Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20320 VILLA DE BREÑA BAJA ANUNCIO 3794 154013 El señor Alcalde aprueba con fecha 28 de junio de 2023, la Resolución número 2023- 1089, que dice literalmente: “DECRETO DE DETERMINACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y DEDICACIÓN A TIEMPO PARCIAL Considerando que el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, establece que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial. Considerando lo previsto en el artículo 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que establece los límites a los que se sujetará la prestación de los servicios en los Ayuntamientos en régimen de dedicación exclusiva por parte de sus miembros, que en el supuesto de los Ayuntamientos de Municipios con población comprendida entre 3.001 y 10.000 habitantes no podrá exceder de tres. En cuanto al número de dedicaciones parciales, no se establece limitación alguna. Considerando asimismo que en el apartado primero del artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. La percepción de tales retribuciones será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas dependientes, así como para el desarrollo de otras de actividades, en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Considerando que conforme con lo dispuesto en el apartado segundo del mismo artículo 75 los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada esta 20321 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones. Esta Alcaldía, de conformidad con las atribuciones que me confiere la legislación vigente, HA RESUELTO: PRIMERO: Determinar que los Concejales que ostentarán dedicación exclusiva y dedicación a tiempo parcial en el Ayuntamiento de Breña Baja, a partir de la fecha: NOMBRE Y APELLIDOS D.N.IL CARGO RÉGIMEN DEDICACIÓN JUAN M. PEREZ ALVAREZ ARAHAL IQ GA CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA ANA M. TRUJILLO HERNANDEZ 00 CONCEJAL DELEGADO EXCLUSIVA FRANCISCO J. MARTIN CASTAÑEDA Ak 35 3D CONCEJAL DELEGADO PARCIAL EVA ROSA HERNANDEZ PAZ Foto Q'7 39 CONCEJAL DELEGADO PARCIAL SEGUNDO: Proponer al Pleno de la Corporación la adopción del acuerdo del régimen de dedicación parcial y de retribuciones siguiente: SEGURIDAD SOCIAL NOMBRE Y RÉGIMEN RETRIBUCIONES D.N.L CARGO BRUTAS EMPRESA APELLIDOS DEDICACIÓN MES ANUAL MES ANUAL ABEL PÉREZ CONCEJAL >kotolek 4 47>k EXCLUSIVA 2.500,00 € 30.000,00 € 825,00 € 9.900,00 € CONCEPCIÓN DELEGADO JUAN M. CONCEJAL PEREZ DELEGADO EXCLUSIVA 2.500,00 € 30.000,00 € 825,00 € 9.900,00 € ALVAREZ ANA M. TRUJILLO Feo] GOO* CONCEJAL EXCLUSIVA 2.500,00 € 30.000,00 € 825,00 € 9.900,00 € HERNANDEZ DELEGADO FRANCISCO J MARTIN CONCEJAL PARCIAL 50% 2.083,33 € 25.000,00 € 687,50 € 8.250,00 € CASTAÑEDA DELEGADO EVA ROSA HERNANDEZ ok kQ7 3Q*k CONCEJAL PARCIAL 75% DELEGADO 2.416,66 € 29.000,00 € 797,50 € 9.570,00 € PAZ FRANCISCO DANIEL CONCEJAL CABRERA DELEGADO PARCIAL 70% 2.250,00 € 27.000,00 € 742,50 € 8.910,00 € DIAZ Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20322 TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a los interesados y a la Intervención de Fondos para su conocimiento y efectos oportunos.” Interviene el señor concejal, don Abel Pérez Concepción el cual manifiesta que esta Resolución tendrá carácter retroactivo, iniciando su efectividad el día 19 de junio de 2023. Tras un breve debate y sometida a votación, el Pleno del Ayuntamiento acuerda aprobar la propuesta transcrita con siete (7) votos afirmativos (Grupo Partido Popular) y seis en contra (6) (Partido Coalición Canaria y Partido Socialista Obrero Español).Se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento. Villa de Breña Baja, a doce de julio de dos mil veintitrés. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente. ANUNCIO 3795 153948 Por el señor Alcalde se ha dictado, con fecha 28 de junio de 2023, la Resolución número 2023-1092 que literalmente dice: “DECRETO DE CONSTITUCIÓN JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Una vez celebradas las elecciones Locales celebradas el 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular, a la constitución de la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la potestad de auto-organización que el artículo 4.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, Ley 7/2015 de 1 de Abril, reconoce a esta Entidad. Considerando que según lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la citada Ley, en concordancia con las previsiones de la legislación autonómica del régimen local y demás legislación complementaria. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, HE RESUELTO: PRIMERO: Constituir la Junta de Gobierno Local, órgano colegiado municipal de carácter obligatorio, que quedará integrada por los siguientes miembros: 20323 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 Presidente: El Alcalde, Don Borja Pérez Sicilia Vocales: 1” Teniente de Alcalde: D. Abel Pérez Concepción 2” Teniente de Alcalde: D?. Eva Rosa Hernández Paz 3” Teniente de Alcalde: D. Francisco J. Martín Castañeda. 4” Teniente de Alcalde: D?. Ana M”. Trujillo Hernández SEGUNDO: La Junta de Gobierno Local celebrará sus sesiones ordinarias los martes, cada 15 días, a las 1300 horas en las dependencias de este Ayuntamiento, pudiendo celebrar cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias previa convocatoria al efecto realizado por esta Alcaldía. TERCERO: Las competencias que se deleguen a la Junta de Gobierno se tendrán que ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en ningún otro órgano. CUARTO: Comunicar esta resolución a los concejales afectados y a los jefes de las distintas áreas afectadas, para su conocimiento y efectos oportunos. QUINTO: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. SEXTO: Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la sesión extraordinaria que se convoque para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.” Villa de Breña Baja, a doce de julio de dos mil veintitrés. ELALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20324 ANUNCIO 3796 153949 El señor Alcalde con fecha 29 de junio de 2023, aprueba la Resolución número 2023-1098, que dice literalmente: “DECRETO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA A FAVOR DE LOS CONCEJALES Una vez celebradas las elecciones Locales el día 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de carácter general a favor de los miembros de la Comisión de Gobierno, y otro de carácter especial a favor de diferentes Concejales. Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, en su redacción actual, y por el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en las que se regula las competencias que no pueden ser objeto de delegación y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Por todo ello, esta alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, HE RESUELTO: PRIMERO: Efectuar a los miembros de la Junta de Gobierno Local y otros Concejales que a continuación se relacionan, una delegación general de atribuciones de gestión sin facultad de resolución de los asuntos de sus respectivas áreas de actuación, de acuerdo con la definición funcional de cada Área contemplada y respecto de los campos de actuación que, a título enunciativo, se recogen a continuación en relación con cada una de ellas. ÁREA ESPECIAL DE CUENTAS, ECONOMÍA, HACIENDA Y SERVICIOS JURÍDICOS, TRANSPARENCIA, DESARROLLO LOCAL, COMERCIO, EMPLEO Y FORMACIÓN. (DON ABEL PÉREZ CONCEPCIÓN) Seguimiento de intervención: nn Control de presupuestos municipales y hacienda pública. nn Control contable de la Hacienda Local. 20325 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 . Seguimiento de la adaptación de los gastos a presupuestos y previsiones de ingresos para la elaboración de los mismos. Seguimiento de Tesorería . Adaptación de los pagos a criterios de intervención y control de la generación de los ingresos previstos Seguimiento de Recaudación Municipal nn Seguimiento de la Gestión de tributos, rentas y exacciones a fin de controlar los elementos que moderan los ingresos ordinarios y la elaboración de los padrones por los diferentes conceptos. Tareas de control y evaluación Revisión de ordenanzas y su adaptación, si fuera preciso. Creación de nuevas ordenanzas adaptadas a las características de la Administración local, si así fuera preciso. Captación de ingresos en función de la situación de la Administración Local, de carácter ordinario. Cabildo, Estado, U.E., Comunidad Autónoma, etc... Servicios jurídicos Evaluación y adecuación al marco normativo para la Administración Pública. Coordinar los servicios jurídicos de la Administración Local. Impulsar el plan normativo municipal. Supervisión y coordinación en la elaboración de reglamentos, ordenanzas, bandos e instrucciones municipales. Portal de transparencia. nn Coordinación, impulso, divulgación y control de la actuación pública nn Impulso y seguimiento del portal de transparencia municipal. Desarrollo Local, Comercio, Empleo y Formación Gestión, coordinación y supervisión de la Bolsa local de empleo (orientación laboral, búsqueda activa de empleo, ofertas de empleo, etc.). Control y supervisión del personal de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local. Seguimiento y responsabilidad de las tareas desempeñadas desde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, entre las que destacan: 1. Asesoramiento técnico e información para la tramitación de subvenciones varias tanto a personas físicas como jurídicas. 2. Asesoramiento para la creación de empresas: trámites, formas jurídicas, etc... Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20326 Elaboración de proyectos de desarrollo local. (PRODER, LEADER, DINAMIZACIÓN TURÍSTICA, ETC...) Captación de todo tipo de recursos para fomentar el empleo y el desarrollo local (subvenciones, etc...) Gestión de varias subvenciones (municipales, insulares, regionales, autonómicas, estatales, europeos etc.) Fomento de proyectos supramunicipales que repercutan en el desarrollo local Gestión, tramitación y desarrollo de ayudas/subvenciones dirigidas a diferentes colectivos en el ámbito local (ayudas de estudios; material escolar, creación de empresas, etc.) Tramitación de proyectos de desarrollo local. Desarrollo del proyecto de Promoción del desarrollo de la actividad económica (PRODAE). Programas de empleo de colaboración con entidades públicas (SCE, Cabildo Insular, etc.)- Convenios. Desarrollo de Programas de Formación y Empleo. Apoyo a las asociaciones vecinales y otras para la búsqueda y solicitud de subvenciones en diferentes instituciones y organismos (Presidencia del Gobierno de Canarias, Cabildo Insular, etc...). Apoyo a las entidades sin ánimo de lucro en la tramitación y gestión de subvenciones varias (ej. programas de empleo de colaboración entre Instituciones sin ánimo de lucro y SCE.). Elaboración y gestión del proyecto anual Campaña Bandera Azul Actividades de Promoción local: apoyo a la artesanía, etc... Programación de cursos de formación propios y de colaboración con otras entidades y organismos. Dinamización del desarrollo local, el empleo y la promoción municipal en sentido amplio que incluye la prospección de todo tipo de recursos que incidan en el territorio. Comercio Gestión, coordinación y colaboración con las entidades empresariales del municipio. Dinamización del tejido comercial con campañas de promoción local. Coordinación con diferentes instituciones público/privadas y contacto con gerentes de asociación empresariales y sector empresarial en general ÁREA DE DEPORTES, TURISMO Y SEGURIDAD (D. JUAN MANUEL PÉREZ ÁLVAREZ) Deportes nn Promoción del deporte y la actividad física en el ámbito territorial y de instalaciones deportivas y de ocupación de tiempo libre. 20327 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 Coordinación con el Cabildo Insular de La Palma de los puntos de promoción deportiva municipal. Fomento del deporte a nivel organizativo facilitando la participación, la integración y la cohesión social. Fomentar el deporte desde una perspectiva integradora sobre todo en edad escolar. Coordinar con las autoridades educativas el uso de las instalaciones deportivas municipales y de los centros docentes públicos, tanto para la impartición de la educación física como para la práctica del deporte y la actividad física en horario extraescolar. Organización técnica dirigida por titulados oficiales en actividad física y deporte. Mantener y proveer las Instalaciones y equipamientos deportivos básicos. Desarrollar programas de promoción deportiva, principalmente dirigidos a la población en edad escolar y a la población con mayores necesidades sociales. Apoyar el asociacionismo deportivo, al amparo de la normativa vigente. Organización y supervisión de campeonatos de ámbito local y de acontecimientos deportivos de carácter extraordinario. Turismo Conocimiento, control y ordenación del sector. Estudio en profundidad y desarrollo de las necesidades de infraestructura relacionadas con el sector y su promoción. Promoción municipal a fin de potenciar la imagen turística del destino y mejorar su posicionamiento dentro y fuera de nuestras propias fronteras. Estudio y gestión de posibilidades de Hermanamiento y establecimiento de vínculos con otros lugares de origen de los turistas de mayor procedencia. Coordinación y gestión de la Oficina Municipal de Información Turística a fin de velar por el correcto funcionamiento de la misma y la prestación de servicios bajo criterios de calidad. Actuaciones que nos singularicen en la Isla de La Palma relacionadas con el sector y la población de Breña Baja. Estudio de explotaciones apropiadas desde el punto de vista del turismo. Coordinación de planes de desarrollo turístico en el entorno rural. Control y supervisión de Planes en materia turística. Desarrollo del turismo de medianías, control y supervisión de planes de actuación en el sector. Control en la gestión de infraestructuras de carácter turístico o vinculadas a él. Fomento y participación en Campañas de promoción turística (Bandera Azul, Ecoplayas, etc.) Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20328 Seguridad nn Coordinación y gestión del cuerpo de la Policía Local en todas sus tareas y cometidos. Coordinación de los programas de formación con entidades externas (Academia Canaria de Seguridad y otras) para la adecuación de los efectivos de la policía local al desempeño de tareas. Gestión y coordinación de diferentes subvenciones en materia vinculada a la policía local. Coordinación y gestión de los servicios de Salvamento (salvamento y socorrismo Playa de Los Cancajos, etc..). Desarrollo y puesta en práctica del plan de emergencia municipal en situación de accidentes e incidentes. Coordinación con otras entidades (AEA, ALFA TANGO, etc.) para la puesta en práctica de planes de emergencia y salvamento en eventos de naturaleza pública. Coordinación de la información en materia de seguridad y emergencias dirigida a la ciudadanía. Coordinación de la protección civil y control y seguimiento de planes de seguridad. Coordinación con CECOPIN para actividades de emergencia y seguridad. Coordinación técnica para el apoyo en campañas de prevención y extinción de incendios, recuperación de entornos degradados y protección civil. ÁREA DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN, URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (D. FRANCISCO DANIEL CABRERA DÍAZ) Planificación y urbanismo nn Tareas de coordinación y supervisión de los trabajos realizados por el Gabinete Técnico Municipal en todo lo referido a planificación territorial y urbanismo. Adaptación a normativa y directrices de ordenación en materia de urbanismo y planificación territorial. Velar por el cumplimiento del Plan de Ordenación Municipal. Revisión y adaptación al conjunto de ordenanzas municipales complementarias al Plan de ordenación territorial (usos del suelo, edificaciones, etc.) Coordinación específica del personal del Gabinete Técnico Municipal y personal de vías y obras. Obras Mayores Coordinación y supervisión en la siguiente materia: - Promociones privadas. Promociones público-privadas. - Viviendas. - Equipamientos. - Planes Especiales. - Otras Administraciones. 20329 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 nn Obras Menores Coordinación y supervisión en la siguiente materia - De particulares - Plazas, parques y jardines municipales nn Aperturas de establecimientos Coordinación y supervisión en la siguiente materia - Actividades Inocuas. - Actividades Clasificadas. nn Informes urbanísticos Tareas de coordinación y supervisión en la materia . Planificación Estratégica. Control y supervisión de las tareas realizadas en materia de Planeamiento, Gestión Urbanística, Disciplina Urbanística,etc. Territorio Supervisión de los estudios territoriales del municipio de Breña Baja (Impactos ambientales, cartografía, planimetría, etc...). Supervisión en las tareas de aprovechamientos forestales y zonas recreativas. Coordinación con el Área de Política Territorial del Cabildo Insular. Elaboración de estadísticas e informes municipales referentes al territorio (padrón de habitantes). Gestión de recursos agrícolas, forestales y ganaderos. Servicios e Infraestructuras . las instalaciones Gestión y supervisión de públicas municipales control de dotación (funcionamiento, gestión, y mantenimiento de equipamientos). Coordinación entre distintos colectivos y agentes sociales para uso de instalaciones públicas municipales (control de horarios, apertura y cierre de instalaciones, organización de eventos, etc.). Mantenimiento, saneamiento y acondicionamiento de infraestructuras y equipamientos públicos municipales (Campo de fútbol, Cementerio, instalaciones deportivas). Análisis detallado de la situación de las infraestructuras y equipamientos de uso colectivo para la propuesta de planes de mejora de los mismos. Mejora de recursos existentes y la dotación de infraestructuras de nueva creación para cubrir necesidades locales. 20330 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 nn Tareas de supervisión en la conservación y mantenimiento de instalaciones de uso público: colegios, centros públicos, así como de vías, alumbrado público, vehículos y maquinaria. Energías y Medio Ambiente Coordinación para la mejora de la imagen y uso de plazas, parques y jardines municipales con actuaciones concretas en cada espacio que mejoren su calidad ambiental. Gestión y supervisión de los servicios municipales de Agua (reparación, mantenimiento, depósitos reguladores y calidad de agua, agua de riego, etc.)Red de abastecimiento público de agua potable; gestión, control y vigilancia del consumo humano; autorización de utilización del dominio público hidráulico. Alcantarillado. Vigilancia, control y mantenimiento de la red de alcantarillado municipal. Aguas litorales y marinas.- Control y vigilancia de las playas y zonas de baño, incluyendo régimen sancionador; limpieza, higiene y salubridad de las playas. Residuos urbanos- Coordinación para la recogida, transporte y eliminación de residuos con el Consorcio insular de servicios. Limpieza viaria y mejora de los accesos a los núcleos de población, favoreciendo la mejora y cuidado ambiental de los mismos. Mejoras y mantenimiento en el alumbrado público y favorecer el uso de energías de bajo consumo en instalaciones públicas, así como fomento de energías renovables. Vigilancia de la calidad del aire que reduzcan la contaminación, ruidos y vibraciones en espacios de uso público. Campañas para el cuidado del entorno natural y riesgos ambientales ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD, INFANCIA, MAYORES Y VIVIENDA. SALUD Y BIENESTAR ANIMAL. EDUCACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS. (D. FRANCISCO J. MARTÍN CASTAÑEDA): . Información, valoración y derivación sobre temas diversos de índole social, tales como: tramitación de ayudas económicas que auxilien situaciones de necesidad, ya sean propias del ayuntamiento como de otros organismos supramunicipales. Coordinación de proyectos dirigidos a diferentes sectores de población, desde el ámbito preventivo y promocional. Responsabilidad directa y control sobre el personal técnico adscrito al departamento de servicios sociales. 20331 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 Atención al mayor: Acciones preventivas y paliativas en las personas mayores de la localidad. Actividades de ocio y tiempo libre de las personas mayores. Dinamización del colectivo de mayores, en especial de las asociaciones formales existentes. Fomentar el voluntariado. Menor y Familia: Mantener y mejorar los canales de derivación existentes hacia otros recursos municipales existentes en materia de menores. Establecer nuevos canales de coordinación con otros agentes sociales vinculados con el área del menor y la familia. Supervisión de los proyectos de intervención de educación familiar. Control y dirección del Equipo de Menores Municipal. Supervisión y responsabilidad de la Escuela Infantil Municipal del Municipio “Doña Pepita” , así como del personal técnico y auxiliar del mismo, como centro educativo orientado a la atención de las necesidades básicas de la Infancia y la Familia de Breña Baja, contribuyendo al desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral de los menores de 4 meses a 3 años de edad. Discapacidad: nn Contribuir a la prevención de las discapacidades y al desarrollo de políticas integrales y de promoción e inserción social de las personas afectadas, estableciendo cauces efectivos de coordinación con otros recursos supramunicipales. Favorecer una mentalidad social favorable a la plena integración de las personas con discapacidad y a la convivencia ciudadana, favoreciendo la integración social de las personas que se encuentren en desventaja social por deficiencias y/o discapacidades. Garantizar la calidad de los servicios destinados a las personas con discapacidad. Apoyar la iniciativa social, impulsando la colaboración económica y técnica de actuaciones conjuntas con las entidades que prestan servicios a las personas con discapacidades. Favorecer el establecimiento de colectivos que presten este tipo de servicio. Servicio de Ayuda Domicilio: . Coordinar y supervisar el Servicio de Ayuda Municipal destinados a personas y familias que se hallan en situación de dependencia y especial necesidad, destacándose la atención domiciliaria a los mayores; con la finalidad de recibir una serie de atenciones de carácter doméstico-social y función rehabilitadora. Coordinar el personal técnico y auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio Municipal (SAD Municipal). Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20332 Plan de Vivienda Municipal: . Control y supervisión en la tramitación y formalización a los Planes de Rehabilitación de Viviendas Municipales en el medio rural para aquellos usuarios con escasos recursos económicos. Control y supervisión en la tramitación y formalización de los expedientes de acceso a planes de Viviendas Sociales. Igualdad: Fomentar y trabajar a favor de la Igualdad. Atención, apoyo y orientación a las mujeres del municipio, velando por los intereses y necesidades de las ciudadanas de Breña Baja. Promoción del asociacionismo entre las mujeres del municipio. Infancia: Acciones preventivas y educativas con el colectivo infantil de la localidad. Coordinación de las actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la infancia. Dinamización del colectivo infantil con proyectos y actividades vinculadas a este colectivo. Establecer nuevos canales de coordinación con los agentes sociales vinculados con el área de infancia. Mantener y mejorar los canales de coordinación con los recursos existentes en materia de infancia con competencias extramunicipales. Atender las necesidades de la infancia desde la gestión municipal. Tareas de coordinación con diferentes órganos vinculados a la infancia de carácter municipal. Modernización administrativa y nuevas tecnologías: Administración electrónica municipal. Portal municipal y dinamización de la web oficial del Ayuntamiento. Gestión del uso y funcionamiento de nuevas tecnologías en la Administración Local. Fomento del uso de nuevas tecnologías como fuente de conocimiento e información. Impulso a la nueva gestión pública desde la administración electrónica. Vivienda nn Gestión de trámites de demandantes de vivienda y cualquier otra gestión recogida en las normativas vigentes. 20333 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 Educación Establecimiento y gestión de convenios con educación, RAM, desafectaciones, etc... Valoración, gestión y desempeño de programas educativos igualitarios y positivos que influyan en los ciudadanos de Breña Baja. Coordinación con centros escolares para el desarrollo de programas conjuntos. Valoración y seguimiento de los mismos. Gestión de los Equipamientos de educación en general. Supervisión y gestión de ayudas y subvenciones en materia educativas, tanto propias como de otras entidades y organismos. Gestión y supervisión de convenios con entidades educativas de diversa índole y empresas colaboradoras del SCE para la realización de prácticas en la Administración Local. Salud y Bienestar Animal Promover la tenencia y convivencia responsable. Fomentar entre la ciudadanía la protección de los derechos y el bienestar de los animales. Luchar contra el maltrato y el abandono. Impulsar la adopción y el acogimiento. Desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal. Promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable. Impulsar acciones administrativas de fomento de la protección animal. ÁREA DE CULTURA, PATRIMONIO, Y ARTESANÍA (D*. ANA MARÍA TRUJILLO HERNÁNDEZ) Cultura Gestión y promoción de la cultura en general. Dinamización de todos los recursos culturales municipales y valoración para la creación de espacios culturales ex — novo. Fortalecimiento de los lazos con las diferentes entidades culturales del municipio a fin de favorecer la cultura local. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20334 Captación de recursos para poner en marcha proyectos culturales que redunden positivamente en la localidad. Promoción de la cultura local a través de exposiciones, ferias culturales, etc... con la implicación de colectivos culturales de la localidad para potenciar nuestras señas de identidad. Gestión de la Biblioteca Pública y el Archivo Municipal y dinamización de estos recursos culturales. Control y seguimiento de publicaciones. Gestión de la Banda de Música Municipal. Coordinación en proyectos con otras entidades (Cabildo, etc...) Plan de Bibliotecas insulares. Gestión de los equipamientos culturales en general. Coordinación con la Comisión de Honores y Distinciones para la concesión de los galardones. Así como realización de propuestas en esta materia. Supervisión y gestión de ayudas y subvenciones en materia sociocultural y otras, tanto propias como de otras entidades y organismos. Celebración de exposiciones, certámenes, jornadas, estudios y publicaciones. Patrimonio Supervisión de bienes patrimoniales. Identificación y control a través de inventario público de bienes patrimoniales. Protección y gestión del patrimonio histórico. Conservación y rehabilitación de bienes. Difusión del patrimonio y los recursos etnográficos municipales. Coordinación con otras administraciones y entidades para la promoción y desarrollo del patrimonio local. Actuaciones pertinentes para la adquisición, conservación y mantenimiento del patrimonio cultural local. Artesanía Fomento del asociacionismo de artesanos a nivel municipal. Coordinación con entidades locales y supramunicipales para la organización y participación en eventos (Ferias de artesanía, mercados, etc.). Promoción para la obtención del carné de artesanos dentro del repertorio de oficios existentes, en colaboración con el Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Fomento para la elaboración de productos y artículos artesanales de manufactura local. Canalización de demandas del colectivo de artesanos de la localidad. 20335 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 ÁREA DE JUVENTUD Y FIESTAS, RÉGIMEN INTERIOR, RECURSOS HUMANOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. (D*? EVA ROSA HERNÁNDEZ PAZ) Juventud Control, seguimiento y gestión del servicio municipal de juventud. Fortalecimiento de vínculos con distintos colectivos juveniles de la localidad, incentivando la participación de los mismos. Recepción y canalización de propuestas formuladas por los jóvenes de la localidad a fin de valorar la posible articulación de proyectos que den respuesta a sus demandas. Gestión, coordinación y control de las actividades de promoción juvenil. Estudio y valoración de posibles proyectos a desarrollar en el área de juventud, así como articulación y coordinación de los mismos. Promoción y asesoramiento a jóvenes con el fin de favorecer el asociacionismo juvenil. Estudio del sector juvenil del municipio de Breña Baja (grupos formales e informales) a fin de plantear posibles actuaciones desde la Administración Local. Dinamización de la información a fin de que los jóvenes conozcan los recursos municipales existentes en esta materia. Coordinación, seguimiento y control de las actuaciones que se realizan desde el Local Juvenil de Breña Baja a fin de potenciar y adecuar el uso de este recurso a las necesidades de los usuarios. Coordinación y trabajo en el desarrollo de un programa formativo dirigido a jóvenes en diferentes materias para mejorar su calidad de vida. Ayuda en la tramitación de ayudas y subvenciones a las que se puedan acoger los jóvenes en general Fiestas Fomento y puesta en valor de las fiestas de carácter local y actividades recreativas. Coordinación con entidades y asociaciones para el desarrollo de fiestas. Participación en la elaboración de programas de fiestas y coordinación con entidades diversas para realización de actos y eventos festivos. Promoción de la celebración de actos populares singulares y tradicionales (Carnaval, celebración del Día de Canarias, etc.). Gestión de servicios municipales que estén destinados a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal sobre fiestas y actividades recreativas. Captación de recursos para el desarrollo de fiestas locales. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20336 Régimen interior y recursos humanos Gestión y supervisión del personal de la Administración Local, así como tareas de coordinación entre el personal de diferentes áreas. Atención a las necesidades y demandas formativas del personal de la Administración Local a fin de lograr una mayor adaptación al puesto de trabajo y las funciones a desempeñar. Seguimiento del Convenio Colectivo de Aplicación en la Administración Local y gestión de recursos humanos. Análisis en el desempeño de tareas por parte del personal de la Administración Local (Evaluación por desempeño). Distribución del personal (Recursos humanos) en cada área para lograr la eficacia y eficiencia en el desempeño de tareas. Velar por la prestación de servicios en base a criterios de calidad por parte del personal de la Administración Local hacia el ciudadano, fomentando la formación en sistemas de calidad de atención al usuario, etc... si fuera necesario. Régimen de personal (revisión de convenios, evaluación de convenios colectivos de aplicación, etc.) Participación Ciudadana Coordinación y enlace con los diferentes colectivos de la localidad para desarrollar programas conjuntos donde se fomente la acción ciudadana y la participación social. Coordinación en la búsqueda y articulación de mecanismos de participación y concertación social que refuercen los lazos con los diferentes colectivos, asociaciones y grupos vecinales de la localidad. Desarrollo de mesas ciudadanas para escuchar las propuestas de los diferentes colectivos y poder diseñar propuestas que atiendan sus necesidades y demandas. Desarrollo de actividades que refuercen la acción ciudadana y participación social entre los vecinos de la localidad (encuentros vecinales, encuentro de Cruceros, etc...). Colaboración con diferentes colectivos municipales para la tramitación de subvenciones, canalización de información de interés, etc. Fomento de la convivencia y participación entre actores y agentes locales y barrios del municipio, así como otras celebraciones de carácter local donde se favorezca la participación social. SEGUNDO: Las atribuciones no delegadas se ejercerán por el Sr. Alcalde, debiendo ejercerse en los términos y dentro de los límites de ésta delegación. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 44 del reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efecto 20337 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de asociación de esta Alcaldía. En caso de vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de asociación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido. CUARTO: Notificar esta resolución a los Concejales afectados, entendiéndose aceptada esta competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación. SEXTO: Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del texto legal antes citado.” Villa de Breña Baja, a doce de julio de dos mil veintitrés. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 20338 ANUNCIO 3797 154011 El señor Alcalde, con fecha 28 de junio de 2023, ha aprobado la Resolución número 2023-1091, que literalmente dice: “DECRETO DE NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE Vista la celebración de las Elecciones Municipales celebradas el 28 de Mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, HE RESUELTO: PRIMERO: Designar Tenientes de Alcalde a los Concejales siguientes: 1* Teniente de Alcalde : D. Abel Pérez Concepción 2” Teniente de Alcalde : D?. Eva Rosa Hernández Paz 3 Teniente de Alcalde : D. Francisco J. Martín Castañeda 4” Teniente de Alcalde : D?. Ana María Trujillo Hernández A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones. SEGUNDO: Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución por el Alcalde. TERCERO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.” Villa de Breña Baja, a doce de julio de dos mil veintitrés. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente. 20339 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 ANUNCIO 3798 153945 El Pleno del Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria celebrada el 04 de julio de 2023, adoptó el acuerdo que literalmente dice: “MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDÍA EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Una vez celebradas las elecciones locales el 28 de mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren el artículo 23.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de materias, cuya competencia atribuye al Alcalde, a favor de la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con la legislación a que anteriormente hemos hecho referencia, el Alcalde puede delegar en la Junta de Gobierno Local, siempre que no se encuentre en los supuestos contemplados en el art. 21.3 de la Ley Reguladora de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 22.2.b de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción actual, derivada de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias plenarias que tienen carácter indelegable. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones de la Alcaldía que a continuación se relacionan: Gestión y tramitación de convenios de colaboración con otras administraciones públicas y/o privadas. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por ciento de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 20340 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 SEGUNDO: Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en cualquier otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: "Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de las delegaciones acordadas por la Alcaldía en sesión plenaria celebrada el día..." Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán dictados por la Alcaldía como titular de la competencia originaria, órgano al que se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, mediante la remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno Local a todos los Concejales de la Corporación, y serán inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Alcalde. CUARTO: Comunicar este acuerdo a los Jefes de Área de este Ayuntamiento, Concejales Delegados y Presidentes de Comisiones Informativas, para su conocimiento y efectos. QUINTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 51.2 del texto legal antes citado.” Villa de Breña Baja, a doce de julio de dos mil veintitrés. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente. 20341 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 ANUNCIO 3799 153953 El Pleno del Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria celebrada el 04 de julio de 2023, adoptó el acuerdo que literalmente dice: “MOCIÓN DE LA ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL AYUNTAMIENTO PLENO A FAVOR DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Una vez celebradas las elecciones locales el 28 de mayo de 2023, y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren el artículo 23.2b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegación de competencias de materias, cuya competencia atribuye al Pleno, a favor de la Junta de Gobierno Local. Considerando que de conformidad con la legislación a que anteriormente hemos hecho referencia, el Pleno del Ayuntamiento puede delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 22.2.b (de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y por el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, en su redacción actual, derivada de la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias plenarias que tienen carácter indelegable. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene atribuidas, propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias plenarias que a continuación se relacionan: . Las competencias delegables, conforme al art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Defensa Jurídica: El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales (art. 22.2 j). Solicitud y aceptación de cuantas subvenciones sean convocadas por cualquier administración pública. Cuantas otras competencias no correspondan por Ley al Pleno. SEGUNDO: Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en cualquier otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la parte expositiva, del texto siguiente: 20342 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 86, Lunes 17 de julio de 2023 "Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de las delegaciones acordadas por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día..." Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán dictados por el Pleno del Ayuntamiento como titular de la competencia originaria, órgano al que se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación, mediante la remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno Local a todos los Concejales de la Corporación, y serán inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Pleno. CUARTO: Comunicar este acuerdo a los Jefes de Area de este Ayuntamiento, Concejales Delegados y Presidentes de Comisiones Informativas, para su conocimiento y efectos, haciéndoles constar que, salvo en supuestos de urgencia, con carácter previo a su inclusión en el orden del día, los asuntos que se hayan de someter a Junta de Gobierno Local como consecuencia de esta delegación, tendrán que ser previamente dictaminados por la Comisión Informativa correspondiente por razón de la materia, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. QUINTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 51.2 del texto legal antes citado.” Villa de Breña Baja, a doce de julio de dos mil veintitrés. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente.