AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE Y HONORABLE VILLA DE BREÑA BAJA ________________ Provincia de Santa Cruz de Tenerife ____________________ Plaza de Las Madres, s/n – 38712 Breña Baja – C.I.F. P3800900G – Tfno.: 922 43 59 55 – Fax 922 43 40 55 Página Web: http://www.bbaja.es RETRIBUCIONES EXTRASALARIALES Bases de Ejecución Presupuesto 2023 Base 14ª.- Productividad y gratificaciones. A. Productividad. a. Finalidad.- El complemento de productividad está destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés e iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo. b. Motivación.- La apreciación de la productividad deberá realizarse en función de circunstancias objetivas relacionadas directamente con el desempeño del puesto de trabajo y objetivos asignados al mismo. c. Periodicidad.- En ningún caso las cuantías asignadas por complemento de productividad durante un periodo de tiempo originarán ningún tipo de derecho individual respecto a las valoraciones o apreciaciones correspondientes a periodos sucesivos. d. Publicidad.- Las cantidades que percibe cada funcionario por este concepto serán de conocimiento, tanto de los demás funcionarios de la Corporación como de los representantes de personal. e. Distribución individualizada.- Corresponde al Alcalde la distribución de la cuantía global fijada en el Presupuesto, entre los diferentes programas o áreas y la asignación individual, con sujeción a los criterios que, en su caso, haya establecido el Pleno, debiendo el Alcalde apreciar, en cada caso, su concurrencia. Los criterios objetivos a los que debe atenerse el Alcalde en la distribución individualizada de este complemento dependerán de los objetivos que se pretenden conseguir y el servicio o área que se contemple, valorando: El especial rendimiento. La actividad extraordinaria. El interés e iniciativa. B. Gratificaciones por servicios extraordinarios.- En ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo y habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo. La cantidad global destinada a esta asignación se fija en el Presupuesto para cada ejercicio. Corresponde al Alcalde la asignación individual con sujeción a los criterios que establezca el Pleno.