión al Pleno del Ayuntamiento de Breña Baja, así como a los efectos de su envío telemático por la Intervención Municipal a través de la Oficina virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales, del portal del Ministerio de Hacienda, a los efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 4.4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en lo que respecta al cuarto trimestre, no siendo necesaria su remisión en los tres primeros trimestres del año, tal y como establece el art 16.10 de la Orden HAP/2105/2012, en su redacción dada por la Orden HAP/2082/2014. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 111 de 182 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 112 de 182 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 113 de 182 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 114 de 182 Una vez debatido el asunto por la Comisión Especial de Cuentas, Dictamina elevar el citado Informe al Pleno de la Corporación para su conocimiento y efectos”. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros se dan por enterados. 17.- Expediente 815/2024. LIQUIDACION PRESUPUESTO 2023.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Especial de Cuentas que literalmente dice: “4. EXPEDIENTE 815/2024. DANDO CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO 2023.- De orden del señor presidente de la Comisión Especial de Cuentas, la señora interventora da lectura a la Resolución de Alcaldía número 2024-0362, de fecha 29 de febrero que literalmente dice: “RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Visto que con fecha 8 de febrero de 2024, se incoó procedimiento para aprobar la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2023. Visto el Informe de Intervención de fecha 29 de febrero de 2024 sobre el cumplimiento del objetivo de Estabilidad, regla de gasto y endeudamiento de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). Visto el Informe de Intervención de fecha 29 de febrero de 2024 sobre la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2023. Considerando que cuenta con el informe favorable de la Intervención General y conforme al artículo 191 y siguientes del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, RESUELVO: PRIMERO.- Aprobar la Liquidación del Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2023: 1. Resultado Presupuestario Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 115 de 182 DERECHOS RECONOCIDOS NETOS CONCEPTOS b) Operaciones de capital a) Operaciones corrientes 1. Total operaciones no financieras (a+b) c) Activos financieros d) Pasivos financieros 2. Total operaciones financieras (c+d) I. RESULTADO PRESUPUESTARIOS DEL EJERCICIO (I=1+2) AJUSTES RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO (I+II) II. TOTAL AJUSTES (II=3+4-5) 5. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 4. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 3. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos 2. Remanente de Tesorería COMPONENTES Nº DE CUENTAS 1. (+) Fondos líquidos 57, 556 2. (+) Derechos Pendientes de Cobro - (+) del Presupuesto corriente 430 - (+) de Presupuestos cerrados 431 - (+) de operaciones no presupuestarias 251.577,37 257, 258, 270, 275, 440, 442, 449, 456, 470, 471, 472, 537, 538, 550, 565, 566 3. (-) Obligaciones pendientes de pago - (+) del Presupuesto corriente 400 - (+) de Presupuestos cerrados 401 - (+) de operaciones no presupuestarias 165, 166, 180, 185, 410, 414, 419, 453, 456, 475, 476, 477, 502, 515, 516, 521 550 560 561 -194.545,61 4. (+) Partidas pendientes de aplicación 194.545,61 - (-) cobros realizados pendientes de aplicación definitiva 554, 559 - (+) pagos realizados pendientes de aplicación definitiva 555, 5581. 5585 I. Remanente de tesorería total ( 1 + 2 -3 + 4 ) II. Saldos de dudoso cobro 2961, 2962, 2981, 2982, 4900, 4901, 4902, 4903, 5961 5962 5981 5982 III. Exceso de financiación afectada IV. Remanente de tesorería para gastos generales ( I - II - III ) SEGUNDO.- Aprobar la Liquidación del Presupuesto de Gastos, que responde al siguiente detalle: Capítulos de Gasto Crédito inicial Modificación Crédito definitivo 1 Gastos de personal. 3.317.290,92 1.823.112,18 5.140.403,10 3.722.504,72 3.722.504,72 0,00 2 Gastos corrientes en bienes y servicios. 2.883.139,98 473.384,89 3.356.524,87 3.090.599,48 3.061.972,02 28.627,46 3 Gastos financieros. 7.000,00 2.500,00 9.500,00 7.813,75 7.813,75 0,00 4 Transferencias corrientes. 367.944,10 1.358.161,31 1.726.105,41 948.167,76 948.167,76 0,00 6 Inversiones reales. 342.325,00 5.266.739,37 5.609.064,37 1.914.265,55 1.879.694,62 34.570,93 8 activos financieros. 20.000,00 0,00 20.000,00 3.000,00 3.000,00 0,00 9 Pasivos financieros. 208.000,00 0,00 208.000,00 206.652,09 206.652,09 0,00 Total GASTOS 7.145.700,00 8.923.897,75 16.069.597,75 9.893.003,35 9.829.804,96 63.198,39 TERCERO.- Aprobar la Liquidación del Presupuesto de Ingresos, que responde al siguiente detalle: OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTES 9.671.043,53 7.769.085,71 1.997.958,66 1.914.265,55 11.669.002,19 9.683.351,26 83.693,11 1.901.957,82 1.985.650,93 3.000,00 3.000,00 0,00 206.652,09 3.000,00 209.652,09 0,00 -206.652,09 -206.652,09 11.672.002,19 9.893.003,35 1.778.998,84 3.336.036,58 1.253.651,96 1.722.296,29 -360.088,33 1.418.910,51 2023 7.291.188,44 3.137.638,73 517.896,38 2.368.164,98 905.002,18 63.198,39 979,27 840.824,52 0,00 9.329.279,38 1.802.126,66 3.881.807,26 Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 116 de 182 3.645.345,46 Obligaciones Pagos líquidos Pendientes de reconocidas pagar Capítulos de Ingreso Previsión Inicial Modificación Previsión Definitiva 1 Impuestos directos. 1.512.500,00 0,00 1.512.500,00 1.834.407,10 1.497.743,30 336.663,80 2 Impuestos indirectos. 1.409.000,00 0,00 1.409.000,00 1.732.329,52 1.732.329,52 0,00 3 Tasas, precios públicos y otros ingresos. 954.200,00 0,00 954.200,00 1.001.748,69 822.599,48 179.149,21 4 Transferencia corrientes. 3.250.000,00 2.891.870,03 6.141.870,03 5.091.542,61 5.091.542,61 0,00 5 Ingresos patrimoniales. 0,00 0,00 0,00 11.015,61 11.015,61 0,00 7 Transferencias de capital. 0,00 2.065.272,10 2.065.272,10 1.997.958,66 1.997.958,66 0,00 8 Activos financieros. 20.000,00 3.966.755,62 3.986.755,62 3.000,00 916,63 2.083,37 Total INGRESOS 7.145.700,00 8.923.897,75 16.069.597,75 11.672.002,19 11.154.105,81 517.896,38 CUARTO.- Se proceda a dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente Resolución en la primera sesión ordinaria que éste celebre, tal y como dispone el artículo 193 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. QUINTO.- Remitir copia a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma.” Una vez debatido por unanimidad de los/as Señores/as Concejales/as presentes, elevar al Pleno la propuesta transcrita”. Interviene Doña Ana: Si en este quedaban un par de cosas pendientes de explicar en la comisión informativa y se acordó que nos lo iban a explicar hoy. Interviene el señor Alcalde: Don Abel tiene la palabra. Interviene Don Abel: Si en la comisión quedo por aclarar a que se refería. En la comisión quedó por aclarar el gasto que hacía referencia con el nombre de acceso a población en concreto el expediente 5827 del año 2022 y hace referencia a la prolongación y terminación de la calle Petra Galván de las Casas. Esta obra ha tenido una vez se inicio varios inconvenientes, en este caso seguramente lo explicara mejor mi compañero Daniel que es de obra, pero básicamente ha sido que nos hemos encontrado con un imprevisto: hay un cable y se ha tenido que paralizar la obra por encontrarse ese cable, hemos tenido que incluso redactar un proyecto para la eliminación o retirada de ese cableado y por eso se tuvo que paralizar esa obra. No se si tienes alguna. Interviene el señor Alcalde: Daniel algo que decir. Interviene Don Abel: Si quieres explico más. Interviene Doña Ana: No, solo en relación a esto como esto esta licitado ¿que que efecto tiene en la licitación, se puede prorrogar , como cambian los plazos?. Interviene el señor Alcalde: Pero perdona para no crear un debate expón todos los puntos y ella expone después y vuelves tú en el siguiente porque si no vamos a estar saltando de un lado al otro. Termina tú todos los puntos o bueno ya contesta a este pero termina. Interviene Don Abel: No, es simplemente eso lo que tenía que declarar. Interviene el señor Alcalde: Solo es ese. Interviene Doña Ana: Si. Interviene el señor Alcalde: Pues contesta si quieres ya que. Derechos Liquidados Recaudación Pendiente de Líquida Cobrar Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 117 de 182 Interviene Don Abel: Al ser un imprevisto que no esta evidentemente en la obra eh se ha ampliado el plazo de ejecución de la obra ¿vale?. Esta ampliado por este inconveniente, hemos tenido nosotros que además hacer como te digo un proyecto para retirar ese cableado porque no se podía continuar la obra así como estaba y no te puedo decir un plazo de finalización, no se si mi compañero. Interviene Don Daniel: El plazo de ejecución de dicha obra se paraliza al no poderse seguir la obra y se cumplió una ejecución un porcentaje de ejecución, se paralizo por el inconveniente del cable y se reanudará cuando Endesa reciba la línea y se termine la obra que se que se ha hecho. El cable esta canalizado ya, a falta de que de que Endesa de el proyecto final de obra de ese cable y ya esta para volver a reanudar la obra de la calle. Interviene Doña Ana: Vale. Bueno pues entonces ahora si me gustaría comentar un par de cosas de lo que esta. Interviene el señor Alcalde: Esperate. Interviene Doña Ana: Bueno básicamente de lo que esta. Interviene el señor Alcalde: Perdona Ana, perdona un momento perdona un momento. Si yo ya le dado la palabra ahora son 10. Interviene la señora Secretaria: No, ella tiene ahora 15 minutos. Interviene el señor Alcalde: 15 vale, no, como lo pregunto. Si Doña Ana perdone disculpe, cuando quiera. Interviene Doña Ana: Si, vale, un segundo. Interviene Doña Ana: Bueno pues la verdad es que en lo que más me fije en este documento es lo que tiene que ver con la suma total de los remanentes pasan pues de años anteriores 2021, 2022, 2023 a este año. Lo que comentabas el otro día en la comisión fue que había dinero que había llegado a final de año y que vamos que milagros no se pueden hacer ¿no?. Entonces descontado el proyecto que esta en Los Cancajos de la zona de playa pues de la peatonalización y de los TF y de todos los planes de empleo y todo eso pues queda una cantidad bastante abultada. La verdad es que yo llevo ya dos años de Concejal empezando ahora en febrero y cada año se repite el mismo patrón: hay una cantidad abultada de remanentes, que en sus palabras señor Alcalde sirven para el desarrollo del municipio, pero es que me temo que en este municipio año tras año nos encontramos con el mismo problema y no cambia, no cambia nada. Mi impresión en dos años es que es el cuento de nunca acabar y que siempre en marzo llegamos a la misma conclusión las pocas infraestructuras que tenemos en este municipio no, realmente no las ha creado usted y y que quede tanto dinero de remanente y un superávit pues tan abultado también es que no es bueno. Lo que quiere decir es que hay una bastante mala capacidad de ejecución y de gestión. A nosotros esto nos preocupa sobretodo porque hay dinero que se pasa como remanente de 2021, el parque de ocio de Los Cancajos 2022 y en este listado de los accesos a los núcleos de población yo francamente esperaba que estuvieran los acerados que se pusieron por remanentes en 2023, 22 y todavía no hemos oído hablar de ello. Pues el acerado de La Carnicería, de La Polvacera, el de Finca Amado que además toda la población conoce perfectamente que tiene pendiente pero que parece que nunca llega. Luego los planes de cooperación que año tras año se aplazan y se aplazan interminablemente. En diciembre de 2023 terminaron ustedes el plan de cooperación previsto para 2019 después de haberlo aplazado y después de haberlo cambiado porque lo más importante que había en ese plan de cooperación era la pavimentación de la plaza del templo antiguo y al final se cambio por el parque de skate. El parque de skate que seguramente usted prometió en 2017 a adolescentes que ya son adultos y que ya no lo van a usar y esa puerta esta cerrada. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 118 de 182 Interviene el señor Alcalde: Si esta abierto. Interviene Doña Ana: Pero seguimos sin pavimentación de la plaza. Entonces no lo termina , no lo hace, lo aplaza y me consta que con enfados de por medio de su compañero Mariano Zapata. La Casa de la Música también que esta también en estos remanentes que se cambia para este año si no lo ejecutaron el año pasado yo dudo que lo ejecute este año también porque no esta licitado siquiera, es una obra abultada y no esta licitado y en la fecha en la que estamos y no lo tiene licitado pues yo dudo que este año también tampoco va. El parque de ocio bueno la lista esta ya es interminable porque el parque de ocio empezó en 2011, mi hijo tenía 3 años y ahora ya va a bachillerato pues le diré si la historia es interminable o no y en este es que me tiene asombrada la excusa que usted pone para esto es que pues le ha pasado de todo a esta obra, esa es la excusa que usted pone pero yo me imagino a estas alturas que los demás municipios de alrededor se encuentran con los mismos problemas pero sin embargo los demás parece que terminan las obras, las empiezan y las terminan pero aquí pues no. Nos encontramos que no acaba nada, que se dejan a medio hacer y el dinero pasa de un año para otro pero como ya le estoy diciendo que tiene escasa capacidad de ejecución pues si se pasa de un año para otro pues nos vamos a encontrar este año con lo mismo porque tampoco lo va a terminar. Y luego bueno pues lo del PGO también otra historia interminable que ya lo hablamos en el pleno anterior, no me voy a meter ahí, pero yo le pregunte hace dos meses ya cuanto era el total montante para el plan Plan de Ordenación Urbanística de este municipio y todavía no tengo una suma pero como aquí hay otra cantidad cercana a los cien mil euros yo ya calculo que por lo menos medio millón hemos gastado en algo que todavía no esta terminado. Y lo del Socorro es otra obra eterna y estos 50.000 euros que están aquí y que pasan de remanente han bailado durante varios años: se quita y se pone y se cambia y es la moneda de cambio del Socorro pero sin embargo lo promete cada vez. De sostenibilidad económica si, superávit también llegamos pero sin embargo en lo afectado el dinero que esta afectado y que no esta adaptado es bastante bastante abultado y a mí me gustaría que alguna vez lo terminara y alguna vez pudiéramos disfrutar de las infraestructuras que nosotros, que se demandan y que necesitamos y que sin embargo bueno pues se empiezan y nunca se terminan y todo sigue igual. No voy a extenderme más porque ni voy a extenderme en los números, ni valorarlos porque hay cosas que se ven, hay acciones que se ven y hay otras que no se ven y aquí estamos hablando de lo que no se ve. Entonces pasar todo este dinero a 2024 me parece muy bien pero tendrían que mejorar la capacidad de ejecución drásticamente. Interviene el señor Alcalde: Si Doña Ana por alusiones mire yo no se a que se refiere con el señor Mariano Hernández Zapata hasta ahora conmigo no tuvo ningún problema por ninguna infraestructura que ha tenido este pueblo con lo cual le pido que no invente cosas que no son. Siguiendo con los puntos usted dijo, lo dijo usted no yo, que lleva 2 años pero debería informarse de cuanto remanente teníamos hace 4 y lo que hemos gastado, lo terminamos de gastar en la legislatura pasada que lo dejamos a 0. O sea creo que lo hemos dicho usted lo sabe lo hemos hablado varias veces con lo cual inversión cierta ha habido. Otra cosa es que no sea lo que ustedes siempre recriminan porque es verdad que ustedes parecen que solo recriminan lo que no se termina pero lo que se hace que es muchas cosas y muchas cosas al día y quizás a veces no son tan valorables cosas tan grandes sino lo que se hace en el día a día desde señaletica, pequeños acerados, accesibilidad arreglos en edificios municipales, en instalaciones que eso se lleva muchísimo dinero, incluso en instalaciones que no tenemos competencia. Creo que eso no lo habla y creo que si somos correctos deberíamos hablar a un completo ¿no?. Pero le digo que lleva, lo dijo 2 años y le vuelvo a decir los remanentes debería mirar usted lo que había hace 4 años cuando las reglas teníamos las reglas, pandemia y todo lo que nos ha pasado y lo que se dejo en mayo del año pasado aproximadamente o abril del año pasado y ahí creo que le queda claro. Siguiente yo creo que usted no se si es que lo desconoce o intenta confundir a la gente porque hay un dato claro el remanente que usted esta hablando es remanente afectado ¿vale?, es remanente afectado. Cuando usted dice remanente afectado, esta contratado todo eso que se va a hacer. El remanente afectado esta contratado la calle Petra Galván, esta contratado el parque de ocio que por cierto usted nombro el parque de ocio pero no, se olvido de nombrar que ejecutado hay 418.063,04 euros. Con lo cual si esta la obra contratada, si se esta haciendo lo que pasa que por retrasos que usted conoce que no le voy a decir más porque ya estamos un poco cansados de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 119 de 182 repetirnos lo mismo sabe que se esta, hay un contrato, se esta realizando, ha habido prorrogas y peticiones de prorrogas se ha concedido y ha tenido mucha problemática esa obra. Le digo que hoy ya hay ejecutado 418.063,04 para quien lo quiera ver ¿vale?. Pero usted cuando vuelve a decir cuando habla de los remanentes vuelvo a decir o lo desconoce o intenta confundir porque todo el remanente afectado quiere decir en prácticamente su totalidad que esta contratado. Que no este ejecutado perfecto, una obra como el parque de ocio evidentemente no se termina en un año, una obra como como, no le se decir otra, Petra Galván. Pues Petra Galván para explicarle a todo el mundo Petra Galván contratamos 240.000 euros a una empresa, la empresa empieza a trabajar y de repente cuando va a hacer un talud de contención entre la calle Petra Galván y la barriada de San Antonio se descubre un cable que nadie, desconocíamos un cable de Endesa y pensando que Endesa tenía que solucionarlo, Endesa nos dice que es un cable que se instalo que se dio su permiso en su época y hay que arreglarlo ¿vale?. Nosotros tuvimos que paralizar la obra para que usted lo sepa y yo creo que esto lo hablamos en el verano pasado. Se tuvo que hacer una modificación de crédito para el proyecto, para que usted lo sepa y usted lo sabe lo que pasa que intenta confundir a la gente pero lo sabe, se hizo una modificación de crédito para hacer el proyecto, perfecto se hizo el proyecto, se hizo una modificación de crédito con el coste del proyecto de esas modificaciones de créditos que usted critica también, esas que se hacen para imprevistos como este. Pues se hizo modificación de crédito también para la obra, se ejecuto la obra y estamos esperando la certificación por parte de Endesa. No es porque nosotros no queramos, el señor Concejal ya le dijo como estaba, que estamos esperando certificación pero yo ya le digo que el señor Concejal cada 2 días esta llamando a Endesa para que nos digan para empezar a la obra que ya esta contratada. Con lo cual cuando habla con la gente le dice los remanentes afectados diga esto: son cosas contratadas, cosas que se van a ejecutar, que tienen un contrato. No son remanentes porque sobren las cantidades económicas y se dejen morir ahí de año tras año. No, son porque están contratadas y la ejecución puede pasarse de un año a otro porque aquí una obra puede pasar que tenga un plazo más de un año, dos o tenga imprevistos ¿no?. Entonces eso quiero aclararlo. Otro caso que usted crítica un superávit, eso si que me parece y el señor Abel se lo explicara pero me parece todavía más peligroso porque el superávit es que sobre un presupuesto establecido hay una capacidad de ingresos mayor al establecido, con lo cual eso no es nada malo, es todo lo contrario. Es que se le ha presupuestado un presupuesto a un Ayuntamiento y ese presupuesto que el año pasado fue ocho, no me acuerdo bien, pongamos ocho ochocientos pues hemos ingresado más de los ocho ochocientos más de lo que estaba previsto con lo cual eso no es negativo. El remanente puede ser negativo si hay una inejecución del presupuesto pero es que en este caso el remanente que usted nombra es el afectado el que se pasa de un año para otro porque esta afectado, como su propia palabra dice, porque esta contratado. Y le vuelvo a repetir el superávit es una herramienta positiva quiere decir de lo presupuestado es que hemos ingresado más. Con lo cual Doña Ana hay dos maneras y yo lo que pido es que cuando nos dirigimos a la gente vamos a dirigirnos claro. Por supuesto hay fallos, hay errores, hay cosas que no se llega por supuesto pero lo que es, es. Y después le digo obras como el PGO pues me resulta extraño que usted lo del PGO no lo sepa cuando el PGO tiene un contrato, un contrato en vigor y unos plazos con un cronograma establecido. Yo creo que usted si lo debe conocer pero me preocupa que lo desconozca. Después que más tengo apuntado perdonen porque, el plan de cooperación. El plan de cooperación nosotros estamos en plazo, estamos en plazo la Casa de la Música ya una parte de ese plan de cooperación esta ejecutado porque eran unos proyectos ya están entregados y además están en el Cabildo con lo cual estamos en plazo no se porque se mete. Es verdad que en alguno anterior hemos tenido retrasos pero preocúpese cuando después de los retrasos no cumplimos en algunos y hasta ahora en el plan de cooperación en todos se ha cumplido. Con lo cual no se a que viene que estamos con retraso en el plan de cooperación cuando en el día de hoy le vuelvo a decir que estamos en plazo. Y pedir una prorroga sobre un plazo puede ser lógica por ejemplo: ahora mismo tenemos un PFAE y se está realizando en la Casa de la Música entonces ¿que hemos decidido?. Como tenemos la banda de música funcionando y el PFAE en la Casa de la Música ralentizar un poco la contratación que esta todo los pliegos preparados, esta el dinero para después licitar y empezar con la obra cuando acabe el PFAE que quedan 3 meses. Con lo cual ese cronograma municipal, no esta incumpliendo nada y estamos cumpliendo con nuestra gente y con lo que nos preocupa con la banda de música. Otro dato dice que el plan de cooperación lo modificamos de una plaza que no tiene pavimentación. Vamos a aclararle a la gente, la plaza si tiene pavimentación, hemos hecho eventos por Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 120 de 182 ejemplo el festival de Revolution. Lo que usted esta diciendo es que teníamos un proyecto para mejorar esa plaza el cual decidimos por circunstancias paralizarlo y modificar esa cantidad de dinero a otra que es muy diferente, no se perdió, al parque de skate. Mire el parque de skate yo no se si usted no lo recuerda pero intento confundir también con las edades de los niños. El parque de skate tuvo un retraso creo que de un año pero el parque de skate es que esta terminado pero esta terminado no de hoy, esta terminado creo que hace casi 2 años y otro dato, o un año y pico, otro dato es que el parque de skate ya esta terminado antes lo que pasa es que sufrió una modificación con lo cual vamos a hablar con más realidades evidentemente. Y después sobre el parque de ocio, que le voy a decir sobre el parque de ocio Doña Ana, yo creo que el parque de ocio ya esta más que dicho los retrasos que ha tenido. Mire usted que habla de otros Ayuntamientos , otros Ayuntamientos a día de hoy todavía están con una obra después de que una empresa se declarara en suspensión de pagos hay Ayuntamientos que a día de hoy en la misma fecha que la nuestra con la misma empresa no han resuelto el contrato y llevan 3 años de retraso. Nosotros lo resolvimos en un año y el parque de ocio ya tiene invertido cuatrocientos dieciocho mil euros. Con lo cual la obra sigue, ahora falta la instalación del parque y diferentes cosas que va en proceso esta dentro de la obra y lo que falta mayormente del parque de ocio es el equipamientos de de el mismo. Pero el parque de ocio también los técnicos dentro de lo que es un proceso de obra por ejemplo o cuando se han hecho unas cosas mal dentro de esa obra se ha paralizado y se ha tenido que derribar parte de esa obra porque se hizo mal. Nuestros técnicos han cumplido y se ha hecho lo que pasa es que ellos han pedido aumentar el plazo para reformarla con lo cual en esa obra también hemos estado vigilantes. Vuelvo a decirle tiempo si por supuesto, por supuesto, yo nunca he engañado a nadie con el parque de ocio. El parque de ocio empezó hace muchos años partió de un parque que tuvimos que cerrar porque no cumplía ni como accesibilidad ni siquiera con las piedras que estaban en el suelo, cerramos, hicimos un proyecto mayor y hemos tardado años en hacerlo. Yo si usted, que usted en esto dice que lleva 2 años pero usted lleva mucho más tiempo dentro de su grupo político sabe y el señor Antonio sabia que este proyecto desde el primera partida dijimos que es un proyecto ambicioso y que con fondos propios no podíamos hacer y que poco a poco íbamos a materializarlo. Pues ya que se esta en una fase muy avanzada pues yo creo que lo que no se debe es engañar, pido disculpas por los retrasos evidentemente pero también se ha hecho desde el principio diciéndole claro a la gente que iba a ser un proyecto largo y dentro de lo largo que ha sido evidentemente una suspensión de pago de una empresa que licito y que se declaro en suspensión de pagos. Vuelvo a decir hay empresas en el día de hoy en La Palma que han tardado 3 años en resolver el expediente y todavía no lo han resuelto. Nosotros tardamos un año pero aun así otro año para coger financiación, prorroga, diferentes circunstancias que nos ha pasado, una pandemia de por medio, un volcán, muchas cosas que ha pasado con la empresa con lo cual esa es la realidad de lo expuesto. Señor Abel tiene algo que comentar usted sobre lo dicho. Interviene el señor Abel: No, de acuerdo con lo que acaba de mencionar el Alcalde y con las explicaciones de remanentes y de superávit hay que ser, hay que hilar fino cuando se da un concepto negativo cuando en realidad es positivo y vamos no puedo estar más de acuerdo con lo que menciono el Alcalde ahora mismo. Yo no tengo nada que añadir, todo lo que iba a decir lo has comentado perfectamente incluso el dato de la ejecución del parque de ocio y bueno ccreo que queda todo todo aclarado ¿no?. Interviene el señor Alcalde: Vale, perdón Doña Ana. Interviene Doña Ana: Voy a ser bastante breve solo puntualizando un par de cosas de las que ha mencionado. Me reafirmo al decir que tiene que haber superávit si las cuentas tienen que estar en positivo pero un millón y medio sobre el presupuesto que tiene este Ayuntamiento que este año son ocho millones y el año pasado eran siete quiere decir que se ha dejado de gastar mucho dinero y sale superávit entre otras cosas porque usted no incluye las subvenciones dentro de los presupuestos siempre las deja fuera, el PIO queda fuera, las ayudas en domicilio que es más de medio millón queda fuera. Esto ya lo hemos discutido montones de veces que no las incluye porque dice que no sabe al céntimo cuanto va a ser en cada ejercicio. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 121 de 182 Interviene Don Abel: Se se estima. Interviene Doña Ana: Con lo cual bueno pues esto es relativo lo pone o lo deja y de hecho la Interventora anterior le recomendaba que lo pusiera. El PGO el PGO empezó en 2012. Interviene el señor Alcalde: No. Interviene Doña Ana: En 2012 hubo un proyecto y un contrato hasta 2015 que se devolvió la garantía no se cual es el importe porque lo he preguntado y no me ha contestado, si quiere le digo el número de registro porque es el 422 de este año y el resto de los años eran al menos cincuenta cincuenta mil euros que figura en el presupuesto, con lo cual la suma pues me sale lo que me sale. Pero de todas maneras la gente lo que quiere ver son las obras finalizadas, la gente no puede estar esperando pues niños que se han quedado una generación entera sin poder ir al parque y yo no se, no se si, si estas excusas que usted esta poniendo sirven para algo porque no se terminan. Esto que estamos hablando nosotros es probablemente una explicación política pero a la gente no le llega. Entonces yo le pido por favor que termine las obras sobretodo las más importantes y que se deje de hacer castillos en el aire simple y llanamente. Interviene el señor Alcalde: Doña Ana por aclarar yo castillos en el aire no he hecho en mi aclaración le aclare punto por punto lo que usted dijo si no le gusta la aclaración o no quiere verla pues eso es un problema suyo pero yo lo que dije fue la realidad y no dije ningún castillo en el aire. Cuando usted habla niños sin poder ir al parque pues bueno no se si usted sabe, quizás es que desconoce los que hay en Breña Baja pero hay de 11 a 14 evidentemente más grandes o más pequeños pero los hay en Breña Baja entonces vuelvo a decir no entiendo cuando usted dice “niños sin poder ir al parque”. Cuando habla del PGO vuelve a mezclar con el PGO del 2012. Doña Ana el contrato del PGO vigente no es del 2012 doña Ana es de hace, con el plan de cooperación, del año pasado no, y ese tiene un cronograma porque las partes de 2012 ya se contrataron, ya se ejecutaron. Con lo cual no intente mezclar con la parte que no era, porque hubo unos años en los que no recibimos subvención de ningún tipo para el PGO, se paralizo porque no teníamos fondos propios. Acuérdese si lo sabe y si no se lo digo yo que anteriormente el PGO lo financiaba prácticamente el Gobierno de Canarias, nuestro PGO lo hemos financiado prácticamente todo nosotros. Entonces nosotros poco a poco con lo que podíamos íbamos haciendo las bases y hasta la aprobación del avance. Diciendo lo del PGO acuérdese que su compañero Antonio lo sabía muy claro porque una vez le pedimos colaboración con sus compañeros en el Gobierno de Canarias en política territorial porque estuvimos esperando el informe de impacto medioambiental. Porque ustedes no se aclaraban, su partido político no se aclaraba si los que habíamos presentado el informe de impacto medioambiental antes del año, no me acuerdo la fecha, antes de un año determinado podíamos aunque tuviéramos que modificar cosas pero estaba presentado teníamos que hacerlo nuevo o no. Pues darse cuenta eso casi 2 años después fue cuando nos aclararon la duda con lo cual eso esta en el contrato nuevo. Lo digo para que usted hable un poco con más claridad a la gente. Nosotros el PGO tenga claro que es una prioridad pero es una cosa que ningún Ayuntamiento en La Palma son 12 años, el más corto que he visto sacar en La Palma son 12 años. Él que esta diciendo usted 4 años después me dice fuera me dice cual es porque lo único que me cabe es que pueda ser un plan supletorio. Que le digo una cosa por ejemplo el Ayuntamiento compañero de Villa de Mazo tiene un plan supletorio cuando su misma Alcaldesa fue Consejera del Gobierno de Canarias de Política Territorial y después de 8 años no lo han sacado. El supletorio quiere decir que te lo hace la Consejería de Política Territorial no lo hace el Ayuntamiento como lo estamos haciendo nosotros. Con lo cual no hay ningún Ayuntamiento que en la isla haya sacado un Plan General en 4 años eso es falso y le digo una cosa la media son entre 10-12 años. Con lo cual nosotros evidentemente queremos que sea mucho menos pero aun así muchas veces ha sido por no tener partida presupuestaria o por documentos de otra Administración que no han sido entregados en fecha y forma. Esto el Plan General Total pero para que usted lo sepa y usted lo sabe muy bien nosotros a su ministerio de su partido político, lo sabe, llevábamos reclamándoles que se aprobó en el pleno anterior, llevábamos reclamando más de un año y pico, el señor Abel llamando cada semana, para que nos den la solicitud y petición de aceptación del informe de Costas para la revisión parcial del Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 122 de 182 Plan General porque ese es otro, a día de hoy no tenemos contesta doña Ana. Entonces esto cuando usted lo habla tan así también pídales a sus compañeros políticos que nos ayuden también a su pueblo a sacar las cosas adelante porque ahora mismo seguimos teniendo más de un año y pico de retraso por ese informe de Costas de la revisión parcial, que este ha sido por otros temas. Pero bueno usted dice que lo que quiere es ver las obras, yo le digo y como Alcalde tranquila que se van a ver las obras terminadas las que están ahora las va a ver terminadas y y los vecinos lo más importante cada día lo tengo más claro que los vecinos vean lo que se hace. Hasta ahora lo han visto, hasta ahora han seguido confiando en nuestro Grupo de Gobierno, lo han visto y lo comprometido siempre habrá algo que se quede por el camino no será adrede pero lo comprometido se va a cumplir. Así que no tengo más nada que decir y le paso la palabra a la señora Jéssica si tiene algo que decir. Interviene Doña Jéssica: Bueno yo creo que aquí se han tratado distintos temas entonces se me plantea la duda de si realmente estamos en el punto 17 o 18 de modificaciones de créditos de remanentes afectados y demás. Interviene el señor Abel: Estamos en el 17. Interviene el señor Alcalde: No no, si. Interviene Doña Jéssica: Vale vale era eso. Interviene el señor Alcalde: Seguimos. Interviene Doña Jéssica: Si si. Interviene el señor Alcalde: Perdón, seguimos en el punto y doña Ana que sobre ese punto hizo una exposición mayor como ven digo por cosas que se han dicho se intenta, no se le corta la palabra como pasa en otros lugares, se termina. Aunque gracias por decirlo porque es verdad que sobre un punto ha intentado hacer un comentario extenso de otros puntos y de otras cosas. Aquí se permite que se haga. Si ustedes lo estiman oportuno en próximos nos ceñimos a los puntos y ya esta pero eso lo hablaremos después del pleno porque así no dilatamos las cosas. Algo más que decir Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: No. Interviene la señora Secretaria: El punto 17. Interviene el señor Alcalde: No no ya esta, Don Juan. Interviene Don Juan: No tengo nada. Interviene el señor Alcalde: Vale pues seguimos con. Interviene la señora Secretaria: La liquidación presupuestaria. Interviene el señor Alcalde: Esto era dar cuenta eh ¿era dar cuenta? ¿no?. Interviene la señora Secretaria: La liquidación presupuestaria. Interviene Don Abel: No, hay que votarla. Interviene la señora Secretaria: Hay que votarla. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 123 de 182 Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba dicho punto. 18.- DANDO CUENTA DE LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITO.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da cuenta de las Modificaciones de Crédito, correspondientes a los número del 1 al 5 y del 24 al 34. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. Interviene la señora Secretaria: Esto es dar cuenta. Interviene el señor Alcalde: Dar cuenta. Algo que decir Doña Ana. Interviene Doña Ana: Si, solo darle la razón a la compañera Doña Jéssica que es verdad que empece, mezcle los dos puntos. Me estaba refiriendo a la modificación de crédito 3 de 2024 y solamente me gustaría hacer constar en acta que se traen modificaciones de créditos del año anterior de la 24 a la 31 y luego varias modificaciones de créditos de este año. La señora Interventora en comisión explico la razón del retraso que fue bueno se retraso el presupuesto y no se pudo traer todo en el pleno anterior pero aun así me gustaría que constara en acta y por eso lo menciono. Interviene el señor Alcalde: Vale. Algo que decir Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Es sobre la modificación de créditos lo que estamos hablando. Interviene el señor Alcalde: Punto número 18. Interviene Doña Jéssica: Con lo anterior, si usted cito con anterioridad la escuelita de música. Interviene el señor Abel: La Casa de la Música. Interviene Doña Jéssica: La Casa de la Música, el plan PIO y demás había 222.000 euros pero la obra no se había terminado entiendo. Interviene el señor Alcalde: Espera, sobre que. Interviene Doña Jéssica: Del año 2023. Interviene la señora Secretaria: La Casa de la Música, la ampliación. Interviene el señor Alcalde: Perdón, eso es lo que quiere preguntar. Interviene Doña Jéssica: Si. Interviene el señor Alcalde: Vale La Casa de la Música no se ha empezado con la obra con lo cual no no hay expedientes. Interviene Doña Jéssica: Vale. Interviene el señor Alcalde: La obra tenemos el dinero, tenemoslos pliegos todo esperando para licitar previsto a que termine PFAE para no molestar y un tanto la banda. Con lo cual lo que esta el dinero esta tal cual 100% porque no hemos empezado con la obra. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 124 de 182 Interviene Doña Jéssica: Nada más. Interviene el señor Alcalde: Don Juan. Interviene Don Juan: No. Interviene el señor Alcalde: Nada. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se dan por enterados/as de las Modificaciones de Crédito, correspondientes a los número del 1 al 5 y del 24 al 34. En Breña Baja, a 25 de marzo de 2024. 19.- Expediente 1146/2024. MOCIÓN PRESENTADA POR EL PP : APOYO A LOS AGRICULTORES Y GANADEROS ESPAÑOLES.- De orden del señor presidente la infrascrita secretaria da lectura a la Moción presentada por el Partido Popular, que literalmente dice: “MOCIÓN DE APOYO A LOS AGRICULTORES Y GANADEROS ESPAÑOLES D. Juan Manuel Perez Alvarez, actuando en calidad de Portavoz del po Popular en el Ayuntamiento de Brena Baja, y al amparo de lo dispuesto en el artfculo 97 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, presenta para su debate y posterior aprobacion si precede en la sesion ordinaria del Pleno Corporative a celebrar con fecha 28 de marzo de 2024, la siguiente mocion en defensa del campo espanol: JUSTIFICACION DE LA MOCION El campo espanol esta atravesando una situacion de dificultad que viene provocada por multiples factores, come el incremento de los costes de produccion; las asfixiantes exigencias burocraticas y regulatorias; la aplicacion de la nueva PAC con mas exigencias ambientales que se hacen recaer sobre los agricultores y ganaderos; y la sequia. Ello ha motivado que miles de agricultores y ganaderos se manifiesten para reclamar al Gobierno de Espana y a la Union Europea un cambio en el Plan Estrategico de la PAC, una modificacion de las medidas ambientalistas y los ecorregimenes, una revision de la Ley de la Cadena Alimentaria o la derogacion de la Ley de Bienestar Animal. Son reivindicaciones que el Partido Popular comparte, porque las politicas ambientalistas de la Union Europea, que han side amparadas y aun intensificadas por el Gobierno de Espana, han llevado al sector a una situacion insostenible. Las peticiones del campo espanol son las mismas que el PP ha venido haciendo en distintos fores al Gobierno de Espana. Sin embargo, el Gobierno socialista ha side el mayor defensor de esas politicas ambientales, sin atender al componente economico y social, obviando el impacto que tienen en el medic rural. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 125 de 182 De la misma manera el Gobierno ha hecho case omiso al sector, sin dialogo alguno ni consenso en las decisiones, lo que ha llevado a los profesionales y organizaciones del sector primario a la movilizacion. Los consejeros competentes en materia de agricultura y ganaderia del Partido Popular han pedido al ministro de agricultura en numerosas ocasiones que se reuna la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural de forma extraordinaria, para tratar precisamente los asuntos que el sector esta pidiendo, pero no se ha atendido esta propuesta y se ha negado a sentarse a hablar de los problemas reales del campo. El Gobierno, con sus acciones, ha agravado la situacion del campo. Ha negociado una PAC que ha supuesto menos ingresos y mas exigencias ambientales; no ha dado respuesta a la situacion de sequia; ha disparado los costes de produccion; no ha adaptado el sistema de seguros agrarios; ha adelantado plazos por encima de lo exigido” Interviene Don Juan: Si ¿la han visto, la han podido leer todos?. Se les paso con tiempo y forma para para que pudieran ver. Interviene el señor Alcalde: Perdón. Interviene Don Juan: Vale, vale. Interviene el señor Alcalde: Perdón, ha corrido un minuto. Interviene Don Juan: Nada da igual. Bueno yo creo que todos saben la situación que esta pasando el sector agrícola y ganadero en este país, yo creo que durante muchos meses ha abierto los telediarios de todas las cadenas. Curiosamente ya ese foco sobre los agricultores y ganaderos de España ha desaparecido pero bueno si queríamos desde el grupo popular pues hacer hincapié en la situación que están pasando los agricultores y ganaderos de España. Es una situación asfixiante en la que hemos pasado de ser la despensa de de Europa a ser un país en el que hemos tenido que abandonar la agricultura y la ganadería porque los agricultores como así manifiestan y los ganaderos se gana más dejando los cultivos en la tierra que llevándolos a los propios mercados y sobretodo con las últimas políticas agrícolas que ha incorporado el gobierno de Rodríguez Zapatero de perdón de Pedro Sánchez y la verdad que ha sido muy asfixiante. Yo creo que el sector esta en una situación ahora mismo crítica yo creo que ya la situación casi que es irreversible y por eso hemos planteado 15 medidas que espero que hayan leído con detenimiento y nada paso a detallar los acuerdos que queremos adoptar en el día de hoy. El punto 1, mostrar apoyo al sector primario y sus agricultores y ganaderos reivindicamos su importancia en el desarrollo de nuestra localidad, comunidad autónoma tanto desde el punto de vista productivo, económico y social cosa que es muy importante y medioambiental. Apoyar el plan de choque con estas 15 medidas que hemos planteado en el documento que hemos presentado en este pleno que se refieren a esta iniciativa para hacer frente a la crisis del sistema agrícola agrario perdón y agroalimentario español. Y como no solicitar al Gobierno de Canarias para que inste a su vez al Gobierno de España a que adopte esas medidas en la mayor brevedad posible. Como decía antes yo creo que esta situación que esta pasando el sector agrícola y ganadero es prácticamente insostenible y si el Gobierno de Canarias no eleva estas medidas al Gobierno Central yo creo que el futuro del campo canario, palmero y también no nos podemos olvidar que Breña Baja también tiene una gran parte agrícola, tiene los días contados y yo creo que todos los que estamos aquí no queremos que suceda. Por eso les pido por favor que apoyen esta moción para elevar a través del Gobierno de Canarias esta moción a las altas esferas. Gracias. Interviene el señor Alcalde: Doña Ana algo que decir. Interviene Doña Ana: Si la verdad es que no estoy sorprendida porque haya venido esta Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 126 de 182 moción porque se esta repartiendo bueno esta apareciendo por todos los municipios a nivel estatal como suele ocurrir entonces se lo voy a comentar. O sea una de las cosas que no lo leyó el, lo vamos a votar en contra y por, no porque estemos en desacuerdo con los puntos o con los acuerdos que en realidad estamos de acuerdo pero en la argumentación pues bueno se hacen unos ataques al partido socialista y al Grupo de Gobierno en esta nación que nos parecen totalmente inapropiados. Nosotros en ningún momento como grupo como como PSOE nunca hemos dejado atrás ni al sector ganadero, ni al agrícola de hecho este año han habido ayudas extraordinarias que ya suman unos cuantos miles, miles de millones de euros: ayudas directas, ayudas extraordinarias, más las que se dan todos los años. Esto nosotros estamos bueno pues hay una directiva europea y la hemos adaptado porque nos tenemos que adaptar pues a una guerra y a un cambio climático y a los usos del agua. No estamos haciendo nada nuevo, ni nada que sea para fastidiar el sector agrícola y ganadero, simplemente bueno pues se ha adoptado una serie de medidas para la sostenibilidad del sector la sostenibilidad del sector económica, medioambiental y social. Algunas de las cosas no gustan evidentemente pero me parece que no es de recibo estar defendiendo una moción con una serie de acuerdos con una mano y con la otra pues no aplicarse el cuento. Le voy a poner dos ejemplos de donde gobierna el PP y como trata la agricultura y la ganadería que son Doñana en Andalucía y en Murcia. En Murcia pues el mar menor esta completamente contaminado, la zona esta sobreexplotada, tienen problemas de agua y el mar menor esta muerto o sea ya no hay ecosistema. Y en Andalucía pues el parque Doñana, que he tenido la suerte de visitar, sobreexplotado, pozos ilegales que se permiten, ampliación de regadíos y todo esto con una crisis hídrica que tiene Andalucía. Entonces bueno pues si eso son los dos ejemplos que tenemos que seguir para la política agraria pues me parece que no, que no están bien, no son de recibo. Entonces si por una mano defiendes lo correcto pero pues luego a la hora de actuar hacen un poco lo que quieren y desde luego beneficiando a los grandes terratenientes y no al pequeño agricultor pues no, no estamos de acuerdo. Y sobretodo bueno pues que en si ya lo estuviese haciendo bien en estos ejemplos que yo le estoy diciendo bueno pues defenderíamos la propuesta pero los ejemplos que ustedes nos muestran no son buenos. Y entonces preferimos hacer lo que creemos mejor y sobretodo lo que se ha acordado a nivel europeo y por eso vamos a votar que no. Interviene el señor Alcalde: Vale yo si quiero responder una cosa porque Doña Ana yo creo que decir que que esta a favor de de de lo que se pide pero por unos condicionantes no, podemos ver que condicionantes en la exposición de motivos no y tal vez se pueden modificar esos condicionantes de motivo pero lo importante es que salga un acuerdo pa nuestros agricultores. Porque le digo una cosa eh gracias que han salido a la calle porque algo había que hacer, mire hoy firmo y su ministro de su partido socialista firmo con con UPA 43 medidas con el sector 43. Con lo cual no son cosas que se venían haciendo sino son cosas nuevas y son 43 medidas de las cuales no todo el sector esta de acuerdo pero se lo digo que hoy su ministro firmo esas 43 medidas. Esta moción entro hace ya un tiempo. Interviene Don Juan: Un mes y medio. Interviene el señor Alcalde: Un mes y medio porque no se ha podido llevar antes con lo cual en ese mes y medio no estaban estas 43 quizás por el empuje de los agricultores y de determinados partidos que también apoyan al sector de agricultura históricamente quizás se han sacado estas 43 medidas y muchas más que quedan. A mí me sorprende una cosa porque yo en la legislatura pasada estaba de Senador, luche con la ley de alimentaria . Interviene Doña Ana: Cadena alimentaria. Interviene el señor Alcalde: Cadena alimentaria, disculpen, la de cadena alimentaria en ella nosotros planteamos no se cuantas enmiendas fueron pero fueron mil y pico enmiendas creo que fueron, de las que el partido socialista recogió 0 por aprobarlas. Quizás dentro de esas medidas estaban cosas que están pasando hoy porque ustedes vendieron a bombo y platino una ley de cadena alimentaria donde el sector iba a estar mejor que nunca porque el agricultor iba a percibir lo que se merecía y verdaderamente hoy estamos peor que nunca literal, no lo digo yo, tengo unas estadísticas Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 127 de 182 que hoy nos han pasado que estamos peor que nunca pero literalmente peor que nunca. El sector platanero ya no da ni con la subvención no da, no llega, ni con la subvención a cubrir, no llega y otro tipo de sectores agrícolas, conozco algunos por otras partes profesionales, no da no da literalmente. Y lo que la cadena que ustedes vendieron que iba a ser una panacea pues se ha quedado en nada. Con lo cual también un dato que dice y me preocupa que solo coja los dos, Andalucía que por cierto si lo hacen tan mal mayoría absoluta y Murcia si lo hacen tan mal a uno de la mayoría absoluta pero es que no habla de Barcelona o del sector hídrico de Barcelona que ha tenido que pedir la ayuda y en eso gobiernan ustedes, le ha tenido que pedir ayuda a Valencia a la Comunidad Valenciana y a todas las comunidades que están alrededor para hacer trasvase de agua porque se quedan sin ella. Perdón apaguen los móviles por favor, vale. Interviene Doña Amanda: Perdón. Interviene el señor Alcalde: No pasa nada.El sector hídrico entonces Doña Ana yo creo que si es algo positivo porque además estamos instando hoy instando al Gobierno de Canarias que encima el Gobierno de Canarias compartimos dos partidos políticos. No es nada malo, es instar a que se haga algo pero bueno quería dar esos datos porque hablo unos datos sesgados cuando verdaderamente quien esta sufriendo literalmente y sobre todo un sector potencialmente agrícola también el industrial es Cataluña y en eso no esta ni el Partido Popular y evidentemente no esta tampoco el grupo de Coalición Canaria. Con lo cual puso Andalucía que verdaderamente ha visto los datos porque a mí me gusta ver las noticias ¿no? y los datos de sus embalses últimos son datos muy halagüeños, no tienen que hacer por las políticas que se han trabajado sobretodo en este último año, no lo digo yo, lo dijeron las noticias además lo dijo la Sexta, no hay que hacer restricciones de ningún tipo este verano en la agricultura después de muchos años con lo cual algo se estará haciendo bien, usted lo nombro negativo. Y en Murcia la verdad sinceramente lo desconozco pero si que me gustaría que se acordará de Barcelona y de otros lugares tantos que ustedes gobiernan que es verdad que ya quedan pocos pero que gobiernan en comunidades autónomas y están sufriendo esos problemas. Con lo cual Doña Jéssica tiene su su palabra. Interviene Doña Jéssica: Es que no, tengo que reírme porque es que haces publicidad. Bien nosotros vamos a apoyar la moción porque directa o indirectamente a todas las comunidades y también especialmente a La Palma con el sector agrícola en especial el plátano pues nos vemos, nos vemos perjudicados si no se llegan a acuerdos y no se toman medidas. Entonces no me voy a extender más pero bueno podríamos hacer aquí una apuesta en común y saldría un debate interesante por lo que si debemos apoyar esta moción pienso. Entiendo que por honestidad y por ética política y los compañeros pues se sientan atacados frente a distintas cosas que se proponen en la moción pero vamos a ser pragmáticos y vamos a la realidad que es la necesidad de mejorar las circunstancias y las condiciones que estamos viviendo en la agricultura y la ganadería en especial especialmente por nuestra isla ¿no?. Interviene la señora Secretaria: Votación. Interviene el señor Alcalde: Algo que decir Doña Ana. Interviene Doña Ana: No. Interviene Don Juan: No. Interviene el señor Alcalde: Si, después tiene. Interviene Doña Ana: Simplemente reiterarnos en lo que hemos dicho, nosotros cuando se vota una moción, se vota la moción entera y en la moción bueno pues nos han atacado como partido y además hay una cosa que no se ha tenido en cuenta y que ya todo esto la gestión de esta crisis se ha tratado como un arma política. Ustedes podrían colaborar y podrían aportar y podrían antes de las Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 128 de 182 votaciones aportar ideas pero no, no de esta manera. Nosotros de todas maneras como ya se han adoptado una flexibilización del PAC no trajimos la moción del PSOE que también tiene la suya que defiende prácticamente lo mismo pero nos ahorramos los ataques. Entonces bueno yo espero que si realmente ustedes aprueban esto bueno pues lo lleven a cabo porque ya les he puesto algunos ejemplos donde no cumplen lo mismo que están defendiendo. Interviene el señor Alcalde: Yo simplemente para aclarar cuando usted pide colaboración me parece perfecto y esa palabra me parece muy positiva pero le digo porque me sentí yo presente medidas para La Palma en la ley de cadena alimentaria perdón lo presente y ¿sabes que pasa?. Que presentamos el partido mil y pico enmiendas a nivel nacional entonces quería decir cuando se presentan enmiendas algunas evidentemente no sirven, no son acordes, no van con la política de la ley pero de mil y pico una probablemente fuese positiva ¿no?, una. Las de La Palma era más bien para ayuda del sector del plátano se presentaron especificidades y demás y diferentes cosas. Con lo cual que no cogieran ni una sola enmienda y usted nos pida colaboración a nosotros es que al final querían sacar una ley por rodillo como los Presupuestos Generales del Estado y con su gente. Entonces colaborar me parece muy positivo pero me toco a mí personalmente presentar esas enmiendas las que refería a La Palma colabore presentándolas y no cogieron ni una. Entonces cuando se pide colaborar hay que mirarse a veces uno mismo para ver lo que se ha hecho. Y vuelvo a decir hoy se firmo por parte de su ministro 47, 43 medidas se firmo con UPA quedan un montón de tantas que el sector esta reivindicando pero hoy se se firmaron con lo cual hace tiempo atrás se podía haber hecho también pero nada. Don Juan algo que decir. Interviene Don Juan: No. Interviene la señora Secretaria: Votación. Una vez debatido el asunto por los/las señores/as concejales/as presentes se prueba la Moción con los votos a favor del Partido Popular y Coalición Canaria (11 votos a favor), y los votos en contra del PSOE (2 votos). 20.- Expediente 1633/2024. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MIXTO PSOE: PROPUESTA DE CALLE A NOMBRE DE Dª MERCEDES GARCÍA CALATAYUD.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción presentada por el Grupo Mixto PSOE, que literalmente dice: “MOCION QUE PRESENTA EL GRUPO MIXTO PSOE, PARA SU CONSIDERACION, DEBATE Y POSTERIOR APROBACION SI PROCEDE POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA. LA MOCION ES LA SIGUIENTE PROPUESTA DE CALLE A NOMBRE DE DÑA. MERCEDES GARCIA CATALAYUD EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el Ayuntamiento de Breña Baja, al amparo de lo dispuesto de la Ley 7/1985 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta su para inclusión en el orden día del Pleno Ordinario 04/2022 y para su debate y posterior aprobación en dicho Pleno, la siguiente Moción: Toda sociedad se siente obligada a hacer público reconocimiento de la participación y dedicación a aquellas personas que de manera desinteresada y continua han venido mostrando su compromiso con sus vecinos, por ello desde el Grupo Socialista proponemos, denominar a una de las calles o plazas del municipio Breña Baja con el nombre de las vecina de este municipio Doña Mercedes García Calatayud, reconociendo con esta denominación el papel que esta persona ha representado por su compromiso profesional para este municipio y La Palma. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 129 de 182 Doña Mercedes García es original de Madrid pero ha residido en Breña Baja desde 1969. Cursó la carrera de Farmacia en la Universidad de Complutense. También es especialista en Análisis Clínicos y máster en dietética y nutrición. Cuando llegó a Breña Baja, a pesar de que el municipio contaba con unos 2500 habitantes, Dña Mercedes se convirtió en la primera farmacéutica moderna del municipio, ejerciendo su profesión de farmacéutica y especialista durante 40 años. Como parte de este trabajo, Dña Mercedes participó en la Comisión de Sanidad del Ayuntamiento durante muchos años asesorando sobre aspectos relacionados con la situación sanitaria existente. Pero destacamos la figura de Dña Mercedes no solo por su labor profesional, sino porque la farmacia de Dña Mercedes no fue un mero lugar de dispensación de medicamentos o de un servicio de extracción de muestras para análisis clínicos con atención domiciliaria, sino un lugar en que atendía personalmente las necesidades de la gente, tanto las relacionadas con su salud como también las de tipo personal y doméstico en muchas ocasiones. Para ello dispuso de un despacho privado en que atendía sin ánimo de lucro a todo el que precisase asesoramiento personalizado sobre cualquier cuestión que le afectase. Lo hacía con amor, con humanidad bajo la premisa de que la salud está relacionada con el bienestar personal y demostrando una especial empatía. Su farmacia se convirtió a lo largo de los años en un centro de reunión de los vecinos y vecinas. Para los agricultores creó un pequeño laboratorio enológico donde se estudiaba y analizaba la calidad de los vinos y posteriormente se asesoraba debidamente para mejorar su calidad. La farmacia, se convirtió también en un aula donde se hacían sesiones, charlas informativas sobre aspectos relacionados con la salud, nutrición, higiene y enología. Ya fuera de la farmacia, Dña Mercedes participó activamente en la vida del municipio, como en la asociación de padres y madres de alumnos y en aspectos culturales como lograr la donación de importantes lotes de libros para la biblioteca de San Antonio por parte de editoriales o grandes librerías nacionales. Y su propia casa, además, se convirtió también en otro lugar de reunión donde se organizaban y ensayaban obras de teatro y eventos navideños. Por esta labor conciliadora, humanitaria, por su empatía por los vecinos y vecinas, por convertirse en uno de las personas referentes y aglutinadoras en el municipio y por su labor profesional incansable y de gran valor, sin lugar a dudas, el grupo municipal del PSOE propone al pleno municipal el debate y aprobación si procede, el siguiente ACUERDO PRIMERO.- Aprobar la propuesta y tramitar el expediente de denominación de una de las calles o plazas de Breña Baja con el nombre de Doña Mercedes García Calatayud con los informes técnicos necesarios. En Breña Baja a 14 de Marzo de 2024” Interviene Doña Ana: Si me la pudieras. Interviene el señor Alcalde: Ponerla. Interviene Doña Ana: Poner, si por favor. Interviene el señor Alcalde: Perdone un momento si si. Interviene Doña Ana: Porque no la imprimí. Interviene el señor Alcalde: Disculpe un momento porque. Interviene el señor Alcalde: La ve bien. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 130 de 182 Interviene Doña Ana: ¿Lo pudieron leer?. Interviene el señor Alcalde: Si. Interviene Doña Ana: Yo no voy a entrar en los detalles de la biografía de Doña Mercedes. Nosotros hace 2 años hicimos una propuesta de dos mujeres para 2 calles una de ellas ya se aprobó, la otra esta en proceso. Bueno nos propusimos que cada 8 de marzo íbamos a hacer o esta o una iniciativa similar para visibilización pues de mujeres del municipio. Doña Mercedes a mí me parece a mí personalmente y con lo que he hablado pues entrevistando a más personas en el municipio me parece que es una de estas mujeres de las que quedan pocas de las que se convertían en el centro de su pueblo, de su entorno con el número de años que estuvo en la farmacia y con todo lo que desarrollo al fin y al cabo dentro de la farmacia que se convirtió pues en un centro prácticamente un centro social improvisado para las mujeres. O sea las mujeres me cuentan que cuando los hombres iban al bar a tomar café pues no tenían donde tomar café pero iban a la farmacia después del médico y Doña Mercedes les hacía café y a la vez les hacía pues de manera desinteresada labores de psicología y de ayuda económica y de como afrontar los problemas. Entonces sobre todo para nosotras las mujeres creo que durante muchos años fue una mujer original para su época y que al final bueno pues a pesar de ser de fuera consiguió pues el arraigo a la zona y ser muy querida y sigue siendo muy querida y creo que se merece una distinción. Y por eso investigamos a varias personas pero luego acabamos proponiendo a Doña Mercedes para una calle o plaza o por lo menos para que se considere en el pleno. Interviene Don Juan: El comité de honores y distinciones. Interviene Doña Ana: El pleno primero y luego el. Interviene el señor Alcalde: Reglamento de honores y distinciones. Interviene Doña Ana: Bueno pues yo espero que apoyen la moción. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica algo que decir. Interviene Doña Jéssica: No. Interviene el señor Alcalde: Don Juan. Interviene Don Juan: No, la iba a defender Ana. Interviene el señor Alcalde: Doña Ana. Interviene Doña Ana Trujillo: Pues nosotros pues si vamos a votar a favor de la propuesta de la moción y lo llevaremos al reglamento de honores y distinciones. Interviene Doña Ana: Gracias. Interviene el señor Alcalde: Yo como Alcalde si quiero, Doña Mercedes la conozco muy bien porque me conoce desde que nací, mi madre trabajo y Petra quiero nombrar a Petra también, Rosario también y más gente evidentemente que trabajo pero yo recuerdo las primeras. Entonces en la farmacia de San Antonio para quien no la conozca fue farmacéutica de San Antonio. Tuvo la farmacia hasta hace bueno casi, no se si 7 años o aproximadamente tuvo la farmacia de San Antonio y si fue una persona que bueno una persona trabajadora, luchadora. Que es verdad como dice Doña Ana proviene de fuera del territorio insular de Breña Baja pero vino muy joven, hizo su familia una Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 131 de 182 familia también que son en sus sectores son personas respetadas y serias y evidentemente con un esposo también que entre ambos crearon una familia pues importante en nuestro municipio y evidentemente en nuestra isla también. Me enorgullece que Doña Mercedes venga aquí porque le tengo una estima y un cariño personal desde niño yo, mi madre trabajaba conmigo en la barriga y trabajaba desde los 14 años y me alegra mucho que logremos un acuerdo para estudiar un reconocimiento a Doña Mercedes. Si es verdad que independientemente de esto yo siempre digo una cosa a veces hay que estudiarlo bien porque hay personas que son muy importantes a nivel sentimental para muchos de nosotros pero no al nivel social y municipal. En este caso si lo es o creo yo que para Breña Baja si pero quizás no siempre podemos estar llevando casos que quizás después lo que va a ser una pelea entre unos y otros cuando verdaderamente yo creo que si hay personas representativas. Yo no, nunca he dicho ni por ser hombre se merece más, ni por ser mujer se merece más o se merece menos por ser hombre o se merece menos por ser mujer. Yo creo que quien se merece un reconocimiento no es por el 8M, se merece porque lo merece y ha sido persona representativa para nuestro municipio. Entonces en este caso totalmente de acuerdo pero si es verdad que no podemos todos los días estar o es mi parecer soltando personas que quizás pueden tener más representativa o menos y en el municipio y eso tenemos que cuidarlo mucho porque si no vamos a denigrar lo que es el mismo proceso. Con lo cual dicho sea esto no tiene que ver nada con Doña Mercedes, me alegra mucho y bueno se procede a la votación. Interviene la señora Secretaria: El acuerdo es abrir, iniciar el expediente. Interviene el señor Alcalde: Iniciar el expediente. Interviene la señora Secretaria: Y nombrar instructora ¿en este caso a quien nombramos?. A la Concejal de Cultura. Interviene el señor Alcalde: A la Concejal si, exacto. O sea la votación como dijo la Secretaria es para empezar el expediente y se nombra a la Concejal de Cultura pues. Interviene la señora Secretaria: Hacer los trámites. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba la presente Moción. 21.- Expediente 1652/2024. PRESENTACIÓN MOCIÓN PARTIDO POPULAR: PROPUESTA DE RECONOCIMIENTO AL C.D. DE CAMINANTES "EL ATAJO".- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción presentada por el PP, que literalmente dice: “MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, PARA SU CONSIDERACIÓN, DEBATE Y POSTERIOR APROBACIÓN SI PROCEDE POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BRENA BAJA. LA MOCIÓN ES LA SIGUIENTE: PROPUESTA DE RECONOCIMIENTO AL C.D DE CAMINANTES "EL ATAJO" EXPOSICION DE MOTIVOS Desde el Grupo Popular proponemos realizar un reconocimiento al C.D de Caminantes El Atajo por su compromiso social para este municipio y La Palma. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 132 de 182 MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA, PARA SU CONSIDERACIÓN, DEBATE Y POSTERIOR APROBACIÓN SI PROCEDE POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BRENA BAJA. LA MOCIÓN ES LA SIGUIENTE: PROPUESTA DE RECONOCIMIENTO AL C.D DE CAMINANTES "EL ATAJO" EXPOSICION DE MOTIVOS Desde el Grupo Popular proponemos realizar un reconocimiento al C.D de Caminantes El Atajo por su compromiso social para este municipio y La Palma. El C.D de Caminantes El Atajo, inicia su andadura en el año 2001 con el programa de senderismo de Brena Baja pero la reunión fundacional del club se celebró el 5 de abril de 2006 con la presencia de 23 socios/as fundadores/as. A partir de ese momento el Ayuntamiento de Brena Baja llega a un acuerdo con dicho club para gestionar conjuntamente dicho programa, creciendo no solo en una mayor actividad y participación si no en la mejora de la organización del mismo. Esta colaboración se refrend6 mediante un convenio que se mantiene vigente a fecha de hoy. A lo largo de estos anos (desde 2001) se han realizado casi 900 caminatas y se estipula que mas de tres mil personas han pasado por el programa de senderismo de Brena Baja. El Atajo actualmente cuenta con 818 socios y una media de 60 personas de asistencia en cada caminata donde se van intercalando rutas cortas y largas, de contenido cultural-ambiental y en que la mayoria de las mismas sean adaptadas a personas con discapacidad. Por otro lado, hay que destacar que desde el año 2011 se ha instaurado en el club una nueva modalidad deportiva, las "Carreras de Montana y Orientación" con mas de 20 corredores que participan en carreras que se celebran en la isla y fuera de la misma. Cabe resaltar, que el club obtuvo el premio "Distinguido de Breña Baja 2014-Compromiso con el deporte", que otorga el Ayuntamiento de Brena Baja. En la actualidad mantiene una dinamica activa, con ganas de practicar y potenciar esta actividad deportiva y ludica, el senderismo, coma via de proteccion de nuestro medio ambiente y nuestro patrimonio natural. Además de ello, consideramos que esta actividad reporta a sus participantes una mejora en su estado de salud fisico y mental. Todo ello dentro de una metodologia participativa donde van aportando ideas y colaborando en todas las acciones que vamos programando desde el Ayuntamiento de Brena Baja. ACUERDO PRIMERO: Aprobar la propuesta y tramitar el expediente de reconocimiento al C.D de Caminantes El Atajo. En Brena Baja, a 15 de Marzo de 2024”. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 133 de 182 Interviene Don Juan: Si, empiezo bueno. Interviene el señor Alcalde: Como antes decía la compañera y portavoz de Coalición Canaria yo creo que esta es la típica comisión, perdón moción que podríamos estar una hora hablando. Yo creo que si alguien se merece un reconocimiento aunque considero que muchas personas, muchos colectivos se la merecen, yo creo que Caminantes El Atajo que casualidad de la vida fíjense mañana cumple 18 años parece mentira que se trajo a pleno hoy y mañana cumple. Tiene veintitrés años de historia pero es verdad que se regulo de alguna manera el 5 de abril del 2006 y son 18 años, 18 años de historia. Yo creo que algo ha hecho bien un grupo tan importante en nuestro municipio que ha llevado la bandera como otros grupos también por parte de nuestro municipio llevo la bandera de Breña Baja por prácticamente toda España. Yo creo que tenemos que sentirnos orgullosos de un colectivo que ha sabido aunar lo que es deporte, con compañerismo y sobretodo llevar como decía antes el nombre de de Breña Baja por toda Canarias y por toda España. Yo creo que ha habido personas muy importantes dentro del Atajo pues ha estado: me vienen a la cabeza Tabares, me viene a la cabeza Agustín, me viene a la cabeza Manolo, Nieves, Rosario que les voy a contar de Rosario y como no a su presidente actual Gilberto. Creo que ha sido, yo creo que Gilberto se levanta pensando en El Atajo y duerme pensando en El Atajo, la verdad es que ha conseguido que este colectivo sea tan reconocido y querido porque eso también es muy importante dentro de lo que es el mundo de las caminatas y del mundo de también de la mano del deporte. Yo creo que ha conseguido cosas muy importantes, creo que ha conseguido también aunar lo que es el deporte con, atado también a lo que son las caminatas y yo creo que también hay que ponerlo en valor y como no pues en los últimos años ha dado un paso más al frente y han creado también un club de deportivo que aunque los resultados es lo de menos también lleva el nombre de El Atajo y de esa sección deportiva por toda Canarias. Yo creo que es lo mínimo que podemos hacer con un colectivo tan importante que actualmente tiene 800 socios, 400 y pico activos pero son 800 socios. Creo que pocos, bueno estoy seguro de que ninguna asociación de caminantes de Canarias tiene ese número eso lo puedo confirmar a fecha de hoy que ninguno tiene y creo que se se merece como el caso de antes pues llevarlo al consejo de honores y distinciones y ver la posibilidad de hacer un reconocimiento que este colectivo esta Asociación de Caminantes El Atajo se merece. Antes de dar la palabra quiero decir que mi mas sentido pésame porque me entere no hace mucho del fallecimiento de Nieves la esposa de Tabares y bueno quería en este pleno porque ambos dos también los conozco de niño. Pero ya yéndonos a la representatividad que ha tenido sobretodo Tabares para nuestro municipio, cuando también personalmente un grupo de niños que crecíamos en San Antonio caminábamos con él con nuestras abuelas antes de formalizar el caminantes el Club de Caminantes El Atajo, pues Tabares ha sido una gran institución para todos los caminantes, para el sector del vino también y para muchas juventudes como uno que ya tiene 38 años pero que salia a caminar con 5 y 6 años. Y bueno quiero dar sentido pésame a Tabares y a toda su familia , Doña Ana tiene su palabra. Interviene Doña Ana: Yo no tengo nada más que añadir simplemente lo que ha dicho el compañero no lo voy a resumir mejor además lo conoce mucho mejor que lo que puedo hacerlo yo, con lo cual no, no voy añadir nada. Interviene el señor Alcalde: Gracias Doña Ana. Doña Jéssica tiene su palabra. Interviene Doña Jéssica: Bueno a mí me pasa lo mismo que al señor Alcalde pues quiera o no hay un cierto vínculo con la familia yo se que el pleno no es para esto pero desde aquí pues unirnos a ese pésame que quieras o no pues son vecinos cercanos y también nos toca. Tenemos la gran suerte de que esta institución o grupo deportivo como lo queramos llamar se encuentre en nuestro municipio y también considero que desde un principio fue muy acertado que se apostara por esta actividad que ha perdurado en el tiempo y además de ser un bien físico, mas que nada sea social ¿no?. Porque es un lugar de encuentro no solo para la gente de Breña Baja sino que incluso tenemos muchos componentes en el Atajo de otros municipios y que hacen unas caminatas que piensan en Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 134 de 182 todos. No se si estoy usando el vocabulario acertado ni técnico pero invitan a todos los sectores de la población sea cual sea la franja de edad a formar parte de esta y a disfrutar del paisaje, de caminar, de convivir. Y pienso que no es solo, vuelvo a repetir, un bien físico para cada uno de los individuos que lo componen sino tanto también social no solo por la dirección sino como todos los colectivos que también necesitan un grupo de de personas que empujen, que ayuden, que colaboren y gracias a todos pues Atajo es hoy lo que es. Y nada más, claro que si vamos a apoyar este reconocimiento. Interviene el señor Alcalde: Yo si quiero añadir, recoger las palabras de Jéssica también porque no solo como dice ella es un colectivo evidentemente deportivo- social muy importante en nuestro municipio sino en el resto. Es que me vino a la cabeza por eso lo dije y creo que es digno de nombrar: todos los primeros de la primera caminata al año se hace una recogida de alimentos que se dona al banco de alimentos y eso también lo produce el Club de Caminantes El Atajo y otras labores sociales que hacen durante el año que me parecen tremendamente importante. A parte de que también son nuestros guías turísticos porque ellos como tienen una red de club a nivel nacional pues cada vez que vienen a nivel nacional otros club, hemos estado en infinidad de momentos que lo han dicho, que hacen cómodo cuando vienen sea lunes, martes, miércoles, sábado, domingo cualquier día siempre hay varias personas del club que están dispuestos a enseñarle la isla a muchos senderistas a nivel nacional o incluso de otras fronteras. Con lo cual es un orgullo, es un honor y desde aquí felicitar a Tabares, felicitar que lo gestiono desde el principio y también a Gilberto que voy a decir de Gilberto que hasta cuando no lo ha pasado bien ha estado al pie del cañón con el club no ha sido fácil y aparte a tenido un equipo detrás maravilloso. También haciéndolo crecer no solo en socios sino en actividades porque también tienen la parte más deportiva que es un club de carreras pal trail y eso también es un orgullo como pueblo. Don Juan algo que decir. Interviene Don Juan: No, lo expuesto. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba la presente Moción. 22.- Expediente 1885/2024. MOCIÓN PRESENTADA POR COALICIÓN CANARIA: MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DE UN PASEO EN LA ZONA INDUSTRIAL Y PLAYA DE LOS GUINCHOS.- De ordend el señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción presentada por Coalición Canaria que literalmente dice: “MOCIÓN PARA INSTAR AL GOBIERNO MUNICIPAL A REALIZAR TRABAJOS DE MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DE UN PASEO EN LA ZONA INDUSTRIAL Y PLAYA DE LOS GUINCHOS. Yessica Pérez Pérez, concejala de Coalición Canaria CC-PNC en el Excmo. Ayuntamiento de Breña Baja, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo77 de la L.B.R.L. presenta al Pleno la siguiente MOCIÓN para su debate y aprobación, si procede, de acuerdo con la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La zona industrial de los Guinchos del Municipio se Breña Baja, en su parte más próxima al mar posee un acerado que no reúne las condiciones de seguridad, accesibilidad y urbanización básicos para su uso, tanto para el tránsito de turismo proveniente de los Cancajos, vecinos/as o personas que simplemente quieran dar un paseo o runners que en su tiempo libre lo utilizan para su entrenamiento como tambien para los trabajadores/as que necesitan de luz a la hora de salida o llegada a sus trabajos. El acerado es estrecho, se encuentra por algunas zonas en mal estado e incluso una zona con vallado municipal que limita un pequeño tramo, ya que la erosión del mar ha creado un socavón en la parte inferior del mismo que puede provocar situaciones peligrosas e incluso de derrumbamiento. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 135 de 182 Nos parece alarmante por la peligrosidad que conlleva tanto el actual acerado como la Playa del Fuerte que se encuentra en la misma zona y a pesar de las situaciones denunciadas anteriormente no se haya concluido con lo que se inició hace ya casi un año, tanto por las denuncias de vecinos/as al grupo de gobierno como la del grupo CC Breña Baja en los medios. Es una zona susceptible de ser un paseo con encanto, que debería ofrecer los servicios básicos que si se ofrecen en el resto de vías con acerados urbanizados. Lo más impactante es la inexistencia de ningún proyecto presentado a Costas para subsanar toda la situación que afecta a esta zona de Breña Baja. Únicamente el impedimento de que ejecute dicha mejora y no exista la posibilidad de quitar ese vallado, que existe allí desde hace ya muchos meses, hace que el riesgo de que ocurra algo grave e incluso siga invadiendo la vía, sea muy peligroso. No atender el objetivo primero de esta iniciativa es dar de lado a la importancia del litoral, patrimonio natural e histórico como es la Playa del Fuerte y a la necesidad básica de poder transitar por la calle de un barrio que parece olvidado, en las condiciones básicas que un lugar urbanizado necesita. Es urgente también la necesidad de abordar con suficiencia la problemática del acceso a la zona de pesca y acondicionamiento de la playa. Por todo lo expuesto, solicitamos al Ayuntamiento en Pleno la adopción de los siguientes ACUERDOS: 1. La redacción de proyecto real con acerado urbanizado y vallado para dicha zona teniendo en cuenta la llegada de nuevo, de la época estival que invita al baño, paseo de los vecinos/as y turistas que lo transitan, ofreciendo solución al peligro existente actualmente, desde el paseo que finaliza correspondiente al municipio de Breña Alta hasta el acceso de la Playa del Fuerte 2. Acondicionar dicha zona donde se proponga un proyecto asumible, un proyecto real, acorde a las posibilidades donde su ejecución sea posible en un periodo de tiempo relativamente corto. 3. Asegurar dentro de este proyecto, la solución para evitar los desprendimientos en el acceso a la Playa del Fuerte. 4. Solicitar los permisos pertinentes para este proyecto redactado para dichas obras a Costas en el Gobierno de Canarias, así como el estudio de subvenciones al gobierno del estado o Europa destinado al cuidado del Litoral de las zonas de Costa. En el municipio de Breña Baja , a 25 de marzo de 2024. Fdo: Yéssica Pérez Pérez”. Tiene su tiempo Doña Jéssica para exponerlo. Interviene Doña Jéssica: Bien bueno como la documentación que esta en el portal para consultar yo creo que pues se sobreentiende solo con el título y con la situación todos los que paseamos, pasamos e incluso los que no vamos pero nos llegan las denuncias de vecinos y demás personas que les gusta la zona para hacer ejercicio, para pasear, para en su tiempo libre de ocio entrenar lo que haga falta pues la verdad que se presta ¿no?, porque es un lugar pues que permite el tránsito sin excesivo esfuerzo de pendientes, es ideal, entonces para todos los públicos. Lo que se denuncia a Coalición Canaria no solo deportistas sino personas que acuden allí a hacer actividad física esto de forma distendida y /o como personas que salen del trabajo de la zona industrial pues lo que nos dicen es que sienten inseguridad, que sienten miedo y que es una incertidumbre saber que es lo que pasa con ese acerado. Pensamos que pues la erosión que se ha producido por el mar y demás pues ha provocado un socavón que es lo que conlleva el vallado. Y por ello simplemente solicitar, no solo cuando nos referimos a la parte de que tenga todas los servicios a la acera como mejorar el alumbrado, como lo que es el acerado ya pues continuar y terminar con lo que es el acceso a esa zona de la playa de El Fuerte. Entonces los acuerdos a tomar sería la la redacción de un proyecto real, decimos real porque aquí se ha hablado en otras ocasiones de que existen ideas, anteproyectos o ideas mejor dicho de algo de un paseo y demás pero no sabemos si es un macroproyecto eso que esta en Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 136 de 182 mente o es un proyecto real es a lo que nos referimos. Un proyecto real, lo más urgente posible que sabemos que la parte administrativa es larga y tediosa, me dirijo al Concejal de Obras porque tenemos claro que todo lleva un exceso de tiempo ¿no?, a la hora de ejecutar cualquier cosa pero algo que sea posible porque la urgencia es real ahora o sea lo antes posible. Después pues acondicionar dicha zona donde se propone un proyecto que sea asumible un proyecto que sea real como decía antes con una ejecución a tiempo relativamente corto. Asegurar dentro de ese proyecto una solución para evitar los desprendimientos para el acceso a la playa El Fuerte y solicitar los permisos pertinentes para este proyecto redactado para dicha obra y ese permiso se realiza a Costas al Gobierno de Canarias. Así como un estudio de las posibles subvenciones en el Gobierno de Estado, de Europa destinado ¿no? esas subvenciones pues al cuidado de esas zonas de litoral de zona de costa que tenemos en Breña Baja y que en este caso pues no se encuentra en las mejores condiciones. En principio nada más. Interviene el señor Alcalde: Vale, Doña Ana tiene algo que decir. Interviene Doña Ana: Nosotros tenemos un par de notas en en principio la moción no, no nos parece desacertada. Estamos de acuerdo de que el litoral hay que mejorarlo, a ver yo fui esta mañana y me senté en el URPAL y luego me di la vuelta. Evidentemente lo tenía, lo tenía que ver, las vallas que llevan ahí pues no lo sé desde cuando pero noviembre-octubre tengo yo pues amaneceres desde allí y estaban las vallas. Entonces una de las cosas que me llamaron la atención esta mañana es la clara delimitación de la, lo vamos a llamar, la frontera municipal Breña Alta, Breña Breña Baja se sabe exactamente donde esta Breña Baja simplemente por el estado de la acera, de las farolas y de los paseos. Breña Alta cambio la iluminación a led, Breña Baja no la ha cambiado, la acera de Breña Alta también esta en mal estado porque también llega hasta el paseo pero la nuestra esta peor y luego vemos la zona de El Fuerte pues ya ahí ya ni te cuento como esta la zona del El Fuerte. Yo entiendo que en esa zona en la zona de El Fuerte y la, la zona de costa pues tiene bueno pues hasta que no este aprobado el plan de urbanismo pues hay cosas ahí que no, pues hay uno de los problemas que del informe de Costas que debatimos hace 2 meses tiene que ver con esa zona. Pues yo entiendo que no se haya hecho nada pues porque tiene que ver con esa zona y hay algunas cosas que están bueno pues colisionadas. Pero si tengo que poner un calificativo para toda la zona industrial y para la zona de El Fuerte es lamentable podría decirlo un poquito peor no encuentro ningún calificativo que lo suavice. Entonces nosotros estamos a que solucione el problema pero de toda la zona para nosotros aunque a pesar de que se nos tilde de que siempre hablamos de Los Cancajos en realidad esa es la zona mas abandonada de todo el municipio con diferencia para las personas en las que vive y para las personas que trabajan. Nosotros cuando defendemos Los Cancajos lo defendemos por la población pero también como sector económico y esto claramente tiene las dos vertientes también. Entonces hay una cosa es una zona que esta compartida entre dos municipios nosotros lo que instamos, si lo quieren modificar y lo quieren enmendar, es instar también a colaborar con el Ayuntamiento de Breña Alta para arreglar pues no tiene ningún sentido arreglar una parte y que luego continua un metro después e irse al otro paseo que no este arreglado. Entonces bueno pues ponerse de acuerdo ya hay financiación conjunta que tienen los dos municipios como la EDUSI con lo cual bueno hay experiencias previas en las que han colaborado para arreglar algo entre los dos municipios. Y luego bueno pues una pregunta con la Reserva de la Biosfera se están cambiando las luminarias a led en varias zonas y habían tres proyectos entonces yo desconozco si uno de los proyectos es para cambiar la led de allí porque yo se que en el entorno a San Antonio pero no se si se ha remitido un proyecto a la Reserva de la Biosfera para financiar. ¿La tiene?. Si. ¿Es uno de los 3 proyectos?. Interviene el señor Alcalde: Perdón no interpelen. Interviene Doña Ana: Pues ese era mi comentario y la pregunta la situación de la zona proponer a Coalición Canaria si quiere enmendar esta parte de incluir instar al municipio de Breña Alta para hacerlo entre los dos municipios, cada uno su parte evidentemente pero que tenga la misma estética y los mismos resultados y bueno instar al Grupo de Gobierno para que efectivamente se ponga manos a la obra en ese asunto. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 137 de 182 Interviene el señor Alcalde: Vale Don Daniel, bueno Don Juan. Interviene Don Juan: No, Daniel. Interviene el señor Alcalde: Don Daniel. Interviene Don Daniel: Bueno yo voy a empezar defendiendo esta, nuestra posición usando una frase que dijo el señor Alcalde antes “no se puede votar en contra de algo que estamos a favor” evidentemente pero voy a usar otra frase que dijo Doña Ana antes “cuando se aprueba una moción, se aprueba toda la moción”. La moción que ustedes presentáis no es del todo real. Nosotros claro que estamos a favor de mejorar Los Guinchos pero es lo que estamos haciendo y en lo que estamos trabajando. Entonces les traigo una serie de un listado de cosas que ya estamos haciendo y cosas en las que estamos trabajando para demostrar que evidentemente nosotros no estamos parados. Una es como dijo Ana antes lo de la fotovoltaica la instalación con la Reserva de la Biosfera aquí tengo el plano de las luminarias que se van a cambiar y el presupuesto esto esta adjudicado ya, se licito y esta adjudicado esto se va a realizar. Interviene Doña Jéssica: ¿Con que fecha?. Interviene el señor Alcalde: Perdón no se pregunten. Interviene Don Daniel: Bueno yo las tengo aquí se las puedo ceder después. Quiero hacer mención a lo que dijo Ana el EDUSI el litoral de tanto de Breña Alta, Santa Cruz de La Palma y Breña Baja es una obra conjunta que nos tendremos que poner de acuerdo y en eso estamos y a ver si también los pueblos de al lado también hacen lo mismo. Y después varias cosas y más actuaciones que hemos hechos en Los Guinchos porque Los Guinchos no es solo el paseo no solo El Fuerte, está el polígono hemos hecho el repintado de las marcas viales en colaboración con el Cabildo Insular, se termino hace poco, la sustitución de la señalización de tráfico se va a hacer ahora mismo. Estamos en trámites con Costas para junto con ellos, no se puede hacer un proyecto antes de preguntarle a Costas de como se arregla. Lo que no podemos hacer es encargar un proyecto sin su consentimiento y sin su opinión para que después nos lo echen atrás. Entonces los pasos a seguir son esos: primero Costas y con la colaboración de Costas se redacta el proyecto y se realizara la obra. El talud de El Fuerte es una obra contratada que se va a ejecutar lo antes posible, estamos a la espera de una autorización de Defensa para poder entrar en el acuartelamiento que es de donde se realiza la obra eso ya estabilizaría el talud y daría garantías para entrar a la zona de pesca de El Fuerte. Tenemos una reunión el 10 de mayo con la Directora General del Gobierno de Canarias de Industria para tratar los temas del polígono. Y después hay varias obras más como el proyecto de la zona verde de URPAL, que aquí lo tengo si lo queréis ver, una obra bastante potente en un solar propiedad del Ayuntamiento que esta por encima del Kiosko donde se habilitaron también unos aparcamientos provisionales para los usuarios del polígono que es un proyecto bastante interesante para el cual estamos buscando financiación y es esa reunión con la Directora General que va a venir. Y después más cosas el saneamiento del polígono a petición del Grupo de Gobierno de el año pasado al anterior Consejero de de Aguas del Cabildo. Interviene el señor Alcalde: Y el actual. Interviene Don Daniel: Se le solicito mejorar todo el saneamiento junto con el existente del polígono para naves industriales y todo esto, esta aquí también lo podéis ver, igual que la estabilización. Y como bien decía Ana voy aprovechar lo que ella dice Los Guinchos no solo es Breña Baja el pueblo de al lado donde queremos un paseo idílico pues aquí traigo imágenes para que esto también hay que mejorarlo vamos. Entonces yo lo que os pido es básicamente no aprobar sino dejar esto sobre la mesa porque nosotros evidentemente vamos a votar en contra porque hay cosas que en vuestra moción que nosotros ya estamos haciendo. Yo lo que os pido, igual que ella dice pues instar a Breña Alta e instar a los pueblos de al lado a mejorar todo el paseo en conjunto. Nosotros también Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 138 de 182 aquí hay cosas que ya estamos haciendo y como dijo lo de Costas esperar a que Costas nos conteste, a que nosotros junto con ellos podamos elaborar un proyecto donde el talud quede asegurado. Y nada más. Interviene el señor Alcalde: Yo como Alcalde, para aclarar lo que dice el señor Daniel si ustedes piden una moción de un acuerdo lo que yo, y eso no estoy de acuerdo o no considero lógico, que si ustedes piden y traían hoy a pleno una moción para detallarla y colaborar entre todos que hace 2 días sacaran una nota de prensa poniéndonos a parir al Grupo de Gobierno. Eso también quita cualquier posibilidad de acuerdo porque lo que nos hacen a nosotros es en una moción que bueno que nombra cosas que no estamos de acuerdo literalmente pero ustedes exponerlo en prensa 2 días antes de que sea el pleno para después intentar aquí sacar un acuerdo pues ya la, como dice el otro, la pelea esta dada ¿no?. Y que quiero decir con esto: si ustedes en vez de haber, hace 2 días atrás, dicho esto, nos vienen y nos preguntan las actuaciones que estamos haciendo o hace un tiempo atrás ustedes hubieran visto que verdaderamente no es que solo se está haciendo lo que ustedes ponen, sino que se esta haciendo muchísimo más de lo que ustedes ponen. Entonces verdaderamente y añado una cosa que dice la señora Ana a Breña Baja se le culpa en el polígono industrial de diferentes circunstancias pero es que mayormente la gente se confunde donde esta el lindero y quizás yo le pregunto a algunos de ustedes donde es el lindero de Breña Baja con Breña Alta en el polígono y no lo saben entonces no se lo puedo preguntar pero me gustaría preguntárselo. Entonces porque que digan que es Breña Baja o la señora Ana dijo que Breña Baja esta peor que Breña Alta miren yo lo siento hay un parque deportivo que a veces lo hemos tenido que limpiar nosotros el parque deportivo cuando vas a hacer deporte no tiene ni tablas tenemos la foto y eso porque nos lo mandaron los vecinos pensando que eramos nosotros. Esa foto no hemos sido nosotros, esa foto han sido vecinos con registro a nosotros diciéndonos y le hemos dicho mire esto es Breña Alta se lo hemos trasladado. Por ejemplo no se si nombraron, alguien nombro del alumbrado pues miren mayormente muchas veces el alumbrado que mantiene el polígono es el nuestro y nosotros hemos avisado muchas veces a Breña Alta. Entonces la limpieza nosotros tenemos un contrato de limpieza allí. Cuando oigo palabras como lamentable miren yo no se si ustedes conocen los polígonos industriales del resto de la isla pero deberían conocerlo porque que ustedes me digan que el polígono industrial del resto de la isla esta mejor que el polígono industrial de Santa Cruz de La Palma, mire voy a decir uno de mi partido político de Mirca o que esta mejor que el de Breña Alta el de la parte alta cuando este polígono no ve ni hierba porque se limpia diariamente pues entiendo que no. Ustedes nos hubiesen preguntado, hablando de luminarias nos lo hubiesen preguntado y ya hubiesen sabido que la Reserva Mundial de la Biosfera ya tiene el proyecto que hicimos nosotros, contratamos, pedimos nosotros se lo trasladamos y nos han dado una subvención, que el proyecto no solo es para hacer las luminarias sino protegerlas porque el problema es que hace 6 años ya se pusieron las luminarias de todo el polígono pero ¿que pasa?. Que se caían, los camiones, diferentes circunstancias. Entonces no es justo tampoco porque invertimos 47.000 euros en su tiempo y hoy el proyecto creo que es de 63 porque va los báculos con luminaria led y protecciones anti-golpes de todas y cada una de las farolas como las dos que se pusieron en la parte baja. Con lo cual si hubiesen preguntado, evidentemente se esta actuando en esa zona. Otro dato cuando hablan de proyectos ciertos miren yo creo que le deberían preguntar a Breña Alta o a Santa Cruz porque en la línea del EDUSI se acordó que un dinero que venia del EDUSI para zonas peatonales. Nosotros planteamos señores que lo coja Santa Cruz y Breña Alta para que vayan, porque era un dinero X, que lo cojan ellos materialicen su zona para que después sigan materializando por Breña Baja. Con lo cual nosotros no podemos hacer nada nuevo que no este acorde con los demás. Díganle usted y pregúntele porque es su mismo partido político a Breña Alta bueno y Santa Cruz también esta su partido político con coacuerdo con el mío, pregúntele como esta eso del EDUSI y el proyecto como esta. También en Costas nosotros hemos pedido reunión a Costas, sobretodo una aclaración en su tiempo de porque aquí en su moción mezclan dos cosas. Lo que dijo la señora Ana que desde URPAL, si se sentó, no se ve las vallas porque lo tapa las naves con lo cual tuvo que ir abajo a ver las vallas. Entonces eso es la contención de la playa de lo que es la playa con la acera se ha separado, no la acera, se ha separado lo que es un monolito de cemento que estaba delante. Nosotros hemos vallado para atrás de la acera y la gente tiene que pasar hacer un recorrido por fuera de la acera. Con lo cual nuestros técnicos fueron en primera instancia no vieron peligro pero es que en Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 139 de 182 esa primera instancia que se detecto con informe también de la policía se envió a Costas ¿vale? y hace ya mucho tiempo atrás lo que pasa que Costas como estaba con las transferencias no se aclaraba uno o otro. Nosotros ya en esta legislatura para que ustedes lo sepan ya hemos pedido reunión hace tiempo atrás con Costas, no la hemos tenido hasta ahora. Han sido reuniones informales en el aeropuerto estamos el señor Daniel y yo con el compañero de su partido pero es que hace también tiempo, días atrás también se ha reiterado esa petición de reunión y hasta ahora no la hemos tenido. Con lo cual el Ayuntamiento una vez más esta haciendo mucho más de lo que dice esa moción y ustedes si por no haber preguntado antes desconocen lo que se estaba haciendo. En Defensa porque vuelvo a decir eso era Costas para lo del tema de la protección delante de las naves de la acera pero después también se meten con la playa de El Fuerte. En la playa de El Fuerte ustedes mismos han dicho que no se había hecho una obra, la obra se había hecho lo que pasa se cayó de nuevo y cuando usted lo dijo se estaba trabajando por detrás, ustedes sacaron una foto y se estaba trabajando por detrás se lo recordamos. Ahora vuelven a nombrar esa obra, esa obra ustedes bien saben, no es que lo diga yo, hay un proyecto que se licito , hay una contratación que se hizo que esta hecha desde septiembre del año pasado. La tienen ustedes que fue en base a una modificación de créditos no entiendo porque desconocen eso si la modificación de créditos fue aprobada en este pleno. En esa modificación de créditos lo único que estamos esperando esta el dinero, esta todo, es uno de los remanentes afectados que se paso a este año ahora que me acuerdo y no se ha materializado porque hemos tenido que pedir por dos ocasiones permiso a Defensa. En primera instancia para ver los trabajos desde Defensa y meter maquinaria y en segunda instancia como tenemos que abrir una pista por el lado de Defensa hemos tenido que pedir ahora de nuevo una petición de entrada de una pala y hasta el día de hoy no nos han dado respuesta de la actualización porque hay que hacerlo así, no es que queramos. Por cierto un muro que debería arreglar Costas directamente o Defensa y lo esta arreglando Breña Baja por el bien de sus vecinos, eso también se olvidan de decirlo porque ya lo habíamos expuesto anteriormente. Con lo cual tenía otra cosa, no solo lo que dijo el señor Daniel también tuvimos una reunión con el anterior Consejero a poco de las elecciones del Cabildo Insular para una red de separatoria de saneamiento mejorada había buenos activos de que se hiciese y una red contra incendios también mejorada nosotros la tenemos pero mejorada pero no solo lo hicimos para nuestro municipio, lo hicimos para los dos municipios para Breña Alta y Breña Baja esa petición. Tuvimos una petición de reunión con todos los informes y planos creo que fue en agosto de este año, corrígeme el señor Daniel, o septiembre de este año y tuvimos que volver a plantearla hace una semana porque no nos habían dado respuesta de esa y ¿que pasa? Que la red contra incendios puede ser muy hábil porque la red de riego va a llegar al horno de cal por debajo el lindero con Breña Alta y puede habilitar que tengamos un deposito en carga para los dos municipios para crear una red muy potente en el polígono con lo cual Breña Baja ha seguido trabajando para los dos municipios. Y otro dato más: tenemos la reunión pedida desde hace tiempo, nos la han dado para el 10 de mayo tuvimos que cambiarla y es verdad por agenda propia de este Ayuntamiento con la Consejería de Industria para ver un proyecto que también tenemos de la zona. Con lo cual la zona cuando se habla de una zona “lamentable”, yo creo que no, visiten otras zonas. Es verdad que no fuimos nosotros los que redactamos en costas donde se debería haber hecho un polígono industrial no fuimos nosotros los que hicimos. Nosotros cogimos un polígono industrial hecho en una zona que quizás debería haber un paseo entre la zona turística y la capital de la isla y tenemos que aceptar lo que tenemos. Pero no esta lamentable, no esta abandonada, la zona de Breña Baja esta iluminada va a estar mejor iluminada evidentemente pero también la zona de Breña Baja tiene aceras. Nosotros estamos soportando un servicio que es un Kiosko para todo el polígono, hemos soportado que en la parcela que hay un planeamiento se ha abierto para aparcamientos a petición de los empresarios tanto de Breña Alta como de Breña Baja. Con lo cual díganme que más hay que hacer. Se ha asfaltado en la zona final bastante complicada, después como dice Dani, se ha repintado esa zona con lo cual las peticiones también eran de señalética hace 2 años invertimos 2, 3 en la señaletica de cada una de las calles, era una petición de todos los empresarios se ha hecho también. Yo creo que, díganme que más podemos hacer, porque verdaderamente no hay más que lo que le he dicho. Vuelvo a decir el EDUSI es el que los municipios anteriores son los que tienen que venir con el cronograma, había un dinero para el proyecto, no somos el motor nosotros lo tiene que contratar otro municipio ese proyecto ya esta hablado, esta hablado entre 3 alcaldes, 3 componentes técnicos y todos sus grupos. Vuelvo a decir verdaderamente si ustedes nos hubieran preguntado les hubiésemos dicho esto pero Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 140 de 182 viene esta moción a pedir que nosotros apoyemos algo que no es real, que ya estamos trabajando, que no es real. Y yo les vuelvo a plantear yo creo que las cosas si son mociones que queremos sacar de acuerdo, si quieren sacar una nota de prensa deberían sacarla después diciendo que no la aprobamos o que sí pero sacarlas antes para intentar luchar por un acuerdo que encima no es real pues yo creo que si ya me criticaron ayer con algo que no es cierto para que vamos a aprobar hoy cuando no sigue siendo cierto. Y yo creo que antes de ver a Breña Baja deberían ver a sus compañeros pedirles, yo siempre lo digo se lo dije a la señora Ana antes, pídanles a sus compañeros también pues también el polígono industrial es común con lo cual entre todos hacemos una zona mejor, entre todos. Vuelvo a decir nosotros tenemos una limpieza permanente con una empresa de limpieza contratada allí, tenemos la jardinería y tenemos todo en lo que compete a nosotros. Y lo que nos han pedido a día de hoy todos y cada uno de los empresarios de la zona se ha cumplido, falta la luminaria que se ha caído en algunos puntos ya esta en el proyecto, esta licitado lo pueden ver en el portal de contratación esta ya la la empresa ya esta adjudicada cual es, están a la espera creo que del acta de replanteo para poder hacer posible esta obra. Con lo cual nosotros hemos cumplido con todo. Hay aceras en todo el tránsito de Breña Baja desde el lindero con Breña Alta hasta hasta Los Cancajos hay acera ¿podemos hacer una acera mejor?. por supuesto, esta proyectada en el planeamiento y como le dije en la EDUSI esta pero verdaderamente todo lo que dice eso lo estamos trabajando. Entonces no se que más decirle. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Bien nuestra moción no habla de la zona URPAL, ni de la zona industrial, solo habla del paseo, el acerado, el alumbrado, los servicios y urbanizar donde hace falta. Hablamos también del socavón que hay allí por la erosión del mar. En ningún momento hemos hablado de la zona industrial. Todo eso que usted ha dicho me alegro que lo haya aclarado pero no era nuestra intención hablar en este momento de lo que era la parte industrial. Hablamos del paseo que usan los vecinos y demás, si no es así pues me lo aclara. Bien los acuerdos con otros municipios, los acuerdos con otros municipios independientemente de que este el EDUSI entiendo que nos comunica para aclararle a los vecinos que no nos corresponde de momento y como no nos corresponde de momento pues no hacemos nada ¿es así?. Hasta que los demás no hagan su parte pues nosotros no podemos hacer nada es lo que le entendí, no se si no entendí bien. Por eso a las personas que se han dirigido a nosotros y han denunciado este tema pues para dejarlo claro aquí pues si no le importa aclararlo porque a mí personalmente no me termina de de quedar claro. Nosotros estamos en esta moción aquí por Breña Baja, ni para hablar del acerado de otros municipios independientemente de que la erosión del mar esta claro que nos afecta a todos Santa Cruz de La Palma, Breña Alta y Breña Baja. En ningún momento quise hacer referencia a la zona deportiva que esta al lado de de la zona de UNELCO, nos referíamos simplemente a lo que es el paseo, el alumbrado y el acceso a la playa ¿vale?. Mi compañera no se si le puedo dar la palabra a mi compañera. Interviene Doña Amanda: Si mientras duren los 10 minutos si. Interviene Doña Jéssica: Amanda. Interviene el señor Alcalde: Si, si bueno. Interviene Doña Jéssica: Da permiso para eso. Interviene el señor Alcalde: Ustedes dijeron una vez que no se podía pero yo se lo permito como Alcalde. Interviene Doña Amanda: Si, si que se puede. Interviene el señor Alcalde: Se lo permito. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 141 de 182 Interviene Doña Amanda: No, no es que lo dijera, es que lo pone el reglamento. Interviene el señor Alcalde: Bueno. Interviene Doña Amanda: Y que conste en acta por favor. Interviene el señor Alcalde: No, bueno. Interviene Doña Amanda: Lo pone el reglamento, no lo digo yo. Interviene el señor Alcalde: Bueno. Interviene Doña Amanda: Que no es igual. Interviene el señor Alcalde: Bueno. Interviene Doña Amanda: Con respecto a la nota de prensa que se saco por parte de nuestro grupo, no se saco hace 2 días, se saco ayer y simplemente no poníamos verde a nadie. Nosotros simplemente estábamos defendiendo lo que hoy vinimos a defender aquí justamente lo mismo se puede ver es publico y notorio y además fue ayer. Y además hicimos también una publicación en redes sociales con fecha de 8 de marzo el Día de la Mujer lo recuerdo perfectamente. Nosotros venimos viendo esta situación desde hace bastante tiempo que a veces parece puede parecernos que hace falta como un empujoncito, bueno a nosotros no nos consta que haya no vemos registro de entrada, yo no he visto la documentación aún pero no consta que haya ninguna cita real de Costas. Entonces perdón pero así no son las cosas, si usted dice que tiene pruebas, las pruebas tienen que ser documentos con registro de entrada o algo que se pueda constatar, no porque usted me lo diga yo tengo que decir vale bien, yo o mi grupo. No su palabra no vale más que la de ninguno de nosotros, no no funciona así, entonces cuando vayamos a decir que tenemos pruebas es mejor tenerlas de verdad documentos reales con registro de entrada o registro de salida. Interviene Don Juan: ¿De la cita?. Interviene Doña Amanda: Porque es así como se hace. Interviene el señor Alcalde: Si si. Interviene Doña Amanda: Y a partir de ahí., yo me pregunto bueno nuestro grupo nos preguntamos hace falta un empujoncito para que nos pongamos a trabajar. Comenta que tiene pruebas, cuando las veamos. Porque muchas veces hemos solicitado también documentación y tan fácil como usted me acaba de decir de que solo tenían que pedir la información del alumbrado para tenerla, ojala la información fluyera así de fácil pero no es así y nada más. Interviene el señor Alcalde: Vale, yo lo siento por decirlo así pero cada día alucino más y explico. En primer lugar usted si quiere después le enseño y espero que si usted es igual de correcta que lo mismo que me acaba de pedir, las llamadas y las conversaciones que usted vea después en el siguiente pleno diga que son verdad o no, espero que lo haga ¿vale?. Espero que lo haga, solo digo eso, espero en su palabra que lo haga porque no lo voy a enseñar aquí pero me gustaría que en el siguiente pleno a ver quien es correcto aquí y si hay una petición de reunión me gustaría que lo que lo dijera ¿vale?. Porque cuando se pide una reunión quizás cuando son compañeros y están en La Palma bastante además no hay que pedir una cita afuera porque quizás ese compañero no esta fuera, entonces tienes que llamarlo aquí ¿vale?. Y lo encuentras antes aquí entonces yo lo he hecho así y tengo una petición de reunión. Espero que: no, sin problema ninguno Doña Amanda, yo espero que usted en el próximo pleno cuando usted lo vea diga “es verdad lo que dijo el señor Alcalde” solo espero eso, estoy ansioso de verlo además. Mire cuando usted habla de que la nota de prensa, empiezo Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 142 de 182 por usted porque después tenía que decírselo a la señora Jéssica, usted habla que la nota de prensa no se mete con nadie pero el titular dice “Coalición de Breña Baja lleva a pleno las pésimas condiciones de la zona industrial” ayer, sabe no se metió con nadie “las pésimas condiciones” y le hemos aclarado la mitad de cosas o sea no se metió con nadie y solo el título. Interviene Doña Amanda: No ponemos verde a nadie. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Amanda perdón cuando usted habla no le suelo interrumpir, me he podido equivocar alguna vez pero no le suelo interrumpir pero ya estoy acostumbrado que usted si lo haga con nosotros que en el último pleno le pedí al orden dos veces. Miren yo cuando a mí la señora portavoz de Coalición Canaria dice “no hablo de la zona industrial” y nada más empezar la moción dice “moción para instar al gobierno municipal a realizar los trabajos de mejoría, acondicionamiento paseo de la zona industrial”. Interviene Doña Jéssica: Paseo. Interviene el señor Alcalde: “Y la playa los Guinchos”. Interviene Doña Jéssica: Paseo. Interviene el señor Alcalde: Perdona Doña Jéssica. Exposición de motivos, exposición de motivos lo están viendo ustedes lo están viendo todos en la pantalla y habla literalmente “la zona industrial de Los Guinchos del municipio de Breña Baja en su parte más próxima al mar posee un acuerdo” con lo cual esta hablando de Los Guinchos y aquí habla de Los Guinchos en varias ocasiones y mezcla la playa de El Fuerte ¿vale?. Entonces si se habla de Los Guinchos, por eso nosotros le hemos hablado de Los Guinchos. Interviene Doña Jéssica: No. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica le pido que no interrumpa y no diga que “no” que lo pongo aquí, lo estamos viendo todo el mundo. Exposición de motivo “la zona industrial de Los Guinchos en el municipio de Breña Baja, en su parte” zona industrial Los Guinchos, esta corríjame alguno si digo lo contrario. Mire usted habla siempre que las personas le llaman a usted, pues si a usted le llaman las personas yo le he dicho un montón de veces llame al Ayuntamiento pregunte como están las condiciones porque la realidad a la gente hay que decirle la realidad de lo que pasa fuera. No hay que decirle “si si esta mal, esta mal” y no saber que hay un proyecto de luminaria, no saber que se hizo hace 6 años se cambiaron todas las luminarias del paseo, no saber que estamos esperando una reunión con Costas, no saber que ya se ha mando un expediente para Costas, no saber lo que me preocupa más no saber que se estaba haciendo unas obras que el personal estaba detrás de una montaña de arena y ustedes criticándonos a nosotros con nota de prensa.Eso es lo que me preocupa que no se esta diciendo la realidad, llame, pregunte. Oiga y si no se hace porque hay cosas que no se llegan perfecto pero pregunten, no confundan a la gente y aquí le hemos explicado sobradamente. El señor Daniel le explico todo y cada uno de los puntos de esta moción, todos y cada uno de los puntos. Nosotros no hemos hecho referencia a otra cosa, hemos hecho referencia a lo que ustedes han hecho referencia y le repito aquí usted habla dos cosas. Playa El Fuerte usted sabe que hay un contrato porque lo aprobó usted la modificación de créditos, lo aprobó usted y su grupo, no fui yo solo, lo aprobaron todos los que estamos en esta mesa lo hay en septiembre o no me acuerdo si fue en septiembre, lo hay. Usted sabe que se contrato la obra porque tiene usted la documentación como dijo la señora Amanda no es que yo me lo invente es que ustedes tienen la documentación. Con lo cual si no se ha empezado la obra, ¿ustedes han preguntado el motivo?. Nosotros se lo hemos dicho pero no lo han preguntado. Con lo cual si ustedes tienen toda la documentación porque no han preguntado porque no ha empezado la obra si están preocupados en vez de traer esta moción porque si nosotros se lo explicamos antes no tienen que traerla porque no tienen ni que nombrar la playa de El Fuerte porque saben que estamos esperando la autorización de Defensa lo único que falta y no es por nosotros. A Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 143 de 182 nosotros se nos cae un talud, lo arreglamos y se volvió a caer, gracias a Dios que todos los vecinos de la zona lo saben, se volvió a caer y los vecinos de la zona se le ha dicho esto esto y esto y lo saben pero porque los vecinos también han preguntado. Entonces yo creo que la realidad de de todos los que estamos aquí es cuando hay un problema pregunten, no hay solución critíquenlo por supuesto o pidan soluciones pero no criticar un día antes algo que se esta haciendo. Entonces vuelvo a decir playa El Fuerte ya se lo he explicado: proyecto contratado que ustedes lo tienen, hicieron modificación presupuestaria también en conjunto con todos nosotros, esta contratado esperando permiso del cuartel, punto empieza la obra, se acaba y se soluciona el problema que piden. Esta hecho y ustedes parte de eso ya lo sabían que es lo que me preocupa. Zona industrial Los Guinchos el paseo, el paseo le he dicho es transitable toda la parte costera de Breña Baja toda, más transitable y mejor transitable que otros lados, no voy a decir de quien ni de donde, más transitable y mejor transitable con luminarias porque esa zona si usted se fija tiene luminarias en todo el paseo. No hay luminarias que no estén porque además se pusieron dos luminarias cuando se cayeron las que estaban, se pusieron las luminarias, tenemos la foto creo que ahí con lo cual todo el paseo esta totalmente hecho y lo que pasa en el paseo que esta la zona vallada es que hay que esperar al informe de Costas. Estamos esperando una reunión de Costas que ya esta pedida y espero que en el pleno siguiente Doña Amanda diga si es verdad lo que dijo el señor Alcalde. Es que se lo hemos aclarado aun así le hemos dicho mira tenemos un proyecto licitado, no lo digamos nosotros, vayan al portal de contratación lo pueden ver que esta contratado el proyecto de todas las luminarias no solo esa zona del polígono de toda, luminarias y protección de las luminarias. Ustedes sabían que tenemos un contrato de limpieza para mantener la zona limpia, se hace, lo sabían porque esta contratado ustedes lo tienen que saber en la documentación. Con lo cual no esta lamentable ¿se puede mejorar?. Si pero bueno los proyectos son unitarios. Los proyectos que son costeros, en esa zona no podemos hacer un proyecto en Breña Baja por ejemplo con: 3 metros de acera, carril bici, no se que, sin contar con el de al lado porque es un paseo continuo. Con lo cual el proyecto tiene que ser unitario porque tal vez el del lado dice “no, pues yo tengo dinero para hacer un metro y medio que es lo que marca la ley y alcorque fuera o no quiero aparcamientos”. Entonces por eso se pensó en el EDUSI en un valor unitario del proyecto así se ha pensado, así es como se hacen las cosas y eso esta y no depende de nosotros. Con lo cual no es lo que dice usted de “hasta que los demás hagan su parte, no hacemos nosotros”. No, no, es que nosotros hemos hecho todo lo que hemos hecho, que ahora mismo hemos hecho todo lo que hemos podido en nuestras manos. Ustedes no hubiesen hecho nada más diferente porque arreglar la acera no la van hacer más amplia cuando para arreglar la acera más amplia hay que modificar los viales del municipio de Breña Alta. Entonces no digan cosas o no hagan así porque verdaderamente sinceramente es que entonces si lo hacen así, creo que no saben lo que están hablando. Por eso el valor de la EDUSI estaba un proyecto comunitario en la zona porque Los Guinchos es igual en metros cuadrados prácticamente Breña Alta. Con lo cual no solo esta Breña Baja ahí también esta, perdón Breña Alta, esta Santa Cruz también. Pero es que Breña Baja le vuelvo a decir aparte de todo lo que le dije hemos trabajado el valor unitario para todo el polígono un Kiosko nosotros para todo el polígono, aparcamientos los que nos han pedido, señalética para todo el polígono, la zona vuelvo a decirle de saneamiento para todo el polígono, red de emergencia para todo el polígono eso hemos ido nosotros al Cabildo Insular La Palma a planteárselo. Con lo cual creo que tiene que quedarle claro que si estaba hablando usted de Los Guinchos y si que nosotros creo que algo hemos hecho. Y esto vuelvo a decirlo llámennos, pregúntenos, pregúnteles a sus técnicos pero no nos saquen notas diciendo “pésimas condiciones” un día antes y después quieran que se saque un acuerdo, encima un acuerdo que ya esta prácticamente todo lo que piden hecho o no depende de nosotros la parte que no esta hecha que es una de cuatro, creo o tres ¿vale?. Interviene el señor Alcalde: Mantienen la moción. Interviene Doña Jéssica: Ya no tenemos. Interviene Doña Amanda: 3 minutos. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 144 de 182 Interviene Doña Jéssica: ¿Nos quedan 3 minutos?. Interviene la señora Secretaria: ¿De aludidos? ¿quién esta aludido?. Interviene el señor Alcalde: No no por alusiones por alusiones los 3 minutos por alusiones no lo tienen porque ya cumplieron los 15 y los 10 no hay más minutos Doña Ana si creo que si los tenía. Interviene Doña Ana: Yo tengo un par de preguntas pero no se si hacerlas plantearlas aquí ahora ya que estamos hablando del tema. Interviene el señor Alcalde: O después. Interviene Doña Ana: O después. Interviene la señora Secretaria: En ruegos y preguntas. Interviene el señor Alcalde: En ruegos y preguntas Doña Ana si es mejor después. Interviene el señor Alcalde: Votos a favor, votos en contra, abstenciones. Interviene la señora Secretaria: Espera. Interviene Don Juan: 4 a favor. Interviene la señora Secretaria: 4 a favor de Coalición Canaria, 7 en contra. Interviene el señor Alcalde: Y 2 abstenciones. Una vez debatido el asunto y por los/las señores/as concejales/as presentes, resulta la votación con 7 votos en contra del PP, 4 votos a favor de Coalición Canaria y 2 abstenciones del PSOE 23.- Expediente 1138/2024. MOCIÓN 8 DE MARZO "DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER" PRESENTADA POR LA FECAM.- De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Moción presentada por el FECAM , que literalmente dice: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “8 DE MARZO, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER” “Ninguna lucha puede tener éxito si las mujeres no participan en ella junto a los hombres”. Malala Yousafzai. Premio Nobel de la Paz 2014. El Día Internacional de la Mujer celebra luchas históricas que se remontan al siglo XX y continúa siendo, a día de hoy, una fecha ineludible en la que defender y abogar por los derechos y la igualdad de todas las mujeres. El 8 de marzo, además de conmemorar la continua batalla por la igualdad de género, es motivo de celebración donde se reconocen los logros sociales, políticos, culturales y económicos de la mujer. Es un día para reflexionar sobre los avances y desafíos que aún enfrentamos en la búsqueda de un mundo más equitativo para todas las personas. Vivimos en una sociedad que se enfrenta a múltiples obstáculos que sumergen nuestra comunidad en Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 145 de 182 una inmensa presión, por lo que es de vital importancia amplificar la voz de las mujeres en áreas de acción conjunta como son, impulsar un crecimiento económico que promueva el desarrollo social, apostar por un sistema financiero trasformador para la igualdad de género que permita erradicar la pobreza y la desigualdad, apoyar movimientos que impulsen el cambio y abogar por un desarrollo sostenible y una sociedad de los cuidados que garantice sus derechos para todos los ámbitos de la vida. Unirnos para convertir los desafíos en oportunidades debe ser la prioridad con la que forjar un futuro mejor en el que la igualdad sea una realidad. La igualdad de género sigue siendo el mayor de los retos en materia de derechos humanos y no debemos olvidar el sacrificio de muchas mujeres en la lucha por sus derechos. Es, además, nuestra responsabilidad como institución trabajar juntos y juntas por un futuro de igualdad real para las mujeres en toda su diversidad. Desde la FECAM queremos sumarnos, como cada año, a la movilización del 8 de marzo de 2024 por el Día Internacional de la Mujer bajo el lema de las Naciones Unidas “Financiar los derechos de las mujeres: acelerar la igualdad”, porque invertir en políticas para avanzar en igualdad de género es la piedra angular para crear sociedades inclusivas y está en consonancia con el Objetivo 5 de la Agenda 2030 de Naciones Unidas que tiene como propósito poner fin a toda forma de discriminación contra las mujeres. Por todo ello, la Federación Canaria de Municipios, en nombre de todas las entidades locales de Canarias, se reafirma en su decisión de consolidar acciones de colaboración con todas las instituciones públicas y agentes sociales, desde el municipalismo, apoyando iniciativas de desarrollo local que permitan impulsar soluciones concretas, siempre con el permanente compromiso con los derechos humanos, con los derechos de las mujeres, con la igualdad real de oportunidades entre hombres y mujeres, erradicando la brecha salarial y el permanente techo de cristal para acceder a puestos de alta responsabilidad, tendiendo puentes para construir líneas de actuación que nos lleven a un mundo libre de violencia, emprendedor y solidario, bajo el paraguas de una sociedad de cuidados sostenibles, de corresponsabilidad y conciliación familiar y, sobre todo, apostando por la igualdad efectiva, la tolerancia y fortaleciendo el rol protagónico de las mujeres en una sociedad igualitaria en libertad. Se hace, por tanto, desde esta institución un llamamiento a la reflexión y se propone la adhesión, a los siguientes ACUERDOS: PRIMERO.- Ratificar el contenido de esta Declaración Institucional por el Día Internacional de la Mujer. SEGUNDO.- Invitamos al Gobierno de Canarias, a los Cabildos Insulares y los Ayuntamientos a adherirse a esta Declaración, con la finalidad de promover actividades dirigidas a reforzar el principio de igualdad entre mujeres y hombres, sumándonos al lema de la ONU “Financiar los derechos de las mujeres: acelerar la igualdad”. TERCERO.- El compromiso por parte de todos los Ayuntamientos a seguir trabajando por la igualdad y avanzar en el desarrollo de las políticas igualitarias y contra la violencia machista y de género. Manifestamos la importancia del Pacto de Estado contra la violencia de género, y la continuidad presupuestaria para garantizar su aplicación. CUARTO.- Exigir al Gobierno de Canarias una financiación suficiente para llevar a cabo las políticas de igualdad, así como las políticas educativas y sociales. Nos hace falta reclamar con el objetivo de mejorar el Estado de Bienestar en nuestro país. QUINTO.- Fomentar en este día mundial de los derechos, la igualdad y la justicia de las mujeres, una cultura y conciencia ciudadana “de género” a través de la educación transversal en diversidad, impulsando políticas económicas para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, en línea con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Desde la Federación Canaria de Municipios, necesitamos movilizar a la sociedad para participar en actuaciones que eviten el retroceso de los derechos de las mujeres con el fin de conseguir un mundo libre, inclusivo y sin violencia, que no sea un obstáculo para alcanzar la igualdad, el desarrollo, la paz Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 146 de 182 y el respeto de los derechos humanos de mujeres y niñas. FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS (FECAM). Interviene la señora Secretaria: Estas son de las mociones institucionales que presentan todos los municipios a través de la FECAM, no sé si ustedes la leyeron. Una vez hecha la exposición pues el acuerdo a plantear en el pleno de hoy es la ratificación del contenido de declaración institucional por el Día Internacional de La Mujer. Segundo, invitamos al Gobierno de Canarias, a Cabildos Insulares y los Ayuntamientos a adherirse a esta declaración sumándose al lema de la ONU “financiar los derechos de las mujeres: acelerar la igualdad”. Interviene el señor Alcalde: Vale, algo que decir Doña Ana. Interviene Doña Ana: Si nosotros estamos de acuerdo. Interviene el señor Alcalde: De acuerdo. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Nada. Interviene el señor Alcalde: Don Juan. Interviene Don Juan: Nada que comentar. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba la Moción que se transcribe. 24.-Expediente 733/2024. MOCIÓN REMITIDA POR EL CABILDO INSULAR, PRESENTADA POR N.C., INSTANDO EL APOYO INSTITUCIONAL PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL DÍA INSULAR DEL CULTIVO DEL PLÁTANO . De orden del señor alcalde, la infrascrita secretaria da lectura a la Mocón que literalmente dice: “DÑA. NOELIA LORENZO MORERA, SECRETARIA GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA, PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE. C E R T I F I C A: Que el Pleno de la Corporación reunido en sesión ordinaria celebrada el día 2 de febrero de 2024, en relación con el punto nº 3.- “Moción de N.C., relativa a “Instar al apoyo institucional para la puesta en marcha del Día Insular del cultivo del plátano”, acordó por unanimidad convertir dicha Moción en una Declaración Institucional, siendo su texto el que se transcribe a continuación: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Existe un consenso generalizado que reconoce la importancia cultural y etnográfica del plátano canario, un producto excepcional, de enorme calidad que, desde el siglo XVIII aparece mencionado en los textos de José Viera y Clavijo, refiriéndose a él como “…una fruta que suelen llamar conserva del cielo” y que, en el siglo XIX ya estaba presente en los mercados de Madrid. Su valor, más allá de lo gastronómico, es un símbolo del esfuerzo de muchas generaciones, que han establecido un vínculo “casi emocional” con este cultivo y que ha sido capaz de mantener en el tiempo sus características diferenciadoras respecto a otros similares presentes en el mercado, alcanzando un protagonismo que trasciende las fronteras nacionales. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 147 de 182 En La Palma, el plátano estuvo presente como planta ornamental antes del siglo XIX y fue incorporándose al mundo agrario al finalizar la centuria, figurando entre los importantes intercambios comerciales con Sevilla por un valor de “40 a 45 duros, unos 50 ó 60 racimos”. Incluso, estuvo presente en la Exposición Universal de Paris, en 1867, como un producto “en conserva”. Respecto a su exportación, los primeros datos señalan que ya se comerciaba en el siglo XIX desde el Puerto de Tazacorte con varias ciudades portuarias europeas, llegando a la actualidad, donde se considera el principal monocultivo del siglo XX y del presento siglo en la Isla. Muy probablemente el sabor peculiar de nuestro plátano se debe a la tierra volcánica que le “da vida” y que, por desgracia, tras la erupción del volcán Tajogaite, también significó una enorme destrucción del mismo, arrasando este cultivo en todo el Valle de Aridane, lo que ha supuesto un esfuerzo notable para el sector en su recuperación en toda la zona y, por extensión, en toda la Isla. Todo esto nos obliga a una reflexión sobre la importancia de un cultivo que forma parte de nuestra identidad y que, tan solo por eso, ya merece un reconocimiento, a nivel institucional, para homenajear el trabajo conjunto de muchas generaciones que han permitido que hoy, el plátano de La Palma, sea considerado uno de los mejores productos del mercado, alcanzando para muchos, la consideración de producto “gourmet” y siendo muy apreciado en la gastronomía por su sabor excepcional y por su riqueza nutricional. La puesta en valor de este cultivo, a través de la declaración de un día conmemorativo, puede ser una oportunidad para el desarrollo de acciones que dignifiquen su historia y el marcado carácter cultural del mismo, apostando por iniciativas de difusión de sus propiedades, así como todas aquellas acciones relacionadas con la gastronomía, la artesanía, la etnografía y los nuevos usos de este producto. Asimismo, sería conveniente que la celebración de este día coincidiera con una época de mayor recepción turística para seguir “exportando al mundo” la riqueza de este producto y contribuir, así, al desarrollo económico del sector. ACUERDO: 1. Declaración del “Día del cultivo del Plátano” solicitando apoyo institucional para convertirlo en una celebración insular, instando al Cabildo, todos los ayuntamientos de la Isla y al propio sector”. Y para que así conste y surta los efectos pertinentes, expido la presente, con la salvedad establecida en los artículos 88.1, letra a) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y 91.1 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el ROF y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Santa Cruz de La Palma, a 5 de febrero de dos mil veinticuatro”. Interviene la señora Secretaria: Si, instando al apoyo institucional para la puesta en marcha del Día Insular del Cultivo del Plátano. Interviene el señor Alcalde: Del Cultivo del Plátano. Interviene la señora Secretaria: ¿La leyeron?. Interviene el señor Alcalde: ¿Dónde está?. No esta, no esta. Interviene la señora Secretaria: Arriba arriba el certificado el número 3, el uno dos. Interviene el señor Alcalde: Ah vale es que esta, vale. Interviene la señora Secretaria: Ahí, bueno vete al acuerdo. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 148 de 182 Interviene el señor Alcalde: Es el Ayuntamiento de Santa Cruz entonces. Interviene la señora Secretaria: No no, perdona perdona. Interviene Don Juan: No es el Cabildo. Interviene Don Juan: Es Nueva Canarias, Nueva Canarias esta en el Ayuntamiento. Interviene el señor Alcalde: Si. Interviene Don Juan: Si. Interviene Don Juan: Lo que lo habrá elevado al Cabildo. Interviene el señor Alcalde: Hubo un error señores. Interviene la señora Secretaria: Pusieron Cabildo Insular. Interviene el señor Alcalde: No es el Cabildo Insular de La Palma es el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma el que presenta la moción. Interviene la señora Secretaria: Claro la moción es de Nueva Canarias si esta es de Nueva Canarias del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma. Interviene el señor Alcalde: De Nueva Canarias relativa a instar el apoyo institucional para la puesta en marcha del Día Insular del Cultivo del Plátano. Interviene el señor Alcalde: Acuerdo el plátano, los acuerdos. Interviene Doña Jéssica: O sea esto no, sino el orden del del día que es lo que esta. Interviene el señor Alcalde: Perdón, declarar el acuerdo es declarar. Interviene Doña Jéssica: Por eso, si si pero la moción esta bien. Interviene la señora Secretaria: Es la declaración institucional cultivo lo que nos piden es el apoyo, ellos recaban el apoyo de todas las Administraciones. Interviene Don Juan: Los 14 Ayuntamientos. Interviene el señor Alcalde: Vale. Interviene el señor Alcalde: Declaración del día, lo que acuerdan es: declaración del Día del Cultivo del Plátano solicitando apoyo institucional para convertirlo en una celebración insular instando al Cabildo, todos los Ayuntamientos de la isla y al propio sector. Interviene la señora Secretaria: Y piden el apoyo tanto del Cabildo como todos los Ayuntamientos. Interviene el señor Alcalde: Algo que decir Doña Ana. Interviene Doña Ana: No, no termino de entender la la petición pero bueno vale. ¿Qué Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 149 de 182 implica el día?. Solamente celebrarlo o como el Día de La Paz. Interviene la señora Secretaria: Yo me limito a lo que pone la moción, la declaración. Interviene Doña Ana: Declaración del día del cultivo del plátano. Interviene el señor Alcalde: Lo que dice, lo que dice la moción dentro de que explica anteriormente dice me quedo con el apartado “la puesta en valor de este cultivo” un día haciendo la puesta en valor de este cultivo y de su y evidentemente cultivo y debe ser de los agricultores en general por todas aquellas acciones relacionadas bueno con la gastronomía, la artesanía, la etnografía y nuevos usos de este producto. Un poco me da que es lo que plantean es como hacer un día especifico para el plátano dentro de, porque lo acabo de leer aquí, dentro que ese día contemple lluvias de ideas o reuniones de trabajo para introducirlo en la gastronomía, la artesanía, la etnografía y nuevos usos de del producto. Interviene Don Juan: Ponerlo en valor. Interviene el señor Alcalde: Ponerlo en valor en verdad, exacto. Interviene la señora Secretaria: Yo creo que nos hemos equivocado a la hora de poner el Cabildo Insular porque realmente un Ayuntamiento pide la, una celebración una celebración insular. Interviene el señor Alcalde: Con con lo cual. Interviene la señora Secretaria: Como si la quieren dejar sobre la mesa. Interviene el señor Alcalde: ¿La dejamos sobre la mesa ?. Interviene la señora Secretaria: Como ustedes quieran o simplemente tomamos conocimiento. Interviene el señor Alcalde: Acordamos de dejarla sobre la mesa. Interviene la señora Secretaria: No, tomamos conocimiento. Interviene el señor Alcalde: Para que venga más trabajada o más estudiada por todos. Interviene la señora Secretaria: No la moción de Nueva Canarias es la que han aprobado en el en el Ayuntamiento. Interviene el señor Alcalde: Si pero. Interviene la señora Secretaria: Y nosotros no vamos a pedirles nada. Interviene Doña Jéssica: Nosotros no vamos a pedir que se la trabajen si ya lo valoraron ya positivamente. Interviene el señor Alcalde: Vale vale. Don Juan o Don Fran. Interviene Don Juan: Si si si. Interviene la señora Secretaria: Acordó por unanimidad convertir dicha moción de Nueva Canarias en declaración institucional y ahora buscan el respaldo de todos. Interviene el señor Alcalde: Don Fran. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 150 de 182 Interviene Don Fran: Si. Interviene Doña Ana: Esto tendría que ir a Cabildo en lugar de venir a nosotros. Interviene el señor Alcalde: Espera espera, Don Fran. Interviene Don Fran: En pleno fue votado por unanimidad es simplemente el punto de declarar pues ese día como una celebración insular pues bueno un poco ensalzar la figura pues el producto del plátano con lo que conlleva para la isla y para las familias de productores y agricultores y es una celebración insular un poco poner en valor, no va más allá y así se debatió en pleno municipal y así fue acordado o sea fijar un día del plátano cultural como celebración insular. Interviene el señor Alcalde: Bueno pues entonces mira procedemos a la votación. Votos a favor. Interviene la señora Secretaría: Por unanimidad. Interviene el señor Alcalde: Por unanimidad. Interviene la señora Secretaría: 25. Interviene la señora Secretaría: Actividades de control. Interviene el señor Alcalde: Las manifestaciones de alcaldía. Interviene la señora Secretaría: Después después. Interviene el señor Alcalde: Ah vale. Una vez debatido el asunto y por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, que en todo caso constituyen mayoría absoluta legal de los miembros que componen la corporación, se aprueba la Moción. 25. DANDO CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DESDE EL NÚMERO 138/2024 HASTA LA 536/2024.- Por orden del Sr. alcalde, la infrascrita secretaria da cuenta de las Resoluciones de la alcaldía desde la n.º 138/2024 hasta las 536/2024 de las cuales, los/las señores/as Concejales/las presentes se dan por enterados/as. Algo que decir Doña Ana. Interviene Doña Ana: No. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: No. Interviene la señora Secretaria: Esto es dar cuenta. Interviene el señor Alcalde: Don Juan. Interviene Don Juan: No. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 151 de 182 26.- DANDO CUENTA DE LAS JUNTAS DE GOBIERNO LOCAL (16 DE ENERO DE 2024, 27 DE FEBRERO DE 2024 Y 7 DE MARZO DE 2024). Por orden del Sr. alcalde, la infrascrita secretaria da cuenta de las Junta de Gobierno Local del 16 de enero de 2024, 27 de febrero de 2024 y 7 de marzo de 2024, de las cuales los/las señores/as Concejales/las presentes se dan por enterados/as. Interviene el señor alcalde diciendo: Algo que decir Doña Ana. Interviene Doña Ana: No. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: No. Interviene el señor Alcalde: Don Juan. Interviene Don Juan: No. Interviene el señor Alcalde: Vale. Interviene la señora Secretaria: Les hago un inciso si me lo permiten el programa de la plataforma no deja nunca introducir ningún apartado de las manifestaciones de alcaldía. El el programa es el que es entonces siempre coge el orden del día, las actividades de control y ruegos y preguntas. Ustedes me preguntan a mí donde van las manifestaciones pues antes de ruegos y preguntas siempre se ha hecho así pero es que no nos deja la opción de poner manifestación de alcaldía en los ordinarios. Interviene el señor Alcalde: Vale pues yo quiero hacer el uso de palabra de manifestación de alcaldía, quiero exponer es que estamos es lo que veo, oiga cada uno tenemos evidentemente nuestros errores y quizás uno también tiene los suyos pero veo desde hace mucho tiempo que lo mismo que hablamos en la moción anterior que cada vez en vez de más explicar cada uno en su índole intentamos crear discusiones o guerras que poco favorecen a la ciudadanía. Evidentemente vuelvo a decir nos ponemos por bandera los primeros nos equivocamos en cosas de gestión seguro hay cosas que como todo el que trabaja se equivoca, todos los que estamos aquí nos equivocamos en nuestro trabajo seguro, hay cosas que no se pueden hacer porque no llegamos, porque no tenemos capacidad, recursos, lo que sea pero siempre se intenta trabajar. Evidentemente unos estamos en un Grupo de Gobierno, otros en labor oposición que es fiscalizar y eso es razonable. Yo lo que veo que a veces la fiscalización y tal vez parte por culpa nuestra seguro que en algún momento nos hemos equivocado pero a veces la fiscalización pasa a la confusión y quiero aclararlo. Por eso yo, para no extenderme más, quiero dar palabra, porque tengo tres temas que quiero que lo trabaje el señor Daniel, el señor Fran y la señora Eva y quiero que se aclaren ante la ciudadanía. Lo que pido como Alcalde que las cosas básicas o que hemos hablado no se tergiversen sino intentar explicar la realidad y no intentemos engañar o confundir o dar otras versiones cada uno y los primeros nosotros reconociendo errores pero lo que no es, no es. Por eso le doy la palabra perdón a la señora Eva para tratar un tema de la, que ya informamos en el pleno anterior, de lo que es la cartelería vecinal: la agenda de eventos, culturales, deportivos, de ocio y la información al ciudadanos que eran dos cosas diferentes, lo hablamos pero hemos visto que no ha quedado claro y se ha confundido a la ciudadanía con lo cual Doña Eva. Interviene Doña Eva: No se si fue, en uno de los últimos plenos ordinarios el grupo de Coalición Canaria dijo que no le había llegado la información que habían solicitado sobre los paneles de información al ciudadano y para nuestra sorpresa creo que en ese momento pues la compañera Ana no se acordaba de que si había sido contestada y nuestra sorpresa fue que no se habían metido en la plataforma y a los 12 días pues fue rechazada. Aquí tenemos la contesta si fue contestado pero ustedes no se metieron y fue rechazado. Cosa que me sorprende que la compañera Amanda haya dicho antes Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 152 de 182 que no les llega la información. Si les llega pero muchas veces no se meten y a los 12 días fue rechazada. Interviene la señora Secretaria: No comparecen. Interviene Doña Eva: Exacto y que si se les envía pero que ustedes pues a veces no tienen la molestia de mirar la plataforma por lo que sea y fue rechazada. Pues simplemente aclarar que tenemos dos tipos de paneles. Los paneles de información al ciudadano o la ciudadanía que es donde están si el calendario del contribuyente que también dijeron que solo nos interesa recaudar , así no es, están. Ahora mismo esta el calendario del contribuyente pero sirven para informar de cortes de luz, de cortes de agua, el corte de una vía para eso son los paneles informativos de la ciudadanía. Y por otro lado tenemos los eventos culturares, festivos, deportivos, sociales que están también distribuidos por el municipio. Simplemente eso, que si contestamos pero ustedes muchas veces no se meten a las plataformas a leerlos y también quiero aprovechar para decir que nos dicen que sean contestadas en 5 días y después no se meten a ver la información. Quiero decir que muchas veces estas informaciones las contestan los Concejales pero hay otras que son contestadas por los técnicos, técnicos que tienen que dejar su trabajo diario para ser contestadas y después los compañeros de la oposición pues no se meten en tiempo y forma y vienen esas contestas rechazadas. Simplemente eso. Interviene el señor Alcalde: Vale, el señor Daniel perdón el señor Fran disculpa, el señor Fran para lo del colegio de San José. Interviene el señor Fran: Bien antes me dieron una buena noticia de un amigo entonces estoy de buenas pero no puedo digamos no en mi línea de como me pongo para defender aquellas cosas que pues me duelen ¿no?. Pero no lo puedo evitar toca defender Educación y aquí si que no vale todo bien hacer uso con información equivocada pues que al final no solo este Grupo de Gobierno defendió sino incluso colectivos y familias del municipio. Ustedes manifiestan en alguna plataforma social lo de la obra en este caso de urgencia por la caída de un muro de contención del colegio de de San José por si no se acuerdan lo tengo aquí. Les puedo documentar absolutamente todo y como dije antes no solo yo sino colectivos y vecinos de del municipio. Pero simplemente les voy a preguntar si ven licito y ético el que hayan falseado, el que hayan usado pues una foto del lado opuesto para intentar menoscabar algo que al final, le hablo ahora a la portavoz nacionalista usted sabe en que situación están las escuelas unitarias los colegios que luchan anualmente por una admisión para poder subsistir para poder de eso ese grupo nacionalista sabe bastante. Usted ve normal que hayan falseado una publicación que hayan hecho una foto del lado opuesto, hayan manifestado que no estamos haciendo nada, hayan manifestado que no estemos haciendo esa obra. Interviene Doña Jéssica: ¿Donde?. Interviene Don Fran: Y lo que me parece más grave aún que no se porque pero ustedes manifiestan que había una fisura, una grieta o algo desde hace un tiempo. Me parece muy grave que la hubiera que no lo sepamos aquí, si lo sabían porque no lo dijeron y al final paso lo que paso. No solo me quedo ahí sino no es este Grupo de Gobierno solo el que continuamente tiene que salir a estos pasos en falso sino que también es colectivos y algún vecino. Interviene el señor Alcalde: El AMPA, algún vecino pues que bueno que me ha manifestado que le han argumentado esto mismo en su plataforma social y de lo que se queja es de que le quitan su comentario por dos veces. Entonces con todo este saco, bueno pedir a la oposición nacionalista que si ven ético falsear una noticia y el menoscabo de un colectivo que esta luchando por subsistir. Como saben que hay algunos ejemplos más en municipios distintos que es el CEIP Las Breñas que saben que están buscando admisión y ya aprovecho públicamente para aunque no sean del municipio todos vamos a una con la educación y pido también que intenten fomentar también la admisión en ese colegio. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 153 de 182 Yo quiero argumentar una cosa más ese colectivo el que ha salido a desmentir lo que ustedes han expuesto es el mismo AMPA la Asociación de Padres y Madres del centro, lo pueden ver, ustedes lo han visto seguro, ahí esta lo tiene el señor Fran. Y esto lo digo porque me preocupa y estan en proceso de matriculación. Y me preocupa aun más porque el AMPA encima se ha visto sorprendido que cuando hay una contesta clara por parte del Ayuntamiento, no clara es que lo pueden ver todos en un video que se enseña exactamente todo como esta la obra, todo previsto, todo como esta todo se saque no y encima de decir: no pues freno aquí, no, se saca otra cosa que es pues los niños están yendo de manera insegura o los viales no son seguros para hacer deporte en el campo de fútbol. Nosotros no nos sorprendimos porque ya estamos acostumbrados pero es que el AMPA si se sorprendió ¿saben por qué?. Porque la petición es del AMPA no por el colegio sino que es permanente y la quieren permanente con lo cual me sorprende que en vez de pararse y frenar sigan palante una patada palante cuando verdaderamente la petición es de los padres y madres del centro que es lo más que me preocupa. Ellos han salido a aclararlo y me queda bien claro que lo hayan hecho y agradecido. Pero esto lo digo porque fotos desde una esquina que no se ve la obra y se dice que no se hace la obra y que no hay seguridad con un simple video quedo demostrado. Los accesos son seguros, son las aceras más amplias, tienen paso de peatones, llegan a la instalación, la instalación de primer orden que por cierto vuelvo a decirlo los padres aunque se hagan más obras allí nos han pedido que lo quieren seguir manteniendo los padres y madres del AMPA, no nosotros lo digo para que lo sepan. Y el punto 3 que quería aclarar era porque vi el otro día otra vez el Centro de Salud nombrarlo con unos datos que eran erróneos en el presupuesto y lo tengo aquí esta el dato real, es que lo pusieron mal, 110.000 euros en el presupuesto.Y ponían cantidades que no eran. Con lo cual por lo menos ya que nos van a criticar algo que yo creo que algunos no deberían criticar en la vida más bien deberían, no digo callarse porque alguno en su persona lo hace pero deberían agachar un poco la cabeza con la historia del Centro de Salud pues nosotros nos comprometimos a poner el dinero, aquí esta el dinero, es esta cantidad, no son cantidades que se han vertido a la población, son 110.000 euros fondos propios de este Ayuntamiento compromiso adquirido y que se va a hacer. Si se ha mejorado las condiciones por el transcurso de la obra se ha mejorado las condiciones de unas humedades que habían hasta que empiece a hacerse. Si por parte de la Dirección del Área de Salud por primera vez vemos que por lo menos se preocupan por el centro no como pasaba con la Dirección del Área de Salud y lo siento la anterior que verdaderamente si vienen y acordamos poner una instalación de aires específicos que nos va a servir también para la obra que va a quedar climatada. Nos hemos puesto de acuerdo entre los dos para sacar con fondos propios la parte nuestra y simplemente la climatización ellos y hacerla conjunto. Perdón por favor estoy llevo desde un rato y pido que llevo un rato intentando no parar las conversaciones pero es que llevamos un rato pum pum pum, yo cuando me tengo que dirigir a un compañero me muevo la silla y me voy a él, no con este con este porque es que se esta oyendo al final es que se esta oyendo además y creo que tampoco aclara nada ¿vale?. Entonces lo que vuelvo a decir pido que el Centro de Salud, vamos a trabajar todos en común, a sacarlo lo antes posible. Centro de Salud esta en contratación ya, esta modificado el pliego, esta para licitar ya, esta en el plazo que hemos dicho al sector sanitario en el plazo de licitación y el proceso del sector sanitario, ya ha habido reuniones con ellos, ya saben la realidad, pero déjense de confundir por favor a la población. Porque al final encima tanto el colegio como esto es una competencia impropia que no es nuestra y ven tanto para uno como para otro que esta debajo ven fondos propios puestos para esas instalaciones. Con lo cual por favor estamos aquí todos cada uno nos ha puesto la población para trabajar por el bien de la ciudadanía pero cada vez veo que se intenta confundir más a la ciudadanía y eso es lo que acabo con las manifestaciones de alcaldía. Interviene la señora Secretaria: Ruegos y preguntas Interviene el señor Alcalde: Muchas gracias. Ahora el punto siguiente es ruegos y preguntas. Doña Ana usted por favor primero. Interviene Doña Ana: Podemos tener 2 minutos. Interviene el señor Alcalde: De receso. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 154 de 182 Interviene Doña Ana: Si. Interviene el señor Alcalde: Si. Interviene Don Juan: Si. Interviene el señor Alcalde: Si, 2 minutos de receso. Interviene el señor Alcalde: Si sigue grabando señores la grabación sigue en curso pero 2 minutos por favor. Interviene el señor Alcalde: Ya se pasaron los 2 minutos, empezamos y que venga el señor Tanausú empezamos con ruegos y preguntas. Doña Ana perdone que quedo con su palabra. Interviene Doña Ana: Bueno fíjese que yo tenía aquí anotado que le iba a dar las gracias por el tono, las formas y la educación en pleno después de lo que paso en el anterior pero voy a hacer una puntualización simplemente iba a decir eso pero voy a hacer una puntualización a la vista de lo que acaban de decir ustedes en las manifestaciones. Le leo la realidad según usted o sea lo que usted ha dicho es que la realidad según usted el Alcalde es la realidad. Interviene el señor Alcalde: No. Interviene Doña Ana: Y yo le voy a decir que la realidad según el Alcalde es su realidad no la realidad de todos. Cada uno tenemos derecho a tener una opinión y a expresarla para eso estamos aquí por si no nos gustará expresar nuestra opinión estábamos en casa. Entonces nosotros como partido político y como representantes públicos pues venimos aquí a expresar nuestra opinión y nuestras propuestas y como estamos en la oposición a fiscalizarles, le guste o no. Al final dice usted no nos gusta estas discusiones, estas guerras porque en nada beneficia a la ciudadanía. Efectivamente por eso me fui el otro día y entonces le voy a hacer un par de puntualizaciones. Usted ha hecho manifestaciones con tres de sus Concejales pero nosotros no hemos tenido la oportunidad de decirle pues así no, con lo cual si usted controla el reglamento como quiere y la opinión como quiere, no estamos en igualdad de condiciones. Entonces para estar en igualdad de condiciones y para que haya un comportamiento democrático nosotros también tenemos que tener la oportunidad de decir lo que no nos guste y por eso lo estoy diciendo en el apartado de ruegos para rogarle que sigamos teniendo, cumpliendo el reglamento y teniendo un comportamiento ordenado y cívico. Y eso incluye que cuando pedimos por alusiones porque se nos nombra personalmente como pidió la compañera se nos de el turno de palabra. En el pleno anterior y por eso nos fuimos no se nos dio la segunda intervención cuando la solicitamos y el reglamento recoge que en la segunda intervención si la solicitamos nos la tienen que dar y nos la negó, nos negó evidentemente las alusiones pero también la segunda intervención porque la primera, solo tuvimos la primera y la segunda se nos negó tanto para la defensa de la revisión del Plan General como para la de los presupuestos. Entonces yo lo digo ahora para que conste en acta. Y luego a colación de lo que dijo también la compañera de Coalición Canaria los registros de entrada, yo tengo un listado de registros de entrada en el que no se nos contesta me parece bastante inútil que tengamos que entrar y marcar que lo hemos recibido. Si hemos pedido la documentación, cuando podamos leerla la leemos no cuando lo hacemos de manera voluntaria en nuestro tiempo y cuando podemos porque esto lo hacemos en nuestro tiempo que no se le olvide que lo hacemos de manera voluntaria en nuestro tiempo y no cobramos. Lo que aquí cobramos son las dietas que pagan el café, que pagan la gasolina para llegar aquí están en la partida de dietas y nosotros no cobramos sueldo con lo cual un segundo un solo segundo que empleemos para venir aquí en este Ayuntamiento ya estamos haciendo muchísimo más, muchísimo más que ustedes que lo cobran, sinceramente, voluntariamente. Entonces si ustedes cobran un sueldo, nosotros no estamos dados de alta, nosotros lo hacemos de manera voluntaria y por lo menos lo que pedimos es el respeto hacia nosotros. En referencia a lo que usted acaba de hablar del Centro de Salud: termínelo no me ponga más Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 155 de 182 excusas termínelo, lo queremos ver, lo queremos ver en plazo. Si no quería comprometerse pues no haberse comprometido pero por favor aunque sea una competencia impropia finalícelo y ya está. La gente quiere ver los proyectos terminados, las promesas no sirven para nada a menos que se terminen. Bueno entonces ahora si que voy a pasar a las preguntas que tengo empiezo por la primera la que quedo pendiente de la de el comentario de todo lo que iba de URPAL y de la zona industrial y era en relación aunque el compañero ahora mismo me lo acaba de decir pero para que quede constancia los únicos proyectos adjudicados son el de las luminarias, aquí tengo las copias para ahora se las paso, el de las luminarias y el de la pared, el de la pared que lleva pendiente desde desde el verano y esta pendiente del permiso de Defensa ¿no?, eso es, vale bien. Los otros dos que es el proyecto de la zona verde de URPAL no esta y el compañero también me acaba de decir que pendiente del permiso pues se hará inmediatamente después y el de las luminarias pues tiene un proceso de ejecución como de un año o algo así. Interviene el señor Daniel: No, es menos es menos, esta adjudicada. Interviene Doña Ana: Perdón un año no, medio. Interviene el señor Alcalde: Por favor no se interpelen. Interviene el señor Daniel: Medio y algo es cambiar la luminaria. Interviene Doña Ana: Es estoy en lo correcto. Interviene el señor Daniel: Si si si. Interviene Doña Ana: Vale, perfecto pues esta aquí las copias para después las compartimos. Bien en cuanto a las preguntas tengo unas cuantas algunas de ellas ya las he formulado de manera de manera escrita pero a veces no es que no esperemos cinco días es que yo llevo por una esperando desde abril de 2022 y la he repetido y reiterado pero en fin. Breña Baja sigue sin disfrutar de las obras del FDCAN, esto es algo que me llama muchísimo la atención, yo se que usted ha comentado que se comprometió para el parque tecnológico y que eso esta parado y todo eso, bueno de todas maneras se licito la compra del último de la última parcela ¿no?, y ya se compro . Mi pregunta es: qué pasa con esta obra, porque no se, no se si la ejecución los rumores de que ya no se va a hacer en Risco Alto son ciertos y se van a hacer al lado del Cal. Bueno en los fondos FDCAN que yo sepa tienen una fecha de caducidad y una obra pues de como la que esta prevista no se hace en un día entonces por favor le ruego me conteste que pasa con esta obra y si ya le ha transmitido al Cabildo la urgencia porque al fin y al cabo pues bueno nos estamos quedando sin los fondos FDCAN. Interviene el señor Alcalde: Vale ¿ya acabo?, vale. Voy a empezar aclarándole un dato un y esto esto quizás si son alusiones porque coge extractos de palabras que he dicho yo entonces si eso si es una alusión se refiere a mí y coge un extracto. Mire yo no he dicho que la realidad sea la mía no he dicho eso, entonces quien confunde, yo lo que he dicho que hay realidades que son las que son. Antes hablamos de que si hay un proyecto aquí hemos discutido con usted que no hay un proyecto y le hemos enseñado el proyecto y le hemos enseñado la contratación del proyecto, no hoy en otras ocasiones, pues entonces la realidad es esa, no es que haya dos realidades. Otra cosa muy diferente por ejemplo voy vuelvo a recuperar el pasado usted ha sacado públicamente que el Alcalde cobra el doble que lo que cobraba. Eso es falso entonces aquí se lo hemos aclarado solo hay una realidad: el Alcalde no cobraba y ahora cobra lo que marca la ley. Entonces eso es a lo que me refiero que la realidad no es que sea la que yo digo sino es que hay realidades que son contrastables que son ciertas y si se explican lo que no podemos es salir a la calle a decir lo contrario. Le he puesto dos casos que usted ha dicho fuera o uno claramente ha dicho fuera y no es real entonces hace que la población se confunda. Ahí es para aclararle la alusión personal. Mire controlar el reglamento nosotros: pues yo reglamento más participativo que este pocos he visto. No voy a hacer los nuevos reglamentos que se están creando en esta isla que a la oposición le dan 2 minutos para defender todo lo que tienen en pleno, no voy a Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 156 de 182 nombrar esos reglamentos. Interviene Don Abel: De alusiones. Interviene Doña Amanda: No no. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Amanda yo estoy hablando ¿usted, le toca la palabra a usted?, perdón. Entonces no voy a hablar de otros reglamentos que se están aprobandoporque no seré yo el que lo diga ¿vale?. Entonces aquí se deja hablar Doña Ana y no es cierto que el otro día a usted no se le diera el segundo turno. Además a petición mía fui yo quien le pedí a ustedes digo: oye la portavoz de Coalición Canaria puede dar, estamos de acuerdo todos. Y usted usted dijo “no” y usted fue en el pleno que saltándome, mire vamos a decir saltándome esa parte del reglamento quise dar voz a la, y eso creo que esta grabado, quise darle voz a la señora portavoz de Coalición Canaria y fue su grupo usted la que dijo “no”. Entonces no me diga a mí después me critique lo que no es. Y lo que paso el otro día en el pleno a mí también me da vergüenza pero el problema es que no se puede dar una charla de diez minutos cuando se dice que van a hablar cinco o dos y después cuando se le va a contestar usted se levanta y se va, no me parece ni correcto sino aquí tenemos que aguantar todos. Y le digo un dato todos los que estamos en esta mesa somos Concejales del Ayuntamiento de Breña Baja y esto no es voluntario cuando nos presentamos en las listas no es voluntario lo que pasa que si usted quiere definir que nos presentamos y lo que queremos es ser Grupo de Gobierno pues así no. Nosotros nos hemos presentado pensando que íbamos a estar en la oposición cuando nos presentamos, estuvimos en el Grupo de Gobierno, después hemos tenido mayoría, después hemos pensado que tal vez no la tenemos y siempre hemos luchado igual de la misma manera. Con lo cual usted no es voluntaria y usted si recibe unas retribuciones que no recibimos nosotros por el pleno y las comisiones las reciben esta marcado en el primer pleno del año de la ley y es como dice usted pa dietas y pa diferentes circunstancias que los grupos quieran hacer. Al igual que los grupos políticos reciben unas cantidades económicas para el gasto que quieran hacer internamente. Entonces no me venga a decir. ¿Qué pasa?. Que nosotros si usted me dice eso, yo le puedo decir vale pero es que una jornada laboral nuestra puede ser, sería de 8 horas ¿no?. Pues no, nuestra jornada laboral son de lunes a domingo y no le digo las horas del día. Con lo cual al igual que yo no puedo decir que tengo que estar con una jornada laboral reglada como cualquier persona tampoco usted diga que es voluntario. Usted sabe a lo que se presenta, que le toque la oposición o que le toque el Grupo de Gobierno no es problema de nosotros, lo decide el pueblo. Pero usted no venga a decir que a nosotros nos exigen contestar la documentación, nosotros se la contestamos, no la ven y después la culpa es nuestra. No señores no, vamos a ser un poco correcto y éticos cuando se habla con las cosas porque lo que dijo la señora Eva no es ninguna falsedad. Nosotros hasta el día de hoy no sabíamos si gente de usted iba a venir al pleno no lo sabíamos si el pleno incluso le dije al señor Juan llame a la persona ¿sabe?, no lo sabíamos. Entonces la realidad es que si hay transparencia, si se intenta hacer todo, si se manda la documentación pero cada uno tenemos que estar pendientes de lo que tenemos que estar pendientes evidentemente nosotros de gobernar y gestionar y ustedes de fiscalizar y en eso estoy de acuerdo. Pero yo lo que pedía y era mi ruego era fiscalizar con lo que es real, no se intente confundir. Vuelvo a decir yo le pregunto un día, ejemplo claro es lo de mi sueldo y se lo vuelvo a decir ¿yo cobro el doble que antes?. No, es que antes no cobraba y no cobro el doble, cobro lo que marca la ley y usted saco públicamente que cobraba el doble. Eso es una falsedad como la copa de un pino. Pues entonces esos son los ejemplos que yo digo vamos a dar las realidades. Otro punto las alusiones: usted dice alusiones, las alusiones que dice el otro día a la señora de Coalición Canaria las alusiones no eran alusiones. Además le digo una cosa: mire el reglamento, mire el reglamento se lo pedí a la señora Secretaria y no eran alusiones porque yo no me había referido en ningún momento a ella, me había referido además en ese punto al señor Daniel, a la señora Amanda, al señor Fabián nuevos somos nosotros tres, me había referido a los tres a la misma vez, diciendo que quizás desconocían los tres el funcionamiento en aquel momento no me acuerdo de que tema. Entonces las alusiones no se las puedo dar a una persona determinada porque no me referí a una persona determinada y las alusiones son para eso al igual que dice, léase el reglamento mírelo usted también y ve lo que son alusiones ¿vale?. Por eso las alusiones que son tres minutos después de quince y diez se dan si es una alusión personal hacía una persona. Entonces no la tuve que dar porque no era una alusión Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 157 de 182 personal hacía ella era además si les enseño después, a mí me gusta lo que hemos hecho hoy les puedo enseñar después el acta y en el acta si me dicen que estoy diciendo lo contrario me gustaría que en el próximo pleno pido yo disculpas , si digo la verdad me gustaría que también dijeran en el pleno siguiente que es verdad que la alusión que se me pidió yo me referí a tres compañeros nuevos en esto. Pido que también se sea correcto con eso, vale. El Centro de Salud no es que yo quisiera comprometerme y no lo haga, no. Es verdad que ha tenido unos retrasos eso esta a la vista de todo el mundo, si, pero Doña Ana es fácil decir que “no se comprometa” bueno es su postura pero es que la de su partido era “me lo llevo para Breña Alta”. Me lo llevo para Breña Alta si usted plantea eso y no me tengo que comprometer dígale al ciudadano de Breña Baja que quiere si invertir nosotros o no invertir porque el compromiso de su partido era pasar el centro de atención primaria para Breña Alta y traer pediatría para Breña Baja. Dígame usted que los mayores usuarios de este Centro de Salud es que somos un pueblo envejecido somos la mayoría de edad por encima de la pediatría si quieren eso Doña Ana. Eso es lo que planteo su partido, su partido quería descapitalizar un pueblo para llevarserlo a otro lado no voy a decir si tenían interés o no, voy a dejarlo ahí. Entonces no venga a decirme a mí que yo si no quiero no me hubiese comprometido, no porque en aquel momento luche por mis vecinos el Grupo de Gobierno lucho por sus vecinos porque siguieran teniendo la atención directa al ciudadano en la puerta. Algo que ustedes criticaban como gobierno hace muchos años con camisas naranjas que iban a salir de los pueblos y se iban a dejar desprotegidos a los municipios y la atención de los municipios. No paso pero ustedes si lo quisieron hacer y además es público, no es que lo diga yo. Con lo cual del Centro de Salud vamos a lo mejor no hablar, vamos a terminar la obra y darle ya a los vecinos lo que se merecen pero que quede claro con fondos propios y ahora si con un acuerdo y ayuda de la Dirección del Área de Salud actual, no la anterior que lo que se vinieron hacer es fotos para ponernos a parir a nosotros sin hacer nada por el Centro de Salud nada. Entonces obras del FDCAN ahí puedo estar de acuerdo con usted pero evidentemente cuando en la obra del FDCAN se metió el parque tecnológico estaba su Grupo de Gobierno en el Cabildo con el grupo de Coalición Canaria, decidieron meter eso y fue una guerra muy grande entre el Ayuntamiento y el Cabildo hay notas de prensa y hay hemeroteca en el que nosotros decíamos que no entendíamos como una subvención que debería venir del Ministerio la metían por el FDCAN. Eso todos los Alcaldes de esta isla todos los Alcaldes de esta isla después de reivindicarlo yo creo que en la tercera reunión del FDCAN me hicieron caso y ¿sabes lo que pidieron?. Fondos específicos para Breña Baja porque nos metieron ese dinero y ojo que lo dijo hasta incluso se lo pueden preguntar que lo dijo el otro día en la FECAM el presidente del Cabildo actual. Pero era una guerra sobretodo con el señor Anselmo Pestana que no quería hacer su trabajo con el Ministerio y quería que el parque tecnológico entrara al FDCAN, con otros pueblos tuvieron plazas, zonas de esparcimiento, canchas, diferentes circunstancias y Breña Baja no, nos metieron todo el FDCAN de golpe. FDCAN que su partido ha sido el que lo ha timoneado durante todos estos años casi en su totalidad por no decir en su totalidad. Y evidentemente ahora le aclaro lo que pretende el nuevo Cabildo y la postura nuestra. El nuevo Cabildo oficialmente no nos ha dicho que no va a hacer el parque tecnológico allí, pero si ha dicho que las intenciones es tal vez hacer crecer el Cal aquí que eran unas intenciones que también el Cabildo anterior había propuesto de comprar unos terrenos momentáneos pero que seguía el parque tecnológico abajo, y eso lo su compañero también lo sabía, el parque tecnológico se seguía desarrollando donde se tenía previsto. Pero es verdad que ahora hemos visto que ya desde hace meses se han entregado las parcelas, todo estaba, todo estaba correcto. Incluso incluso una nota de prensa de los compañeros de Coalición Canaria de aquí de Breña Baja en contra nuestra por el parque tecnológico en las elecciones y ahora no han sacado ninguna nota de prensa después de un año casi cuando verdaderamente los terrenos están entregados en fecha y forma. Todo esta para poder hacer posible la licitación porque además el dinero de la licitación de las partes de urbanización del parque tecnológico estaba supuestamente. Con lo cual ahora esta en manos del Cabildo Insular La Palma que lo gestiona Coalición Canaria, nuestra petición por supuesto comprar terrenos lo vemos bastante positivo porque eso puede albergar sino unas cosas, puede albergar cosas futuras pero evidentemente queremos que se urbanice lo que iba a ser desarrollado el parque tecnológico científico porque es la entrada a la isla. Aparte porque puede ser un eje, que el Cabildo ya tiene los terrenos y puede hacer un eje futuro de nuevas empresas para la isla, también es la entrada a la isla y yo creo que eso después de estar denigrado desde hace muchos años se merece una mejora sustancial y eso es lo que pide este Ayuntamiento. Y ya creo que aclare lo que usted me había Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 158 de 182 planteado. Interviene la señora Secretaria: No, ahora tienes. Interviene Don Juan: No, si ahora va a empezar a preguntar. Interviene Doña Ana: Solo he hecho una pregunta. Interviene el señor Alcalde: Ah ¿solo era una pregunta?. Interviene Don Juan: Si si si. Interviene el señor Alcalde: Pues. Interviene Doña Ana: Solo he hecho una. Interviene el señor Alcalde: Ah pues Doña Ana tiene la palabra de nuevo. Pues entonces perdonen me hubiese dicho todas y esperamos al final que es lo que marca pero bueno. Interviene Doña Ana: Bueno pues vamos a hacerlas todas, tengo quince hoy. A ver el dinero de la ceniza que ya lo pregunte en su momento, ya pedí los informes, pedí la memoria justificativa nada más comenzar en marzo 2022. Ese dinero se ha cobrado finalmente o no porque no lo he visto en modificación de créditos, tampoco lo he visto incorporado en ninguna de las partidas me puede confirmar cuando se hizo lo del ingreso, esa es una de las preguntas. La tercera que es de la Escuela de Música lo hemos negociado con Coalición Canaria y lo preguntan ellos. En el instituto de Las Breñas en el instituto de Las Breñas se mando una notificación antes de Semana Santa que tenía que ver con la circulación de tráfico y la parada y la bajada, luego se retiro. Pero mi pregunta es pues cual es el problema en esa zona, si se va a volver a hacer y esto va también con el movimiento de terrenos que esta al lado que yo me imagino que es recuperar el proyecto que se tenía para la parada de guaguas en algún momento o por lo menos se iba a comprar un terreno adyacente al IES, que ahora por lo que acaba de decir no se si tiene que ver con el Cal. La siguiente pregunta es sobre los acerados pendientes que están en Finca Amado, en las cercanías del Balcón Canario, de San José a a la Carnicería, el Camino Viejo, eh La Polvacera con San José. Algunos de ellos ya estaban en proyectos, se anunciaron 2017-2018, se pidieron por el Partido Socialista y también la iluminación en torno y limpieza en torno al Parador sobretodo la entrada de arriba. Luego se ha instalado resaltes esta es otra pregunta cuales son los costes y porque se hicieron tan estrechos porque son bastante incómodos y no se han hecho igual que los demás entonces no se porque se decidió por esa por esa opción. Luego el otro día se hablo en comisión pero no se ha concretado los proyectos para el plan de cooperación de este año, ni el PIDL el nuevo y ahora pues teniendo sobre la mesa y habiendo hablado sobre la zona industrial me pregunto si alguno de ellos cabría por lo menos el de la zona verde que es de bastante es dinero y no se ha decidido para el PIDL, si pudiera entrar porque el PIDL creo que nos tocaba dos millones cien. Luego también nosotros queríamos proponer, no lo hemos traído por moción ni nada pero si fuera posible, si lo de URPAL no se considerara y ustedes no tienen otro y estuviera el proyecto hecho porque como solo hay un año para ejecutar es la limpieza y los arreglos de la carretera y del mirador de Montaña La Breña nos gustaría proponer esa. La siguiente pregunta los puntos de carga de vehículos eléctricos llevan colocados más de un año, en que estado esta ese proyecto y cual es la previsión de tiempo para que se haga la conexión porque yo entiendo que lo que no esta hecho es las canaletas y la conexión eléctrica, la canalización que eso le tocaría al Ayuntamiento de de Breña Baja. Luego en San Antonio nosotros en la moción del pleno anterior pedimos el pedir el pintado y la mejora de la seguridad de los de las zonas de peatones y pedimos en primer lugar el del colegio de San Antonio y ese es el que no esta hecho. Pues se hicieron todos los demás que lo hizo el Cabildo y no se ha hecho ese y entre que no esta hecho la Petra Galván y todo esto pues vemos una zona bastante insegura. Entonces mi pregunta es porque no se ha hecho ese y porque no se ha intentando pues con un Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 159 de 182 espejo, con iluminación, con lo que sea mejorar esa zona que de por si es la más peligrosa de todas las que propusimos el otro día. Lo de las Salinas se anuncio hace unos días que había un proyecto candidato para poner en marcha las Salinas como restaurante y no se que, pues no entiendo esa exposición. Creo que se le presento a la Consejera de Turismo del Gobierno de Canarias que estuvo aquí hace un par de semanas y no lo entiendo porque no hay proyecto, no se ha licitado y no entiendo como se pueda presentar un proyecto que sin pasar bueno por la concurrencia pública o con un anuncio, incluso ideas o como lo quieran llamar y esto va en relación también a otra pregunta el proyecto de la Sociedad. El Proyecto de la Sociedad se presentó pero aquí no ha venido a pleno con lo cual pues nos gustaría saber porque un proyecto de esa envergadura no lo han traído a pleno para nosotros estudiarlo y se presentó en público, en sociedad nunca mejor dicho sin haberlo traído a pleno a pesar de que por importe tenía tiene que venir a pleno. Luego este es otro ruego aunque lo tenía que haber hecho al principio que ya se ha hecho varias veces, lo he hecho por escrito y por registro de entrada: los estados de ejecución los estados de ejecución por trimestre y por partida, no por áreas económicas sino por partida. Es imposible saber lo que se ha ejecutado o no cuando se hace una suma de un área, es imposible saberlo y entonces bueno no creo que sea tan complicado hacer como se hacía por el del anterior Interventor y no no entiendo el cambio porque así es imposible hacer un seguimiento. Por lo cual les ruego por favor que los estados de ejecución se nos envié o sino bueno pues tendré que poner un registro de entrada en enero para que llegue en abril o en abril para que llegue a final de año o así dado que y tengo el listado en las manos si quiere que se lo enseñe con todos los registros de entrada que no se nos da información. Y ya con eso son todas las preguntas. Interviene el señor Alcalde: Doña Ana empezando por lo que dijo del dinero de las cenizas se lo resumirá Abel ahora seguidamente. Escuela de música. Interviene el señor Alcalde: Si si pero Abel se lo dice. Interviene el señor Alcalde: Yo para terminar y después Abel. Interviene el señor Alcalde: Escuela de Música bueno vi que usted se lo pasó a Coalición con lo cual lo pregunta Coalición. Tercero instituto Las Breñas proyecto, mire el instituto Las Breñas al igual que usted ya vio un comunicado que salio del instituto había un comunicado del instituto que dijo lo contrario pues ya esta. Era una solución que en base a una reunión se saco con un proyecto STAR que por cierto el proyecto STAR que fue creado por su compañero en el Cabildo Insular de La Palma nosotros nos adherimos a ello y era un planteamiento. Con lo cual nosotros cuando lo vimos no se había estudiado como era y dijimos no , a eso no se ha planteado al 100% con lo cual el instituto como usted vio saco un comunicado y retrocedió lo que había. A mi me extraña que usted porque los decretos están y las compras de los terrenos que se han hecho , los terrenos ya están comprados los de al lado del instituto ya todos los de al lado del instituto están comprados y por el otro lado de la carretera también. Esos terrenos son para otra infraestructura municipal que no tiene nada que ver con lo que usted dijo con lo cual queda aclarado. Los acerados, nosotros yo he hablado aquí usted habla de acerados mire por ejemplo a mí me llama la atención uno que dice de El Parador es un acerado del Cabildo que su compañero me acuerdo de la época que estaba su compañero Jorge gobernando en la Consejería de Infraestructuras se comprometió, se comprometió con El Parador con dos directores siguientes y no se materializo ni el alumbrado, ni se materializo la terminación de la acera de El Parador. Entraron otros compañeros y tampoco se materializo y el Ayuntamiento lo tuvo que meter en el proyecto la Ventrecha y ya esta hecho por parte del Ayuntamiento no por parte de el Cabildo porque esa entrada es insular El Parador es insular y esa entrada el mantenimiento, las obras y todo corresponden a el Cabildo Insular de La Palma ¿vale?. El Ayuntamiento en base a la inejecución del Cabildo Insular La Palma tuvo que afrontar con la obra de la Ventrecha que es mayor tuvo que afrontar el terminar la acera, iluminaciones que les correspondían a Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 160 de 182 sus compañeros en el Cabildo Insular de La Palma. Pero después otros acerados el de Finca Amado, el Ayuntamiento proyecto y el Cabildo Insular de La Palma es el titular de la parcela. Las Ledas Cabildo Insular de La Palma, el Cabildo tiene ya desde hace tiempo proyecto presentado y tiene las parcelas cedidas con lo cual el Cabildo Insular de La Palma es el responsable ya de materializar esa obra. Interviene el señor Alcalde: Finca Amado-San José la que le dije que es Cabildo Insular de La Palma la carretera es que prácticamente todas las que dijo son del Cabildo Insular evidentemente casi todas tienen proyecto nuestro hecho por nosotros, no por el Cabildo. Interviene Doña Ana: Carnicería. Interviene el señor Alcalde: ¿Como? Interviene Doña Ana: La Carnicería. Interviene el señor Alcalde: La de la Carnicería tenemos un problema con la adquisición de los terrenos por eso no se ha materializado, perdón, con la adquisición de los terrenos en dos franjas con lo cual ese es un problema que nos estamos encontrando pero estamos luchando para ello. Los resaltos yo creo que la cuantía económica no seré yo el que se lo diga porque no la se en cabeza pero pero esta hecho verá usted en los decretos. Interviene Don Daniel: Puedo decir. Interviene el señor Alcalde: Dani si, los resaltos. Interviene Don Daniel: Bueno los resaltos usted solicito una documentación por escrito a la cual se le contestó pasaron 10 días en la sede. Interviene Doña Ana: No. Interviene Don Daniel: Y usted por incomparecencia no la abrió. Interviene Doña Ana: No no. Interviene Don Daniel: Le podemos enseñar el registro, sabe esto no es algo que me invente yo. Interviene Doña Ana: Yo yo saco pantallazos. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Ana no conteste. Interviene Don Daniel: No no, no saque pantallazos. Interviene el señor Alcalde: ¿Cuál es el registro?. Interviene Don Daniel: Esta el registro, documentación que prepare yo, lo que usted pidió, el contrato, los planos y demás de esos resaltos toda esa información se le solicito pasan 10 días por incomparecencia en la sede, no lo abre pues. Interviene Don Abel: Efectivamente. Interviene el señor Alcalde: Pues mire Doña Ana yo no sabía. Interviene Don Daniel: Si quiere más datos, yo se lo explico no tiene mucha ciencia Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 161 de 182 vamos. Interviene el señor Alcalde: Yo no yo no sabía lo de este punto porque si es verdad que nosotros. Interviene Doña Amanda: Otra vez. Interviene el señor Alcalde: Porque nosotros cuando llega a un departamento y es técnico es técnico y cuando llega a un departamento que es una Concejalía lo tratan los Concejales yo no sabía que fíjese que el señor Daniel se lo había contestado. Interviene Don Daniel: Bueno. Interviene el señor Alcalde: Pero es que. Interviene Don Daniel: Nosotros tenemos hasta el número de registro vamos. Interviene el señor Alcalde: Perdón Daniel, pero esto encima demuestra una vez más que si se le entrega documentación. Usted nos reclama a nosotros que no le mandamos documentación y nosotros le decimos a ustedes que ustedes se la mandamos y no entran en la plataforma a adquirirla. Pues haber nosotros sabe la diferencia de nosotros que tenemos los registros . Pero también es que el otro día usted se quejaba en el pleno anterior que no tenía documentación el señor Abel le dijo, le enseño todos los puntos del planeamiento en el ordenador delante aquí que lo vio todo el mundo, se lo enseño y después dijo que no, que ya no era que no estaba la documentación sino que eran mil y pico páginas que haber quien se lo leía. Pues Doña Ana yo creo que hay que coger un criterio fijo porque nosotros nos pide documentación, la que podemos se la entregamos hasta ahora ha sido así. Con lo cual también como nos recriminan a nosotros, hagan su trabajo también. Plan de cooperación y PIDL, la zona industrial este proyecto que le acaba dar el señor Daniel de la zona industrial la decisión de lo que va en el PIDL o lo que va en el plan de cooperación es una decisión del Grupo de Gobierno. Nosotros el proyecto de la lo que va en el plan de cooperación y en el PIDL es una decisión de Grupo de Gobierno que le podemos plantear a ustedes perfectamente sin problema ninguno pero es una decisión que todavía no esta cerrada al 100% porque el día que este cerrada o trabajada hay que llevarla aquí que se votara si o no y se dirá. Con lo cual no esta planteada en este momento todavía. Fuera de eso usted dice el proyecto de la zona industrial. Mire el proyecto de la zona industrial es un proyecto redactado por el Ayuntamiento, pagado por el Ayuntamiento pero es un proyecto que creemos que debe ser con financiación fuera de nosotros sea Cabildo o Gobierno de Canarias por un motivo: porque los servicios se los va a dar a dos municipios, no uno y nosotros no vamos a ralentizar 700.000 euros solo por una infraestructura cuando ese dinero nos es muy necesario para resto del municipio. Con lo cual es una de las planteamientos pero por lo menos usted lo que tiene, yo creo que que es de agradecer que nadie nos ha pedido ese proyecto nadie lo pidió nadie, ni los vecinos de la zona, ni el polígono, ni nadie. Creo que es un proyecto que del Grupo de Gobierno saco para dar un mejor servicio en la zona, para mejorar el entorno y para dar un servicio ágil a las dos municipios. Por eso le digo que ya cuando tenga que venir lo estudiaremos. Interviene Doña Ana Trujillo: Montaña de la Breña. Interviene el señor Alcalde: Montaña la Breña, la limpieza no entendí creo que es el acceso a la Montaña de la Breña. Interviene Doña Ana: No no, simplemente arreglar el el camino y el mirador. Interviene el señor Alcalde: Ah vale perdone porque le entendí limpieza por eso. Nosotros ya hablamos en el anterior pleno fue planteamiento también de Coalición Canaria. Tuvimos Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 162 de 182 una reunión el señor Daniel bueno creo que todos los Concejales aquí con el Consejero del Cabildo Insular de La Palma en el que se le planteo esta necesidad al señor Darwin aquí sentado en esta mesa porque creemos que es una infraestructura supramunipal. ¿Por qué?. Porque es un paraje de afluencia de todo el mundo además acorde a que llega una carretera al cruce insular que es la que va al cementerio. Con lo cual eso ha sido pedido, estamos en ello pero no podemos ralentizar pues es una obra muy cara porque son talud hay que hacer, hay que cerrar aquello mucho tiempo y hacer unas obras mucho más grandes de lo que corresponde. Después dijo los puntos de recarga. Mire los puntos de recarga no tiene nada que ver el Ayuntamiento en este momento los puntos de recarga la obra esta hecha totalmente y terminada a falta del Cabildo Insular de La Palma. Hemos dirigido, ha habido ya dos reuniones, con una que fue con todos los alcaldes o los que fueron fue el señor Fran Martín Castañeda y yo como representando a Breña Baja y otra personificada que vino la señora Miriam la consejera aquí a sentarse, en el que nosotros le pedimos que si ya habían estudiado la conexión. ¿Por qué?. Porque el Cabildo Insular de La Palma es el que tiene que gestionar el punto de recarga y ellos no se ponen de acuerdo internamente los técnicos en que servicio es el más acorde a dar en el sentido de la tarjeta y todo ese sistema. Nosotros le hemos dicho mira tenemos todo hecho a falta de que ustedes se pongan de acuerdo y lo pongan a funcionar. Con lo cual le digo que, perdón que estaba puesto, que le digo que nosotros hemos hecho nuestro trabajo esta totalmente cuando ellos digan este es el sistema lo tienen que poner ellos. Interviene Doña Ana: Puedo hacer una pequeña puntualización porque esos puntos de recarga se intentaron utilizar por personas que no hablan español y el cartel esta solo en español. Interviene el señor Alcalde: Vale. Interviene Doña Ana: Entonces yo he visto como intentan conectar y con el consiguiente enfado y por favor les ruego que lo pongan al menos dos idiomas. Interviene el señor Alcalde: Pues mire muy razonable su propuesta, Dani tomamos nota. Interviene el señor Daniel: Si. Interviene el señor Alcalde: Los pintados del colegio Don Fran quiere tomar la palabra. Interviene Don Fran: Si manifestaba que faltaba el del colegio de San Antonio esto es debido a que en los pasos de peatones cercanos a ese colegio queremos pintar los pictogramas para los niños con algún tipo de estadio en autismo. No lo queremos pintar al uso sino simplemente hacerlo pues como una actividad de concienciación para eso. Interviene el señor Alcalde: Vale pues aclarado. Los pintados para que quede claro el Cabildo Insular de La Palma con todos los Ayuntamientos acordó unos pintados específicos nosotros veníamos siendo injustamente no colaborados por parte del Cabildo en los pintados, se hablo con el Consejero y con los técnicos nos dieron una buena valoración y los técnicos vinieron. Nosotros teníamos que poner el material y la señalización de la zona, no solo es, por ellos nosotros teníamos que poner a los técnicos donde, los planos, la pintura y la equipamiento. Pero es verdad que se respondió a una demanda de unos cuantos años de no cumplimiento con nuestro municipio. Y agradecer por supuesto al personal de Cabildo porque encima les toco en época mala de lluvias, fue una época muy mala de pintado que sí que no, con lo cual quiero agradecer al personal. Punto número 10 Las Salinas. Yo creo que nadie a día de hoy ha anunciado ningún proyecto no ha habido nota de prensa de este Ayuntamiento de ningún proyecto público pero si que hay un proyecto para terminación de Las Salinas de decoración e infraestructuras que usted claro que lo sabe porque hay un decreto en el que lo contrata. Con lo cual de lo que dijo antes que usted no tiene manera que si se ha hecho, creo que nombro hasta fraudulento o no se la palabra perdone que tal vez me equivoque, ojo no fraudulento, pero dijo una palabra no me acuerdo, pues no no, hay un decreto de una contratación de un proyecto para la terminación en esos cometidos. Es verdad que el proyecto esta Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 163 de 182 prácticamente terminado, es verdad que la Consejera estuvo aquí el otro día. Que por por cierto quiero agradecerle a la Consejera del Gobierno de Canarias a Jéssica de León que por primera vez trae a La Palma y a Breña Baja a todo el servicio de Promotur. Eso nunca ni cuando la época del volcán nunca se ha traído a todo el equipo Promotur a la isla de La Palma para que el sector empresarial, el sector asociativo y los Ayuntamientos que estábamos pudiésemos defender o escuchar la promoción que querían o defender lo que queríamos plantear para la isla de La Palma. A su vez agradecer que después se traslado a Las Salinas donde estábamos, llevamos el PFAE hicimos allí reuniones y allí se traslado y se le enseño el proyecto que estábamos redactando pero no se ha presentado ningún proyecto público. Proyecto La Sociedad, el proyecto de La Sociedad no tiene que venir a pleno Doña Ana, tiene que venir a pleno cuando se vaya a licitar el proyecto porque es una cantidad por un importe superior pero el proyecto La Sociedad no tiene que venir a pleno. No se como usted no se si, ojo que no se si tal vez es que no lo sabe o es que lo hace con algún motivo. El proyecto La Sociedad no tiene que venir a pleno no tiene que venir al pleno, tiene que venir cuando se saca licitación el proyecto por los importes que requiere ese proyecto con lo cual no se a que viene eso. De todas maneras el día de la presentación del proyecto que era público y notorio, usted no estaba con lo cual usted puede venir aquí a ver el proyecto pero es que yo creo que solo estaba el Grupo de Gobierno y no todos de nosotros cuando se presento y además era un día muy importante para nuestro pueblo que eran los 100 años de la Sociedad Juventud Española y allí no había nadie. Y se presentó el proyecto y no lo presentamos nosotros, lo presento un arquitecto y todo el mundo pudo preguntar cualquier anotación que quisieran y nadie preguntó sino los vecinos que estaban allí pregunto datos y el arquitecto respondió y punto. Pero nadie, a usted evidentemente no la vi podía haber preguntado era el mejor ejercicio de transparencia y de ver porque incluso allí se tomaron algunas anotaciones que los vecinos dijeron y no es solo que ese día no estuviese sino que aquí usted puede ver el proyecto cuando quiera. Pero reitero no quiero que la gente piense que tenemos que traer el proyecto a pleno porque no es así sino a la hora de contratarlo por los importes. Y el punto número 12 estados de ejecución, Doña Ana usted puede reclamar evidentemente un portal puede reclamar lo que usted desee. Yo le pido que, ya la Interventora a usted le expreso, estaba yo ese día y el señor Concejal, que a usted se le esta mandando la documentación que se exige y que se tiene que mandar por ley. Con lo cual usted lo que esta pidiendo es que quiere ver lo que usted quiere ver. No, para eso lo tiene que hacer usted porque nosotros tenemos nuestra capacidad de trabajo y los técnicos y la documentación que usted requiere la tiene en su correo electrónico, ve los decretos, ve los gastos, lo tiene. Con lo cual usted lo que quiere es de manera cómoda que se le mande detallado pues la Interventora, no fui yo, se lo dijo la Interventora con lo cual se ha respondido y se le ha dicho. Usted dice que va a presentarlo en diciembre, en abril para que le contesten en abril para tal. Yo le digo usted puede presentar lo que quiera pero la Interventora aquí, que estaba sentada aquí en esta mesa, a usted se lo traslado así. Y después creo que solo quedaba el punto de el dinero de cenizas que el señor Abel creo que quería explicarlo. Interviene Don Abel: Bueno en cuanto a las cenizas la técnico esta elaborando un informe donde se le va a trasladar la información donde podrán ver todos los documentos. Si le voy a resumir brevemente antes de que reciba esa información lo siguiente. Interviene la señora Secretaria: Ya se envió. Interviene Don Abel: Nosotros tenemos una reunión con la Delegación de el Gobierno donde nos indican que todo se va a tramitar a través de un procedimiento de urgencia donde se va a simplificar la documentación que nos solicita debido evidentemente a que se debió a una catástrofe natural. Interviene el señor Alcalde: Me comentan que ya se mando el documento. Interviene Don Abel: De acuerdo, pues vale, no, lo desconocía. Bueno parece que ya se le ha notificado el informe Ana. De todas maneras te lo voy a resumir aquí antes de que recibas la documentación que por cierto veo que la, que exiges al cuerpo técnico y al político que te contestemos Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 164 de 182 en 5 días y tú dejas transcurrir más del doble del tiempo sin acceder a la información y ahora te voy a dar el dato exacto. Nosotros tenemos una reunión como te comentaba con la Delegación del Gobierno donde nos dicen que “oye vamos a simplificar la tramitación porque se trata de una catástrofe natural” bien en esa reunión estaba también, estaba el cuerpo técnico y el cuerpo político, yo me encontraba en esa reunión. Nosotros les aportamos toda la documentación que nos requieren en esa reunión, la mandamos a la Delegación del Gobierno y nos remiten, nos contestan que teníamos que requerir subsanar cierta información. Se subsana la información y nos vuelven a requerir más información pasados varios meses después de subsanar la primera. Volvemos a subsanar la información y en una tercera nos pide la Delegación del Gobierno, repito habiendo dicho anteriormente que era un trámite de urgencia donde se iba a simplificar la documentación para hacerlo más ágil: tramos, horarios, operarios, maquinaria, material utilizado por las empresas que realizaron la limpieza. Fue enviado tanto para las empresas, como para el Grupo de Gobierno y para las técnicos realizar y cumplimentar toda la información que nos pedían la Delegación del Gobierno y por lo tanto como verás en el informe la ayuda, esa subvención no la hemos recibido. No por culpa, repito, del Gobierno sino por la información que nos requieren habiendo dicho en la reunión algo totalmente contrario a lo que nos mandaban por escrito. En cuanto a la información que nos pide señora Ana y señor Dario en muchos escritos de registro de entrada nos indican que el plazo para contestar esta establecido es 5 días y es cierto que esta establecido así, esta regulado. Nosotros y no el Grupo de Gobierno, como dijo antes mi compañera Eva, sino a veces también los técnicos tienen que dejar de hacer su tarea que tienen mucha porque tenemos el personal que tenemos para contestarles a ustedes. Es el caso por ejemplo de la información que pidió usted sobre el Fotosub o su compañero, no se en ese caso quien la realizó o los resaltes de los que acaba de preguntar. Esa información se le notifica a usted por registro de salida contestando a lo que ustedes preguntan ¿vale?. Se pone en la sede electrónica y ustedes dejan transcurrir 10 días sin comparecer a la sede. Dario por lo que veo como esta bostezando no le interesa mucho lo que estoy comentando. Los registros de salida son los siguientes señor Dario y señora Ana 781, 783. Por lo tanto si les pido que si ustedes exigen a los demás lo primero es o lo ideal sería que se exigiera lo mismo a ustedes mismos. Interviene el señor Alcalde: Aclarar sobre este decreto sobre el decreto si quiero aclarar una cosa porque me toco también fue una de las peticiones que personalmente yo le hice al Ministro personalmente de la ayuda con emergencia. A nosotros nos dijeron que nos iban a ayudar sacaron esa ayuda de manera urgente además que los Ayuntamientos presentaron la documentación con una reunión que nos plantearon y fuimos todos o bueno no se si todos los Ayuntamientos pero nosotros fuimos: nuestros técnicos y la parte política nos plantearon, nos dijeron como hacer las cosas mientras estaba el volcán. Nosotros lo hicimos tal cual nos dijeron y nos requirieron tres veces más con lo cual vamos y ¿sabes lo que me extraña?. Que un Ayuntamiento, porque creo que solo lo ha recibido uno o dos creo, que recibió el dinero nos llamo a nosotros a ver como lo habíamos hecho. Digo sea, no no quiero hacer pensar mal las cosas, pero eso paso nos llamaron a nosotros como lo habíamos hecho entonces y creo que lo recibió y creo que más Ayuntamientos no, creo que de la isla pocos. ¿Por qué?. Porque se vieron imposibilitados como nosotros porque además si era rápido y como nos habían mandado, nosotros le mandamos la documentación, lo subsanamos, se lo mandamos, en una tercera ocasión se lo mandamos otra vez. Doña Ana creo que no era ágil porque era meses y meses y los técnicos bueno en el informe lo verá lo que los mismos técnicos exponen sobre lo que fue esa ayuda que no fue real para nuestro municipio. Interviene el señor Alcalde: Bueno ya aclarado todo, Doña Jéssica. Interviene Doña Ana: Puedo puedo 2 minutos. Interviene el señor Alcalde: Perdona un momento. Interviene la señora Secretaria: Si va a hacer las preguntas, si sigue haciendo las preguntas. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 165 de 182 Interviene el señor Alcalde: Bueno es de aclaración. Interviene la señora Secretaria: Las ruegos y preguntas no tiene tiempo. Interviene el señor Alcalde: Bueno venga 2 minutos Doña Ana. Interviene Doña Ana: Vale yo saco pantallazos cuando entro en la en la porque a veces bueno pues me dicen que me han mandado cosas y no me las han mandado y yo ya saco pantallazos absolutamente de todo y lo reviso si que lo reviso. A lo mejor no entro cada 10 días pero porque como tampoco me contestan en tiempo y forma pues yo no voy a estar todos los días pendiente. Lo de la Sociedad yo no se si usted sabe que yo soy astrónoma trabajo de noche si pone las cosas a las 8 de la noche solamente puedo ir algunos días, el resto trabajo entonces eso fue un lunes a las 8. Interviene Doña Jéssica: Si. Interviene Doña Ana: Y los lunes a las 8 yo trabajo. Interviene el señor Alcalde: ¿Y?. Interviene Doña Ana: Invariablemente entonces pues no puedo, no puedo ir. Bien, en cuanto a todo lo demás me parece estaba claro para la memoria o sea cuando yo leí la memoria el día 7 de marzo de 2022 que la pedí el día 3 que no estaba justificado porque las fotos no ponía ni de donde era y no había antes y después o sea yo lo tenía claro desde el principio y por eso lo he preguntado varias veces. Interviene Don Abel: Eso no es cierto. Interviene el señor Alcalde: Eso no es cierto. Interviene Doña Ana: O sea le pidieron subsanar. Interviene el señor Alcalde: No es cierto. Interviene Doña Ana: No no, además se les pidió específicamente que en la factura pusieran que calle había sido y no se y no se cuanto y eso no lo hicieron al principio, lo hicieron más tarde no lo hicieron en las primeras facturas entonces bueno pues se veía venir y bueno. Y bueno en cuanto a todo lo demás solo quería resaltar porque si me parece súper importante: lo del pintado del paso de peatones otra vez del colegio porque es que lleva, yo creo que ya lo he pedido aquí al menos una otra vez anterior. Y entiendo la motivación y entiendo lo que, que se que se convierta en una actividad de concienciación pero entiéndame yo no quiero sobre mi conciencia un accidente de tráfico y tal cual esta es muy posible. Entonces o una de dos: o se mueve a la policía para abajo y se garantiza un poco la seguridad en esa curva o se hace lo más rápido posible porque a mí realmente me preocupa y lo hablamos hace más de un año lo traje aquí. Entonces yo no quiero sobre mi conciencia un accidente de tráfico en esa zona. Entonces por favor les ruego celeridad en esa parte. Interviene el señor Alcalde: Vale. Interviene Doña Ana: Muchas gracias. Interviene el señor Alcalde: Vale. Aclarando empezando por el final usted lo ha dicho aquí nosotros tampoco queremos esa conciencia ni ninguno lo hace por una cosa o por otra. Además lo que se aclaro aquí hace tiempo es que se puso unas señales se se mejoro la zona dentro de las posibilidades que había, se le aclaro que allí tenemos lo que tenemos y se mejoro la zona. Porque Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 166 de 182 recuerdo que creo que Coalición Canaria el grupo de Coalición Canaria también comento lo mismo y nosotros pusimos señalética, estaba puesta pero con un temporal o no me acuerdo, señaletica antes se puso antes y después y se hizo lo que se puede, es lo que es y esta donde esta. Con otras actuaciones esperemos mejorarla pero Fran le acaba de explicar, el paso de peatón si esta pintado y el problema del paso de peatón no es que no este pintado porque el coche llega a la curva y lo ve, si esta pintado lo que pasa se puede pintar mucho mejor por supuesto pero tiene señalización anterior. Incluso en esa calle si se fija hemos puesto un resalto por ambos lados y después se han puesto en la calle de la biblioteca dos resaltos más de plástico para minorar la velocidad de todos los coches pensando sobretodo en esa curva. Eso se ha hecho hace meses, hace un par de meses y se puso señaletica. Con lo cual es verdad que todos estamos de acuerdo pero lo que es, es. No podemos hacer un puente levadizo allí, no podemos hacer nada que no sea otro tipo de actuaciones. Interviene Don Juan: Borja y en todos los accesos a los colegios se ha limitado la velocidad de 40 a 30 se ha cambiado todo. Interviene el señor Alcalde: Por parte del Ayuntamiento vale. Interviene Don Juan: Por parte del Ayuntamiento con un informe. Interviene el señor Alcalde: Otro dato Doña Ana a ver que nosotros y no somos sino nosotros hasta la señora Secretaria le ha explicado a usted: que usted que diga que presente un documentación y que le tengamos que contestar en 5 días es inviable muchas veces inviable y que usted presente no quiere decir que usted lo que se le tenga que dar, no se le haya dado porque yo he visto documentos que usted ha presentado que es que ya te, le hemos dado la información anteriormente o se la hemos dado pero no la información que usted quiere. Dígase el caso usted acaba de decir que le demos el estado de ejecución por partidas. Ya se le ha dado le guste o no, con los decretos y con el grado de ejecución se le ha dado lo que pasa usted lo quiere de una manera. Con lo cual a veces tiene que pensar que los técnicos tienen su trabajo como usted tiene el suyo como todos los que tenemos aquí y se le contesta casi siempre en plazo y fuera de plazo se le contesta también. Pero usted que me venga a pedir esto y sea tan moralmente o utilice la ética tan estricta para decir que nosotros tenemos que contestar en 5 días y usted en 11 o en 10 días en 10 días se deje los decretos morir , usted dice que tiene pantallazo, nosotros tenemos los decretos se lo traemos al próximo pleno si usted quiere Doña Ana para que vea que se le ha contestado porque además ya ha pasado con usted y con el otro equipo. Y es que usted dice “a mí no no no” usted tiene un compañero que se llama el señor Dario y Coalición Canaria tiene 4 compañeros porque esto pasa de otras veces esto pasa. Mira en la legislatura pasada me pasaba con el grupo de Coalición Canaria que decía que no le llegaban los documentos y cuando decía mira que te lo mandamos “si pero yo no pude entrar”. Y digo “y no tienes tres compañeros”. Y me decía dice “es que la clave la tengo yo”. Entonces ustedes son equipos, si no funcionan como equipo no es problema nuestro. Si a usted no le llega lo recibe el señor Dario, no es problema nuestro. Pero usted lo que yo creo que no esta diciendo la verdad que no se le contesta pero es que cuando lo contestamos después no lo lee y después nos vuelve a criticar pues cada uno como dice el refrán “cada palo aguante su vela”. Y lo que nos toca y nos hemos equivocado por supuesto y se le esta contestando cuando podemos pero lo que no es nuestro no. A mí el otro día me requerían en el pleno una cosa aquí el grupo de Coalición Canaria que incluso le pedí disculpas le pedí disculpas al grupo de Coalición Canaria y me dice Ana “no, es que yo lo mande” y al día siguiente fui yo personalmente a decir dame el registro y lo había mandado y no lo habían recogido y pedí yo disculpas que no se lo había mandado y en el siguiente pleno dije mira lo que pedí disculpas miralo se había mandado y no lo habían recibido. Que yo no me me que sea por lo que sea que no es meterse pero es que usted nos exige una cosa fidedigna y después por otro lado cuando nosotros hacemos nuestro trabajo porque el señor Daniel con lo que le contesto perdió su tiempo y el señor Abel también que sobretodo contesta bastante. Entonces también pierden su tiempo en contestar en vez de dedicarse a otras cosas, le pedimos el mismo respeto solo el mismo. Y el punto de la factura lo que usted dice de las facturas no es cierto y el señor Abel podría haber hablado perfectamente. Nosotros tenemos una reunión con la Dirección Insular donde nos explicaba como era el procedimiento de las facturas y lo Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 167 de 182 que tuvimos en la reunión se le hizo y se le materializo. Después de la reunión y después de mandar la documentación nos mandan a nosotros como quieren las cosas, ¿vale?, con un segundo planteamiento. Nosotros se lo mandamos todo corregido y en la tercera petición nos mandan que no, que eso, quieren más y nosotros le contestamos lo que le contestamos. Y que quieren más, es que era inviable porque no solo era que era tan ágil la ayuda que es que cuando nos pidieron la última creo que hace un año después, entonces ágil no era. Lo que me extraña, vuelvo a decir, que recibieran alguna subvención algunos que por cierto que vuelvo a decir que ellos nos llamaron a nosotros a ver como hacíamos el trabajo. Y le digo una cosa este trabajo no lo hizo ningún político, este trabajo lo hicieron los técnicos y me consta al 100% el quebradero de cabeza que les llevo y además el incumplimiento en una reunión de lo que se dijo como era el procedimiento y un técnico trabajo en base a una reunión y no se cumplió. Entonces no diga usted como dijo que las facturas iban mal, que iban sin foto. Eso no es cierto, eso no es cierto. Interviene Doña Ana: Memoria. Interviene el señor Alcalde: No, no es cierto. Iban con memoria, con fotos donde se hacía y creo que hasta los horarios memoria, la empresa y creo que hasta la factura o sea iba detallado todo con lo cual la realidad no es esa. Y espero le digo una cosa espero porque además me extraña que se preocupe por eso y por la información esa que en vez de preguntarle a nuestros técnicos que yo creo que es lo más lógico es venir al servicio de AEDL que es quien le puede explicar exactamente todo, secretaría. Y esa información no se de donde la esta recibiendo y me extraña sea otra Administración que se la da me preocuparía porque la cooperación administrativa, la cooperación administrativa me preocupa. Entonces yo le digo que si se hizo el trabajo lo que pasa que no se cumplió como era. Señora Jéssica tiene su palabra. Interviene Doña Jéssica: Bien dos preguntitas vale. Todos sabemos que la dinámica de la Banda Municipal de Breña Baja pues se ha paralizado por distintos motivos, decisiones políticas, gestiones y demás. Por lo visto y según nos cuentan distintos eh ex-componentes directores, monitores y demás pues se intenta reanudar la marcha de esta de esta Banda Municipal. Yo quería preguntar pues cual es cual es la idea futura que proyecta, algún tipo de programación, que va a pasar en general para solventar pues otra vez el comienzo, el empuje, el que esto empiece, que esto coja fuerza y que vuelva a ser pues la banda que teníamos en Breña Baja, no quiero hacer comparaciones, que comience que sea una banda como en antaño ¿no?. Interviene el señor Alcalde: Tiene más preguntas. Interviene Doña Jéssica: Si. Interviene el señor Alcalde: Vale, dígame. Interviene Doña Jéssica: Con respecto a Gandara se que no tiene local ahora mismo para ensayar, no sé, eso me comentan, eso me transmiten, no sé si es verdad y pues eso saber un poco cual sería la solución y su futuro. Después a ver la verdad que en tendencia de alcaldía el señor Alcalde nos dirigió unas palabras a todos y ahora veo que no se sigue con el ejemplo. A ver por ejemplo: el Concejal Don Fran Castañeda ahora mismo y si no me conoce pues yo hablo mis con toda confianza me dirijo a usted y le digo que sus palabras para mí son muy hirientes con unas declaraciones que, bueno sigo porque sino se me va el tiempo, vale. La intencionalidad de sus palabras pues no son del todo, son todo una declaración de intenciones con respecto hacía nosotros después que no entiendo lo que nos pedía el señor Alcalde con lo que usted nos responde. Para nosotros no es ninguna broma el tema del colegio, yo y creo que todos estamos de acuerdo y me gustaría decirle como usted muchas veces utiliza con la oposición no le permito que este intentando dejarnos con nuestras declaraciones en los distintos medios que lo que estamos haciendo por el colegio de San José es malintencionado porque es lo que intenta decir con lo que dice y como lo dice. No es así porque a mí me afecta directamente, no es así porque las personas que me pidieron que hiciera algo también pertenecen a, no sé si al AMPA Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 168 de 182 pero si que a una parte de la comunidad educativa de ese centro y todo lo que le afecta a ese centro, me afecta a mí personalmente ¿vale?. Entonces nunca nuestras intenciones han sido ir en contra del colegio de San José que es lo que ustedes están intentando. Coalición Canaria, yo como maestra, los demás como padres y familiares que también tienen niños en sus casas, yo recibí una imagen a la que no quise hacerle, o sea le hice caso omiso hasta ver si por parte de, con un tiempo razonable por parte del Grupo de Gobierno se hacia algo. Yo no, yo se que no es inmediata una solución a un problema con urgencia entonces me mantuve a la espera pero me parece que el día 6 de febrero había pasado más de un mes y allí no había pasado nada y es cuando se pusieron conmigo los padres de ese centro educativo que a ustedes les dirá que no, a mí me han dicho que sí, me han pedido ayuda ¿vale?. Así que tal vez a ustedes han accedido cierta parte de esa comunidad educativa pero no todos, no están de acuerdo con la forma que se ha gestionado la otra parte a lo mejor nos ha pedido ayuda a nosotros porque también somos parte de los que estamos aquí ¿no?. Que es que este pueblo pues como usted dice como ha dicho en otras ocasiones pues hagamos la fiscalización ¿vale?. Creemos que hemos sido bastante prudentes. Hay un problema se cayó un muro, nosotros no sabíamos, como intenta decir el señor Fran Castañeda y echarnos la culpa para ofendernos que es lo que realmente intenta, nosotros no conocíamos esa grieta hasta que se produjo el derrumbe. Nos lo cuentan posteriormente y nos dicen que a las personas que trabajan en este Ayuntamiento si se lo habían comunicado en algún momento. O sea nosotros no sabíamos eso antes de que ocurriese eh el desprendimiento. Un muro que protege al centro educativo de una ladera escarpada y demás, bueno díganle el nombre técnico que quieran, tiene peligro cuando hay niños pequeños que utilizan un parque, que utilizan ese patio al que ojo como usted dice no es competencia de este Ayuntamiento pero si se comprometió en su día a hacer sus obras que por lo que quiera que sea se han dilatado mucho en el tiempo. Interviene el señor Alcalde: No no. Interviene Doña Jéssica: ¿Vale?. Interviene el señor Alcalde: No. Interviene Doña Jéssica: Pues no lo pueden usar. Paso un mes, pasa más tiempo y muy bien las familias le piden tener un plan B pero es que ese plan B durante tanto tiempo, durante tanto tiempo se, puede provocar un accidente. Interviene el señor Alcalde: No, no. Interviene Doña Jéssica: Y es una responsabilidad y son niños y los accidentes pasan por mucho cuidado que tengamos y eso lo tiene que asumir alguien y lo asume el pueblo de Breña Baja y creo que nosotros como bien decía Ana no quiero ser responsable de eso y lo voy a denunciar mientras pueda. Vamos a arreglar eso lo antes posible, que si es de urgencia, vamos a permitir que los niños hagan su recreo en su patio y puedan utilizar su su parque. Pero es que nos hemos dilatado tanto enero, febrero, marzo y ya estamos en abril, ya estamos en abril y eso usted dirá que no, hará videos, irá a la radio y dirá lo que usted quiera pero no es ninguna mentira que cuando pasamos todos los vecinos de Breña Baja por San José el muro esta sin hacer y punto. Y dígame usted lo que usted quiera: que si cuesta, que si no cuesta, que si el papel, que si la institución, que si el presupuesto, que si no es su competencia. Da igual, usted tiene que hacer por sus vecinos y por sus niños y por ese colegio y precisamente si ustedes no hacen por ese colegio la matricula se ve afectada, no Coalición Canaria por denunciarlo, son ustedes que no han hecho lo que tienen que hacer. Y es más son padres, lo vuelvo a repetir, que vienen a nosotros a pedirnos “por favor hagan algo, nos tienen abandonados” “con el tema del muro”, estoy hablando, con el tema del muro. Si en presupuesto hay una cantidad de dinero para hacerlo. ¿Cuándo?. Interviene el señor Alcalde: Ay mama. Interviene Doña Jéssica: 110.000 euros para la obra y no se cuanto ¿cuándo?. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 169 de 182 Interviene el señor Alcalde: Ya ya termino. Vale, mire Doña Jéssica es que. Interviene Doña Jéssica: Ah no he terminado. Interviene Doña Jéssica: Perdón, era una, tengo más. Interviene el señor Alcalde: Me dijo, perdón. Interviene Doña Jéssica: Perdón si, si, lo dije yo. Interviene el señor Alcalde: Perdón, no pues mire me dijo usted y me acaba de parecer una falta de respeto como lo dijo me dijo usted “si he terminado” y de “ah no he terminado”. Le pido respeto con educación pues yo estaba y es verdad que yo estaba con la cabeza porque estaba y lo reconozco, estaba diciendo cosas que creo que no sabía lo que estaba diciendo y aparte esta diciendo que a nosotros los niños no nos preocupan nada nada. Interviene Doña Jéssica: Yo no he dicho eso. Interviene el señor Alcalde: Lo ha dicho, lo ha dicho. Interviene Doña Jéssica: He dicho. Interviene el señor Alcalde: Y que usted va a demandar todo lo que estime oportuno con el muro. Cuando el muro en el momento uno se balizo pero bueno yo le voy a contestar que he ido apuntando todo. Interviene Doña Jéssica: Vale. Interviene el señor Alcalde: Cuando no le he hablado personalmente, cuando no he mirado es porque estoy apuntando todo, no es porque no quiera escuchar ni mucho menos sino estoy apuntando todo. Termine con la otra pregunta Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Vale. Vuelvo a decir señor Alcalde tendencia alcaldía vamos a evitar la hostilidad entre nosotros esto cada vez se esta convirtiendo en algo más difícil de llevar porque bien. Señora Eva Concejal resulta que nosotros no tenemos la molestia imagino a que se refiere a que no nos tomamos la molestia muchas veces no se cuantas dice usted que muchas veces Daniel dio un ejemplo bien y que es una pena que se nos mande la información y no lo abramos. Bien si realmente no queremos ser hostiles entre nosotros ¿por qué esperamos al pleno para proponerlo y hacerlo público?. ¿Por qué no nos planteamos oye qué esta pasando que esta gente no esta entrando en este portal?. Vamos a solucionarlo para evitar la hostilidad y para hacer todos un trabajo en equipo por el bien de Breña Baja pienso ya que estábamos hablando de no ser tan hostiles con los demás. Ya termine, ahora si perdone usted señor Alcalde. Interviene el señor Alcalde: Yo alucino y vuelvo a alucinar encima que ustedes no hacen la parte que les toca, que nos critican a nosotros por no hacer la nuestra supuestamente encima que nos lo critican nosotros tenemos que avisarles “señores que tienen un documento allí” por no hacer su trabajo ustedes. Es que yo esto la verdad que hoy me parece surrealista y lo siento y uno también se desespera ante ustedes, lo siento y pido disculpas pero me desespero porque que usted me venga a decir que yo encima que entrego la documentación en plazo, yo no el sistema, le entrega en plazo yo tengo que avisar a usted que reciba que tiene una documentación pendiente cuando después son ustedes los que me critican a mí. El otro día me criticaban, vuelvo a decir, el otro día me criticaban claramente porque no había documentación cuando el señor Abel le enseña la documentación y le enseña punto por punto lo que querían después decían que no, que es que la documentación eran mil y pico páginas y Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 170 de 182 era mucho. Señores por favor yo se que puedo ser un Alcalde que no marcaré no llevare bien muchas cosas pero señores usted también se están oyendo lo que están planteando. Doña Jéssica es que es muy fuerte lo que usted encima o sea ustedes por fuera nos pueden mentir, pueden decirnos de todo, pueden nombrar a todo el mundo, pueden nombrar a la familia lo que sea todo el mundo pero nosotros tenemos que quedarnos callados porque nosotros lo que hacemos aquí esi aclararle con datos todo los que ustedes ponen con datos. Si no les gusta lo que oyen lo siento pero permitan que por lo menos tengamos nuestro rincón para decirle esto que usted dijo no es así, esto es así, aquello es así. Entonces usted no nos venga a decir a nosotros que encima su trabajo se lo hagamos nosotros porque me parece una falta de respeto lo que ha pedido porque aquí su grupo político nosotros cuando teníamos correo electrónico y no teníamos el Gestiona me acuerdo como su grupo político dijo “no, es que no me llegan las cosas”. “Mira si te llego, mira el registro”. Se lo enseñábamos y me decían “claro pero es que yo no pude ver”. Pero tienes 3 compañeros más que lo pueden ver. “Pero es que la clave la tengo yo”. Eso lo hemos aguantado nosotros y ¿tenemos que aguantarlo? ¿es nuestro trabajo?. No, es el suyo. Y encima que usted en su tiempo le pusimos un correo electrónico que no era ley, lo que hoy es un programa se lo pusimos nosotros porque quisimos y le mandamos la documentación y no era ley, la documentación la tenían que venir a recoger o iba la policía a dársela. Entonces encima que lo hicimos nos lo criticaban pues ahora su trabajo nos lo van a criticar, yo alucino de verdad. Y las peleas no son Doña Jéssica, las peleas son porque ustedes piensan que nosotros podemos aguantar todo lo que ustedes digan. Yo puedo aguantar que diga aquella señora que yo cobro el doble, yo puedo aguantar que diga que a mí me han llamado a mí me han dicho públicamente ustedes además su grupo que yo he faltado al respeto, no se que y he llamado personalmente a un compañero de su grupo político lo he llamado para decirle “señor X en algún momento yo he faltado al respeto a usted”. Y sabe lo que me contesto me dijo “no”. Digo “y entonces porque lo publicas en tu redes y esas cosas” y me dice “bueno es porque el partido quiere ponerlo”. Eso me lo dijo un Concejal que esta sentado en esta mesa. Entonces Doña Jéssica eso si lo tengo que aguantar yo pero ustedes se pueden quedar de rositas y aquí las peleas no pasan. O sea usted el discurso suyo es bonito es el que yo quiero también pues vamos a practicar con el ejemplo todos usted y nosotros. Pero mire el señor Fran, y después le voy a dar la palabra y a la señora Eva, el señor Fran le digo una cosa hoy ha sido yo creo que demasiado condescendiente con sus palabras con respecto incluso y lo digo lo reconozco a otros momentos pero ha sido condescendiente cuando ustedes han faltado al respeto a nosotros. Yo he tenido que levantarme aquí un viernes y ir allí a sacar un vídeo que no dije ni una sola mentira y le demostré a la ciudadanía con dos pasos con dos pasos lo que se estaba haciendo desde el momento uno. Mostré la seguridad que había desde el momento uno, mostré el trabajo que se estaba haciendo desde abajo, un buen trabajo desde abajo porque tenemos un técnico que es aparejador, arquitecto técnico y fue a petición de él y le digo una cosa es falso que ese muro tuviera grietas de ningún tipo. Interviene Don Daniel: Puedo. Interviene el señor Alcalde: Perdona Dani dejame terminar y después te dejo la palabra. Pero mire prudente usted nos dice que nosotros tenemos que ser prudentes, yo creo que los prudentes tienen que ser ustedes, Doña Jéssica cuando veo una nota de prensa que la foto esta sacada del otro lado del colegio la nota de prensa dice literalmente literalmente “no se cumple los niños del colegio no tienen seguridad en su patio, las obras prometidas no se están haciendo”. Eso lo dijeron ustedes, no nosotros ¿eso es prudencia?. Eso están diciendo a los padres que quieren hacer su matrícula “no vengan que el Ayuntamiento esta haciendo un disparate”. Entonces si cuando yo en el otro momento lo saque por otro lado y saque el vídeo ponía que justo creo que fue el día siguiente, saque el vídeo y justo se estaba viendo la obra completa. Lo que pasa que usted lo que no le dice a la ciudadanía o a esos padres porque muchos padres, muchos no, algunos no lo sabían que el muro se estaba haciendo desde abajo con un talud de 7 metros de altura por 40 o 50 metros de largo, eso no se hace en un mes Doña Jéssica, con personal de convenio. También para que usted lo sepa, el señor Fran y se lo aclarara después fue a la Consejería de Educación se reunió con la Directora Insular de Educación para preguntar quien tenía la competencia sobre el mismo. Hubo que hacer un informe, lo pidió la Directora y el señor dijo, cuando vimos que no se sabía quien era, dijimos “no, vamos a actuar” y no fue el 6 de febrero Doña Jéssica se actuó desde antes lo que pasa que ustedes en vez de preocuparse, de ver como se estaba o Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 171 de 182 preguntarnos a nosotros, hicieron caso a no se quien. Porque le digo una cosa la gente que hay dos personas, hay una persona que hablo con usted, dos personas que hablo con usted creo, que hablaron conmigo y me dijo lo que hablo con usted, entonces verdaderamente se hasta unos de los casos de donde. Entonces la realidad es que Doña Jéssica usted si que esta siendo imprudente con con hacer lo que ha dicho del centro porque mire demostré con un simple vídeo que el centro estaba totalmente seguro para los niños y usted dice que no hay patio, hay un pedazo de patio pero para que usted lo sepa el centro ya utilizaba el campo de fútbol antes de el problema con el muro ¿eso no lo ha dicho verdad?. Pero lo utilizaba ya antes ¿vale?. A petición del AMPA lo utilizaron mientras tanto después mientras tanto esta la obra cerrada pero es que ellos mismos nos dicen que lo quieren seguir utilizando. Entonces no lo digo yo, lo dice el AMPA y usted no se quien representa pero los padres están representados en el AMPA, todos los padres, todos los padres están representados en el AMPA, todos los padres ¿vale?. Punto número 1 con lo cual usted si sacó y fue imprudente sacando una nota de prensa o una anotación en redes sociales o lo que sea diciendo que “salir del centro e ir al campo futbol no era seguro”. Eso lo dijo usted y fue una petición que la hicieron los padres, no lo dijimos nosotros, fueron los padres. Entonces ¿quien es imprudente usted o nosotros?. Usted es imprudente porque eso si afecta al centro y a la matrícula. El no tener seguridad en las vallas y todo eso también afecta y se lo demostré vallado explicado y todo y después la obra si se estaba haciendo desde el momento uno. El señor Fran también tiene derecho a cabrearse, como usted se cabrea y altero la voz, tiene el derecho a cabrearse el señor Fran, tiene el mismo derecho que usted pero el derecho nuestro ¿sabes cuál es?. Gestionando, intentando solucionar un problema y otros sin ni siquiera preguntarnos, no nos preguntaron a nosotros nada. Un padre le puede decir que yo me suicide ayer y usted se lo cree por lo visto, por lo visto se lo cree, visto lo visto con muchas cosas que pasan con su argumento. Pues no, Doña Jéssica. Llame, pregunte, pregunte a su técnico lo que esta haciendo, vaya allí y vea el muro donde se cayó, mire lo que se esta cayendo, si ve un perímetro porque además es que las fotos son evidentes, la foto se veía evidentemente como estaba la tierra amontonada, como estaba los bloques, como estaba los cementos, como estaba las amasadoras y como estaba los pilares los peris subiendo es que las vemos ahí y esas fotos no son de cuando yo hice el video, esas fotos son de antes y de más de un mes antes que condiciona el tiempo que usted dijo ¿vale?. ¿Entonces quien es el imprudente ustedes o nosotros?. Yo creo que queda claro para quien sea coherente, queda claro que los imprudentes han sido ustedes para decirlo públicamente de la manera que lo han dicho y que hay una matrícula en curso y que tenemos riesgos de que por la imprudencia de sacar algo que no es real se vayan niños o no vengan matrículas eso es lo que me preocupa a mí como Alcalde. Le digo otro dato usted dice que hiciéramos algo pero es que lo estamos haciendo es que lo vuelvo a decir es que lo hemos hecho desde el momento uno que se vallo. Mire es que yo fui al colegio, el señor Daniel estaba en el colegio cuando se derrumbo el muro, estaba en el colegio no se si se lo han dicho pero él estaba cuando se derrumbo el muro. A mí me llamaron yo salí corriendo de aquí, perdón Dani, salí corriendo de aquí y llegue allí y las vallas se trajeron yo estando allí. No había ni un niño fuera estaban todos en las aulas porque estaban en época escolar que era con el viento. Entonces no me vengan a decir quien esta siendo imprudente otra vez diciendo información falsa, ustedes. Otro dato: no existe grieta ya se lo expuse. El patio vuelve a decir que el patio no es seguro, el patio es totalmente seguro al 100% para los niños y los niños están realizando su actividad física en una instalación mucho mejor que lo que puedan tener con 20 obras en ese centro ¿vale?, dicho por el AMPA. Plan B es lo que usted se refirió al accidente. No no, accidente no, los niños salen de un centro con unos monitores, cruzan una acera que esta perfecta cumple con la normativa, cruzan un paso de peatón, suben con una normativa en una carretera, ninguna de las dos son carreteras, ninguna de las dos que tengan que cruzar son carreteras como la que esta en frente del colegio, sino carreteras vecinales municipales van al centro y realizan perfectamente la actividad. Que diferente suena cuando lo digo yo hacia la luz pública a como lo dice usted, suena muy diferente y la realidad en este caso por mucho que usted lo diga, no es que lo diga yo, lo ha dicho el AMPA ¿vale?. No lo dijimos nosotros, la Asociación de Padres y Madres de San José lo dijeron ellos. Fíjese ni siquiera son palabras mías para que como dijo la señora Ana diga que la realidad es la nuestra, lo dijo el AMPA . Entonces imprudentes es quien intenta sacar un rédito de algo que no es cierto. Mire le digo un detalle usted quiso sacar aquí, mire aquí quiso sacar encima no sabe ni siquiera, que eso me preocupa más y le debe preocupar a los ciudadanos, la cantidad exacta que esta para la obra del centro porque encima puso que lo que esta en el presupuesto es para el muro. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 172 de 182 Interviene Doña Jéssica: No no no. Interviene el señor Alcalde: Lo dijo. Interviene Doña Jéssica: No no no no. Interviene el señor Alcalde: Lo dijo, perdón Doña Jéssica lo verá reflejado y quizás se equivoco, perdón Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Que estaba reflejado. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica perdón Doña Jéssica. Usted lo verá en el acta siguiente y verá que usted dijo que en primera instancia que lo que estaba en el presupuesto fue para el muro. Lo dijo, se habrá equivocado oiga perfecto usted esta aclarando que no dijo eso perfecto pero dijo una cantidad de 110.000 euros otro dato falso o sea es una cantidad de 75 para terminar la obra esta puesto aquí , no lo digo yo, esta aquí. Entonces me preocupa que ustedes no sepan lo que esta en un presupuesto, lo que han votado y me preocupa porque encima la obra sabe que no se ha materializado que ya se termino porque ustedes tampoco han dicho que en la casa de los maestros en la parte alta cuando se fue la señora se acaba de hacer un aula con fondos propios también y con convenio para hacer un aula más al centro, bueno dos aulas más, una oficina y un baño. Eso se ha hecho también al centro ¿para qué?. Para habilitar que se pueda permitir el terminar esta obra. Eso tampoco lo han dicho del centro con lo cual es muy diferente cuando usted lo dice, cuando decimos nosotros porque si lo decimos nosotros de esta manera los padres se pueden pensar “claro mi hijo va a tener una obra terminada, mi hijo va a tener seguridad y mi hijo ya tiene hoy un aula más, un baño más y una sala de juegos más”, eso pueden decir los padres que nos oyen a nosotros que es real, esto lo dice el AMPA también. Diferente es lo que dice usted: hay peligro, no hay seguridad no se cumple con la normativa. Tantos disparates que eso si son imprudentes hacia la población, Don Daniel termine este dato. Interviene Don Daniel: Yo solo quiero decir una cosa cuando hablan de la grieta yo tremendo acto de responsabilidad por vuestra parte hacer, yo me entero porque hay una grieta por Facebook por una por un comunicado vuestro porque no tenía conocimiento de esa grieta. Cuando el muro se cae yo estaba dentro del aula, estaba en el colegio era un día de temporal, estábamos en el colegio con la directora por un caso de la obra que se esta ejecutando. Se cae el muro desde el mismo momento que se cae el muro se sucede una serie de acontecimientos donde se recoge el muro, se valla la obra y se empieza el procedimiento para arreglar ese muro. Pues venís a decir que no hay nada y venís a poner, yo me entero que hay una grieta, el conocimiento de una grieta por una comunicación de Facebook. Interviene el señor Alcalde: Y yo. Interviene Don Daniel: Vuestra, o sea tremendo acto de responsabilidad por vuestra parte saber del conocimiento de una grieta que suponía tal peligro y la primera toma de contacto sea hacer un comunicado no, en no o sea yo me entero que hay una grieta en un colegio no lo pongo en Facebook voy y digo “oiga aquí pasa esto”. Interviene Doña Jéssica: A posterior. Interviene Don Daniel: Entonces. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Jéssica. Interviene Don Daniel: Estoy hablando. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 173 de 182 Interviene Doña Jéssica: A posterior. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Jéssica perdone, perdone. Interviene Don Daniel: Ningún conocimiento de esa grieta. Después de eso el muro se cae, se recoge ese día, se valla el colegio y se empieza la obra. Se descubre que por parte, por culpa de esa enredadera ese muro estaba en pésimas condiciones. Con gente nuestra, con fondos propios se empieza la reparación de ese muro la vecina de debajo una persona encantadora nos da el permiso para entrar, le limpiamos el huerto, hay que pedir una serie de cosas, ¿qué tardan?. Son los medios que tenemos pero no se ha dejado de hacer nunca nada, coordinación con la directora y con tal. ¿Qué grieta?, ¿qué grieta?. Porque yo le pregunte ¿qué grieta había aquí?. El muro se cae porque esta cogido con una enredadera, hay un temporal de viento y tiene los años que tiene. Un accidente como tú misma dijiste un accidente puede pasar en cualquier sitio por mucho que tal, pero que yo no y es que no salí de mi asombro o sea una grieta a mí ni la directora, ni padres me habían dado nunca conocimiento de una grieta. Digo si ustedes lo sabéis a que esperasteis para comunicarlo, a hacer un comunicado primero. Es lo único que quiero decir. Interviene el señor Alcalde: A mí me parece, Dani apunto una cosa para que después digan imprudente no es, dígase mi retorica, imprudente no es el que ustedes en vez de llamar a un Ayuntamiento si detectan que hay una grieta en un centro escolar no llamen directamente al Concejal de Obras y digan mira hay una grieta, no lo que lo pongan en Facebook a ver quien se entera. Eso si es imprudente que no le guste, señores, que no le guste lo que yo estoy diciendo. Interviene Doña Jéssica: A posterior. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: A posterior. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica yo le respete todo lo que dijo. Interviene Doña Amanda: Es que eso no lo dijo. Interviene el señor Alcalde: Perdón. Interviene Doña Jéssica: Es que yo. Interviene el señor Alcalde: Perdón, que a ustedes no les guste las contestas nuestras que son claras y concisas en este caso no son problemas nuestro, no se voten a la piscina y después retrocedan o tengan ese problema porque ustedes dijeron y lo acaba de decir el señor Daniel. Entonces eso no es un acto más de imprudencia. Pues ya esta mas es que más sobre este tema, Don Fran si usted quería aclarar algo del tema. Interviene Don Fran: Si es simplemente añadir usted dice que le importa la educación y se altera y demás pues sí le importa miente sobre ello. Es una incongruencia que no entiendo. Si ustedes ese día si caminan por esa pasarela por aquí. Interviene el señor Alcalde: Ven la obra. Interviene Don Fran: Si caminas por aquí vale pues justo aquí ¿sabes lo que había?. Ups un muro y saben lo que dicen ustedes que no hay muro. Interviene Doña Jéssica: Me interesa saber. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 174 de 182 Interviene Don Fran: Estoy hablando. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Jéssica. Interviene Don Fran: Estoy hablando. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Jéssica. Interviene Don Fran: Estoy hablando. Miente miente y sabes. Interviene Doña Jéssica: Y solo es eso. Interviene Don Fran: Después de usted decir que no. Interviene Doña Jéssica: Y solo tenías. Interviene el señor Alcalde: Perdón Doña Jéssica. Interviene Don Fran: Estoy hablando, estoy hablando. Interviene el señor Alcalde: Al orden por primera vez la llamo al orden usted tuvo su momento las explicaciones también las tenemos que dar nosotros, le pido al orden ¿vale?. Y Doña Amanda también ¿vale?. Usted si no le gusta su propia publicación no la haga pero es suya. Ese resumen que esta Fran haciendo el señor Francisco Martín Castañeda es su publicación en redes sociales ahora se la enseñara ahora se la enseñara Doña Jéssica ahora se, es su publicación Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Si, si, si. Interviene el señor Alcalde: Es su publicación pues ya esta se acabo ya esta, no quiero llamar más al orden. Interviene Doña Jéssica: Hay más fotos de las cosas. Interviene el señor Alcalde: Francisco, Doña Jéssica segunda vez al orden, es la foto eso que esta Fran esa foto que esta poniendo el señor Fran Martín Castañeda es la publicación exacta copiada de su muro de redes sociales esa. Interviene Doña Jéssica: Solo había esa foto. Interviene Don Fran: Simplemente. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica a la tercera vez le pido que deje el pleno. Interviene Don Fran: La cogimos mintiendo, no pasa nada pero quizás la importancia en educación pues bueno no se, se me queda corta. Si se fija usted puede decir que no pero es que tiene la torpeza que hay una prueba evidente mire la fecha en la fecha usted dice aquí que el 15 de marzo no hay muro, vaya por Dios, tenemos un muro. Me puede mirar por favor. Interviene Doña Jéssica: Si, tú hiciste esa foto. Interviene el señor Alcalde: Por favor. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 175 de 182 Interviene Don Fran: Hace mucho tiempo que el muro esta acabado entonces es simplemente ver las fechas usted puede decir que no pero es que de aquí usted no me sale ahora, son las fechas y estas son las fotos que son, usted esta mintiendo. Interviene Doña Jéssica: Si, claro. Interviene Don Fran: Y una vez más yo espero que se haya equivocado en la frase que dijo de “vimos la foto de la grieta y demás, hicimos caso omiso”. Si el centro educativo sabe que eso existe ahí o sea le puedo asegurar que están aquí todo el día, todo el día, la directora y el AMPA y usted dijo que hicieron caso omiso a ver si nosotros hacíamos algo. Si eso es así, muy grave muy grave. Si quieren le le paso las fotos los la fecha. Interviene Doña Jéssica: Las tengo. Interviene el señor Alcalde: Fran las tienen porque son sacadas por ellos mismos ¿vale?. Interviene Doña Jéssica: La grieta. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica perdón perdón. Interviene Don Fran: No tiene memoria. Interviene Doña Jéssica: Me dejas. Interviene el señor Alcalde: Perdón no no que no a ver Doña Jéssica si estamos hablando nosotros no interrumpa. Interviene Doña Jéssica: Me estas acusando de algo que no es. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica si no estamos terminado no interrumpa. Interviene Doña Jéssica: Vale, este el plan. Interviene el señor Alcalde: No interrumpa por favor vale he pedido dos veces el orden, ya debería haberle dicho la tercera ¿vale?. Cuando se termine usted después pregunta si quiere como mismo le permití a la señora Ana que me lo pidió, ojo fuera del reglamento digo porque ustedes son los que han pedido que se siga estrictamente el reglamento lo han pedido ustedes, fuera del reglamento a la señora Ana le di 2 minutos que no fueron dos, fueron un poco más pues ahora al igual que se, ella me lo pidió yo se lo iba a dar a usted pero entienda que fuera y quiero que quede claro y en acta que usted lo esta pidiendo fuera del reglamento y se lo hemos dado para que después no se diga que no somos unas personas, somos dictadores como se ha dicho. Don Fran. Interviene Don Fran: Y quizás como pues como veo que su móvil no no saca las fotos del todo bien pues por lo que veo le puedo pasar el aula, le puedo pasar la escalera también que vamos acabamos de poner. Interviene Doña Jéssica: Ya la vi. Interviene Don Fran: Quizás en su móvil no salga ¿no?. Entonces una vez más si pido por favor que ante esto no haga ningún tipo de demagogia que no mienta. Al final no hay debate porque las fechas son las que son y y es que lo publican ustedes hay que ser torpes. Con esto no me jueguen por favor porque no lo estoy diciendo yo, lo esta diciendo el AMPA que son las familias y las familias saben quienes son los niños, los niños y es la educación que usted dice que le importa tanto. Si le Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 176 de 182 importa, no miente. Interviene Doña Jéssica…… ilegible. Interviene el señor Alcalde: Doña Jéssica por favor la próxima vez que vuelva a interrumpir a un compañero le pido que se retire ¿vale?. La próxima vez, si señor Tanausú le acaba de decir “y usted tampoco” se lo acaba de decir se lo acaba de decir ella a al señor, a vale usted no pero vale. Doña Eva usted tenía que contestale. Interviene Doña Eva: ¿Que voy a decir?. Que tengo yo que hacerles el trabajo de ustedes, se les envía la información y tengo que coger el teléfono “mira es que tienen la información en la plataforma” creo que no. Y otra cosa que quería añadir que ¿si puedo?. Interviene el señor Alcalde: Claro. Interviene Doña Eva: Que antes la señora Ana pedía respeto y porque dice que ellos trabajan más que nosotros con simplemente venir aquí. Quiero decirle a la señora Ana que yo estoy al 70% y vengo aquí a más del 100%. ¿Sabe usted a cuantos partidos de fútbol de mi hijo me pierdo yo?. ¿Sabe usted cuantas actuaciones de mi grupo folklórico no voy yo?. ¿Verdad que no?. Pues no vuelva usted a pedir respeto a los demás sino incúlqueselo usted misma ¿vale?. Porque yo pierdo o dejo de darle mi tiempo a mi familia por estar aquí al 100% no, al 200% simplemente eso y vale si cobro pero muchas veces le aseguro que esto no esta pago con dinero. Interviene el señor Alcalde: Ya acabamos con el centro punto número 2 Gandara si tiene local no se quien le dijo a usted pero Gandara si tiene local. Gandara ahora mismo tenía un local que es que se va a hacer una obra hemos conseguido hace tiempo una financiación de 560 o 580.000 para mejorar para ampliar otra planta más en el Centro de Día y ampliar otra planta bueno dos plantas en total hacer mejor el Centro de Día más completo. Eso yo no, por cierto no lo había oído que se ha dicho en el pueblo no lo había oído pero es muy importante que los mayores hemos pensado y hemos conseguido una financiación para ampliar nuestro Centro de Día un orgullo que ya en su tiempo lo abrimos y que ahora lo hemos porque tenemos una demanda lo hemos ampliado, lo vamos a ampliar. Entonces Gandara esta utilizando una parte de la zona de la obra que se va a realizar y a Gandara se le pidió que un momento determinado sacara, como a Gandara a Alfaguara y a otras entidades, que estaban, a ayudo a diferentes cosas hemos sacado de la instalación a otro lugar mientras tanto se termine la obra ¿vale?. Entonces Gandara si tiene local. Don Fran. Interviene Don Fran: Si aprovechar pues como bien dice el señor Alcalde conseguimos unos fondos para la obra esa obra pues empezó, esta adjudicada no sé si pues por si lo sabes o quizás si y dicen que no. Vuelven a mentir, había que desalojar ese edificio porque comenzaba la obra, sacamos las actividades que habían allí evidentemente porque hay una obra y a Gandara se le planteo distintas ubicaciones, distintas ubicaciones por el perfil de colectivo se les plantearon que eligieran ellos distintas ubicaciones. Se eligió el Balcón Canario agradecer desde aquí al Balcón Canario como a su presidente la plena disponibilidad no solo de los días para que puedan ensayar allí sino de un cuarto para dejar sus cosas. Fue el personal municipal el que movió sus cosas hasta donde ellos eligieron, proporcionarles un cuartito, después una llave también. Y incluso posteriormente se pidió que si en vez de los martes y miércoles si podía ser martes y jueves y se cambio una actividad del Balcón Canario por su presidente en este caso al cual se lo agradezco y bueno otra vez han elegido siempre lo que lo que han querido en distintas opciones, día y hora. De esto exactamente se informo hace 22 días que me presente en un ensayo de Gandara se le informo así el colectivo esta contento porque son decisiones de ellos propios. Sabemos de donde viene esta información que vaya por Dios es equivocada, usted y yo sabemos de donde viene. Por cierto agradecer al colectivo Gandara asociación canaria que cuando me presente allí con el proyecto para explicárselo todo perfectamente y darles todas estas posibilidades me dedicaran la canción que me dedicaron que tendrían que oírla que fue espectacular. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 177 de 182 Interviene el señor Alcalde: Y el punto número que quedo que era el uno lo de la banda solo una anotación me sorprende que se diga lo de la banda se diga que se pregunte como esta la banda pero se digan anticipadas que ha habido una paralización por decisiones políticas o gestiones diversas y que se lo había trasladado algún componente de la banda anterior. Pues eso me preocupa más y bastante porque yo como Alcalde y la Concejal de, perdón, la Concejal de Cultura Ana y yo como Alcalde nos sentamos con todos los componentes de la banda en una reunión antes de que hubiera ningún tipo de cambio pero porque teníamos que parar la banda y nos arriesgamos a mantenerla hasta que se finalizaran los contratos, contratos que finalizaban a final de diciembre. Y yo personalmente bueno la Concejal personalmente y yo personalmente nos trasladamos con todo además estaban todos los componentes de la banda no fue una reunión en un aspecto fácil pero expusimos todos y cada uno de las realidades sobre la banda. A la vista esta que nosotros evidentemente dentro de una banda hay amigos, hay gente con más afinidad, hay cercanía y algunos deciden en un momento pues no seguir pero eso es por decisiones personales pero la banda en un momento determinado terminaron un contrato con unos monitores, no podíamos renovarselo, no podíamos renovarselo con dos, los otros sí. A además para que ustedes lo sepan la decisión de la banda se tomo con los dos monitores que no están y con los dos y con una, con tres monitores que no están y con la monitora que esta. Con los cuatro la señora Concejal y yo en en una sala de reuniones en diciembre fue o en enero. Interviene Doña Ana: En enero. Interviene el señor Alcalde: En enero nos sentamos todos para ver si seguían porque iba a haber clase dos días después, como seguíamos. Evidentemente los monitores que no están dos de ellos uno es porque le salio bueno por otra oferta laboral y dos monitores no siguieron porque ya lo sabían el motivo porque lo sabían se le había acabado el contrato, no rescindido, se le había acabado su contrato y no se le podía renovar el contrato lo saben personalmente. Incluso en esa reunión de cuatro se planteo una cosa “oye empezamos con dos monitores la banda el jueves y los niños no pierden clase o paramos la banda hasta conseguir los cuatro ustedes que creen”. Y opinaron los dos monitores, la monitora que esta y los otros tres monitores opinaron que no “vamos a parar, conseguimos la estructura de la banda y la volvemos a poner en funcionamiento”. Eso dicho por los monitores, eso fue así si no me lo sientan nos sentamos los cuatro con ustedes no tengo problema y me lo aclaran delante. Fue una solución que dieron los mismos monitores que ya no están. “No, vayan a pararla, la paramos es mejor para los niños por el bien de los niños la paramos y cuando este el cómputo completo empiecen con con esto por el bien de los niños”, eso lo lo acordamos en una reunión. ¿Qué se ha hecho?. La señora Concejal dio un plazo, el plazo se empezó incluso antes del plazo que se dio y se consiguió tres monitores. Vuelvo a decir 2 porque no se podía renovarles, 1 porque por circunstancias y gracias a Dios tiene una oferta laboral muchísimo mejor que aquí y ojala sea indefinida y otra persona que estaba, sigue con nosotros. Se ha hecho y ha empezado la banda a funcionar. Evidentemente, bueno la banda la vimos el otro día en la misa los que estuvimos en misa los que estuvimos vieron vieron la banda y pudieron ver que estaba, evidentemente hay bajas en la banda eso hay que reconocerlo pero hay precisamente hay otras altas en la banda que eso también hay que decirlo pero las bajas en la banda pues es mayormente. Ya paso la otra vez, ustedes saben que nosotros cogimos una banda pues muy mal en malas condiciones, intentamos levantarla no supimos tampoco momentos determinados y la logramos levantar bastante técnicamente la gente que trabajaba y a la parte de Grupo de Gobierno y sus Concejales y los técnicos del Ayuntamiento. Pero a día de hoy hemos pasado por un ciclo y no es el mismo ciclo que tuvimos hace años con lo cual la banda como se esta trabajando con la Casa de la Música cuando se termine, con la instrumentación, con todo lo que hemos hecho volverá a ser la banda que teníamos hace un par de meses pero la banda a día de hoy lo importante esta funcionando. Doña Jéssica usted como le di 2 minutos a la señora Ana ¿quiere 2 minutos?. Interviene Doña Jéssica: Si por favor, Fabián quieres intervenir. Interviene el señor Alcalde: Pero espera perdón para un tema los dos minutos para un tema ya estipulado aquí, no es para un tema nuevo porque si es para un tema nuevo no, ya usted lo pregunto, es para un tema hablado. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 178 de 182 Interviene Don Tanausú: Bueno si me dan 30 segundos nada más, yo quiero 30 segundos nada más y he escuchando el debate abierto y demás y por las discusiones se me viene a la cabeza o sea que por ejemplo cuando nos vienen los plenos y esto es en en pos de contribuir a que el funcionamiento sea mejor o que la información que nos llegue la recibamos. O sea realmente entiendo a los que trabajan en la Administración, entiendo a ustedes que están más conectados a la red o conectados en los expedientes y demás y entiendo la parte de fuera. Entonces si es verdad que a mí por ejemplo cuando me llegan, yo tengo como dos correos o sea el corporativo y el correo mío particular bueno tengo como tres correos, cuando hay convocatoria de pleno, de comisión me llega un correo o sea masivo “tienes una notificación del Ayuntamiento de Breña Baja” o yo trabajo en Los Sauces me llega una notificación de un expediente solicitando las vacaciones y demás. Entonces creo que no es tan complicado o sea para los informáticos o sea es en pro de mejorar de que cuando yo me llegue una documentación solicitada y eso tiene un número de expediente recibas un correo “tienes una notificación del expediente tal tal tal”. Entonces no se si eso se podrá hacer eh hablar con lo técnicos y preguntarles si. Interviene la señora Secretaria: Nosotros siempre hemos prestado desde secretaría con el departamento TIC todas la las posibilidades que tenemos. Interviene Don Tanausú: Ya ya. Interviene la señora Secretaria: Creo que cuando ustedes tomaron posesión lo primero que les pedimos fue un correo y como los correos no funcionaban si hicieron unos corporativos. Interviene Don Tanausú: Si si. Interviene la señora Secretaria: Y ahí es donde yo creo que pregunte antes de empezar el pleno si todo el mundo había recibido. Interviene Don Tanausú: Si pero. Interviene la señora Secretaria: Las notificaciones con la documentación y todos me contestaron que si. Interviene Doña Amanda: Pero. Interviene el señor Alcalde: Pero no, si habla, habla uno. Interviene Don Tanausú: Claro, no pero. Interviene la señora Secretaria: Estamos abiertos a otras posibilidades. Interviene Don Tanausú: Si si, no pero cuando. Interviene la señora Secretaria: Pero posibilidades técnicas por favor. Interviene Don Tanausú: Otra cosa es una convocatoria Evelia. Interviene la señora Secretaria: Si. Interviene Don Tanausú: O sea no me quiero equivocar o creo que no me estoy equivocando, una cosa es una convocatoria de una comisión. Interviene la señora Secretaria: Ah bueno es lo que a mí me corresponde. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 179 de 182 Interviene Don Tanausú: Claro exacto y otra es una contestación de un técnico o de arquitecto ¿me entiendes?. O sea eso se le. Interviene la señora Secretaria: Los escritos cuando ustedes los presentan. Interviene Don Tanausú: Les va al técnico ¿no?. Interviene la señora Secretaria: Va, bueno no sé todos vienen a la alcaldía todos los escritos los ve la alcaldía y se dirigen a contestar según sean políticos. Interviene Don Tanausú: Exacto. Interviene la señora Secretaria: Que no entramos o técnico y se dirigen a los correos que ustedes nos han facilitado. Interviene Don Tanausú: Si pero o sea cuando el expediente viene de vuelta o sea. Interviene la señora Secretaria: Si ustedes quieren cambiarlo. Interviene Don Tanausú: La respuesta viene de vuelta. Interviene la señora Secretaria: Pues nos lo comunican. Interviene Don Tanausú: Vale Interviene la señora Secretaria: Entienden si ustedes quieren cambiar el correo nos lo comunican ustedes nos ponen. Interviene Don Tanausú: No no no. Interviene la señora Secretaria: Un correo electrónico, nos lo comunican. Interviene Don Tanausú: No es el correo, no es el correo, lo que es, lo que hay que cambiar. Interviene el señor Alcalde: Perdón perdón. Interviene la señora Secretaria: Ahí mandamos las comunicaciones. Interviene el señor Alcalde: Perdón ahí disculpen perdón esto es un tema que podemos hablar fuera del pleno o a ustedes cuando han querido o han tenido algún problema con la plataforma o eso han venido han hablado directamente sin pasar por nosotros con el informático con lo cual pueden aclararlo y pueden llamarlo, venir o hacer lo que estimen oportuno pero es un tema técnico. Legalmente el Ayuntamiento de Breña Baja cuando es pleno avisa. Ustedes se les, como hubo un problema al principio se hizo un correo corporativo para todos, lo tienen, a ese correo es a donde tiene que llegar todo se le esta avisando y se le avisa que lo que le llega los escritos no pero lo que le pedimos a ustedes a ver se habla y si hay dato técnico perfecto pero también lo que le pedimos que lo revisen igual que nosotros tenemos que revisar otras cosas ¿vale?. Doña Jéssica usted le queda un minuto quiere. Interviene Doña Jéssica: Pues yo le prometí intervenir al compañero pero no se si nos dejan, si les parece bien. Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 180 de 182 Interviene el señor Alcalde: A ver Doña Jéssica. Interviene Doña Jéssica: Un minuto. Interviene el señor Alcalde: A ver comente que el tema a ver a Doña Ana fue porque era un tema de que no era, era como casi por alusiones y quería aclarar algún tema. Interviene Doña Jéssica: Vale. Interviene el señor Alcalde: A usted se lo digo lo que no se puede decir es que no cumplimos el reglamento y después pedir favores y se les están cumpliendo los favores pero si es un tema nuevo que usted además en la exposición primera suya en el discurso usted me dijo ya acabe y seguidamente volvió a decirme más. Interviene Doña Jéssica: Del tema quería decir. Interviene el señor Alcalde: Del tema pero seguidamente quería más pues se le dio el tiempo que usted quiso y yo le dije diga todos los puntos. Lo que no podemos es ahora el señor Tanausú, después otro o el señor Fabián exponer exponer otro tema nuevo. No bueno pero ya pero digo exponer otro tema nuevo, si es el mismo tema no hay problema pero si es un tema nuevo no lo veo correcto. Interviene Doña Jéssica: Vale y yo puedo hablar. Interviene el señor Alcalde: Si, tiene un minuto que le queda. Interviene Doña Jéssica: Bien pues en mi minuto quiero decir que tanto Daniel como Fran han acusado de irresponsabilidad porque hable de una brecha en un muro, eso nos enteramos a posteriori después de que se cayera el muro no lo sabíamos antes si no lo hubiéramos comunicado, esto es peligroso. Nunca fue nuestra intención callarnos ninguna información referente a esto. Nosotros no nos hemos acercado al muro tanto como para saber si hay una brecha o no. Interviene el señor Daniel: O sea que no sabes si es verdad. Interviene el señor Alcalde: Perdona Dani perdón, no, deja que termine y después tienes tu momento. Interviene el señor Daniel: No no no. Interviene Doña Jéssica: Me fio de la persona que me lo dijo porque esa persona si ha estado cerca pero no, no lo sabíamos antes para comunicarlo. Interviene el señor Alcalde: No, vale vale. Interviene Doña Jéssica: Ya esta. Interviene el señor Alcalde: Pues Doña Jéssica le digo yo una cosa, Dani tiene un momento, pero ¿sabes que pasa?. Que si no lo sabían antes, entonces no lo digan porque el que nos deja mal que ponga eso es a nosotros porque lo que dijo es que había una grieta y nosotros de irresponsables, no fue la palabra no lo dijo de irresponsable no puso la palabra irresponsable, pero lo que lo entiende la gente es “el Grupo de Gobierno sabía que había una grieta y no actuó”. Si ustedes no lo sabían antes y lo supieron con posterioridad ¿ustedes comprobaron que era real?. No, entonces como no lo comprobaron ¿quiénes son los imprudentes?. Ustedes, no nosotros, porque si yo no compruebo algo y ahora esta intentándose aclarar con el señor Fran y el señor Daniel esta intentando redimirse de Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 181 de 182 que fue después pues entonces no lo ponga porque usted no lo sabe. Dan Don Daniel comente. Interviene Don Daniel: Yo me fio de mismo y yo la grieta no la vi. Interviene Doña Jéssica: Antes. Interviene Don Daniel: Antes, no a posterior, antes. Vi el muro es, digo estaba allí cuando se cayó, yo no vi ninguna grieta y me consta que la directora del centro si la hubiese visto me lo hubiese dicho porque otra cosa no pero nos informa bastante bien de lo que allí pasa o deja de pasar. Entonces yo me fio de mi mismo y yo no vi grieta ninguna por eso me parece una irresponsabilidad decir incluso a posterior y sin comprobar si es verdad o no porque se fía de la persona que se lo dijo que había una grieta. Nada más. Interviene el señor Alcalde: Dicho sea, vuelvo a decir, estoy de acuerdo decirlo después al que piensa que nosotros somos que no actuamos sobre algo y eso es una irresponsabilidad sobre el centro. Se cierra eh el pleno del día de hoy muchas gracias a todas y a todos. Con lo cual, no habiendo más asuntos que tratar, ni teniendo nada que exponer los/las Sres./Sras. Concejales/as, siendo las diecinueve horas la Presidencia da por terminada la sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, como Secretaria Accidental, doy fe, con el visto bueno del Sr. Alcalde DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 9KR5GHST2QENYSNXMFL3ZMGW2 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 182 de 182