ACTA Órgano Colegiado: Expediente nº: JGL/2025/6 La Junta de Gobierno Local DATOS DE CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN Extraordinaria Tipo Convocato ria Fecha 15 de abril de 2025 Duración Desde las 12:00 hasta las 12:15 horas Lugar Salón de plenos Borja Pérez Sicilia Presidida por Secretario María Evelia Cabrera Millán ASISTENCIA A LA SESIÓN Nombre y Apellidos Asiste Nº de identificación 42194547N Abel Pérez Concepción SÍ 42171600L Ana María Trujillo Hernández SÍ 42194099R Borja Pérez Sicilia SÍ 42189739B Eva Rosa Hernández Paz SÍ 42183532Z Francisco Javier Martín Castañeda SÍ Una vez verificada por el Secretario la válida constitución del órgano, el Presidente abre sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día A) PARTE RESOLUTIVA Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 7  1. Expediente 1703/2025. CONVENIO PLAN DE COOPERACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS (PIOS)2025-2028: ANUALIDAD AÑO 2025. Por orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da lectura al escrito que literalmente dice lo siguiente: Con relación al “PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2025-2028 ANUALIDAD 2025”, que este Cabildo (CUATRO MILLONES, CIENTOCINCUENTA 4.150.000,00€ debe aprobar en cumplimiento de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, con el objetivo de cooperar económicamente en las obras y servicios de competencia municipal, se fijan los criterios de reparto con base a los cuales se distribuirán los recursos económicos previstos por este Cabildo para dicho Plan, así como de la cantidad correspondiente a cada Ayuntamiento para la anualidad 2025.La aportación de este Cabildo para los años 2025-2028 será de 16.600.000,00 € (DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL EUROS) de los MIL cuales EUROS) corresponden a la cantidad pendiente de la anualidad 2025, siendo la distribución de los recursos económicos previstos, de acuerdo a los siguientes criterios de reparto: CRITERIO DE SOLIDARIDAD: 50% del importe de la anualidad distribuido en partes iguales entre los catorce municipios de la Isla. CRITERIO POBLACIÓN: 50% del importe de la anualidad distribuido en función de la proporcionalidad poblacional de cada uno de los municipios, respecto a la población total de la isla de La Palma. El cálculo de la proporcionalidad poblacional en los municipios de la isla de La Palma, se realiza en base a los datos del Padrón Municipal más recientes, según el Instituto Nacional de Estadística (INEbase 2023): Población en la Palma - Padrón INEbase 2023 - % Municipio Hombres Mujeres Total Poblaci ón Municip io 1.944 2,32% Barlovento 3.560 3.745 7.305 8,71% Breña Alta 3.023 2.940 5.963 7,11% Breña Baja 1.841 2,19% Fuencaliente 1.916 2,28% Garafía 9.780 10.409 20.189 24,07% Los Llanos de Aridane 3.971 3.996 7.967 9,50% EL Paso 1.176 1.144 2.320 2,77% Puntagorda 1.297 1.308 2.605 3,11% Puntallana 2.106 2.113 4.219 5,03% San Andrés y Sauces 7.379 8.062 15.441 18,41% Santa Cruz de La Palma 2.353 2.222 4.575 5,45% Tazacorte 1.334 1.306 2.640 3,15% Tijarafe 2.515 2.435 4.950 5,90% Villa de Mazo Población Total en La Palma 83.875 100,00% Los Ayuntamientos deberán destinar dichos recursos a obras o Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 7 servicios. El carácter de las inversiones a realizar lo será por previsión anual o plurianual, y con una inversión mínima por obra o servicio del 5% del monto anual o plurianual que por dicho concepto se asigne al municipio, ello con el objetivo de evitar actuaciones de escasa entidad. Correspondiendo a cada Ayuntamiento tras aplicar los criterios de reparto, como se muestra en el siguiente cuadro resumen: Asignación Criterio de Asignación % Distribución Duraci ón Plan de Coopera ción 50% Asignación a Obras 4.000.000,00 € Igualdad 50% Asignación a Servicios 150.000,00 € Proporcionalidad Poblacional A continuación se presenta la tabla explicativa de todas las asignaciones, para cada uno de los municipios de la isla de La Palma, en base a la dedicación por partida de gasto: Plan de Cooperación Insular 2025/2028 Asignaciones en base a la Dedicación de Gasto Asignación Municip Municipio % Población Municipio Asignación Anual Servicios Asignació n Anual Obras al Anual Asignación Total Plan Cooperac ión 2,32% Barlovento 189.211,84 € 7.095,44 € 196.307,28 € 785.229,12 € 8,71% Breña Alta 317.044,92 € 11.889,18 € 328.934,11 € 1.315.736,43 € 7,11% Breña Baja 285.044,92 € 10.689,18 € 295.734,11 € 1.182.936,43 € 2,19% Fuencaliente 186.755,80 € 7.003,34 € 193.759,14 € 775.036,58 € 2,28% Garafía 188.544,18 € 7.070,41 € 195.614,58 € 782.458,34 € 24,07% Los Llanos de Aridane 624.264,00 € 23.409,90 € 647.673,90 € 2.590.695,59 € 9,50% EL Paso 332.830,32 € 12.481,14 € 345.311,45 € 1.381.245,82 € 2,77% Puntagorda 198.177,56 € 7.431,66 € 205.609,22 € 822.436,87 € 3,11% Puntallana 204.973,39 € 7.686,50 € 212.659,89 € 850.639,56 € 5,03% San Andrés y Sauces 243.459,23 € 9.129,72 € 252.588,95 € 1.010.355,80 € 18,41% S.C de La Palma 511.047,90 € 19.164,30 € 530.212,20 € 2.120.848,80 € 5,45% Tazacorte 251.948,05 € 9.448,05 € 261.396,10 € 1.045.584,42 € 3,15% Tijarafe 205.807,96 € 7.717,80 € 213.525,76 € 854.103,04 € 5,90% Villa de Mazo 260.889,93 € 9.783,37 € 270.673,30 € 1.082.693,21 € Total Asignación Anual 150.000,00 € 4.150.000,00 € 16.600.000,00 € 4.000.000,00 € 4 anualidades Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 7 Finalmente se presenta la tabla explicativa de las diferentes asignaciones, para cada uno de los municipios de la isla de La Palma, diferenciando el criterio de distribución aplicado en cada caso: Plan de Cooperación Insular 2025/2028 Asignaciones en base al Criterio de Distribución Municipio % Población Municipio Asignación Municipal Anual Asignación Total Plan Cooperación Asignación Anual Criterio Igualdad Asignación Anual Criterio Población Barlovento 2,32% 148.214,29 € 48.093,00 € 196.307,28 € 785.229,12 € Breña Alta 8,71% 148.214,29 € 180.719,82 € 328.934,11 € 1.315.736,43 € Breña Baja 7,11% 148.214,29 € 147.519,82 € 295.734,11 € 1.182.936,43 € Fuencaliente 2,19% 148.214,29 € 45.544,86 € 193.759,14 € 775.036,58 € Garafía 2,28% 148.214,29 € 47.400,30 € 195.614,58 € 782.458,34 € Los Llanos de Aridane 24,07% 148.214,29 € 499.459,61 € 647.673,90 € 2.590.695,59 € EL Paso 9,50% 148.214,29 € 197.097,17 € 345.311,45 € 1.381.245,82 € Puntagorda 2,77% 148.214,29 € 57.394,93 € 205.609,22 € 822.436,87 € Puntallana 3,11% 148.214,29 € 64.445,60 € 212.659,89 € 850.639,56 € San Andrés y Sauces 5,03% 148.214,29 € 104.374,66 € 252.588,95 € 1.010.355,80 € S.C de La Palma 18,41% 148.214,29 € 381.997,91 € 530.212,20 € 2.120.848,80 € Tazacorte 5,45% 148.214,29 € 113.181,82 € 261.396,10 € 1.045.584,42 € Tijarafe 3,15% 148.214,29 € 65.311,48 € 213.525,76 € 854.103,04 € Villa de Mazo 5,90% 148.214,29 € 122.459,02 € 270.673,30 € 1.082.693,21 € Total Asignación Anual 2.075.000,00 2.075.000,00 4.150.000,00 16.600.000,00 € 4 anualidades Una vez debatido el asunto por unanimidad de los/as señores/as Concejales/as presente, se acuerda aprobar la siguiente propuesta: PRIMERO: Determinar como actuaciones en el Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios, anualidad 2025, las que a continuación se detallan: 1. PROLONGACIÓN Y TERMINACIÓN DE LA CALLE PETRA GALVÁN DE LAS CASAS 2. REDACCIÓN DE PROYECTOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS MUNICIPALES. SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde para realizar cuantas firmas sean necesarias. TERCERO: Dar cuenta de este acuerdo al Cabildo Insular de La Palma para su conocimiento y efectos. Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 7  2. Expediente 528/2025. ADENDA DÉCIMA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYTO. DE BREÑA BAJA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN (2016-2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA. Por orden del Sr. Presidente, la infrascrita Secretaria da lectura a la adenda que literalmente dice lo siguiente: “ADENDA DÉCIMA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN (2016-2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA. En Santa Cruz de La Palma, De una parte, el Sr. D. Sergio Javier Rodríguez Fernández en calidad de Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. De otra, el Sr. D. Borja Pérez Sicilia en calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Breña Baja. INTERVIENEN El Sr. D. Sergio Javier Rodríguez Fernández, con D.N.I. 42172780A, por razón de su expresado cargo, en nombre y representación del Cabildo Insular de La Palma, con NIF P3800002B, en virtud de las facultades que le atribuye los artículos 57.b y 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular en sesión celebrada El Sr. Don Borja Pérez Sicilia, por razón de su expresado cargo, con DNI 42194099R, en nombre y representación del Ayuntamiento de Breña Baja, con NIF P3800900G, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), facultado para este acto mediante acuerdo del órgano competente de fecha Las partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal suficiente para convenir y obligarse en los términos del presente convenio y, al efecto MANIFIESTAN Primero. El convenio entre el Excmo. Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de Breña Baja para la adecuada ejecución de las actuaciones de competencia municipal que sean incluidas en cada anualidad en el Programa FDCAN LA PALMA (2016-2025), se formalizó el 20 de junio de 2017. Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 7 Segundo. La cláusula Segunda del Convenio suscrito establece que las actuaciones a incorporar y los compromisos financieros para cada anualidad requerirán la suscripción de adenda, de conformidad con el acuerdo de la Comisión de Seguimiento de este convenio, y previa tramitación del correspondiente expediente. A tal efecto se establecen en el presente documento los compromisos financieros del Cabildo con el Ayuntamiento para las actuaciones que le corresponde ejecutar. Tercero. En sucesivas Comisiones de Seguimiento, la última el 14 de Enero de 2025, se han determinado las actuaciones a realizar en el municipio, enmarcadas dentro de las líneas estratégicas que contempla el FDCAN, y la modificación de las mismas a lo largo de las distintas anualidades. CLÁUSULAS PRIMERA.- Objeto. Aprobar la Adenda Décima al Convenio suscrito por el Excmo. Cabildo Insular de la Palma y el Ayuntamiento de Breña Baja para el desarrollo del Programa FDCAN (2016-2025) para la isla de La Palma, que tiene como objetivo establecer aquellas acciones que se ha acordado que sean desarrolladas por el Ayuntamiento e incluidas en el FONDO DE DESARROLLO DE CANARIAS (FDCAN LA PALMA) en la anualidad 2025 (LÍNEA ESTRATÉGICA 3: POLÍTICAS DE EMPLEO), descritas a continuación: ANUALIDAD LÍNEA ESTRATÉGICA 3: POLÍTICAS DE EMPLEO Plan de Empleo: 117.891,65 € “Plan Empleo Social Ayuntamientos FDCAN. Línea 3”. SEGUNDA.- Las cantidades establecidas en la presente Adenda tendrán carácter meramente estimativo, sin que en ningún caso pueda incrementarse de la cantidad recogida en la presente Adenda, y se estará a resultas de lo efectivamente ejecutado y acreditado. El Ayuntamiento deberá justificar las acciones ante el Cabildo Insular en la forma y plazos recogidos en la normativa reguladora del Fondo de Desarrollo de Canarias y que se reproducen en la cláusula tercera. Así mismo, está obligado a comunicar e informar a la institución insular sobre la tramitación, los importes y plazos de ejecución de las acciones recogidas en la presente Adenda. La falta de justificación total o parcial de los recursos asignados implicará la obligaciónde reintegrar las cantidades no justificadas, así como los rendimientos financieros que se hayan generado por las cantidades abonadas anticipadamente. Los importes no justificados podrán ser detraídos de pagos futuros de acciones incluidas dentro del FDCAN La Palma para este municipio. TERCERA.- Los plazos de aplicación de los fondos y de justificación de las anualidades 2022 y 2023 serán los recogidos en la Cláusula sexta del Convenio marco de Colaboración suscrito entre el Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 7 Cabildo Insular de la Palma y los Ayuntamientos para el desarrollo del Programa FDCAN (2016- 2025) para la isla de La Palma, en concordancia con el apartado tercero de la cláusula quinta del Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de los recursos asignados en el marco FDCAN para el desarrollo del Programa FDCAN (2016/2025) para la isla de La Palma. Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado. Una vez debatido el asunto, por unanimidad de los/as señores/as concejales/as presentes, se toma el siguiente acuerdo: PRIMERO: Aprobar la ADENDA DÉCIMA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FDCAN (2016-2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA. SEGUNDO: Facultar al Alcalde, como Presidente de esta Corporación y en representación de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para la firma de cuantos documentos sean necesarios en su ejecución. TERCERO: Notificar el presente acuerdo al Cabildo Insular de la Palma y al servicio de Intervención Municipal. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las doce horas quince minutos, de lo que yo como Secretaria Accidental, doy fé. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 5J2S6G74ZWZJK3QGEETX6TGMZ Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 7